Congreso del Estado
“Necesario prevenir tratos discriminatorios a personas LGBT+”: diputado
Cuauhtli Badillo inpulsó punto de acuerdo para exhortar a las autoridades de seguridad a que implementen programas de acapacitación a sus elementos
Por: Redacción
El diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno impulsó un Punto de Acuerdo para exhortar al Secretario de Seguridad Pública del Estado y a los Directores Generales de Seguridad Pública de los 58 municipios para que incluyan en los programas de capacitación, de las y los agentes policiacos, temas relativos al conocimiento, sensibilización, debido trato y derechos de las personas transgénero, transexuales, travestis y no binarias del género; con la finalidad de prevenir tratos discriminatorios a dichos grupos sociales.
Explicó que, la identidad de género es una característica que conforma parte de los aspectos más esenciales de la vida de una persona. A pesar de ello, a lo largo de la historia, esta ha sido motivo para llevar a cabo actos de discriminación y otras violaciones a los derechos humanos.
Badillo Moreno dijo que, la población trans en México, con una amplia gama de identidades, está constituida por personas que se identifican como transgénero, transexuales, travestis, no binarios del género y muxes, es un sector social en sí mismo diverso, con particularidades en sus experiencias de transición de género y con distintos matices respecto al como asumen la organización social fundamentada en el género.
El legislador comentó que el Punto de Acuerdo fue presentado en función de los datos aportados por personas de la comunidad trans, y se identificó la necesidad de atender los casos de tratos inadecuados por parte de agentes policiacos, poor lo que consideró necesario que se capaciten a las fuerzas de seguridad pública preventiva para que estas estén en mejores condiciones de interactuar con una comunidad trans y garantizar sus derechos humanos.
La propuesta fue turnada a las comisiones de; Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social; y Derechos Humanos, Igualdad y Género para su estudio y posteriormente ser enviado al Pleno del Poder Legislativo para su discusión y votación.
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Congreso del Estado
Se castigará con hasta 5 años de prisión a quien maltrate o mate fauna silvestre
Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada, se impondrá pena de hasta 7 años de prisión
Por: Redacción
La protección de animales en peligro no es solo una cuestión ambiental, sino también un imperativo ético y social que beneficia tanto a la naturaleza como a las generaciones futuras, señaló la diputada Roxanna Hernández Ramírez al presentar una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado que aumenta las penas a quien maltrate y produzca su muerte.
La legisladora representante del Distrito XIV con cabecera en Tamuín, propuso reformar la fracción III y adicionar una fracción III BIS al artículo 317 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer que, cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de 24 meses a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de 300 a 600 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.
Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada o sujeta a protección especial conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010, se impondrá pena de cuarenta y ocho meses a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.
En la iniciativa de la diputada Hernández Ramírez adiciona un artículo 121 BIS de la Ley de Protección a los Animales del Estado de San Luis Potosí, para señalar que se prohíbe dañar o matar especies que se encuentren en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial enunciadas y conforme a la NOM-059-SEMARNAT2010.
Congreso del Estado
Congreso busca castigar a quienes ayuden a encubrir delitos sexuales
El delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado
Por: Redacción
Martha Patricia Aradillas Aradillas, propuso una iniciativa de reforma al artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que las excluyentes de responsabilidad penal no sean aplicables en el delito de encubrimiento cuando se cometan delitos contra la libertad sexual; seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.
Explica en su exposición de motivos, que el delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho considerado como delictuoso, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado de un delito con el propósito de que se sustraiga a la acción de la justicia, o destruya, modifique, cambie, obstruya, altere, mueva o manipule la morfología de los indicios, vestigios, hu ellas, objetos, instrumentos o cadáveres que se encuentren en el lugar que acontecieron los hechos del delito o se realizó el hallazgo, para impedir su descubrimiento.
El Código Penal establece de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización.
Agrega que se busca que las disposiciones legales no obstruyan con las investigaciones cuando se trate del delito de feminicidio, o de homicidio contra menores de edad, ya que actualmente se sabe que la mayoría de las personas que ayudan a otra a evadir las penas que la Ley establece, son los mismos familiares, mismos que resultan participes en la ejecución del mismo, por lo tanto, estos también deben ser sancionados con penas privativas de la libertad y sanciones pecuniarias altas.
Congreso del Estado
Congreso busca regular hoteles, spas y guarderías para mascotas
Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios
Por: Redacción
El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de incorporar la regulación del hospedaje de animales y las estancias en guarderías, hoteles o spas para mascotas, para asegurar el cumplimiento y la efectividad de los estándares de bienestar animal.
El dictamen, presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente que preside la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, establece que se consideran como guarderías, hoteles, spas y pensiones, los espacios físicos en los que se ofrecen diversos servicios para el cuidado y atención de animales de compañía por un tiempo determinado.
Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios; deberán contar con: zona de alimentación, centro de atención médica, espacio de aseo, área de descanso, y zona recreativa.
En estas instalaciones se evitará poner especies distintas, en la misma área de atención, y estará prohibido alojar animales con enfermedades infecto contagiosas.
Se indica que con esta adición a la legislación estatal, se proporciona una base sólida para establecer y hacer cumplir requisitos mínimos de higiene, espacio, alimentación, atención veterinaria y trato adecuado, garantizando así que todos los establecimientos operen con un nivel de calidad aceptable.
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