Congreso del Estado
Teresa de Jesús Rivera, nueva concejal de Pozos
El Congreso de SLP eligió a la concejal presidenta, dos concejales síndicos y 12 concejales regidores; así quedó conformado
Por: Redacción
En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción XXX, 117 y 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 15, 44, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, y los artículos Transitorios Segundo, Tercero y Cuarto del Decreto 1074 publicado el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, designó a quienes integrarán el Concejo Municipal para el periodo del 01 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2027, contemplado en el Decreto Legislativo número 1074, publicado el veintidós de julio de dos mil veinticuatro, en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.
Concejal Presidente del Municipio Libre de Villa de Pozos:
María Teresa de Jesús Rivera Acevedo.
Concejal Regidor 1, Propietario, Lauro Espinoza Nava.
Suplente, Mario Cortez Martínez.
Concejal Síndico 1, Propietaria, Liliana Méndez Fajardo.
Suplente, María Paula Estela Alonso Villegas
Concejal Síndico 2, Propietario, Gerardo Ávila Rodríguez.
Suplente, Armando Rangel Reyes.
Concejal Regidor 2, Propietaria, Maribel Lemoine Loreno.
Suplente, Lilia Faviola Hernández Calderón.
Concejal Regidor 3, Propietario, Gaspar Méndez Ramírez.
Suplente, Francisco Duarte Cervantes.
Concejal Regidor 4, Propietaria, Nadia Esmeralda Ochoa Limón.
Suplente, Laura Chavarría Moreno.
Concejal Regidor, 5, Propietario, Ricardo Gutiérrez Ortega.
Suplente, Álvaro Israel Leyva Frías.
Concejal Regidor 6, Propietaria, Ma. Guadalupe Hernández Méndez.
Suplente, Graciela Castro Medina.
Concejal Regidor, 7, Propietario, Dante Alan Carreón Sandoval.
Suplente, Víctor Guevara Galarza.
Concejal Regidor 8, Propietaria, Mónica López Villagrán.
Suplente, María del Carmen Rosas Pérez.
Concejal Regidor 9, Propietario, Efraín Hernández Medina.
Suplente, Jesús Arturo Tayabas Castillo.
Concejal Regidor 10, Propietaria, Julie Carrillo Saucedo.
Suplente, Ana Belem Moreno Muñiz.
Concejal Regidor 11, Propietaria, María Luisa Zavala López.
Suplente, Reyna Yadhira Ochoa Franco.
Concejal Regidor 12, Propietario, Víctor Nájera Vidales
Suplente, Evan Faustino López Sánchez.
Artículo 2º. Para los efectos de lo que seña la el artículo 57 fracción XXX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, notifíquese a las personas electas respecto de la designación realizada por esta Soberanía.
Artículo 3º. El Concejo Municipal del Ayuntamiento libre de Villa de Pozos, tomará protesta ante el representante que designe el Congreso del Estado, en el lugar que previamente autorice ese Poder Legislativo el primero de octubre de dos mil veinticuatro. Tomada la protesta de ley, el Ayuntamiento constituido en Cabildo, declarará cual será el recinto oficial, a fin de dar continuidad a los actos previstos en el artículo diecinueve de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.
Artículo 4º. El Concejo Municipal del municipio Libre de Villa de Pozos, S.L.P., designado por este Congreso, deberá atender lo dispuesto en el artículo Transitorio Séptimo del Decreto 1074 para efectos de llevar a cabo el proceso de entrega recepción de los recursos públicos entre el Ayuntamiento de San Luis Potosí y el Concejo Municipal.
El Concejo Municipal de Villa de Pozos estará en funciones desde el día de su instalación el primero de octubre de dos mil veinticuatro hasta el 30 de septiembre de dos mil veintisiete.
Al concluir la votación para la designación del Concejo Municipal de Villa de Pozos, el diputado Roberto Ulices Mendoza Padrón, presidente de la Directiva del Congreso del Estado, clausuró el periodo extraordinario de sesiones, con la presencia del magistrado Arturo Morales Silva, presidente del Supremo Tribunal de justicia del Estado y de Miguel Ángel Méndez Montes, consejero jurídico del Poder Ejecutivo.
También lee: Congreso irá a juicio; Cambio de Ruta se amparó contra municipalización de Villa de Pozos
Congreso del Estado
Congreso aprueba iniciativa para promover fomento a lenguas indígenas
Resulta prioritario fomentar y promover, en coordinación con la SEGE, la creación literaria en lenguas indígenas propias del estado
Por: Redacción
Para garantizar el acceso inclusivo a la lectura mediante materiales en lenguas indígenas, braille y otros formatos accesibles, así como fomentar la lectura y la creación literaria entre pueblos y comunidades indígenas y personas con discapacidad, la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado, aprobó el dictamen que reforma la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado y Municipios de San Luis Potosí.
El diputado Crisógono Pérez López, presidente de la comisión legislativa, explicó que uno de los ejes centrales de esta reforma es la elaboración de textos en lenguas indígenas y en sistema braille, con el propósito de impulsar su promoción, fomento y distribución entre los pueblos y comunidades indígenas, así como entre personas con discapacidad en la entidad.
Resulta prioritario fomentar y promover, en coordinación con la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado (SEGE), la creación literaria en lenguas indígenas propias del estado, además de establecer mecanismos eficaces de distribución que permitan llevar estos materiales a todas las regiones con población indígena.
De igual manera, se plantea apoyar acciones que favorezcan el acceso a la lectura para personas con discapacidad, mediante la generación de condiciones de accesibilidad en bibliotecas públicas y la elaboración de audiolibros, como herramientas fundamentales para una educación verdaderamente incluyente.
Congreso del Estado
Aprueba Congreso dictamen para promover bienestar animal
Se incorpora al texto constitucional la “perspectiva de protección, cuidado y no maltrato de los animales” dentro de los planes educativos
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado aprobó el dictamen que propone reformas a la Constitución Política del Estado promovidas por la diputada Brisseire Sánchez López para elevar a rango constitucional la obligación de todas las autoridades del estado para promover y garantizar el bienestar, el cuidado y la protección de los animales.
Esto, en cumplimiento de la Constitución Federal vigente, con arreglo a lo que disponga la Ley General de Educación, y la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales, que el Congreso de la Unión deberá expedir, considerando su naturaleza, características y vínculos con las personas, la prohibición del maltrato en la crianza, el aprovechamiento y sacrificio de animales de consumo humano, y en la utilización de ejemplares de vida silvestre en espectáculos con fines de lucro, así como las medidas necesarias para atender el control de plagas y riesgos sanitarios.
Se incorpora al texto constitucional local, la “perspectiva de protección, cuidado y no maltrato de los animales” dentro de los planes y programas educativos del Estado de San Luis Potosí, ya contenida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como establecer la prohibición del maltrato a los animales, lo que implica que el Estado debe garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de los animales en los términos que señalen las leyes respectivas.
Congreso del Estado
Propone Brisseire Sánchez reforma a la Ley del Registro Civil para garantizar acuerdo en el orden de apellidos
Se busca dar certeza, en el acuerdo para que los padres decidan el orden de los apellidos en el acta de nacimiento
Por: Redacción
La diputada Brisseire Sánchez López propuso una iniciativa de reforma a la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí, a fin de que el oficial del Registro Civil, tenga la certeza del común acuerdo que decida el orden en que los apellidos aparecerán en el acta de nacimiento. Recordó que recientemente, se realizaron reformas a los artículos 65 y 67 de esta Ley, incorporando que se deberá respetar el orden de los apellidos, que de común acuerdo determinen ambos progenitores, lo que significa un gran paso en el reconocimiento del derecho de igualdad.
Sin embargo, muchas veces esta parte pasa desapercibida, ya que no se especifica la manera de aplicarlo o en su defecto, dar visibilidad a este derecho.
Así, se sumará al derecho de las familias a que decidan sobre los asuntos que sólo les conciernen a ellas, y proteger el derecho a la igualdad de las mujeres y reconocer el rol fundamental que tienen en las familias.
Señ aló que históricamente, se daba prioridad al apellido paterno con
relación al orden de los apellidos al momento de llevar el registro de nacimiento de niñas y niños, lo que resultaba en una práctica poco convencional, sustentada en una herencia histórica y cultural; y, por ende, en un ejercicio que atenta en contra del derecho a la igualdad y no discriminación.Por ello, la iniciativa busca establecer que para dar certeza al común acuerdo a lo establecido en la ley, la o el oficial del Registro Civil, deberá preguntar expresamente a los progenitores el orden en que los apellidos aparecerán en el acta de nacimiento.
Asimismo, se busca aplicar el lenguaje incluyente al eliminar la palabra“el jefe de familia” en el artículo 63, por la de “persona encargada de la familia”, a efecto de actualizar la forma de referirse a la persona que se hace cargo de una familia sin distinción alguna.
La iniciativa ha sido turnada a la comisiòn de gobernación para su anaálisis y dictaminación.
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