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Protección para la Sierra de San Miguelito no está en riesgo: activistas
Los Guardianes de la Sierra aseguraron que el amparo, solicitado por algunos comuneros, no tiene efecto, pues a nadie se le va a despojar de su tierra
Por: Ana G Silva
El pasado lunes, el juzgado Cuarto de Distrito aprobó una suspensión en contra de la declaratoria de Área Natural Protegida (ANP) de la Sierra de San Miguelito, lo que fue celebrado por integrantes del Frente Agrario Pro-Familias de la Sierra; sin embargo, el movimiento Guardianes de la Sierra indicó que este amparo no pone en peligro el decreto emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
Enrique Rivera, ciudadano solidario con la lucha de los Guardianes de la Sierra, explicó que el amparo estipula “una suspensión de plano para que las cosas se mantengan en el estado en el que actualmente guardan y que no se prive total o parcialmente tierra de uso común pertenecientes a la comunidad, por lo que siempre y cuando se demostrara el despojo, y no hay uno, podrían tener razón”.
Rivera destacó que el decreto de ANP no contempla expropiación de tierras, sino que solo hay reglas, por lo que comuneros podrán dedicarse a seguir haciendo uso de su propiedad, ya que sigue siendo suya, solo que no pueden realizarse algunas actividades como construcción de fraccionamientos.
Los Guardianes de la Sierra de San Miguelito destacaron que no hay preocupación en el movimiento por el amparo, pues no se frena el decreto de ANP, por lo que consideran que están ante “una situación que es la noticia falsa del año”, pues es la información está manipulada y distorsionada.
“Si el decreto dijera que las tierras ya no son de los compañeros, evidentemente nosotros seríamos los primeros en impugnarlo, lo hicimos, en su momento defendimos cuando la Semarnat iba a darle a los fraccionadores mil 805 hectáreas, pero es muy diferente porque el decreto menciona que la tierra es de comuneros, que las actividades agrícolas y ganaderas se respeta y que el gobierno está obligado a generar condiciones de desarrollo rural y agropecuario para que la gente esté mejor y respetando los asentamientos de los dueños del territorio”.
Enrique Rivera indicó que con este amparo “patito” se está tratando de tergiversar las cosas, pues “los varones del concreto” están enojados; mientras que Guardianes de la Sierra agregaron que “buscaban obtener un golpe mediático y quedan en ridículo los medios que se colgaron a esta farsa”.
“Los que hemos participado siempre hemos estado en alerta, esto ya lo veíamos venir, de hecho se nos hace muy extraño que sea a lo único que hayan llegado, están tan débiles, y estos comuneros que andan creando frentes de familias afectadas son fachadas, porque están detrás los empresarios”, dijo Rivera.
El movimiento Guardianes de la Sierra destacó que será importante la postura que asuma el gobierno del estado, a cargo de Ricardo Gallardo, pues consideran que el mandatario siempre ha estado del lado de la Sierra:
“No en el sentido de dirigir la lucha, sino que está de acuerdo en protegerla, entonces cómo puede ser que algo con lo que todos están de acuerdo tantas personas vaya a desaparecer por un puñado de fraccionadores. Esto son signos de desesperación, se están dando un balazo ellos mismos”.
Rivera subrayó que es importante que Gallardo Cardona se involucre más en el tema y que apoye esta declaratoria de ANP: “no lo hemos visto muy metido, sabemos que debe tener compromisos con estos empresarios, pero que no olvide que con quien tiene compromiso es con San Luis Potosí, así como lo hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador al cumplirle al pueblo potosino”.
Finalmente, Guardianes de la Sierra indicaron que María Luisa Albores, titular de Semarnat, estará en el estado este miércoles 5 de enero para entablar diálogo con los 36 grupos agrarios involucrados en el decreto de ANP y firmar un documento de coordinación y trabajo con el gobierno de Gallardo.
A continuación anexamos el amparo:
Núm. de Expediente: 1364/2021
Fecha del Auto: 31/12/2021
Fecha de publicación: 03/01/2022
Síntesis:
Vista la demanda de amparo que promueven *****, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito contra actos del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades; fórmese el expediente respectivo y anótese su ingreso en el libro de gobierno de este Juzgado, bajo el consecutivo 1364/2021-VIII, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Ahora bien, vista la demanda de amparo y a efecto de determinar lo que en derecho proceda respecto del libelo constitucional, con fundamento en lo dispuesto por 108, fracción I; 110 y 114, fracciones I y III, de la Ley de Amparo; prevéngase, a los promoventes, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito, para que dentro del plazo de cinco días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, por escrito y con las copias del ocurso aclaratorio necesarias para cada una de las partes. Apercíbase a los promoventes que, de no cumplir con lo anterior en el término indicado, se tendrá por no presentada la demanda de mérito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114, segundo párrafo, de la Ley de Amparo. Suspensión de plano. Por otro lado, como la parte quejosa reclama la desincorporación de 1805-48-42 hectáreas de la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, con fundamento en el numeral 126, 139 y 147 de la Ley de Amparo, se decreta la suspensión de plano para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente guardan y no se prive total o parcialmente de la superficie señalada de tierras de uso común pertenecientes a dicha comunidad, con motivo de la desincorporación reclamada; hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto. En el entendido de que la medida suspensión concedida, solo tendrá efectividad, siempre que el acto reclamado pudieran tener como consecuencia de manera inequívoca, la privación total o parcial, temporal o definitiva, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, o sustracción del régimen jurídico ejidal, manteniéndose las cosas en el estado que actualmente guardan; ello, bajo la más estricta responsabilidad de las autoridades a quienes se les atribuye el carácter de responsables. En la inteligencia de que quedan expeditas las facultades de las autoridades administrativas de verificar todos los actos de dominio que pretenda realizar el ejido. Informe sobe la suspensión de plano. Se requiere a las autoridades responsables que deberán informar a este órgano judicial, en forma inmediata, a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación, sobre el cumplimiento dado a dicha suspensión de plano; previniéndosele que la violación a este mandato trae como consecuencia la aplicación a lo dispuesto en los artículos 262, fracciones III y IV, de la Ley de Amparo, y 215 del Código Penal Federal; apercibidas que de no hacerlo dentro del término señalado, se les impondrá una multa por el equivalente a cien Unidades de Medida y Actualización vigentes, de conformidad con los artículos 238 y 260 fracción II de la ley en cita. Se envía oficio vía telegrama. En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes, En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes. En tanto las partes tramitan u obtienen cualquiera de las firmas electrónicas de referencia, deben proporcionar igualmente en breve lapso un número telefónico y una cuenta de correo electrónico, tanto propios como de otros particulares que tengan participación en el proceso, con el propósito de que el personal de actuaría establezca contacto con los interesados para generar las condiciones adecuadas a efecto de que las notificaciones que deban practicárseles resulten fehacientes, rápidas y seguras para la salud de los intervinientes. Información sobre consulta de expedientes o comparecencias Asimismo, de conformidad con el artículo 3 del citado Acuerdo General 21/2020, hágase del conocimiento de las partes, que para el caso en que consideren necesario asistir presencialmente a este Juzgado, que en el Portal de Servicios en Línea está habilitado un micrositio denominado “Servicios jurisdiccionales”, se encuentra el sistema “Agenda OJ”, donde aparecen fechas y horarios disponibles para la generación de citas a fin de consultar expedientes o desahogar comparecencias o requerimientos. Uso de aparatos electrónicos. Se autoriza a las partes, previa constancia que se deje en autos, el uso de medios electrónicos y digitales respecto de las constancias que obran en este expediente, en la inteligencia que las copias que se obtengan no tendrán validez de documento público, en términos del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, acorde con lo dispuesto por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de dieciocho de marzo de dos mil nueve, contenida en la circulación 12/2009. Notifíquese personalmente.
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La FGR culpa al conductor del tren interoceánico
La Fiscalía determinó que el convoy circulaba por encima de los límites de velocidad autorizados en el tramo donde ocurrió el descarrilamiento
Por: Roberto Mendoza
La Fiscalía General de la República responsabilizó al conductor del Tren Interoceánico por el accidente ocurrido el 28 de diciembre de 2025 en el tramo ferroviario Nizandá–Chivela, en el estado de Oaxaca. En conferencia de prensa, la fiscal general Ernestina Godoy informó que el dictamen técnico de la institución concluyó que la causa del siniestro fue el exceso de velocidad del convoy.
Godoy detalló que, de acuerdo con los registros analizados por peritos federales, la velocidad máxima permitida en la curva donde se produjo el descarrilamiento era de 50 kilómetros por hora, mientras que el tren ingresó a ese punto a aproximadamente 65 kilómetros por hora. Añadió que, en tramos previos, el convoy llegó a circular hasta 41 kilómetros por hora por encima de los límites establecidos para zonas rectas.
La fiscal explicó que la investigación incluyó la revisión de la infraestructura ferroviaria, el estado de las vías, el sistema de frenos y los componentes mecánicos del tren. Señaló que no se detectaron fallas técnicas ni defectos de construcción que hubieran contribuido al descarrilamiento, por lo que se descartó que la causa del accidente estuviera relacionada con la obra ferroviaria.
El accidente dejó un saldo final de 14 personas fallecidas y 25 personas lesionadas, de acuerdo con la información presentada por la Fiscalía General de la República.
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Ciudad
Centro Histórico no es un foco rojo de la capital: SSPCE
Jesús Juárez Hernández aseguró que el Centro es en donde más fuerzas policiacas hay, pero que deben incrementar la atención en ciertos puntos y horarios
Por: Redacción
Tras el incidente donde un joven fue golpeado a las afueras de un antro del Centro Histórico, Jesús Juárez Hernández, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado (SSPCE), señaló que esta zona no representa un “foco rojo” para la capital potosina.
El secretario reconoció que este no es el primer caso que tienen en el Centro, pero recalcó que es el punto de la ciudad en donde se tiene una mayor presencia de la Guardia Civil y la Policía Municipal.
Hernández aseguró que más allá de aumentar el número de elementos, lo que se tiene que hacer es poner un énfasis especial en algunos lugares en específico, así como incrementar la atención en ciertos horarios.
Finalmente, el funcionario pidió a las fuerzas de seguridad ubicadas en el Centro Histórico que no se relajen, pues muchas veces se piensa que estos incidentes solo ocurren en la periferia, cuando también pueden suceder en esta zona.
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Estancada inversión nacional en SLP: Rosas Montiel
El diputado señaló que, aunque hay inversión extranjera, los empresarios mexicanos no están invirtiendo de forma generalizada
Por: Redacción
Emilio Rosas Montiel, diputado local por Morena, advirtió que la inversión nacional en México, y particularmente en San Luis Potosí, se encuentra prácticamente estancada, al señalar que los empresarios mexicanos no están invirtiendo, pese a los esfuerzos por generar condiciones favorables para el desarrollo económico.
Durante su posicionamiento, el legislador reconoció que, si bien existe inversión extranjera directa —dato que calificó como relevante—, la inversión nacional no presenta el mismo dinamismo. No obstante, hizo un paréntesis para destacar que empresarios potosinos sí están apostando por el estado, mencionando a empresas sólidas como Grupo Valoran y Grupo Acerero, entre otras, que continúan invirtiendo.
Rosas Montiel explicó que el contexto económico actual es complejo y que se requieren estímulos y condiciones adecuadas para incentivar la inversión, especialmente ante escenarios internacionales adversos, como el comportamiento del presidente estadounidense Donald Trump, lo cual impacta el ánimo de los inversionistas y la generación de empleos.
El diputado señaló que actualmente existen 14 polos de desarrollo que ya se encuentran en vías de consolidación a nivel nacional, y expresó el interés de que San Luis Potosí cuente también con uno de estos polos, como parte de una estrategia para fortalecer el crecimiento económico del estado.
Asimismo, destacó la incorporación de los conceptos de economía regenerativa y economía circular dentro de la Ley de Desarrollo Económico, subrayando que esta visión está alineada con los criterios impulsados a nivel federal por la presidenta Claudia Sheinbaum , especialmente en materia de sostenibilidad y aprovechamiento de recursos.
Detalló que este enfoque contempla exenciones fiscales importantes, como la exención del 100 por ciento en activos fijos para maquinaria destinada a este tipo de negocios, la asignación de tierra y exenciones del 25 por ciento para innovación, tecnología y capacitaciones, lo que representa un incentivo directo para nuevas inversiones.
El legislador explicó que la economía regenerativa y circular busca atender problemáticas como el manejo de residuos, el aprovechamiento de energías limpias y renovables, así como el impulso al turismo ecológico, planteando estas áreas como oportunidades de negocio desde una perspectiva económica.
Finalmente, informó que también se aprobó la abrogación de la Ley de Mejora Regulatoria, al señalar que uno de los principales logros de la administración federal ha sido la aprobación de la Ley de Eliminación de Trámites Burocráticos, ante la existencia de más de siete mil trámites en todo el país, entre niveles municipal, estatal y federal, con el objetivo de avanzar hacia un sistema único y digitalizado.
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