México
Se registró explosión en el Popocatépetl, piden extremar precauciones
La Cenapred pidió no acercarse al cráter del volcán Popocatépetl luego de que se registrara una explosión que causó una columna de ceniza de 3 kilómetros
Por: Redacción
La Coordinación Nacional de Protección Civil difundió vía redes sociales las imágenes de una fuerte explosión que se registró esta tarde en el volcán Popocatépetl.
A través de la cuenta de Twitter @CNPC_MX se informó que la explosión que se registró a las 7:23 de la tarde lanzó fragmentos incandescentes de hasta 2 kilómetros sobre las laderas, así como una columna de ceniza de 3 kilómetros con dirección al suroeste.
También se confirmó que el semáforo de alerta volcánica sigue en amarillo fase dos.
Por otra parte, el Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred) exhorta a no acercarse al volcán, sobre todo al cráter, por el peligro que implica la caída de fragmentos balísticos.
Actualización: #CENAPRED informa sobre explosión de moderada intensidad a las 19:23 h Lanzó fragmentos incandescentes hasta 2 km sobre las laderas, columna de ceniza de 3 km con dirección suroeste. El?de alerta permanece en #AmarilloFase2. Se exhorta a no acercarse al volcán. pic.twitter.com/0lkLSXDwtn
— ProtecciónCivilSeguridad (@CNPC_MX) 27 de marzo de 2019
Con información de: Excélsior
México
Acusaciones de seguridad podrían debilitar a México en revisión de T-MEC
Chalita exigió que se respete un marco de derecho “por igual entre los iguales”, señalando que no se puede aplicar una “doble vara”
Por: Redacción
México se encamina a la revisión del T-MEC en una posición de vulnerabilidad por la falta de certeza jurídica y la opacidad en la política interna, advirtió Jaime Chalita Zarur, Presidente del Consejo Empresarial Mexicano (CEM). En este contexto, subrayó que el país se juega su credibilidad en la mesa de negociación del tratado, en medio de un “escándalo internacional” que inhibe la llegada de capitales justo cuando se busca aprovechar la relocalización de empresas (nearshoring).
El líder empresarial recordó que el proceso de revisión debe concluir el 1 de julio de 2026, conforme al Artículo 34.7 del acuerdo, fecha en la que los socios deberán confirmar por escrito su continuidad. Llegar a este punto sin orden institucional, advirtió, pone en riesgo la estabilidad comercial de México, además de que cualquier decisión sin respaldo del sector empresarial o bajo un sistema de justicia selectivo representará un retroceso económico para el país.
Ante el clima de polarización política, Chalita exigió que se respete un marco de derecho “por igual entre los iguales”, señalando que no se puede aplicar una “doble vara”. El debate actual evidencia una contradicción institucional: mientras se critica a la gobernadora de Chihuahua, Maru Campos, por presuntos desacatos y falta de comunicación con la presidencia, existe una grave acusación de protección hacia el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, frente a señalamientos penales provenientes del extranjero. Esta disparidad en la aplicación de la justicia, afirmó, debilita la credibilidad de México ante sus socios comerciales.
El CEM alertó que esta falta de gobernanza equitativa abre la puerta a una negociación desfavorable, donde México podría verse presionado a ceder sectores estratégicos a cambio de estabilidad política. Asimismo, denunció que el sector privado enfrenta reglas diseñadas de manera unilateral y sin consulta, lo que limita el respaldo técnico de los negociadores nacionales ante nuevas exigencias, particularmente en materia de seguridad.
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México
Postura de la presidenta Shenbaum ante el caso Rocha Moya
La presidenta aseguró que el caso contra el gobernador de Sinaloa será analizado con base en pruebas… no en señalamientos
Por: Redacción
Durante la Conferencia del Pueblo de este 30 de abril, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo se posiciónó sobre el caso Rubén Rocha Moya, gobernador de Sinaloa, acusado por los Estados Unidos de relacionarse con el crímen organizado. Esto fue lo que mencionó
Al pueblo de México:
El 28 de abril por la noche, la Secretaría de Relaciones Exteriores recibió 10 documentos solicitando la detención provisional con fines de extradición para 10 ciudadanos mexicanos.
El 29 de abril, la misma Secretaría, de acuerdo con el marco normativo vigente, turnó la información recibida a la Fiscalía General de la República para la evaluación de dichas solicitudes conforme a la legislación mexicana.
El miércoles 29 de abril al mediodía, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América para el Distrito Sur de Nueva York, hizo público el levantamiento de cargos contra 10 ciudadanos mexicanos, entre los que se encuentra: el gobernador en funciones de Sinaloa, el senador por Sinaloa y el alcalde de Culiacán.
Anexo a esta acusación, publicó un documento denominado en español “Acusación de Reemplazo Bajo Reserva”.
Esto llevó a un extrañamiento del jurídico de Relaciones Exteriores, dado que estos procesos son confidenciales acorde con los Tratados en la materia.
Ayer por la tarde, la Fiscalía General de la República emitió un comunicado en el que establece lo siguiente:
Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales y las leyes aplicadas en la materia, es obligación de la Fiscalía, a través de la Fiscalía Especial para Asuntos Internacionales, analizar la documentación recibida con la finalidad de establecer, con toda exactitud, si existen los elementos probatorios necesarios para tal fin y, en su caso, sobre la viabilidad de la solicitud.
De manera paralela, la Fiscalía General de la República señaló que iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria para conocer si existen datos de prueba que establezcan la eventualidad de que la acusación hecha por las autoridades estadounidenses cuenten con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión.
La propia Fiscalía General de la República estableció que la legislación mexicana señala claramente que para solicitar a la autoridad judicial una orden de aprehensión se requiere presentar datos de prueba que infieran la posibilidad de que alguna persona ha cometido un delito.
Desde que asumí la Presidencia de México, juré hacer respetar la Constitución y las leyes.
Asimismo, asumí el firme compromiso de velar por el bienestar del pueblo y la defensa de la soberanía nacional.
México es un país grandioso, con un pueblo generoso y trabajador.
México establece una relación de iguales con todas las naciones, nunca de subordinación y menos de entreguismo.
Como Presidenta de la República, mi posición ante estos hechos es: verdad, justicia y defensa de la soberanía.
Es decir, si la Fiscalía General de la República, que es la autoridad competente, recibe pruebas contundentes e irrefutables conforme a la legislación mexicana o en su propia investigación encuentra elementos constitutivos de un delito deberá proceder conforme a derecho bajo nuestra jurisdicción.
Lo he dicho siempre de forma clara y hemos actuado en consecuencia: nosotros no vamos a cubrir a nadie que haya cometido un delito.
Sin embargo, si no existen pruebas claras, es evidente que el objetivo de estas imputaciones por parte del Departamento de Justicia es político.
Debe quedar sumamente claro: bajo ningún motivo vamos a permitir la intromisión o injerencia de un gobierno extranjero en las decisiones que le competen exclusivamente al pueblo de México.
Verdad, justicia y defensa de la soberanía. Esta es nuestra posición.
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México
FGR comparte posicionamiento oficial
La Fiscalía iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria que demuestren la acusación
Por: Redacción
La Fiscalía General de la República informa que en este, como en cualquier otro caso de solicitud internacional, debe cumplir todos y cada uno de los procedimientos y protocolos establecidos en la normatividad vigente en la materia.
En este caso, hemos sido notificados por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores de las solicitudes de detención provisional con fines de extradición hechas por el Gobierno de los Estados Unidos de América.
Con fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Nacional de Procedimientos Penales y las Leyes aplicables en la materia, es obligación de esta Fiscalía, a través de la Fiscalía Especial para Asuntos Internacionales, analizar la documentación recibida, con la finalidad de establecer, con toda exactitud, si existen los elementos probatorios necesarios para tal fin y, en su caso, sobre la viabilidad de la solicitud.
De manera paralela, esta Fiscalía General de la República iniciará una investigación para allegarse de toda la información necesaria para conocer si existen datos de prueba que establezcan la probabilidad de que la acusación hecha por las autoridades estadounidenses cuente con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión.
Como es del conocimiento público, la legislación mexicana señala claramente que para solicitar a la autoridad judicial una orden de aprehensión se requiere presentar datos de prueba que infieran la posibilidad de que alguna persona ha cometido un delito.
No obstante, el Tratado Bilateral en la materia refiere, con toda precisión, que solamente se concederá la extradición si se determina que las pruebas son suficientes, conforme a las leyes de la parte requerida, en este caso de nuestro país.
De manera particular, es necesario precisar que dicha solicitud no se acompaña de elementos probatorios suficientes, que aporten evidencias contundentes respecto de los hechos narrados.
Además, es necesario referir que la propia solicitud de los Estados Unidos de América requiere que el Gobierno de México tome las medidas necesarias para asegurar que la información contenida en cualquier solicitud de detención provisional o de extradición que haya sido entregada o vaya a ser entregada, no sea divulgada ni se haga del dominio público, como ocurrió con este caso en particular, por propio dicho de las autoridades estadounidenses.
Lo anterior toma en cuenta, de acuerdo con la propia misiva, que dar a conocer dicha información con otros fines distintos podría ser en detrimento de la naturaleza confidencial de los procedimientos penales en los Estados Unidos y contrario a las normas procesales que los gobiernan.
La propia Convención de Viena de Relaciones Diplomáticas establece que deben tomarse las medidas correspondientes a fin de que toda la información y documentación que se remite en este tipo de casos se maneje con carácter confidencial y reservado, a efecto de proteger la información que ha sido transmitida.
Por otra parte, la legislación mexicana refiere que en el caso de gobernadores y senadores, se requiere iniciar un juicio de procedencia para obtener una declaratoria que retire la inmunidad procesal a las personas servidoras públicas que ostenten dichos cargos.
Para la Fiscalía General de la República es fundamental cumplir a cabalidad con todo lo que mandata la Ley, con pleno respeto a la soberanía nacional, ya que de lo contrario se violentaría el Estado de Derecho, así como los derechos y las garantías de las personas requeridas, que al igual que en el Estado requiriente, son inalienables.
Al margen de la Ley, nada; por encima de la Ley, nadie.
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