enero 29, 2026

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Protección para la Sierra de San Miguelito no está en riesgo: activistas

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 Los Guardianes de la Sierra aseguraron que el amparo, solicitado por algunos comuneros, no tiene efecto, pues a nadie se le va a despojar de su tierra

Por: Ana G Silva

El pasado lunes, el juzgado Cuarto de Distrito aprobó una suspensión en contra de la declaratoria de Área Natural Protegida (ANP) de la Sierra de San Miguelito, lo que fue celebrado por integrantes del Frente Agrario Pro-Familias de la Sierra; sin embargo, el movimiento Guardianes de la Sierra indicó que este amparo no pone en peligro el decreto emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Enrique Rivera, ciudadano solidario con la lucha de los Guardianes de la Sierra, explicó que el amparo estipula “una suspensión de plano para que las cosas se mantengan en el estado en el que actualmente guardan y que no se prive total o parcialmente tierra de uso común pertenecientes a la comunidad, por lo que siempre y cuando se demostrara el despojo, y no hay uno, podrían tener razón”.

Rivera destacó que el decreto de ANP no contempla expropiación de tierras, sino que solo hay reglas, por lo que comuneros podrán dedicarse a seguir haciendo uso de su propiedad, ya que sigue siendo suya, solo que no pueden realizarse algunas actividades como construcción de fraccionamientos.

Los Guardianes de la Sierra de San Miguelito destacaron que no hay preocupación en el movimiento por el amparo, pues no se frena el decreto de ANP, por lo que consideran que están ante “una situación que es la noticia falsa del año”, pues es la información está manipulada y distorsionada.

“Si el decreto dijera que las tierras ya no son de los compañeros, evidentemente nosotros seríamos los primeros en impugnarlo, lo hicimos, en su momento defendimos cuando la Semarnat iba a darle a los fraccionadores mil 805 hectáreas, pero es muy diferente porque el decreto menciona que la tierra es de comuneros, que las actividades agrícolas y ganaderas se respeta y que el gobierno está obligado a generar condiciones de desarrollo rural y agropecuario para que la gente esté mejor y respetando los asentamientos de los dueños del territorio”.

Enrique Rivera indicó que con este amparo “patito” se está tratando de tergiversar las cosas, pues “los varones del concreto” están enojados; mientras que Guardianes de la Sierra agregaron que “buscaban obtener un golpe mediático y quedan en ridículo los medios que se colgaron a esta farsa”.

“Los que hemos participado siempre hemos estado en alerta, esto ya lo veíamos venir, de hecho se nos hace muy extraño que sea a lo único que hayan llegado, están tan débiles, y estos comuneros que andan creando frentes de familias afectadas son fachadas, porque están detrás los empresarios”, dijo Rivera.

El movimiento Guardianes de la Sierra destacó que será importante la postura que asuma el gobierno del estado, a cargo de Ricardo Gallardo, pues consideran que el mandatario siempre ha estado del lado de la Sierra:

“No en el sentido de dirigir la lucha, sino que está de acuerdo en protegerla, entonces cómo puede ser que algo con lo que todos están de acuerdo tantas personas vaya a desaparecer por un puñado de fraccionadores. Esto son signos de desesperación, se están dando un balazo ellos mismos”.

Rivera subrayó que es importante que Gallardo Cardona se involucre más en el tema y que apoye esta declaratoria de ANP: “no lo hemos visto muy metido, sabemos que debe tener compromisos con estos empresarios, pero que no olvide que con quien tiene compromiso es con San Luis Potosí, así como lo hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador al cumplirle al pueblo potosino”.

Finalmente, Guardianes de la Sierra indicaron que María Luisa Albores, titular de Semarnat, estará en el estado este miércoles 5 de enero para entablar diálogo con los 36 grupos agrarios involucrados en el decreto de ANP y firmar un documento de coordinación y trabajo con el gobierno de Gallardo.

 

A continuación anexamos el amparo:

Núm. de Expediente: 1364/2021
Fecha del Auto: 31/12/2021
Fecha de publicación: 03/01/2022

Síntesis:

Vista la demanda de amparo que promueven *****, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito contra actos del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades; fórmese el expediente respectivo y anótese su ingreso en el libro de gobierno de este Juzgado, bajo el consecutivo 1364/2021-VIII, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Ahora bien, vista la demanda de amparo y a efecto de determinar lo que en derecho proceda respecto del libelo constitucional, con fundamento en lo dispuesto por 108, fracción I; 110 y 114, fracciones I y III, de la Ley de Amparo; prevéngase, a los promoventes, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito, para que dentro del plazo de cinco días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, por escrito y con las copias del ocurso aclaratorio necesarias para cada una de las partes. Apercíbase a los promoventes que, de no cumplir con lo anterior en el término indicado, se tendrá por no presentada la demanda de mérito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114, segundo párrafo, de la Ley de Amparo. Suspensión de plano. Por otro lado, como la parte quejosa reclama la desincorporación de 1805-48-42 hectáreas de la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, con fundamento en el numeral 126, 139 y 147 de la Ley de Amparo, se decreta la suspensión de plano para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente guardan y no se prive total o parcialmente de la superficie señalada de tierras de uso común pertenecientes a dicha comunidad, con motivo de la desincorporación reclamada; hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto. En el entendido de que la medida suspensión concedida, solo tendrá efectividad, siempre que el acto reclamado pudieran tener como consecuencia de manera inequívoca, la privación total o parcial, temporal o definitiva, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, o sustracción del régimen jurídico ejidal, manteniéndose las cosas en el estado que actualmente guardan; ello, bajo la más estricta responsabilidad de las autoridades a quienes se les atribuye el carácter de responsables. En la inteligencia de que quedan expeditas las facultades de las autoridades administrativas de verificar todos los actos de dominio que pretenda realizar el ejido. Informe sobe la suspensión de plano. Se requiere a las autoridades responsables que deberán informar a este órgano judicial, en forma inmediata, a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación, sobre el cumplimiento dado a dicha suspensión de plano; previniéndosele que la violación a este mandato trae como consecuencia la aplicación a lo dispuesto en los artículos 262, fracciones III y IV, de la Ley de Amparo, y 215 del Código Penal Federal; apercibidas que de no hacerlo dentro del término señalado, se les impondrá una multa por el equivalente a cien Unidades de Medida y Actualización vigentes, de conformidad con los artículos 238 y 260 fracción II de la ley en cita. Se envía oficio vía telegrama. En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes, En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes. En tanto las partes tramitan u obtienen cualquiera de las firmas electrónicas de referencia, deben proporcionar igualmente en breve lapso un número telefónico y una cuenta de correo electrónico, tanto propios como de otros particulares que tengan participación en el proceso, con el propósito de que el personal de actuaría establezca contacto con los interesados para generar las condiciones adecuadas a efecto de que las notificaciones que deban practicárseles resulten fehacientes, rápidas y seguras para la salud de los intervinientes. Información sobre consulta de expedientes o comparecencias Asimismo, de conformidad con el artículo 3 del citado Acuerdo General 21/2020, hágase del conocimiento de las partes, que para el caso en que consideren necesario asistir presencialmente a este Juzgado, que en el Portal de Servicios en Línea está habilitado un micrositio denominado “Servicios jurisdiccionales”, se encuentra el sistema “Agenda OJ”, donde aparecen fechas y horarios disponibles para la generación de citas a fin de consultar expedientes o desahogar comparecencias o requerimientos. Uso de aparatos electrónicos. Se autoriza a las partes, previa constancia que se deje en autos, el uso de medios electrónicos y digitales respecto de las constancias que obran en este expediente, en la inteligencia que las copias que se obtengan no tendrán validez de documento público, en términos del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, acorde con lo dispuesto por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de dieciocho de marzo de dos mil nueve, contenida en la circulación 12/2009. Notifíquese personalmente.

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Asaltan en carretera 57 a parte del equipo de Sheinbaum 

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El incidente se suscitó en el tramo Matehuala – San Luis Potosí de la ruta federal

Por: Redacción

Integrantes del equipo de logística y avanzada de la presidenta Claudia Sheinbaum fueron asaltados en San Luis Potosí mientras transitaban el tramo Matehuala – San Luis de la carretera federal 57.

El equipo acompañó el fin de semana a la presidenta en la inauguración de la nueva Agencia Nacional de Aduanas, y mientras regresaban por tierra a la Ciudad de México, habrían sido interceptados a la altura de El Huizache, en Guadalcázar.

Una vez detenidos, los delincuentes les quitaron dinero en efectivo, así como cámaras, teléfonos celulares, equipos de comunicación y pertenencias personales. No se han reportado personas lesionadas.

Tras el suceso, se habría implementado un operativo en El Huizache con el fin de identificar a los perpetradores. Al momento, desde la Presidencia no se ha emitido ninguna información al respecto.

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Drenajes colapsados y fugas impulsan posible separación de Interapas

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Paty Aradillas mencionó que el análisis se encuentra en etapa técnica y administrativa: no hay una fecha definida para la separación

Por: Redacción

Patricia Aradillas Aradillas,  presidenta concejal de Villa de Pozos, confirmó que el municipio se encuentra realizando un análisis técnico y administrativo para dejar de depender del organismo operador Interapas y asumir directamente el control del servicio de agua potable y drenaje.

La funcionaria explicó que, si bien existe un convenio vigente con Interapas, las fallas recurrentes en la infraestructura hidráulica

, particularmente en drenajes colapsados y fugas de agua, han generado una problemática constante para la población.

Aradillas Aradillas subrayó que el acceso al agua es una necesidad básica, por lo que el municipio no puede permanecer ajeno a las deficiencias en el servicio, aun cuando la responsabilidad operativa recaiga actualmente en el organismo intermunicipal.

Indicó que la mayoría de los reportes ciudadanos están relacionados con drenajes colapsados y fugas, lo que evidencia la urgencia de replantear el esquema de operación del sistema hidráulico en Villa de Pozos.

Aunque aclaró que no existe una fecha definida para una eventual separación, señaló que el tema se encuentra en fase de estudio, y que una vez concluido el análisis se dará a conocer información más concreta sobre el futuro del servicio.

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Gobernador reprocha sueldos de 80 pesos diarios en Villa Juárez

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Tras la denuncia del sindicato de Villa Juárez, el mandatario señaló el abandono de algunas autoridades

Por: Redacción

Ricardo Gallardo Cardona, gobernador de San Luis Potosí, calificó como “una burla” que trabajadores del Ayuntamiento de Villa Juárez perciban salarios por debajo del mínimo legal, luego de que el sindicato municipal presentara una denuncia formal por presuntas violaciones a la legislación laboral.

Al ser cuestionado sobre el tema, el mandatario estatal lamentó que este tipo de prácticas sigan ocurriendo en distintos puntos del país y las atribuyó a la falta de sentido humano por parte de algunas autoridades municipales. Aclaró que su señalamiento no se limita exclusivamente a Villa Juárez, sino que responde a un problema estructural que se repite en diversos gobiernos locales.

Gallardo Cardona subrayó que en San Luis Potosí ya se han comenzado a implementar medidas para frenar este tipo de abusos, y puso como ejemplo la reforma que entrará en vigor en febrero, mediante la cual se obliga a los municipios a incrementar el salario de los policías municipales. Advirtió que los alcaldes que no acaten esta disposición serán sancionados directamente, al tratarse de una responsabilidad legal y administrativa.

Las declaraciones del gobernador se dan en el contexto de una denuncia presentada por el Comité del Sindicato Único de Trabajadores y Empleados al Servicio del Ayuntamiento de Villa Juárez

, en la que se acusa al gobierno municipal de pagar sueldos diarios de entre 80 y 200 pesos, muy por debajo del salario mínimo vigente de 315.04 pesos diarios.

De acuerdo con el documento dirigido a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado, estas prácticas se han mantenido de manera constante durante los años 2022, 2023, 2024 y 2025, situación que —según el sindicato— viola tanto la Ley Federal del Trabajo como la legislación estatal que regula a los trabajadores al servicio de instituciones públicas.

El sindicato también señaló que los salarios pagados se encuentran establecidos en un tabulador publicado en el Periódico Oficial del Estado en enero de 2025, lo que consideran una contradicción legal al tratarse de un documento oficial que avala percepciones inferiores al mínimo permitido.

Ante ello, los trabajadores solicitaron la intervención de las autoridades estatales para que se investigue el caso, se regularicen los salarios y se apliquen las sanciones correspondientes al gobierno municipal responsable, con el objetivo de garantizar el respeto a sus derechos laborales.

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