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Proponen proceso para Declaración de Ausencia por Desaparición en SLP
La diputada Sonia Mendoza presentó una iniciativa para regular la emisión de la Declaratoria de Ausencia por Desaparición de personas en la entidad
Por: José Luis Vázquez
La presidenta de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de San Luis Potosí, Sonia Mendoza Díaz, presentará una iniciativa que busca crear la Ley que Regula el Procedimiento para la emisión de la Declaratoria de Ausencia por Desaparición de personas en la entidad.
Aunque la legisladora aclaró que ya existe una Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, en el estado de San Luis Potosí no se ha adecuado y por lo tanto tampoco cumplido con los ordenamientos jurídicos y reglamentarios correspondientes.
En ese sentido, la congresista justificó su iniciativa: “nuestra entidad ha sido omisa en armonizar exposiciones conforme lo mandata la ley, colocando las víctimas en plena indolencia y revictimizadas frente a la ausencia y omisiones del estado donde las víctimas se han manifestado en la urgencia de presentación de esta propuesta”.
Además, agregó: “es necesario y urgente que se lleve a cabo la expedición de esta nueva ley en el menor tiempo posible para que el Estado no siga incurriendo en responsabilidades frente a los familiares como víctimas”.
De acuerdo con la información proporcionada en la Gaceta Parlamentaria, dicha ley constará de cuatro capítulos y 32 artículos, en las que se especifica, entre otras cosas, lo siguiente:
- Que la emisión de la Declaratoria Especial de Ausencia no podrá exceder el plazo de seis meses.
- Que dicho procedimiento se rige por los principios de: celeridad, gratuidad, igualdad y no discriminación, inmediatez, perspectiva de género, interés superior de la niñez, máxima protección y presunción de vida.
- Que el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia podrá solicitarse después de los tres meses de que se haya hecho la denuncia de desaparición.
- Si la persona que solicita la declaración especial de ausencia pertenece a una comunidad o pueblo indígena o sea extranjera, se proporcionará de oficio, una persona traductora o intérprete.
¿En qué consiste la Declaratoria de Ausencia por Desaparición?
En un artículo publicado en el diario El Economista, Gabino González Santos define dicho instrumento como una garantía para “la conservación de la patria potestad ; fijará derechos de guarda y custodia y protegerá los bienes de los menores; protegerá el patrimonio de la persona desaparecida, a través de un representante que lo administre y, de tal manera, pueda proveer a los familiares del sustento necesario para su subsistencia, y fijará la forma y plazo para que los familiares puedan acceder, previo control judicial, al patrimonio de las personas.
La ley prevé que la declaración protegerá los derechos laborales de las personas desaparecidas a quienes se les tendrá en situación de permiso sin goce de sueldo. En caso de aparecer, se les deberá reinstalar y recuperarán su posición, escalafón y derechos de antigüedad y a quienes sean beneficiarios se les reconocerán y conservarán los derechos de seguridad social. Se prevén otras medidas de protección como, por ejemplo, la suspensión de pagos con motivo de créditos de vivienda”.
También indica que, según la normativa federal, “quienes pueden solicitar la emisión de la declaración ante un juez federal son los familiares o sus representantes legales, quienes tengan una relación sentimental afectiva y cotidiana con la persona desaparecida, el Ministerio Público a solicitud de los familiares y el asesor jurídico. Este procedimiento podrá formularse a partir de los tres meses de que se hubiere hecho la denuncia de desaparición. Se contempla la posibilidad de que se dicten medidas cautelares sobre la guarda y custodia, alimentos, patria potestad, uso de la vivienda y aquellas necesidades específicas que la autoridad jurisdiccional advierta de la propia solicitud”.
Incompleto e impreciso, el marco jurídico de la Guardia Nacional: Vera
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A TIEMPO Y MARCANDO EL RITMO La agenda del poder – Dirige: Jorge Saldaña
Martes 18 de agosto de 2026
ALTA INTENSIDAD
Culto Público, hijos de Juan Ramiro trabajando o Ricardo distrayendo:
Este martes la conversación pública de la agenda mediática es un incoming al tablero del 27 y por eso comienzo con lo que yo preguntaría:
Si gana el partido Verde en San Luis en 2027 ¿La presidenta Sheinbaum lo vería como un triunfo de la 4T o una entidad perdida por Morena?
Si supieramos la respuesta, muchas cosas estarían claras desde ahora, en lugar de estar jugando a las incertidumbres con metástasis.
Ya le gustó a alguien usar columnas y trascendidos nacionales para sacudir el avispero potosino:
En julio se publicó un comentario respecto a que Juan Carlos Valladares es bien visto no solo en la cúpula morenista, sino en la cúpula presidencial (que es la que importa) y que es él el único que puede ser el factor para construir la alianza #17.
Se dice que ese mismo día, el rector de la UASLP, Alejandro Zermeño Guerra, pidió cita para desayunar con Valladares. Reunión que el diputado federal ha pospuesto por razones evidentes. Ninguno de los datos se puede dar por un hecho porque no tengo confirmado -que conste-
Hoy nuevamente se manda un mensaje desde medios nacionales al 27 potosino: Alejandro Zermeño aparece medido: 21% en un escenario interno de Morena y 16.5% en un careo general.
El timming, el medio y el tono cuentan.
Está claro que ni los números del rector, ni las conjeturas sobre Juan Carlos significan candidatura; pero sí son movimientos que jalan reflectores y abonan a lo que dije en un principio: la incertidúmbre con metástasis.
En ambos casos hay que preguntarse
¿Es Juan Ramiro operando, la presidenta soltando buscapiés o RGC meciendo la cuna soltando nombres para que “jalen la marca y reflectores” y su proyecto siga *en “avance sin desgaste”?
Como muchas veces ocurre Código San Luis de María Luisa Paulín fue la que estuvo atenta a la columna de Heraldo de México. Aquí la rectoría no ha circulado la columna en absoluto.
Dato irrefutable:
Así diga Citlalli, opere Juan Ramiro o ejecute estrategia Ricardo, la última palabra es de una sola persona y se llama Claudia.
En otros temas de agenda, el dato de Pulso sobre las 9 mil 777 tomas clandestinas de agua detectadas; y apenas cinco denuncias al respecto está como para llorar en la regadera.
¿Cómo pueden estar detectadas pero no atendidas?
BARRIDO NACIONAL: Andy López Beltrán sigue dominando la conversación por la cancelación de su visa. Fuente: Reuters —
EN AGENDA: El Poder Judicial tiene como fecha límite el 1 de abril de 2027 para operar plenamente el nuevo sistema civil y familiar. Lo sabe desde 2023, pero parece que la única que no le apura es a la magistrada presidenta.
NOTAS MÁS REPETIDAS: Agua · Poder Judicial · Seguridad · 2027 · Salvita.
MAÑANERA: Sin impacto directo que cambie hoy el tablero potosino.
INDICADORES ÚTILES:
El Realito SÍ funciona.
El Gobernador anda estrenando lentes.
El Alcalde anda de muy buen talante.
Yo soy Jorge Saldaña.
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La fiscal que en marzo prometió revisar el caso de la ladrona del Centro, en agosto dijo no saber nada
Comerciantes ya identificaron y ubicaron a la mujer; el primer denunciante dice haber recibido amenazas para retirar la denuncia
Por: Haniel Valdés Velázquez
Entrevistar a la Fiscal General del Estado es muy sencillo: siempre se sabe qué va a responder. Usa dos comodines: “voy a mandarlo a investigar”, cuando el tema es viral y no tiene información, o “no tengo información”, cuando no solo la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) no ha hecho su trabajo, sino que su titular decide restarle valor al asunto.
Es lo que volvió a ocurrir con el caso de la mujer señalada de robar en comercios del Centro Histórico de la capital potosina.
El 13 de marzo de 2026, esta casa editorial documentó el caso por primera vez: comerciantes habían denunciado en redes sociales a una mujer que, aprovechando descuidos de los trabajadores, sustraía carteras, dinero en efectivo y otros objetos dentro de establecimientos. Consultada entonces, la fiscal María Manuela García Cázares respondió: “No he tenido información al respecto, pero reviso el tema, sobre todo porque es un delito que afecta a la sociedad.”
Cinco meses después, la pregunta volvió a plantearse de forma directa. Y la respuesta cambió de sentido: “¿Ha avanzado el caso de la señora que entraba al restaurante y se llevaba los tablets y computadoras?”, se le preguntó. “No, no, no tengo conocimiento de esos hechos”, respondió.
En marzo prometió revisar. En agosto dijo no saber nada.
Entre una declaración y otra no solo pasó el tiempo. El propietario de uno de los negocios afectados entregó a este medio videos donde se observa con claridad el rostro de la mujer, y varios comerciantes reconocieron en esas imágenes a la misma persona, que según señalan ha repetido el mismo modo de operar en otros comercios del Centro Histórico.
Comerciantes de la zona identificaron plenamente a la mujer y, en redes sociales, llegaron a difundir públicamente su domicilio. Ese mismo señalamiento derivó en un episodio más grave: el primer denunciante recibió una comunicación directa de la mujer en la que, según relató, lo amenazó para que retirara la denuncia y eliminara los videos publicados en redes sociales.
Sobre cuánto debería tardar una investigación de este tipo, el Código Nacional de Procedimientos Penales no fija un plazo para la etapa inicial de investigación —la que corre antes de que exista una persona vinculada a proceso—: puede prolongarse, en los hechos, durante años. El plazo legal aparece después: una vez dictado el auto de vinculación a proceso, la investigación complementaria debe cerrarse en un máximo de dos meses para delitos con pena no mayor a dos años, como el robo sin violencia. La ausencia de plazo en la primera etapa no exime a la Fiscalía de investigar; solo elimina el margen para justificar la inacción con un simple “no tengo información.”
También lee: Ladrona del Centro de SLP en la mira de la Fiscalía
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Crecen las órdenes de protección por violencia de género: STJE
El Centro de Justicia para Mujeres canaliza a víctimas de violencia hacia la denuncia y, de ser necesario, hacia una orden de protección
Por: Redacción
El Poder Judicial del Estado atiende un número creciente de órdenes de protección para mujeres, hombres y menores que viven violencia física, sexual, psicológica o económica, informó la magistrada presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de San Luis Potosí (STJE), Lourdes Anahí Zarazúa Martínez.
Explicó que el Centro de Justicia para Mujeres (CJM) es el organismo que recibe a las víctimas y las acompaña hacia la denuncia correspondiente para que, en su momento, el caso pueda judicializarse.
Dentro de las instalaciones del CJM opera un juzgado especializado en la atención de órdenes de protección
, la medida cautelar que se dicta a favor de quien está en riesgo de sufrir violencia.Zarazúa precisó que todos los jueces del estado, no solo los del CJM, están obligados a emitir una orden de protección dentro de las cuatro horas siguientes a que se solicita.
Sostuvo que la violencia psicológica y la económica son las que más se denuncian, mientras que la violencia vicaria es la que menos se logra acreditar ante los juzgados.
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