agosto 24, 2026

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Congreso del Estado

Esta semana se publican las primeras listas de deudores alimentarios en SLP

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Con esta medida se pretende frenar la violencia económica que se comete contra menores de edad

Por: Ana G Silva

En noviembre de 2022, el Congreso del Estado aprobó reformas a la legislación estatal para crear el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, en el que se creará un mecanismo que coadyuve con la fuerza de la ley al cumplimiento de las obligaciones alimentarias, dicha iniciativa entrará en vigor este 22 de febrero. La Orquesta conversó con la diputada Lidia Nallely Vargas Hernández (Morena), que fue quien presentó la propuesta, para conocer más detalles al respecto.

La legisladora dijo que el Poder Judicial del Estado será quien sea el encargado de publicar el padrón, en el cual se registrará mediante mandato de autoridad judicial, a aquellas personas que incumplan con las obligaciones de proporcionar alimentos, ya sea provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme.

El listado incluirá el nombre y apellidos completos del deudor alimentario moroso, así como la Clave Única del Registro de Población (CURP); las iniciales del nombre del acreedor o acreedores alimentarios; datos del acta que acredite el vínculo entre deudor y acreedor alimentario; cantidad del adeudo alimentario a la fecha de su inscripción, o, en su caso, el número de meses de incumplimiento y Juzgado Familiar que ordena la inscripción y el número de expediente.

La congresista mencionó que dicho padrón es de personas deudoras, es decir que esto no solo será para hombres, si no también para mujeres que incumplan con la obligación de proporcionar alimentos.

Lidia Vargas señaló que la creación del Padrón de Deudores Alimentarios Morosos, tendrá dos enfoques para hacer cumplir con los alimentos: el primero es el social, pues si una persona se encuentra inscrito en el mismo sentirá la necesidad de pagar su obligación con tal de eliminar su registro, tal como sucede con las Instituciones Bancarias con el conocido “buró de crédito”; y, el segundo enfoque, es el jurídico, ya que es más sencillo para las autoridades jurisdiccionales verificar las determinaciones que se emitan en el tema alimentario.

La diputada explicó que habrá de inscribir a aquellas personas que dejen de cumplir con sus obligaciones alimentarias por más de 60 días, y el deudor alimentario moroso que acredite ante el Juez que han sido pagados en su totalidad los adeudos alimentarios, podrá solicitar al mismo la baja del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

La iniciativa también puntualiza que el juez de lo familiar que ordene la inscripción en el Padrón Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, solicitará al mismo tiempo al Registro Público de la Propiedad la búsqueda de inscripciones de bienes a nombre del deudor alimentario moroso, de existir realizará la anotación preventiva de la orden judicial. El Registro Público de la Propiedad deberá informar al juez de lo familiar si se encontraron bienes y si fue procedente la anotación, la cual surtirá efectos de embargo precautorio.

La inscripción en el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas, tendrá como efecto: constituir prueba plena en el delito de incumplimiento de obligaciones de asistencia familiar y garantizar la preferencia en el pago de adeudos alimentarios.

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Congreso del Estado

Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP

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Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.

 

Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.

 

Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.

 

Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.

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Congreso del Estado

Se busca desde el Congreso fortalecer atención integral a pacientes de Alzheimer

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La iniciativa contempla adicionar diversas fracciones , así como incorporar el denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”

Por: Redacción

Con el propósito de visibilizar el Alzheimer y fortalecer la atención integral de las personas que viven con esta condición, la diputada Frinne Azuara Yarzábal, presentó una iniciativa para reformar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.

 

La iniciativa plantea incorporar un marco jurídico específico para la atención del Alzheimer y otras demencias, con el objetivo de fortalecer las acciones de prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y acompañamiento integral; además de brindar mayor protección a las personas que enfrentan estas enfermedades y a quienes se encargan de su cuidado.

 

La legisladora explicó que la ausencia de disposiciones específicas limita la capacidad de respuesta del Estado y contribuye a mantener en la invisibilidad a quienes viven con estas condiciones, por lo que consideró que la reforma representa un acto de justicia, humanidad y visión de futuro para avanzar hacia un sistema de salud más solidario, preparado y digno.

 

La legisladora Azuara Yarzábal puntualizó que la iniciativa contempla adicionar diversas fracciones a los artículos 4, 13, 23 y 25, así como incorporar el Capítulo X Bis, denominado “Atención Integral del Alzheimer y Otras Demencias”, con los artículos 67 Sexties 1, 2, 3, 4 y 5.

 

 

Dentro de las modificaciones propuestas se establece una definición de la enfermedad de Alzheimer como un trastorno neurocognitivo mayor, progresivo y degenerativo que afecta la memoria, el pensamiento, la conducta y la autonomía funcional.

 

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Congreso del Estado

Congreso analiza endurecer sanciones a funcionarios por corrupción

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La iniciativa contempla destitución e inhabilitación de tres a diez años

Por: Redacción

El diputado César Arturo Lara Rocha presentó una iniciativa para reformar el artículo 316 del Código Penal del Estado, con la que busca incrementar las sanciones para los servidores públicos que intervengan en delitos de corrupción.

La propuesta plantea que, cuando en la comisión de un delito de los previstos en los capítulos I a III del título correspondiente participe un servidor público en ejercicio de sus funciones o aprovechándose de su cargo —ya sea por acción u omisión—, la pena de prisión prevista se incremente en una mitad. Además, contempla la destitución del cargo y la inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos por un periodo de tres a diez años.

Lara Rocha señaló que la reforma no es solo una modificación técnica, sino que busca enviar un mensaje de tolerancia cero frente a la corrupción y el uso indebido de las instituciones públicas. Explicó que precisar la responsabilidad de los servidores públicos que faciliten o coadyuven en un delito, incluso por omisión, daría a los juzgadores mayores herramientas para sancionar y proteger la función pública.

El legislador dijo que la propuesta busca atender espacios de impunidad derivados de la participación pasiva o indirecta de servidores públicos, y citó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que establece obligaciones a los Estados en materia de prevención, incluidas medidas legislativas sobre abuso de funciones y uso indebido de influencias. La iniciativa fue turnada a la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado para su análisis y dictamen.

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