Congreso del Estado
Vehículos de emergencia podrían necesitar autorización para portar sirenas
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública para su análisis y dictamen
Por: Redacción
Fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, para su análisis y posterior dictamen, una iniciativa de reforma al artículo 72 de la Ley de Tránsito del Estado para prohibir el portar o usar sirena y torretas de luces rojas, blancas, azules y ámbar, sin la autorización expedida por la autoridad estatal correspondiente en los vehículos especiales y vehículos de emergencia.
La Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí tiene como objeto establecer las bases generales para la regulación del tránsito de vehículos, peatones y semovientes en el Estado, y del servicio de estacionamientos al público. Se trata de un objetivo de singular importancia ante el aumento gradual de tránsito vehicular en las concentraciones urbanas de nuestro estado.
Con esa finalidad se regulan varios aspectos de los vehículos que pueden circular en el estado, entre ellos, su tipología, que distingue en su artículo 6º, vehículos especiales y vehículos de emergencia en los términos que siguen:
Vehículos de emergencia: patrullas, ambulancias, vehículos de bomberos y cualquier otro vehículo que haya sido autorizado por la autoridad estatal para portar o usar sirena y torretas de luces rojas, blancas, azules y ámbar.
Vehículos especiales: grúas, vehículos de apoyo, de auxilio, y cualquier otro vehículo que haya sido autorizado por la Secretaría para usar sirena, torretas de luces, blancas, azules y ámbar.
Además de la finalidad de tales vehículos, se distinguen por su equipamiento característico, que incluye sirena y torretas de luces.
La naturaleza identificable de estos vehículos se debe a las consideraciones de las que gozan en el contexto del tráfico vehicular, como por ejemplo la preferencia de paso, lo que a su vez se origina en el interés público que reviste la atención a emergencias y a tareas de seguridad.
Por ese motivo, se requiere autorización de la autoridad estatal, como puede ser la Secretaría de Seguridad para portar tal equipamiento especial; no obstante, la ley en cuestión, no contiene una disposición específica, que prohíba la portación de ese equipamiento, a vehículos que no cuenten con tal autorización, a pesar de que se requiere contar con tal, y de que su uso indebido podría causar perjuicios.
Con la finalidad de impulsar una unificación de criterios, con la claridad que el caso amerita, se propone adicionar a las prohibiciones en la Ley de Tránsito del estado, la de portar o usar sirena y torretas de luces rojas, blancas, azules y ámbar, sin la autorización expedida por la autoridad estatal correspondiente, que se adicionaría al artículo 72, que versa sobre las obligaciones y prohibiciones que los conductores de vehículos automotores deben observar; con la finalidad de que dicha conducta sea motivo de multa, que resultaría aplicable y definida por los municipios, a través de sus Leyes de Ingresos.
También se especifica que, en las vías públicas obligatoriamente, los conductores deben dar paso preferente a los vehículos de emergencia, y no seguirlos, ni detenerse o estacionarse a una distancia que pueda significar riesgo o entorpecimiento de la actividad del personal de auxilio, limitándose solamente a disminuir o detener la velocidad para cederles el paso.
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Congreso del Estado
Congreso busca impulsar Ley Hope, contra maltrato animal
Estas asociaciones proponen sancionar con mayor severidad el maltrato a los animales, luego de la agresión sufrida en contra de una perrita
Por: Redacción
El diputado Luis Felipe Castro Barrón, junto con las diputadas Leticia Vázquez Hernández y Gabriela Martínez Vázquez, sostuvo una reunión de trabajo con representantes de asociaciones de protección animal, quienes han solicitado reformas a la legislación en materia de maltrato animal.
El legislador explicó que estas asociaciones proponen sancionar con mayor severidad el maltrato a los animales, luego de la agresión sufrida en contra de una perrita, que perdió la vida, y cuyos agresores siguen un proceso penal por este delito.
“Son asociaciones que vienen impulsando el tema de la Ley Hope, queríamos tener un intercambio con ellos, y llevamos algunas propuestas de ley que venimos trabajando, todo enfocado al bienestar de los animales de San Luis Potosí, principalmente los animales de compañía”.
Precisó que se buscará hacer una revisión de los delitos relacionados con el maltrato a los animales, para establecer las penalidades en cada caso, para lo cual hay varias iniciativas al respecto, además de la promoción de un padrón de personas maltratadoras de animales.
A la par, se buscará se cuente con presupuesto para la realización de esterilizaciones de animales, principalmente perros y gatos callejeros, que son principalmente quienes sufren actos de maltrato.
Congreso del Estado
Diputados revisan Paquete Económico 2026 y avalan incentivos a nuevas inversiones
La Comisión de Hacienda del Congreso inició el análisis del Paquete Económico 2026 y aprobó un dictamen que amplía incentivos fiscales para empresas que busquen instalar manufactura en San Luis Potosí
Por: Redacción
La Comisión de Hacienda del Estado recibió este lunes las iniciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos 2026 enviadas por el Ejecutivo estatal, con lo que arrancó formalmente la revisión del Paquete Económico para el próximo año.
La presidenta del órgano legislativo, María Dolores Robles Chairez, informó que el proyecto será turnado al Pleno para posteriormente regresar a comisión, donde comenzará el análisis puntual de cada rubro.
En la misma sesión, la comisión aprobó un dictamen que modifica la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad, a fin de ampliar los estímulos fiscales destinados a empresas —nacionales o extranjeras— que trasladen o creen actividades de manufactura en San Luis Potosí, siempre que su mercado principal se ubique fuera del país.
La propuesta, presentada por el diputado Marco Antonio Gama Basarte
, fue enriquecida en comisiones para precisar que los beneficios aplicarán tanto a nuevas inversiones como a compañías ya instaladas que busquen expandirse. El otorgamiento de incentivos quedará en manos del Comité previsto en la legislación vigente.Además, se informó que los montos de adquisiciones, arrendamientos y servicios proyectados para 2026 serán enviados al Pleno para su discusión, conforme lo establece la normativa.
A la reunión acudieron las diputadas y diputados María Dolores Robles Chairez, María Leticia Vázquez Hernández, Jessica Gabriela López Torres, Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez, Crisógono Pérez López, Tomás Zavala González y Mireya Vancini Villanueva.
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Congreso del Estado
Congreso incorpora excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto
Esta medida aplicará cuando se acredite que se haya negado o prorrogado la interrupción del embarazo dentro del plazo de las doce semanas
Por: Redacción
La Comisión Primera de Justicia aprobó reformas al Código Penal del Estado, a fin de incorporar excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto. La diputada Leticia Vázquez Hernández, presidenta de esta comisión legislativa, manifestó que esta es una de las reformas que el Congreso del Estado incorpora como parte de su agenda en relación a la erradicación de la violencia contra las mujeres, y garantizar el derecho reproductivo de las mujeres.
“En el Día de la Eliminación de la violencia contra las mujeres, es importante para esta comisión legislar sobre los derechos reproductivos de las mujeres, y las excluyentes por violencia a las mujeres y por lo tanto no son punibles en el caso del aborto para ellas; cuando sea mala praxis, cuando sea de pobreza extrema, y ciertos requisitos que nos faltaba”.
De esta manera, se aprueba la reforma al artículo 150 en sus fracciones I, II y III; y adiciona al mismo artículo 150 las fracciones IV, V y VI, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí
, para establecer como excluyentes de responsabilidad penal del delito de aborto, cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer o persona gestante; cuando el embarazo sea resultado de un delito de, violación, estupro, inseminación artificial indebida o implantación indebida de un óvulo fecundado, independientemente de que exista, o no, denuncia o causa penal sobre dichos delitos previo al aborto.
Cuando se acredite por cualquier medio que una autoridad o, institución pública de salud o su personal, haya negado previamente o prorrogado la interrupción del embarazo dentro del plazo de las doce semanas de embarazo; cuando la mujer gestante se encuentre en una situación económica de pobreza extrema; cuando a juicio del médico o la médica que la asista, de no interrumpirse el embarazo, la mujer gestante, se encuentre en peligro de muerte o en riesgo de una afectación grave a su salud.
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