octubre 8, 2026

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#QueSad | En SLP terminan en divorcio 30 de cada 100 matrimonios

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3 mil 872 parejas casadas se disolvieron durante el 2019

Por: Redacción

En 2019, por primera vez en cinco años, los divorcios fueron a la baja en San Luis Potosí. El año pasado se disolvieron legalmente 3 mil 872 matrimonios, cantidad inferior a los 4 mil 648 que se rompieron en 2018. Esto representa una disminución del 16.69 por ciento en 2019 con respecto al 2018 previo.

Aun así, según datos del INEGI, el año pasado la tasa de divorcios por cada 10 mil habitantes aumentó con respecto al 2018, pues pasó de 15.6 a 19.1, y se mantuvo por arriba de la tasa nacional que es de 18.4 divorcios por cada 10 mil habitantes.

La entidad potosina también registró una menor proporción de divorcios por cada 100 matrimonios, pues mientras que en 2018, se tuvo registro de 38.2 divorcios por cada 100 matrimonios, en 2019, esta se redujo a 30.8. En este caso, la relación divorcios matrimonios, es menos a la nacional, que fue de 31.7.

Según las cifras del Instituto, en 2019 en San Luis Potosí se contabilizaron 3 mil 680 causas de divorcio, de las cuales 2 mil 236 fueron divorcio incausado; 1 mil 354 por mutuo consentimiento; 49 se dieron tras una separación por dos años o más, y 41, por otras causas.

Durante 2019 se registraron 160 mil 107 divorcios, en el país existen dos tipos de trámite de divorcio: administrativo y judicial. Los datos de 2019 indican que 91% (145 mil 705) de ellos, fueron resueltos por vía judicial, mientras que el 9% (14 mil 402) correspondieron a divorcios resueltos por vía administrativa. Los divorcios en el país se han incrementado durante los últimos años, como se puede observar en la tasa nacional de divorcios por cada 10 mil habitantes, al pasar de 11.7 en 2010 a 18.4 en 2019.

Las entidades que registraron las mayores tasas de divorcios por cada 10 000 habitantes en 2019, fueron Campeche con 38.0, Sinaloa con 37.7 y Nuevo León con 37.2; por el contrario, las menores tasas correspondieron a Veracruz de Ignacio de la Llave (5.7), Tlaxcala (8.3) y Chiapas (8.9) divorcios por cada 10 000 habitantes.

En el año 2019, se registraron 159 mil 769 divorcios entre un hombre y una mujer; 146 mil entre hombres y 192 entre mujeres. Conforme avanza el tiempo, los casos con divorciantes del mismo sexo se han ido incrementando. Para los hombres pasó de 55 casos en 2015 a 146 en 2019; en el caso de las mujeres, pasó de 42 divorcios en 2015 a 192 en 2019. En la mayoría de los años, el número de casos entre las mujeres divorciadas es superior al de los hombres.

La causa de divorcio es el motivo expresado por la parte interesada para disolver el vínculo matrimonial, contemplado en el Código Civil de la entidad federativa correspondiente. Entre las tres principales causas de divorcio a nivel nacional se encuentra el incausado con el 63% (100 mil 913), seguido por el de mutuo consentimiento con el 34.7% (55 mil 481) y por la separación por más de 1 año con el 1.4% (2  mil 204). La causa por mutuo consentimiento aplica tanto en los divorcios administrativos como en los judiciales. El comportamiento al interior del país muestra que en 22 entidades federativas la principal causa corresponde al divorcio incausado y en las 10 restantes, al mutuo consentimiento.

Durante el año 2019 de los 145 mil 705 divorcios judiciales registrados en México, el 26.1% tenía un hijo menor de edad, 20.3% contaba con dos hijos, el 7.8% con más de dos, el 43.8% no tenía hijos menores al momento de efectuarse el divorcio y 2% no lo especificó.

Custodia de los hijos

En el 49.6% de los divorcios judiciales, la custodia de los hijos se le asignó a alguno de los divorciantes, en el 43.9%% de los casos no se otorgó a ninguno y en el 4.5% fue concedida a ambos  divorciantes, el 2% no lo especificó. Cuando la custodia no se otorga es debido a que no hay hijos menores o ya no dependen de los padres cuando ocurre el divorcio. Tampoco se otorgan la custodia, patria potestad ni la pensión, cuando queda disuelto el vínculo matrimonial, pero queda pendiente algún recurso, lo cual da inicio a otro proceso civil.

 

Patria potestad

De los divorcios judiciales que se llevaron a cabo durante el año 2019, en 48.6% de los casos, la patria potestad de los hijos le fue otorgada a ambos divorciantes, en 5.5% a alguno de ellos y en 43.9% no se otorgó a ninguno, lo que significa que queda pendiente el otorgamiento de la patria potestad porque no hay un acuerdo entre las partes y se da inicio a otro proceso o cuando no hay hijos menores o no dependen de los padres cuando se efectúa la disolución del matrimonio y en el 2% no se especificó.

Al llevarse a cabo el divorcio, la pensión alimenticia puede asignarse a los hijos, al cónyuge, a ambos o a nadie. En 2019 la pensión alimenticia fue asignada a los hijos en el 50.9% de los casos.

La duración legal del matrimonio es el tiempo transcurrido entre la fecha de celebración del matrimonio y la fecha de resolución o sentencia ejecutoria del divorcio, mientras que la duración social corresponde al periodo entre la fecha del matrimonio y la de presentación de la demanda de divorcio. De acuerdo a los resultados del año estadístico 2019, el 30% de los matrimonios se disolvió legalmente después de 20 años de matrimonio, 47% de los matrimonios legalmente duró entre 6 y 20 años, el 21% tuvo una duración legal entre uno y cinco años, mientras que el 1.5% la duración fue menor a un año.

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Tribunal tumba las “boletas planchadas”

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La resolución obliga al INE a modificar sus lineamientos y establece una regla uniforme para los cómputos

Por: Redacción

El Partido Acción Nacional (PAN) informó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió que las llamadas “boletas planchadas”, es decir, las que no presentan las marcas de doblez necesarias para haber sido introducidas en la urna, no deberán contabilizarse ni incorporarse a los resultados electorales de 2027.

De acuerdo con el partido, la resolución deriva, entre otros medios de impugnación, del recurso de apelación SUP-RAP-215/2026, que promovió contra los lineamientos aprobados por el Consejo General del INE para los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027.

El PAN explicó que había advertido que el mecanismo original permitía reservar una boleta sin las marcas de doblez y que, después, un Consejo Distrital decidiera mediante votación si debía contabilizarse o no. Según el partido, ese esquema dejaba abierta la posibilidad de incorporar boletas sobre las que existía una duda objetiva respecto de si habían seguido el procedimiento legal de emisión del voto.

La Sala Superior determinó que el planteamiento era fundado y estableció una regla: una vez marcada, la boleta debe doblarse y depositarse en la urna. Si durante el escrutinio o un recuento aparece una boleta sin los dobleces necesarios, deberá considerarse inválida.

“Ganamos una batalla fundamental para proteger el voto de las y los mexicanos. Las elecciones se ganan en las urnas, con votos emitidos legalmente, no con boletas cuya procedencia genere dudas. La voluntad ciudadana se respeta y se defiende”, sostuvo el PAN

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Con la sentencia, el INE deberá modificar sus lineamientos. A partir de ahora, cuando durante el escrutinio y cómputo se detecte una boleta sin las marcas de doblez necesarias, no deberá contabilizarse ni incorporarse a la suma de resultados. Además, deberá registrarse la irregularidad y conservarse la boleta separada de aquellas que sí fueron computadas.

La decisión sustituye el esquema aprobado originalmente por el INE, bajo el cual cada Consejo Distrital podía deliberar y votar sobre la validez de este tipo de boletas, y establece en su lugar un criterio uniforme para todos los órganos electorales.

El Tribunal reconoció que el INE cuenta con facultades para reglamentar los cómputos electorales, pero determinó que deben ejercerse con respeto a la legislación y a los principios constitucionales de certeza, autenticidad y secrecía del sufragio.

El PAN afirmó que continuará utilizando todos los instrumentos jurídicos disponibles para defender la legalidad de las elecciones y garantizar que cada voto sea contado exactamente como fue emitido.

“Hoy ganó la certeza electoral. Ganó la legalidad y, sobre todo, ganó el derecho de las y los mexicanos a que su voto sea respetado. En el PAN vamos a seguir defendiendo cada elección, cada casilla y cada voto frente a cualquier intento de vulnerar la voluntad ciudadana”, concluyó.

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Cárceles de SLP, al 120%: Gallardo promete sexto penal para 2027

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Ricardo Gallardo atribuyó la saturación a la detención de narcomenudistas, que hoy son casi ocho de cada 10 internos

Por: Redacción

Los penales de San Luis Potosí operan al 120 por ciento de su capacidad, reconoció Ricardo Gallardo Cardona, gobernador del Estado, al responder sobre un informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que reprueba a cuatro de los cinco centros penitenciarios del estado. Para el mandatario, la salida es construir un sexto penal.

“Lo que se llama reprobar no es un tema de reprobar, es un tema que ya no tienen capacidad de albergar más personas”, dijo. “Estamos en sobrepoblación, en todos los penales tenemos sobrepoblación”.

De acuerdo con el gobernador, casi el 80 por ciento de esa población son narcomenudistas, personas detenidas por vender sustancias prohibidas en las calles. Antes, explicó, salían en 72 horas; con los cambios hechos con el Poder Judicial, ahora permanecen detenidas.

“Prácticamente se están limpiando las calles, pero ahora el fortalecimiento se tiene que dar en los penales”, señaló.

Cuestionado sobre si la solución es un nuevo centro, r espondió: “La solución es un sexto penal, sin lugar a dudas”. Al preguntarle si estaría para 2027, contestó que sí: “Eso se tiene que hacer”.

Agregó que el Estado ha trasladado a más de 100 internos a penales federales, con envíos de 20 personas cada tres o cuatro meses.

Gallardo vinculó la sobrepoblación con el ritmo de detenciones de la Guardia Civil Estatal, que, según dijo, detiene cada semana entre 80 y 90 narcomenudistas en las cuatro zonas del estado, contra cinco o seis de los municipios. “Prácticamente no es nada lo que se detiene a nivel municipal”, afirmó. Las policías municipales, a su juicio, tendrían que ayudar en ese trabajo en las calles.

Los cinco centros penitenciarios dependen de la Secretaría de Seguridad de Protección Ciudadana (SSPC), a través de su Dirección General de Prevención y Rehabilitación Social.

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Fiscalía de SLP arrastra más de 50 mil investigaciones pendientes

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El INEGI señala que la Fiscalía potosina no proporcionó información sobre su número de agentes, peritos y policías ministeriales

Por: Ana G Silva

La Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí cerró 2025 con 50 mil 201 procedimientos pendientes de concluir dentro de carpetas de investigación, de acuerdo con el Censo Nacional de Procuración de Justicia Federal y Estatal 2026 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El rezago se acumuló mientras la Fiscalía registró durante el año 60 mil 59 carpetas de investigación abiertas, de las cuales 12 mil 58 tenían una persona imputada y 48 mil una no identificada como imputada.

En el mismo periodo, la Fiscalía reportó 67 mil 191 determinaciones o conclusiones en la etapa de investigación inicial y otras 6 mil 384 correspondientes a investigación complementaria. Sin embargo, al cierre del año permanecían pendientes 50 mil 201 procedimientos entre ambas etapas.

El dato no significa que 50 mil 201 de las carpetas abiertas durante 2025 hayan quedado sin resolver, pues el propio INEGI aclara que tanto las determinaciones como los procedimientos pendientes pueden corresponder a investigaciones iniciadas durante ese año o en ejercicios anteriores.

La cifra refleja, en cambio, el volumen de procedimientos de investigación que permanecían abiertos al finalizar 2025, tanto en la etapa inicial como en la complementaria.

También aumenta el rezago de órdenes judiciales

La carga de trabajo de la Fiscalía también se refleja en las órdenes judiciales.

Al comenzar 2025, San Luis Potosí tenía mil 440 órdenes judiciales

pendientes de cumplimentarse. Durante el año se giraron mil 475 y se concluyeron mil 305; al cierre del ejercicio quedaron mil 610 pendientes.

Esto representa un incremento de 170 órdenes pendientes respecto al inicio del año.

El INEGI considera dentro de este apartado órdenes de aprehensión, reaprehensión, comparecencia, citación y otras, tanto del sistema penal para personas adultas como del sistema de justicia para adolescentes.

La Fiscalía tampoco reportó cuántos agentes tiene

El Censo deja además un vacío para dimensionar con qué capacidad humana se enfrenta este volumen de investigaciones.

El INEGI señala expresamente que la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí no proporcionó información sobre las personas fiscales o agentes del Ministerio Público, personas peritas y personas policías ministeriales, investigadoras o judiciales.

Esto impide establecer, a partir de este Censo, cuántos agentes del Ministerio Público, peritos o policías investigadores tiene la Fiscalía para atender las investigaciones que permanecían pendientes al terminar el año.

El dato resulta relevante porque, mientras el registro estadístico permite conocer el tamaño del rezago, no permite relacionarlo con la cantidad de personal encargado de atenderlo en San Luis Potosí.

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Opinión

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