Congreso del Estado
Reforma a la ley aprueba utilización de medios digitales para consentimiento en actos jurídicos

“La reforma establece que “el consentimiento puede ser expreso o tácito, cuando se manifiesta verbalmente, por escrito o por signos inequívocos…”
Por: Redacción
El consentimiento en los actos jurídicos se podrá llevar a cabo mediante los medios electrónicos, ópticos, o por cualquier otra tecnología, siempre que la información generada o comunicada en forma íntegra, a través de estos medios, sea atribuible a la persona obligada y accesible para su consulta.
Con ese objetivo, el Congreso del Estado aprobó el Decreto que reforma el artículo 1639 y adiciona un párrafo al artículo 1670, éste como tercero al Código Civil para el Estado de San Luis Potosí.
En la exposición de motivos se establece que las leyes deben adaptarse o actualizarse a la realidad social que va cambiando con el paso del tiempo, particularmente el Código Civil para el Estado de San Luis Potosí requiere de esa actualización, para que contemple que el consentimiento en los actos jurídicos también se pueda llevar a cabo mediante los medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología. Disposición que inclusive se encuentra ya establecida en el Código Civil Federal
.
La reforma establece que “el consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso cuando se manifiesta verbalmente, por escrito o por signos inequívocos, a través de medios físicos, electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología. El tácito resultará de hechos o de actos que lo presupongan o que autoricen a presumirlo, excepto en los casos en que por la Ley o por convenio la voluntad deba manifestarse expresamente”.
Congreso del Estado
Prohíben venta de medicamentos con receta a menores de edad en SLP
El Congreso del Estado aprueba reforma a la Ley de Salud para prevenir la automedicación infantil y adolescente
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó una reforma a la Ley de Salud estatal para prohibir la venta o suministro de medicamentos que requieran receta médica a niñas, niños y adolescentes, salvo cuando se presente la prescripción correspondiente por parte de un médico autorizado.
La iniciativa fue presentada por la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, quien argumentó que el uso indebido de medicamentos sin supervisión representa un riesgo serio para la salud de la población menor de edad, especialmente ante la práctica creciente de automedicación o consumo con fines no terapéuticos.
Como parte de la reforma, se establece que la Secretaría de Salud del Estado deberá implementar campañas informativas dirigidas a madres, padres, tutores y adolescentes, para promover el uso responsable de los medicamentos y advertir sobre los efectos adversos del consumo sin control médico.
Los establecimientos comerciales que ofrezcan medicamentos deberán exigir receta médica a personas menores de edad
para concretar la venta. En caso de incumplimiento, se aplicarán sanciones conforme a la legislación vigente.En su exposición de motivos, Aradillas destacó que el acceso fácil a medicamentos de venta libre o con prescripción ha derivado en prácticas peligrosas entre jóvenes, como el uso en dosis mayores o con fines distintos a los terapéuticos, lo cual puede causar daños graves en la salud.
Además de la prohibición, la reforma contempla que el sector salud refuerce acciones de concientización sobre los riesgos de la automedicación en menores, con el objetivo de disminuir casos de abuso o uso inadecuado de fármacos entre este sector de la población.
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Congreso del Estado
INPP será la base para establecer cuotas de agua en 2026: Congreso
Nancy Garcia dijo dijo es es importante que los organismos busquen alternativas para hacer más eficientes sus procesos
Por: Redacción
La Comisión del Agua del Congreso del Estado, sostuvo una reunión de trabajo con personal del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, (INEGI), y de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), así como titulares de organismos operadores de agua potable, a fin de conocer los parámetros relacionados al Índice Nacional de Precios al Productor, para el cálculo de sus cuotas y tarifas de agua.
La diputada Nancy Jeanine García, presidenta de la Comisión del Agua, señaló que de acuerdo a la información proporcionada, el acumulado anual del Índice Nacional de Precios al Productor, está en 3.25 por ciento, el cual servirá de base para la presentación de los ajustes a sus propuestas de cuotas y tarifas de agua para el ejercicio fiscal 2026.
La legisladora precisó que si bien los organismos operadores buscarán actualizar sus cuotas y tarifas de agua, es importante que se apeguen a estos conceptos, ya que lo que se debe priorizar es no afectar a los usuarios.
“Por eso vino el compañero de INEGI, porque nos explicaba cómo se determina el Índice de Precios al Productor, cómo va aumentando, cómo va al mes con mes”
Agregó que también es importante que los organismos busquen alternativas para hacer más eficientes sus procesos, mejorar su recaudación y buscar una coordinación con los propios Ayuntamientos, a fin de que puedan concretar la realización de obras de infraestructura hidráulica.
Congreso del Estado
Deudores alimentarios están obligados a informar si dejan de laborar: Congreso
“También se obliga a que la persona empleadora, tenga la obligación de dar aviso si la persona deudora alimentaria ha dejado de trabajar”
Por: Redacción
Las y los diputados integrantes de la Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron por unanimidad el dictamen que propone reformas al Código Familiar del Estado, que establece la obligación del deudor alimentario de dar aviso de su nuevo empleo e ingreso, siendo acreedor a medios de apremio en caso de no dar aviso al juez.
La presidenta de la Comisión, diputada Jessica Gabriela López Torres informó que el objetivo es que el juez tenga los elementos para tomar una decisión respecto de qué va a suceder en tanto este deudor pueda seguir con su pago de alimentos, el cual tiene obligación.
“De esta form a también se obliga a que la persona empleadora, -ya no se utiliza el término patrón-, tenga la obligación también de dar aviso si esta persona deudora alimentaria ha dejado de trabajar en esta empresa y de esta forma, estamos dando una mayor certeza y garantía para salvaguardar el principio que todos buscamos que es el interés superior del menor de recibir alimentos”.
Explicó que “en nuestra sociedad debemos tener muy claro que la obligación de los alimentos es un derecho para las infancias potosinas, de esta forma damos un avance respecto de este tema y esta problemática tan sufrida, y se garantiza el pago de alimentos a los menores”.
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