octubre 15, 2026

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#QueSad | En SLP terminan en divorcio 30 de cada 100 matrimonios

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3 mil 872 parejas casadas se disolvieron durante el 2019

Por: Redacción

En 2019, por primera vez en cinco años, los divorcios fueron a la baja en San Luis Potosí. El año pasado se disolvieron legalmente 3 mil 872 matrimonios, cantidad inferior a los 4 mil 648 que se rompieron en 2018. Esto representa una disminución del 16.69 por ciento en 2019 con respecto al 2018 previo.

Aun así, según datos del INEGI, el año pasado la tasa de divorcios por cada 10 mil habitantes aumentó con respecto al 2018, pues pasó de 15.6 a 19.1, y se mantuvo por arriba de la tasa nacional que es de 18.4 divorcios por cada 10 mil habitantes.

La entidad potosina también registró una menor proporción de divorcios por cada 100 matrimonios, pues mientras que en 2018, se tuvo registro de 38.2 divorcios por cada 100 matrimonios, en 2019, esta se redujo a 30.8. En este caso, la relación divorcios matrimonios, es menos a la nacional, que fue de 31.7.

Según las cifras del Instituto, en 2019 en San Luis Potosí se contabilizaron 3 mil 680 causas de divorcio, de las cuales 2 mil 236 fueron divorcio incausado; 1 mil 354 por mutuo consentimiento; 49 se dieron tras una separación por dos años o más, y 41, por otras causas.

Durante 2019 se registraron 160 mil 107 divorcios, en el país existen dos tipos de trámite de divorcio: administrativo y judicial. Los datos de 2019 indican que 91% (145 mil 705) de ellos, fueron resueltos por vía judicial, mientras que el 9% (14 mil 402) correspondieron a divorcios resueltos por vía administrativa. Los divorcios en el país se han incrementado durante los últimos años, como se puede observar en la tasa nacional de divorcios por cada 10 mil habitantes, al pasar de 11.7 en 2010 a 18.4 en 2019.

Las entidades que registraron las mayores tasas de divorcios por cada 10 000 habitantes en 2019, fueron Campeche con 38.0, Sinaloa con 37.7 y Nuevo León con 37.2; por el contrario, las menores tasas correspondieron a Veracruz de Ignacio de la Llave (5.7), Tlaxcala (8.3) y Chiapas (8.9) divorcios por cada 10 000 habitantes.

En el año 2019, se registraron 159 mil 769 divorcios entre un hombre y una mujer; 146 mil entre hombres y 192 entre mujeres. Conforme avanza el tiempo, los casos con divorciantes del mismo sexo se han ido incrementando. Para los hombres pasó de 55 casos en 2015 a 146 en 2019; en el caso de las mujeres, pasó de 42 divorcios en 2015 a 192 en 2019. En la mayoría de los años, el número de casos entre las mujeres divorciadas es superior al de los hombres.

La causa de divorcio es el motivo expresado por la parte interesada para disolver el vínculo matrimonial, contemplado en el Código Civil de la entidad federativa correspondiente. Entre las tres principales causas de divorcio a nivel nacional se encuentra el incausado con el 63% (100 mil 913), seguido por el de mutuo consentimiento con el 34.7% (55 mil 481) y por la separación por más de 1 año con el 1.4% (2  mil 204). La causa por mutuo consentimiento aplica tanto en los divorcios administrativos como en los judiciales. El comportamiento al interior del país muestra que en 22 entidades federativas la principal causa corresponde al divorcio incausado y en las 10 restantes, al mutuo consentimiento.

Durante el año 2019 de los 145 mil 705 divorcios judiciales registrados en México, el 26.1% tenía un hijo menor de edad, 20.3% contaba con dos hijos, el 7.8% con más de dos, el 43.8% no tenía hijos menores al momento de efectuarse el divorcio y 2% no lo especificó.

Custodia de los hijos

En el 49.6% de los divorcios judiciales, la custodia de los hijos se le asignó a alguno de los divorciantes, en el 43.9%% de los casos no se otorgó a ninguno y en el 4.5% fue concedida a ambos  divorciantes, el 2% no lo especificó. Cuando la custodia no se otorga es debido a que no hay hijos menores o ya no dependen de los padres cuando ocurre el divorcio. Tampoco se otorgan la custodia, patria potestad ni la pensión, cuando queda disuelto el vínculo matrimonial, pero queda pendiente algún recurso, lo cual da inicio a otro proceso civil.

 

Patria potestad

De los divorcios judiciales que se llevaron a cabo durante el año 2019, en 48.6% de los casos, la patria potestad de los hijos le fue otorgada a ambos divorciantes, en 5.5% a alguno de ellos y en 43.9% no se otorgó a ninguno, lo que significa que queda pendiente el otorgamiento de la patria potestad porque no hay un acuerdo entre las partes y se da inicio a otro proceso o cuando no hay hijos menores o no dependen de los padres cuando se efectúa la disolución del matrimonio y en el 2% no se especificó.

Al llevarse a cabo el divorcio, la pensión alimenticia puede asignarse a los hijos, al cónyuge, a ambos o a nadie. En 2019 la pensión alimenticia fue asignada a los hijos en el 50.9% de los casos.

La duración legal del matrimonio es el tiempo transcurrido entre la fecha de celebración del matrimonio y la fecha de resolución o sentencia ejecutoria del divorcio, mientras que la duración social corresponde al periodo entre la fecha del matrimonio y la de presentación de la demanda de divorcio. De acuerdo a los resultados del año estadístico 2019, el 30% de los matrimonios se disolvió legalmente después de 20 años de matrimonio, 47% de los matrimonios legalmente duró entre 6 y 20 años, el 21% tuvo una duración legal entre uno y cinco años, mientras que el 1.5% la duración fue menor a un año.

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Guerra de nóminas: Está en juego juicio político contra Galindo o pérdida de curul de Gámez

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El cruce de acusaciones entre el alcalde Enrique Galindo y el presidente de la mesa directiva del congreso local en San Luis Potosí, diputado Luis Fernando Gámez, abrió dos rutas legales: una revisión a contratos municipales por honorarios y una posible causal de pérdida del cargo legislativo

Por: Haniel Valdés

El conflicto político entre el alcalde de San Luis Potosí, Enrique Galindo Ceballos, y el diputado local Luis Fernando Gámez Macías escaló de las declaraciones públicas a un terreno jurídico de mayores consecuencias. Mientras Gámez amagó con promover juicio político contra el presidente municipal por la contratación de Carlos Enrique Dahud Uresti, dirigente estatal en funciones del PAN, Galindo respondió con un señalamiento que, de comprobarse, tendría efectos directos sobre el legislador: la posible pérdida de su curul si actualmente cobrara también en el Gobierno del Estado.

El intercambio dejó dos preguntas legales abiertas. La primera, si el Ayuntamiento capitalino puede pagar honorarios a Dahud Uresti sin que ello implique uso indebido de recursos públicos con fines partidistas. La segunda, si Gámez Macías mantiene o mantuvo simultáneamente un cargo remunerado en la Secretaría General de Gobierno después de haber rendido protesta como diputado local.

El caso de Dahud Uresti se hizo público el lunes, cuando el dirigente panista fue cuestionado por la periodista Ana Dora Cabrera, en conferencia de prensa sobre una posible relación contractual con el Ayuntamiento. Ante la pregunta, remitió a la comunicadora a los mecanismos de transparencia. Un día después, Galindo confirmó que Dahud sí cobra en la administración municipal.

“Sí, Enrique cobra en el Ayuntamiento, no es ilegal, no es aviador tampoco. Cumple una función con un contrato de honorarios”, declaró el alcalde. Diversas fuentes ubican el pago en aproximadamente 28 mil pesos mensuales.

La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí no prohíbe expresamente que un ayuntamiento contrate a un dirigente partidista. Sin embargo, el artículo 32, fracción VI, establece que los ayuntamientos no pueden “autorizar o destinar recursos humanos y partidas para el financiamiento de campañas políticas de partidos o candidatos” lo que no es el caso pues no hay campaña en el PAN ni Dahud es candidato.

En reacción, Gámez Macías anunció que solicitará al Instituto de Fiscalización Superior del Estado una revisión especial de las contrataciones por honorarios del Ayuntamiento de San Luis Potosí. Además, adelantó que presentará denuncias ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, el Instituto Nacional Electoral y la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales. En ese mismo contexto, advirtió que podría impulsar un juicio político contra Galindo por el presunto uso irregular de recursos públicos.

Galindo, por su parte, sostuvo que puede acreditar la función que desempeña Dahud dentro de la administración municipal y respondió con un señalamiento contra el diputado. El alcalde afirmó que registros de transparencia ubican a Gámez como director general en la Secretaría General de Gobierno, con un sueldo cercano a los 32 mil pesos mensuales

, y señaló que, si no ha renunciado, “eso sí es un delito”.

La consecuencia jurídica de ese supuesto sería mayor para el legislador. El artículo 49 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí prohíbe que los diputados desempeñen, sin licencia del Congreso, cargos o empleos remunerados en los gobiernos federal, estatal o municipal. La propia norma establece que la infracción se castiga con la pérdida del cargo.

Documentos atribuidos a la Secretaría General de Gobierno, citados por medios potosinos señalan que Gámez presentó renuncia voluntaria e irrevocable al cargo el 29 de febrero de 2024, con efectos a partir del 1 de marzo de ese año. Es decir, más de seis meses antes de asumir como diputado local.

Los documentos referidos incluyen un aviso de suspensión de pago y un movimiento de personal con folio SGG/127/2024. No obstante, también existe un documento atribuido a la CEGAIP actualizado al 30 de agosto del presente año en el que aparece el nombre del legislador como Director de área en la SGG.

Tanto el contrato de Dahud como el expediente de personal de Gámez pueden solicitarse por la vía de transparencia, pero la Plataforma Estatal de Transparencia permanece suspendida desde el 5 de octubre debido a trabajos de actualización y adecuación, según informó la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública a través de sus redes sociales 8 días después.

La CEGAIP prevé reanudar el sistema el 19 de octubre. Mientras tanto, los registros de honorarios del Ayuntamiento capitalino y los datos de personal de la Secretaría General de Gobierno no pueden consultarse en esa plataforma.

En juego está la amenaza de juicio político contra el alcalde o la pérdida de la curul por parte de Gámez.

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Rosas Montiel busca que los municipios presupuesten dinero para bomberos

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El diputado de Morena presentó en abril la reforma que obligaría a los ayuntamientos a incluir una partida anual para los bomberos

Por: Haniel Valdés

El diputado local Luis Emilio Rosas Montiel dijo que su iniciativa para obligar a los municipios a destinar dinero a los bomberos sigue en comisiones, unos seis meses después de que la presentó. La propuesta, de abril, reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre para que los 59 ayuntamientos incluyan una partida anual para los cuerpos de bomberos.

Explicó que la iniciativa, que dijo tiene el visto bueno del comandante Adolfo Benavente Duque y de los bomberos, obliga a los municipios a incluir ese monto en el paquete económico que envían al Congreso y a visitar las estaciones para hacer un inventario de sus deficiencias.

Rosas Montiel dijo que el problema no es solo de la zona metropolitana, sino también de Matehuala, Ciudad Valles y Rioverde. “No es posible que ni siquiera pongan para la gasolina, muchos de ellos”, afirmó.

Según sus cifras, el cuerpo de bomberos metropolitano tiene un déficit de 38 millones de pesos. Afirmó que, de los nueve municipios a los que da servicio, solo uno aporta, y que de las ocho estaciones únicamente cuatro están en servicio.

El patronato de los bomberos señaló otra cuenta: recibe 1.85 millones de pesos al mes del Gobierno del Estado y de los ayuntamientos de la capital y Soledad, y opera con un déficit mensual de 800 mil a 900 mil pesos. Dijo también que solo cuatro estaciones abren las 24 horas y que otras lo hacen “un día sí y un día no”.

El diputado aseguró que el último camión nuevo que se donó a los bomberos de la zona metropolitana fue en el año 2000, hace 26 años. Dijo además que los trajes de protección son donados desde Estados Unidos y que los bomberos le han comentado que entran a los incendios sin saber si tienen algún químico que los haga prenderse.

Sobre el avance de la iniciativa, señaló que está en la Comisión de Régimen Interno, que dijo que preside Rubén Guajardo, y que hay que hacer el cabildeo. “Estaré dándole seguimiento como a todas las iniciativas que tengo”, afirmó.

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Diputados modifican las reglas del Impuesto Sobre la Renta para pequeños contribuyentes y grandes empresas

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El ajuste amplía el techo del régimen simplificado y acota los gastos deducibles de las corporaciones

Por: Roberto Mendoza

En el Palacio Legislativo de San Lázaro, la Cámara de Diputados avaló en lo general, con 349 votos a favor, 118 en contra y ninguna abstención, el proyecto enviado por el Ejecutivo Federal para reformar el cobro del Impuesto Sobre la Renta. Durante la presentación del documento, Carol Antonio Altamirano, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, resumió el objetivo de los controles incorporados: “Se combate el uso indebido de facturas y deducciones”.

Para el sector de menores ingresos, el ajuste permite que profesionistas, arrendadores y dueños de micronegocios que perciban hasta cinco millones de pesos al año —un millón y medio más que el tope previo— tributen en el Régimen Simplificado de Confianza con una tasa máxima mensual del 2.50 por ciento. El esquema se extiende además a negocios que facturen hasta 50 millones de pesos anuales, y los productores del campo y la pesca quedan exentos de impuestos hasta por un millón de pesos.

Por el contrario, a las compañías con ingresos superiores a 50 millones de pesos anuales se les restringe el porcentaje de gastos operativos y de pérdidas de años anteriores que pueden descontar. También se reduce del 30 al 20 por ciento

la deducción por intereses de deuda, se suprime el régimen opcional para grupos de sociedades y se condiciona la deducción de pagos enviados al extranjero a que primero entreguen la retención al fisco.

Respecto a estos candados, el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas advirtió que aplicar un límite generalizado, en vez de detectar individualmente las facturas improcedentes, posterga las deducciones excedentes hasta por veinte años e incrementa el pago inmediato del impuesto para las industrias manufactureras y comerciales que operan con márgenes de utilidad reducidos.

La reforma también fija en la ley, con vigencia hasta 2030, incentivos fiscales para descontar de inmediato las inversiones y los gastos en capacitación e innovación dentro del Plan México y en los corredores industriales del Istmo de Tehuantepec, Yucatán y de economía circular. Con estas medidas, el Gobierno Federal proyecta simplificar el pago de contribuciones, frenar a las empresas factureras y captar mayores recursos para programas sociales y obras de infraestructura.

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