febrero 25, 2026

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Comisiones analizarán iniciativa para multar a quienes no usen cubrebocas

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Aquí te decimos los posibles lugares donde deberás usar el cubrebocas y las sanciones por no usarlo

Por: Redacción

En sesión de la Diputación Permanente, se recibió la el diputado Eugenio Govea Arcos presentó una iniciativa para expedir la Ley que Regula el Uso Obligatorio de Cubrebocas y demás Medidas Para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad COVID-19 en el Estado de San Luis Potosí.

Indica que esta legislación tendrá como objetivo, establecer como medida de prevención y cuidado a la salud pública, el uso obligatorio de cubrebocas en las personas, así como otras medidas, para prevenir la transmisión y riesgos de contagio de la enfermedad COVID-19, durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria ocasionada por dicha pandemia y hasta que la autoridad sanitaria estatal declare oficialmente su conclusión.

Esto con el fin de establecer mecanismos para la prevención y disminución de contagios a consecuencia de COVID-19, ya que como se ha informado por Consejo Nacional de Salud, el Estado de San Luis Potosí ha registrado incrementos considerables al paso de los meses, no solo en el índice de contagios, sino también en el número de decesos y de ocupación hospitalaria.

“Por ello, es más que evidente la urgencia de crear mecanismos coercitivos que establezcan sanciones para las personas que no acaten las medidas sanitarias, en especial lo relativo al uso de cubrebocas”, señala.

La iniciativa propone establecer el uso de cubrebocas obligatorio en los lugares siguientes:

I. En vías y espacios públicos o de uso común, cerrados o al aire libre;
II. En el interior de establecimientos ya sea de comercio, industria o servicios;
III. En los centros laborales públicos o privados;
IV. En los lugares de culto religioso;
V. En los medios de transporte de pasajeros, ya sea como usuario, operador o conductor;
VI. En los establecimientos que elaboren o manipulen alimentos;
VII. En consultorios, hospitales o centros de salud, públicos o privados, y
VIII. Los demás que determinen las autoridades sanitarias.

A la persona física o moral, que incumpla con las medidas sanitarias previstas en esta ley, le serán aplicadas las sanciones siguientes:

I. Amonestación con apercibimiento;
II. Multa;
III. Trabajo en favor de la comunidad;
IV. Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, o
V. Entrega de material médico.

La entrega de material médico será hasta por el equivalente a 80 Unidades de Medida y Actualización, se llevará en favor de la autoridad que haya impuesto esta sanción, la cual determinará su destino.

Esta sanción no podrá ser impuesta sin que previamente se haya amonestado con apercibimiento al infractor.

La aplicación de las sanciones de entrega de material médico y multa solo podrán tener como destinatarios a:

I. Los concesionarios y/o permisionarios de las unidades del servicio de transporte público de pasajeros, y
II. Los propietarios y/o administradores de los establecimientos comerciales, industriales, empresariales, de negocios o de servicios.

La aplicación de las multas será sin perjuicio de que se dicten las medidas de seguridad sanitaria que procedan, hasta en tanto se subsanen las irregularidades.

En caso de reincidencia, se duplicará el monto de la multa que corresponda. Para los efectos de este artículo, se entiende por reincidencia al hecho de que el infractor cometa la misma violación a las disposiciones de esta Ley dos o más veces, dentro del período de un año, contado a partir de la fecha en que se le hubiera notificado la sanción.

Para imponer alguna de las sanciones, se tomará en cuenta lo siguiente:

I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas;
II. La gravedad de la infracción;
III. Las condiciones Socioeconómicas del infractor;
IV. La calidad de reincidente del infractor;
V. Grado de intencionalidad o negligencia;
VI. El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción, y
VII. Otras agravantes o atenuantes.

La multa consiste en el pago de una cantidad de que se impone al infractor en beneficio del Estado, y se hará efectiva mediante el procedimiento económico coactivo que corresponda.

Se aplicará multa para personas físicas de 2 a 4 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria, a quien infrinja las disposiciones de esta ley.

Se aplicará multa para personas morales de 40 hasta 80 veces la Unidad de Medida y Actualización diaria, a quien infrinja las disposiciones de esta ley.

Los recursos obtenidos por la aplicación de sanciones económicas previstas en esta Ley, serán transferidos a los Servicios de Salud para destinarlos en la compra de insumos y suministros médicos para las áreas de atención COVID-19.

La iniciativa fue turnada para su análisis a las comisiones de Salud y Asistencia Social; y, Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social. También a las comisiones de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; y Hacienda del Estado, fue turnada la iniciativa que insta expedir la Ley de Promoción, Fomento y Desarrollo del Arte Cinematográfico del Estado y Municipios de San Luis Potosí, presentada por el C. Omar Miguel Esparza Velducea.

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México

En peligro que veamos a Cristiano Ronaldo

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Se pone en duda el traslado de la delegación de Portugal al Estadio Azteca

Por: Roberto Mendoza

​La Federación Portuguesa de Futbol (FPF) anunció que analiza la viabilidad de su viaje a la Ciudad de México para el partido programado el próximo 28 de marzo en el Estadio Azteca. La medida responde a un monitoreo continuo de las condiciones de seguridad en el territorio mexicano, derivado de los episodios de violencia que siguieron al abatimiento de Nemesio Oseguera Cervantes, confirmado por la Secretaría de la Defensa Nacional el pasado 22 de febrero.

​El organismo deportivo europeo estableció en un comunicado oficial que la integridad de su delegación constituye la prioridad absoluta de sus evaluaciones logísticas. La revisión de las condiciones de traslado supedita directamente la llegada al país de los convocados del primer equipo, lo que impediría la participación en la cancha de jugadores como Cristiano Ronaldo, Bernardo Silva y Bruno Fernandes

. La FPF precisó que la determinación definitiva se tomará con base en las indicaciones del Gobierno de Portugal y en coordinación permanente con la Federación Mexicana de Futbol.

 

​La evaluación internacional surge como consecuencia de las reacciones criminales y bloqueos registrados en distintas entidades del centro y occidente del país tras las operaciones militares en Jalisco. Aunque la Presidencia de la República ha declarado que existen garantías operativas de seguridad rumbo a los compromisos de la Copa del Mundo 2026, la posible suspensión de este encuentro amistoso cancelaría el evento inaugural de reapertura del recinto capitalino tras su fase de remodelación.

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Destacadas

Niños de kínder no podrán ingresar si no están al corriente con sus vacunas: SEGE

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El último reporte marca que el 87% de los potosinos están inmunizados contra el sarampión, pero se desplegaron brigadas para aplicar alguna de las dos dosis a quienes no las tengan

Por: Redacción

Como medida preventiva ante los contagios de sarampión en todo el país, en San Luis Potosí se instauró una medida que establece que los niños que cursan el preescolar no podrán ingresar a las escuelas si no están al corriente con su esquema de vacunación.

Juan Carlos Torres Cedillo, titular de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado (SEGE), señaló que se trata de un acción de prevención para la población más vulnerable, y que les da la certeza de que la gran mayoría de los niños están al día con sus vacunas.

En cuanto a la aplicación de la inmunización contra el sarampión en los planteles educativos, la semana pasada se desplegaron brigadas para inmunizar a aquellos alumnos que todavía no contaran con alguna de las dos dosis.

Torres Cedillo indicó que establecieron un plazo de 15 días para vacunar a la mayor cantidad de personas posible, recordando que al inicio del periodo, San Luis registraba un 87% de personas con su esquema completo.

Finalmente, el titular de la SEGE señaló que en las escuelas no tienen contagios de sarampión, y para evitar falsas alarmas, capacitaron a los maestros para que fueran capaces de distinguir los síntomas de la enfermedad. Si bien tuvieron algunos casos potenciales, se acabaron descartando tras ser atendidos por la Secretaría de Salud.

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Estado

Detención de ex policías confirma depuración en SLP

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Gobernador aclara que no eran elementos activos y advierte sanciones dobles contra ex oficiales que delinquen

Por: Redacción

El gobernador Ricardo Gallardo Cardona confirmó la detención de ex integrantes de corporaciones estatales que presuntamente incurrieron en actividades delictivas tras dejar el servicio público.

“No eran activos, sí pertenecieron en su momento a la policía estatal o a la Guardia Civil”, precisó, al subrayar que las acciones de seguridad se aplican sin distinción.

El mandatario advirtió que los ex oficiales que participen en delitos enfrentarán sanciones más severas

debido a su formación y conocimiento institucional. “Aquí es parejo… se les va a poner doble sanción”
, afirmó.

Señaló que estas detenciones forman parte de una política de depuración y combate a la impunidad dentro de las corporaciones, con el objetivo de evitar que ex elementos utilicen su experiencia para actividades ilícitas.

El gobernador reiteró que la Guardia Civil Estatal continuará con operativos y procesos de vigilancia interna para garantizar la integridad de las instituciones de seguridad.

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Opinión

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