abril 29, 2025

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Estado

Fiscalía defiende haber “reclasificado” el 33.33% de los feminicidios en SLP

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El movimiento hizo que la ciudad pasará de ser la tercera con mayor incidencia de estos delitos en el país a la 16va

Por Redacción:

Luego de que en la capital estado, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP), a cargo de Federico Garza Herrera, “reclasificó” tres de los nueve casos de feminicidios que han ocurrido en lo que va del 2020 como homicidios dolosos, con lo cual prácticamente los “borró” de la estadística, Iván Ojeda, director de Comunicación Social de este órgano dijo que este cambio es un procedimiento que se hace conforme avanzan investigaciones y “no se quitan delitos por quitar. Las clasificaciones pueden moverse según los elementos de prueba que se encuentran en cada caso, no es eliminar solamente porque sí o para bajar incidencias”.

El movimiento realizado por la Fiscalía, resulta trascendente debido a que con nueve feminicidios San Luis Potosí se colocaba como la tercera ciudad con mayor incidencia de este delito y con seis ha pasado al lugar número 16.
El encargado de Comunicación Social de la Fiscalía descartó que se trate de un tema de percepción política y afirmó todo se ha hecho con fines investigativos: “Nada que ver lo político. No se quitan delitos por quitar, ante el Sistema Nacional de Justicia se justifica en todo momento y eso depende conforme avanzan las investigaciones de cada caso”, reiteró.

Ivan Ojeda explicó que la investigación de cualquier hecho delictivo inicia con la apertura de una carpeta por un determinado tipo penal. Conforme las indagatorias avanzan, los motivos podrían ser reclasificados en un delito distinto e inclusive podría determinarse la no existencia del mismo.

Esta circunstancia es informada por las procuradurías o fiscalías generales al Centro Nacional de Inteligencia (CNI), sin que signifique una variación de la incidencia delictiva total, sino eventualmente, la reclasificación de la información.

Ojeda dijo que la obligación que tienen las autoridades ministeriales de toda la República para la utilización del protocolo de investigación en materia de feminicidio en las de muertes dolosas de mujeres, no condiciona su registro estadístico bajo dicho título; esto es, que debe utilizarse dicho protocolo en todo el proceso sobre la muerte dolosa de una mujer, sin necesidad de que el cumplimiento de tal obligación condicione el registro inicial de la indagatoria como feminicidio.

 

 

También lee: De un plumazo, SLP dejó de ser la 3ra ciudad con más feminicidios y pasó al sitio 16

 

 

Estado

San Luis Potosí registra 81 sismos en lo que va de 2025

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Eventos recientes alcanzan hasta 4.1 de magnitud; autoridades llaman a participar en simulacro nacional.

Por: Redacción

 

El Servicio Sismológico Nacional informó que durante el 1ero de enero y el 26 de abril, se han registrado 81 sismos en San Luis Potosí cuyas magnitudes rondan los 3.2 y 4.1 grados en escala de Ricther.

Recientemente el municipio de Cerritos fue el epicentro de un movimiento con una magnitud de 4.8

con una profundidad menor a 10 KM junto con otros suscitados en los municipios de Matehuala y Tamuín. Mientras tanto a nivel nacional se tienen datos de 10 mil 903 sismos.

Como punto de comparación, durante 2020 hubo 30 mil 110 sismos, 28 mil 914 en 2021, y más recientemente en 33 mil 396 durante 2024.

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Estado

Xilitla vence a Cozumel y Nayarit como Pueblo Mágico ideal para escapadas

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La revista México Desconocido reconoció a Xilitla por su oferta turística.

Por: Redacción

Durante las actividades del “Tianguis Turístico 2025” que se realizó en la ciudad de Tijuana, Xilitla fue reconocido con el premio “Mejor Pueblo Mágico para una escapada familiar” dentro de los premios que otorga la revista “México Desconocido”.

La secretaria de turismo Yolanda Josefina Cepeda Echavarría y el alcalde de Xilitla, Óscar Márquez, fueron los que recibieron el galardón en representación del Gobernador del Estado y aprovecharon la oportunidad para recalcar su compromiso de impulsar el turismo en el municipio.

El municipio de la huasteca potosina superó en votos a ciudades como Cozumel, Quintana Roo

y Nayarit, dicha votación se realizó del 10 de marzo al 20 de abril en la página web del concurso.

Dentro de los puntos de interés más llamativos que tiene Xilitla, destacan el jardín Escultórico de Edward James, el Museo de Leonora Carrington y sus parajes naturales como sus cascadas y el Bosque de niebla.

También lee: 2025, año de proyectos en turismo y movilidad para el Centro Histórico

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Estado

Congreso propone penas de hasta 15 años a quien inicie incendios intencionales

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La sanción será para quien ocasione incendios que dañen: una área natural protegida o área de valor ambiental de competencia del Estado

 

Por: Redacción

En sesión de trabajo, las y los integrantes de la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado, aprobaron el dictamen que reforma los artículos 235, 236, 294, 295, 296, 297, 298 y 299 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer sanciones más severas para los delitos de daño en las cosas cuyo medio de comisión sea por incendio.

 

Con esto, se busca prevenir conductas dolosas o negligentes que generen daños mediante el uso del fuego; salvaguardar ecosistemas estratégicos esenciales para la biodiversidad y la sostenibilidad económica, y fomentar una mayor conciencia sobre la importancia de respetar y preservar el medio ambiente.

 

La diputada María Leticia Vázquez Hernández, presidenta de la Comisión Primera de Justicia, resaltó la importancia de esta iniciativa, propuesta por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona,

para promover el respeto hacia el medio ambiente e incentivar prácticas responsables en sectores sociales y económicos.

 

De esta manera, se propone imponer una sanción de hasta quince años de prisión, y sanción pecuniaria de hasta mil días del valor de la unidad de medida y actualización, a quien ilícitamente ocasione uno o más incendios que dañen: una área natural protegida o área de valor ambiental de competencia del Estado, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables; el suelo de conservación en términos de lo establecido en el programa o programas de ordenamiento ecológico del Estado o municipios aplicables, así como lo establecido en el Programa o Programas de desarrollo Urbano aplicables.

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