agosto 18, 2026

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#QueSad | En SLP terminan en divorcio 30 de cada 100 matrimonios

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3 mil 872 parejas casadas se disolvieron durante el 2019

Por: Redacción

En 2019, por primera vez en cinco años, los divorcios fueron a la baja en San Luis Potosí. El año pasado se disolvieron legalmente 3 mil 872 matrimonios, cantidad inferior a los 4 mil 648 que se rompieron en 2018. Esto representa una disminución del 16.69 por ciento en 2019 con respecto al 2018 previo.

Aun así, según datos del INEGI, el año pasado la tasa de divorcios por cada 10 mil habitantes aumentó con respecto al 2018, pues pasó de 15.6 a 19.1, y se mantuvo por arriba de la tasa nacional que es de 18.4 divorcios por cada 10 mil habitantes.

La entidad potosina también registró una menor proporción de divorcios por cada 100 matrimonios, pues mientras que en 2018, se tuvo registro de 38.2 divorcios por cada 100 matrimonios, en 2019, esta se redujo a 30.8. En este caso, la relación divorcios matrimonios, es menos a la nacional, que fue de 31.7.

Según las cifras del Instituto, en 2019 en San Luis Potosí se contabilizaron 3 mil 680 causas de divorcio, de las cuales 2 mil 236 fueron divorcio incausado; 1 mil 354 por mutuo consentimiento; 49 se dieron tras una separación por dos años o más, y 41, por otras causas.

Durante 2019 se registraron 160 mil 107 divorcios, en el país existen dos tipos de trámite de divorcio: administrativo y judicial. Los datos de 2019 indican que 91% (145 mil 705) de ellos, fueron resueltos por vía judicial, mientras que el 9% (14 mil 402) correspondieron a divorcios resueltos por vía administrativa. Los divorcios en el país se han incrementado durante los últimos años, como se puede observar en la tasa nacional de divorcios por cada 10 mil habitantes, al pasar de 11.7 en 2010 a 18.4 en 2019.

Las entidades que registraron las mayores tasas de divorcios por cada 10 000 habitantes en 2019, fueron Campeche con 38.0, Sinaloa con 37.7 y Nuevo León con 37.2; por el contrario, las menores tasas correspondieron a Veracruz de Ignacio de la Llave (5.7), Tlaxcala (8.3) y Chiapas (8.9) divorcios por cada 10 000 habitantes.

En el año 2019, se registraron 159 mil 769 divorcios entre un hombre y una mujer; 146 mil entre hombres y 192 entre mujeres. Conforme avanza el tiempo, los casos con divorciantes del mismo sexo se han ido incrementando. Para los hombres pasó de 55 casos en 2015 a 146 en 2019; en el caso de las mujeres, pasó de 42 divorcios en 2015 a 192 en 2019. En la mayoría de los años, el número de casos entre las mujeres divorciadas es superior al de los hombres.

La causa de divorcio es el motivo expresado por la parte interesada para disolver el vínculo matrimonial, contemplado en el Código Civil de la entidad federativa correspondiente. Entre las tres principales causas de divorcio a nivel nacional se encuentra el incausado con el 63% (100 mil 913), seguido por el de mutuo consentimiento con el 34.7% (55 mil 481) y por la separación por más de 1 año con el 1.4% (2  mil 204). La causa por mutuo consentimiento aplica tanto en los divorcios administrativos como en los judiciales. El comportamiento al interior del país muestra que en 22 entidades federativas la principal causa corresponde al divorcio incausado y en las 10 restantes, al mutuo consentimiento.

Durante el año 2019 de los 145 mil 705 divorcios judiciales registrados en México, el 26.1% tenía un hijo menor de edad, 20.3% contaba con dos hijos, el 7.8% con más de dos, el 43.8% no tenía hijos menores al momento de efectuarse el divorcio y 2% no lo especificó.

Custodia de los hijos

En el 49.6% de los divorcios judiciales, la custodia de los hijos se le asignó a alguno de los divorciantes, en el 43.9%% de los casos no se otorgó a ninguno y en el 4.5% fue concedida a ambos  divorciantes, el 2% no lo especificó. Cuando la custodia no se otorga es debido a que no hay hijos menores o ya no dependen de los padres cuando ocurre el divorcio. Tampoco se otorgan la custodia, patria potestad ni la pensión, cuando queda disuelto el vínculo matrimonial, pero queda pendiente algún recurso, lo cual da inicio a otro proceso civil.

 

Patria potestad

De los divorcios judiciales que se llevaron a cabo durante el año 2019, en 48.6% de los casos, la patria potestad de los hijos le fue otorgada a ambos divorciantes, en 5.5% a alguno de ellos y en 43.9% no se otorgó a ninguno, lo que significa que queda pendiente el otorgamiento de la patria potestad porque no hay un acuerdo entre las partes y se da inicio a otro proceso o cuando no hay hijos menores o no dependen de los padres cuando se efectúa la disolución del matrimonio y en el 2% no se especificó.

Al llevarse a cabo el divorcio, la pensión alimenticia puede asignarse a los hijos, al cónyuge, a ambos o a nadie. En 2019 la pensión alimenticia fue asignada a los hijos en el 50.9% de los casos.

La duración legal del matrimonio es el tiempo transcurrido entre la fecha de celebración del matrimonio y la fecha de resolución o sentencia ejecutoria del divorcio, mientras que la duración social corresponde al periodo entre la fecha del matrimonio y la de presentación de la demanda de divorcio. De acuerdo a los resultados del año estadístico 2019, el 30% de los matrimonios se disolvió legalmente después de 20 años de matrimonio, 47% de los matrimonios legalmente duró entre 6 y 20 años, el 21% tuvo una duración legal entre uno y cinco años, mientras que el 1.5% la duración fue menor a un año.

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A TIEMPO Y MARCANDO EL RITMO La agenda del poder – Dirige: Jorge Saldaña

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Martes 18 de agosto de 2026
ALTA INTENSIDAD

Culto Público, hijos de Juan Ramiro trabajando o Ricardo distrayendo:

Este martes la conversación pública de la agenda mediática es un incoming al tablero del 27 y por eso comienzo con lo que yo preguntaría:

Si gana el partido Verde en San Luis en 2027 ¿La presidenta Sheinbaum lo vería como un triunfo de la 4T o una entidad perdida por Morena?

Si supieramos la respuesta, muchas cosas estarían claras desde ahora, en lugar de estar jugando a las incertidumbres con metástasis.

Ya le gustó a alguien usar columnas y trascendidos nacionales para sacudir el avispero potosino:

En julio se publicó un comentario respecto a que Juan Carlos Valladares es bien visto no solo en la cúpula morenista, sino en la cúpula presidencial (que es la que importa) y que es él el único que puede ser el factor para construir la alianza #17.

Se dice que ese mismo día, el rector de la UASLP, Alejandro Zermeño Guerra, pidió cita para desayunar con Valladares. Reunión que el diputado federal ha pospuesto por razones evidentes. Ninguno de los datos se puede dar por un hecho porque no tengo confirmado -que conste-

Hoy nuevamente se manda un mensaje desde medios nacionales al 27 potosino: Alejandro Zermeño aparece medido: 21% en un escenario interno de Morena y 16.5% en un careo general.

El timming, el medio y el tono cuentan.

Está claro que ni los números del rector, ni las conjeturas sobre Juan Carlos significan candidatura; pero sí son movimientos que jalan reflectores y abonan a lo que dije en un principio: la incertidúmbre con metástasis.

En ambos casos hay que preguntarse

¿Es Juan Ramiro operando, la presidenta soltando buscapiés o RGC meciendo la cuna soltando nombres para que “jalen la marca y reflectores” y su proyecto siga *en “avance sin desgaste”?

Como muchas veces ocurre Código San Luis de María Luisa Paulín fue la que estuvo atenta a la columna de Heraldo de México. Aquí la rectoría no ha circulado la columna en absoluto.

Dato irrefutable:

Así diga Citlalli, opere Juan Ramiro o ejecute estrategia Ricardo, la última palabra es de una sola persona y se llama Claudia.

En otros temas de agenda, el dato de Pulso sobre las 9 mil 777 tomas clandestinas de agua detectadas; y apenas cinco denuncias al respecto está como para llorar en la regadera.

¿Cómo pueden estar detectadas pero no atendidas?

BARRIDO NACIONAL: Andy López Beltrán sigue dominando la conversación por la cancelación de su visa. Fuente: Reuters —

EN AGENDA: El Poder Judicial tiene como fecha límite el 1 de abril de 2027 para operar plenamente el nuevo sistema civil y familiar. Lo sabe desde 2023, pero parece que la única que no le apura es a la magistrada presidenta.

NOTAS MÁS REPETIDAS: Agua · Poder Judicial · Seguridad · 2027 · Salvita.

MAÑANERA: Sin impacto directo que cambie hoy el tablero potosino.

INDICADORES ÚTILES:

El Realito funciona.

El Gobernador anda estrenando lentes.

El Alcalde anda de muy buen talante.

Yo soy Jorge Saldaña.

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La fiscal que en marzo prometió revisar el caso de la ladrona del Centro, en agosto dijo no saber nada

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Comerciantes ya identificaron y ubicaron a la mujer; el primer denunciante dice haber recibido amenazas para retirar la denuncia

Por: Haniel Valdés Velázquez

Entrevistar a la Fiscal General del Estado es muy sencillo: siempre se sabe qué va a responder. Usa dos comodines: “voy a mandarlo a investigar”, cuando el tema es viral y no tiene información, o “no tengo información”, cuando no solo la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) no ha hecho su trabajo, sino que su titular decide restarle valor al asunto.

Es lo que volvió a ocurrir con el caso de la mujer señalada de robar en comercios del Centro Histórico de la capital potosina.

El 13 de marzo de 2026, esta casa editorial documentó el caso por primera vez: comerciantes habían denunciado en redes sociales a una mujer que, aprovechando descuidos de los trabajadores, sustraía carteras, dinero en efectivo y otros objetos dentro de establecimientos. Consultada entonces, la fiscal María Manuela García Cázares respondió: “No he tenido información al respecto, pero reviso el tema, sobre todo porque es un delito que afecta a la sociedad.”

Cinco meses después, la pregunta volvió a plantearse de forma directa. Y la respuesta cambió de sentido: “¿Ha avanzado el caso de la señora que entraba al restaurante y se llevaba los tablets y computadoras?”, se le preguntó. “No, no, no tengo conocimiento de esos hechos”, respondió.

En marzo prometió revisar. En agosto dijo no saber nada.

Entre una declaración y otra no solo pasó el tiempo. El propietario de uno de los negocios afectados entregó a este medio videos donde se observa con claridad el rostro de la mujer, y varios comerciantes reconocieron en esas imágenes a la misma persona, que según señalan ha repetido el mismo modo de operar en otros comercios del Centro Histórico.

Comerciantes de la zona identificaron plenamente a la mujer y, en redes sociales, llegaron a difundir públicamente su domicilio. Ese mismo señalamiento derivó en un episodio más grave: el primer denunciante recibió una comunicación directa de la mujer en la que, según relató, lo amenazó para que retirara la denuncia y eliminara los videos publicados en redes sociales.

Sobre cuánto debería tardar una investigación de este tipo, el Código Nacional de Procedimientos Penales no fija un plazo para la etapa inicial de investigación —la que corre antes de que exista una persona vinculada a proceso—: puede prolongarse, en los hechos, durante años. El plazo legal aparece después: una vez dictado el auto de vinculación a proceso, la investigación complementaria debe cerrarse en un máximo de dos meses para delitos con pena no mayor a dos años, como el robo sin violencia. La ausencia de plazo en la primera etapa no exime a la Fiscalía de investigar; solo elimina el margen para justificar la inacción con un simple “no tengo información.”

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Crecen las órdenes de protección por violencia de género: STJE

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El Centro de Justicia para Mujeres canaliza a víctimas de violencia hacia la denuncia y, de ser necesario, hacia una orden de protección

Por: Redacción

El Poder Judicial del Estado atiende un número creciente de órdenes de protección para mujeres, hombres y menores que viven violencia física, sexual, psicológica o económica, informó la magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de San Luis Potosí (STJE), Lourdes Anahí Zarazúa Martínez.

Explicó que el Centro de Justicia para Mujeres (CJM) es el organismo que recibe a las víctimas y las acompaña hacia la denuncia correspondiente para que, en su momento, el caso pueda judicializarse.

Dentro de las instalaciones del CJM opera un juzgado especializado en la atención de órdenes de protección

, la medida cautelar que se dicta a favor de quien está en riesgo de sufrir violencia.

Zarazúa precisó que todos los jueces del estado, no solo los del CJM, están obligados a emitir una orden de protección dentro de las cuatro horas siguientes a que se solicita.

Sostuvo que la violencia psicológica y la económica son las que más se denuncian, mientras que la violencia vicaria es la que menos se logra acreditar ante los juzgados.

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