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Pierrot y Arlequín | Columna de Julián de la Canal
La Commedia dell’Arte, teatro popular italiano vigente entre los siglos XVI y XVIII, desplegó una serie de personajes en que sobresalen los zanni o siervos. Este grupo incluye a Arlequín, Pedrolino, Colombina, Brighella, Polochinela o Truffaldino. Se distingue por la improvisación, siendo llamada también Commedia all’improviso. Su origen se remonta a las farsas atelanas romanas que combinaban juglares, malabaristas y bufones. El gusto francés por la farsa y la sátira se había mostrado con Gargantua y Pantagruel (1534-1552) de François Rabelais, un interés que recuperaba el espíritu goliardo inseparable de lo carnavalesco. Pedrolino se transformó en Pierrot debido a actuaciones del mimo y saltimbanqui Jean-Gaspard Deburau (1796-1846). En sus inicios, Pedrolino era un bailarín, músico y recitador habilidoso. Deburau lo adaptó a la comedia francesa con el nombre Baptiste en 1819 en Les funambules. Modificó el vestuario tradicional del personaje, adoptando amplia gorguera y bonete negro en lugar de sombrero de lana blanca. Deburau optó por un personaje taciturno que definió el temperamento francés de Pierrot. Debido a su atuendo se le denominó “payaso Blanco” o “Enharinado”. Quizás la transformación más significativa se deba al abandono de la máscara que le proporcionaba esa apariencia irónica y pícara característica de los zanni, para convertirse en un payaso triste. La profunda tristeza del payaso Blanco conmovió al arte a finales del siglo XIX, siendo tema decisivo de pintores y músicos. El motivo acompaña a Pablo Picasso en su itinerario artístico: Pierrot (1918), Pierrot y Arlequín (1920), Paul vestido de Pierrot (1925); Salvador Dalí: Pierrot y guitarra (1924), Pierrot tocando la guitarra (1925); Juan Gris: Pierrot (1919), Pierrot (1921), Pierrot con guitarra (1925).
Junto con Pierrot adquirió importancia Arlequín de temperamento voluble y contradictorio. Sobresale por sus peripecias acrobáticas, cubierto con una máscara negra de nariz geminiana mitad gato y mitad mono que caracteriza su ambigua personalidad. En sus inicios, su vestuario remedaba harapos de mendigo para subrayar su servilismo. Con el tiempo sus ropajes adquirieron reconocibles rombos y triángulos multicolores, tocándose con un sombrero de bufón. Bromista y travieso, representa lo opuesto al Pierrot de Deburau. Como este, Arlequín fue asunto recurrente de artistas. Picasso ejecutó Arlequín pensativo (1901), Los dos saltimbanquis (1901), Arlequín (1917); Juan Gris: Arlequín en la mesa (1918), Arlequín con violín (1919), El Arlequín (1924); Salvador Dalí: Arlequín (1927).
Se antoja que ambos personajes son indisociables, dependientes el uno del otro, mostrando dos caras de la realidad como dos caras de la realidad exhibe la nariz geminada de Pierrot. Integrantes originarios de los zanni, se sumaron al arte moderno como protagonistas indiscutibles. Relegados a servidumbre en la Commedia dell’Arte, adquirieron una relevancia irónicamente evangélica que no distinguió a ninguno de los personajes dominantes como Pantaleón o Il Dottore. Quizás la explicación resida en que tanto Pierrot como Arlequín acarician una profundidad extraña a los demás personajes. La risa y las lágrimas son expresión sincera de la condición humana. Aun cuando ambos responden a cierto esquematismo, la verdad de sus sentimientos resulta suficientemente conmovedora como para que hayan recibido particular atención del arte moderno.
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Fechas de precampañas a gobernador discrepan entre el INE y Ley Electoral potosina
Mientras el INE establece que las precampañas para la gubernatura serán del 4 de enero al 12 de febrero, una reforma aprobada por el Congreso local fija el periodo del 20 de enero al 8 de febrero; la discrepancia podría provocar impugnaciones, sanciones y conflictos sobre la validez de los actos de precampaña
Por: Jorge Saldaña
La reforma electoral aprobada por el Congreso de San Luis Potosí el pasado 12 de agosto abrió una controversia jurídica frente al calendario establecido por el Instituto Nacional Electoral (INE) para las elecciones de 2027, debido a que ambas disposiciones contemplan fechas distintas para la realización de las precampañas a la gubernatura.
De acuerdo con el calendario publicado por el INE, las precampañas para elegir a quien sucederá en la gubernatura deberán desarrollarse del 4 de enero al 12 de febrero de 2027, con una duración de 40 días naturales. Sin embargo, la reforma a la Ley Electoral del Estado establece que comenzarán el 20 de enero y concluirán el 8 de febrero, reduciendo el periodo a solamente 20 días.
La discrepancia adquiere relevancia porque el Consejo General del INE aprobó el 30 de julio de 2026 el acuerdo INE/CG478/2026, mediante el cual ejerció su facultad de atracción para homologar las fechas de conclusión de las precampañas locales y estableció el 12 de febrero como límite para San Luis Potosí.
La determinación federal, aprobada antes de la reforma estatal, también vinculó a los organismos públicos locales electorales a adecuar sus calendarios conforme a las fechas homologadas.
En consecuencia, la diferencia plantea un problema sobre el alcance de las facultades de las autoridades electorales federales y locales.
Aunque los congresos estatales tienen atribuciones para regular la duración de las precampañas, deben ejercerlas conforme a la Constitución federal y la legislación general electoral.
Por ello, la reforma potosina podría generar controversias sobre su compatibilidad con el acuerdo de homologación del INE, particularmente respecto de la fecha de conclusión de las precampañas.
Partidos y aspirantes podrían enfrentar sanciones
Por ejemplo, si un partido inicia actos de precampaña el 4 de enero, conforme al calendario publicado por el INE, podría enfrentar denuncias por presuntos actos anticipados, debido a que la legislación estatal establece el inicio hasta el 20 de enero.
De manera similar, las actividades realizadas del 9 al 12 de febrero podrían ser cuestionadas, ya que esas fechas se encuentran comprendidas en el calendario federal, pero fuera del plazo establecido en la reforma local.
Las consecuencias podrían incluir procedimientos sancionadores, amonestaciones, multas y controversias sobre la validez de los procesos internos.
En el caso de las personas aspirantes, también podrían generarse problemas para clasificar y reportar gastos de precampaña, especialmente cuando las actividades se realicen en fechas consideradas válidas por una autoridad, pero controvertidas frente a otra disposición.
En circunstancias específicas previstas por la legislación, las infracciones graves en materia de fiscalización pueden tener consecuencias sobre el registro de candidaturas. Sin embargo, ninguna sanción se produciría automáticamente por la sola existencia de calendarios contradictorios.
CEEPAC, ante el reto de definir un calendario
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) enfrenta una de las principales implicaciones de esta diferencia normativa, al ser el organismo encargado de organizar las elecciones locales y establecer las condiciones operativas para las distintas etapas del proceso.
El decreto de reforma establece que el organismo electoral debe adecuar su normatividad dentro de los 90 días naturales posteriores a su entrada en vigor.
Sin embargo, cualquier calendario que apruebe deberá considerar tanto la legislación estatal vigente como las disposiciones obligatorias emitidas por el INE.
Si el CEEPAC adopta las fechas establecidas en la reforma local, podría enfrentar cuestionamientos por su incompatibilidad con la fecha de conclusión homologada por el organismo nacional. Por el contrario, si mantiene el calendario federal sin resolver su relación con la ley estatal, sus acuerdos también podrían ser impugnados.
Entre sus posibles consecuencias se encuentran conflictos de fiscalización y procedimientos sancionadores relacionados con actos realizados durante los días en disputa.
La discrepancia alcanza diputaciones y ayuntamientos
El problema podría ser todavía mayor en las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos.
Mientras el calendario publicado por el INE contempla que esas precampañas concluyan el 12 de febrero de 2027, la reforma estatal establece un periodo del 4 al 23 de febrero.
Esto significa que, para estas elecciones, la legislación local permitiría actividades de precampaña durante 11 días posteriores al cierre homologado por el organismo nacional.
La situación también podría repercutir en las candidaturas independientes, debido a las modificaciones legales relacionadas con los plazos para recabar apoyo ciudadano.
De mantenerse sin aclaración, las diferencias de fechas podrían ocasionar impugnaciones por posibles afectaciones a los derechos político-electorales de las personas participantes.
Incertidumbre debe resolverse antes de enero
De acuerdo a las fechas y normativas, resulta necesario que el INE y el CEEPAC aclaren formalmente cuál será el calendario aplicable y qué disposiciones regirán la fiscalización y los procedimientos internos.
La cuestión central es si debe mantenerse la fecha de conclusión del 12 de febrero establecida por el INE o prevalecer el periodo del 20 de enero al 8 de febrero aprobado por el Congreso potosino.
Mientras no exista una definición institucional clara, los partidos y aspirantes enfrentarán el riesgo de realizar actividades cuya legalidad podría ser cuestionada posteriormente ante los tribunales electorales.
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Noticias en FA
Solo dos empresas de seguridad privada estarían armadas en SLP: SSPC
Jesús Juárez pidió reportar a las empresas que trabajen sin registro ante la Secretaría
Por: Redacción
Solo dos empresas de seguridad privada portarían armas en San Luis Potosí, estimó Jesús Juárez Hernández, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
“Son pocas las empresas privadas que portan armas, creo que son dos solamente en el estado de San Luis Potosí”, dijo. Además de cumplir con la Secretaría, esas compañías tienen que cubrir los requisitos que fija el Ejército Mexicano.
Según explicó, la SSPC tiene un área especializada que da seguimiento a las empresas de seguridad privada. Algunas son potosinas y otras vienen de otros estados, pero todas deben tramitar su permiso para trabajar en San Luis Potosí.
Para obtener y renovar ese permiso, cada empresa debe acreditar que su personal tiene carta de no antecedentes penales, está capacitado y está debidamente registrado. El permiso vence después de cierto tiempo y debe actualizarse.
Estas empresas cuidan colonias y fraccionamientos, empresas, zonas comerciales de la capital y bancos, señaló el secretario.
Juárez Hernández reconoció que puede haber empresas trabajando sin registro, porque el seguimiento de la Secretaría se hace sobre las que ya están inscritas. Si se detecta a una que opera sin permiso, se hace acreedora a una sanción, afirmó.
La ciudadanía puede reportar a una empresa si tiene evidencia de que no cumple con los requisitos, dijo el titular de la SSPC, quien agregó que la dependencia también hace supervisión de campo.
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Noticias en FA
“La Wiwa” irá a prisión preventiva por homicidio en Tanquián
Juan “N” seguirá en prisión preventiva oficiosa durante los dos meses de investigación complementaria
Por: Redacción
La Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) consiguió que se vinculara a proceso a Juan “N”, conocido como “La Wiwa”, por homicidio calificado. El caso es por la muerte de una persona durante los hechos violentos en Tanquián de Escobedo entre la noche del 17 de octubre y la madrugada del 18.
La autoridad judicial le impuso prisión preventiva oficiosa y dio dos meses para la investigación complementaria, informó la Fiscalía.
La dependencia lo considera un objetivo criminal. Lo detuvieron en calles de la colonia Arboledas de Jacarandas, en la capital potosina. En el operativo participaron la Policía de Investigación (PDI), la Secretaría de la Defensa Nacional, la Guardia Nacional y la Guardia Civil Estatal (GCE).
Un agente del Ministerio Público lo presentó ante el juez y expuso datos de prueba que, según la Fiscalía, alcanzaron para la vinculación. La vinculación a proceso no establece su responsabilidad. Abre la etapa en la que la Fiscalía deberá reunir pruebas para una eventual acusación.
Después de los enfrentamientos, el Gobierno del Estado tomó la seguridad de Tanquián con apoyo del Ejército y la Guardia Nacional. El gobernador Ricardo Gallardo Cardona dijo el 19 de octubre que la Fiscalía estatal y la Fiscalía General de la República investigan la actividad de grupos criminales en Tanquián y San Vicente Tancuayalab.
El 26 de octubre, Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, atribuyó el conflicto a una disputa dentro de un mismo grupo local. También dijo que sigue la búsqueda de otros objetivos prioritarios.
La información sobre la vinculación a proceso es de la FGESLP.
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