Por: Jorge Saldaña
A pesar de las condiciones de secrecía y hermetismo por parte del gobierno de Villa de Pozos y el poder legislativo, se pudo confirmar la presentación de la “renuncia” de Teresa de Jesús Rivera como presidenta concejal del nuevo municipio, situación que contrapone argumentos jurídicos respecto a quién corresponden las facultades para designar a su relevo.
De acuerdo a la Constitución del Estado en su artículo 121, correspondería al Congreso si es que el poder municipal de Pozos hubiera desaparecido o estuviera suspendido.
En contraparte, como no se encuentra en situación ni de desaparecido, ni suspendido el poder municipal, los concejales se apegarían a la Ley Orgánica del Municipio Libre, misma que los faculta a ellos a elegir a una presidenta o presidente sustituto de entre sus miembros.
Los argumentos jurídicos que implica la renuncia se contraponen.
Tras la licencia de la diputada Patricia Aradillas a su curul en la legislatura, aprobada en sesión extraordinaria el martes 11 de noviembre, comenzaron a circular versiones especulativas respecto a que sería ella quien podría relevar a Rivera Acevedo, no obstante ninguna de las partes ha hecho un anuncio oficial al respecto y se carece de certidumbre jurídica que soporte la forma en que se quiere llevar a cabo el relevo del poder municipal.
La tarde de este miércoles, LaOrquesta pudo obtener la imagen de la “renuncia” que se presentó el martes a la Oficialía de partes del Congreso por parte de la aún presidenta concejal, María Teresa Rivera.
En su “renuncia” Rivera Acevedo cita el artículo 122 de la Constitución Política del Estado, en el que se ampara para presentar su renuncia por motivos personales y que surtiría efecto a partir de que se vote, primero en la comisión de gobernación, y después en el pleno del legislativo.
En el artículo referido se habla de las facultades del congreso para nombrar un nuevo concejo siempre y cuando el poder de un municipio esté “suspendido o desaparecido” y esto haya ocurrido antes de un año del ejercicio del poder municipal.
El texto constitucional no prevé facultades al legislativo para nombrar solo al presidente o presidenta concejal, sino a todo el concejo, y es claro que la autoridad en Villa de Pozos no cumple las condiciones de estar desaparecido ni de estar suspendido.
Entre tanto, y de acuerdo al punto número 5 del orden del día
de la sesión de gobernación convocada para mañana jueves 13 de noviembre, firmado por el presidente de la mencionada comisión,
Héctor Serrano, y filtrado a medios de manera discrecional, se plantea en el mismo la
discusión y en su caso aprobación de la solicitud de renuncia de Rivera Acevedo y en el mismo punto se prevé la
designación de una nueva o nuevo concejal presidente.
Por otro lado, miembros del concejo han convocado a una rueda de prensa para mañana a las 11 de la mañana, una hora después de que sesione la comisión de gobernación, para plantear una postura.
En exclusiva, se adelantó a este medio que la postura de los concejales es la de apegarse a la Ley Orgánica del Municipio Libre de Villa de Pozos, que contempla que en caso de una ausencia por más de 60 días de la presidenta concejal, es facultad del concejo nombrar a alguno de sus integrantes para que ocupe el cargo.
Juristas consultados al respecto apuntan a que la circunstancia de la renuncia de la presidenta concejal no está prevista en la constitución, pues solo considera facultades de una nueva designación completa del concejo si hubiera desaparecido la autoridad municipal por completo, lo que no es así.
También advirtieron los especialistas que si el congreso interpreta como suyas las facultades para designar nueva presidenta, podría enfrentar una controversia constitucional, pues fue la legislatura la que aprobó la municipalización y con ello, Villa de Pozos es un municipio autónomo, por lo que ningún otro poder podría entrometerse en su gobierno, mismo que debe apegarse a la Ley Orgánica del Municipio Libre; de otra forma, se podría interpretar que el congreso estaría tomando atribuciones que no le corresponden.
Rivera Acevedo asumió el cargo para el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2027.
Seguiremos informando.