Congreso del Estado
Teresa de Jesús Rivera, nueva concejal de Pozos
El Congreso de SLP eligió a la concejal presidenta, dos concejales síndicos y 12 concejales regidores; así quedó conformado
Por: Redacción
En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción XXX, 117 y 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 15, 44, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, y los artículos Transitorios Segundo, Tercero y Cuarto del Decreto 1074 publicado el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, designó a quienes integrarán el Concejo Municipal para el periodo del 01 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2027, contemplado en el Decreto Legislativo número 1074, publicado el veintidós de julio de dos mil veinticuatro, en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.
Concejal Presidente del Municipio Libre de Villa de Pozos:
María Teresa de Jesús Rivera Acevedo.
Concejal Regidor 1, Propietario, Lauro Espinoza Nava.
Suplente, Mario Cortez Martínez.
Concejal Síndico 1, Propietaria, Liliana Méndez Fajardo.
Suplente, María Paula Estela Alonso Villegas
Concejal Síndico 2, Propietario, Gerardo Ávila Rodríguez.
Suplente, Armando Rangel Reyes.
Concejal Regidor 2, Propietaria, Maribel Lemoine Loreno.
Suplente, Lilia Faviola Hernández Calderón.
Concejal Regidor 3, Propietario, Gaspar Méndez Ramírez.
Suplente, Francisco Duarte Cervantes.
Concejal Regidor 4, Propietaria, Nadia Esmeralda Ochoa Limón.
Suplente, Laura Chavarría Moreno.
Concejal Regidor, 5, Propietario, Ricardo Gutiérrez Ortega.
Suplente, Álvaro Israel Leyva Frías.
Concejal Regidor 6, Propietaria, Ma. Guadalupe Hernández Méndez.
Suplente, Graciela Castro Medina.
Concejal Regidor, 7, Propietario, Dante Alan Carreón Sandoval.
Suplente, Víctor Guevara Galarza.
Concejal Regidor 8, Propietaria, Mónica López Villagrán.
Suplente, María del Carmen Rosas Pérez.
Concejal Regidor 9, Propietario, Efraín Hernández Medina.
Suplente, Jesús Arturo Tayabas Castillo.
Concejal Regidor 10, Propietaria, Julie Carrillo Saucedo.
Suplente, Ana Belem Moreno Muñiz.
Concejal Regidor 11, Propietaria, María Luisa Zavala López.
Suplente, Reyna Yadhira Ochoa Franco.
Concejal Regidor 12, Propietario, Víctor Nájera Vidales
Suplente, Evan Faustino López Sánchez.
Artículo 2º. Para los efectos de lo que seña la el artículo 57 fracción XXX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, notifíquese a las personas electas respecto de la designación realizada por esta Soberanía.
Artículo 3º. El Concejo Municipal del Ayuntamiento libre de Villa de Pozos, tomará protesta ante el representante que designe el Congreso del Estado, en el lugar que previamente autorice ese Poder Legislativo el primero de octubre de dos mil veinticuatro. Tomada la protesta de ley, el Ayuntamiento constituido en Cabildo, declarará cual será el recinto oficial, a fin de dar continuidad a los actos previstos en el artículo diecinueve de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.
Artículo 4º. El Concejo Municipal del municipio Libre de Villa de Pozos, S.L.P., designado por este Congreso, deberá atender lo dispuesto en el artículo Transitorio Séptimo del Decreto 1074 para efectos de llevar a cabo el proceso de entrega recepción de los recursos públicos entre el Ayuntamiento de San Luis Potosí y el Concejo Municipal.
El Concejo Municipal de Villa de Pozos estará en funciones desde el día de su instalación el primero de octubre de dos mil veinticuatro hasta el 30 de septiembre de dos mil veintisiete.
Al concluir la votación para la designación del Concejo Municipal de Villa de Pozos, el diputado Roberto Ulices Mendoza Padrón, presidente de la Directiva del Congreso del Estado, clausuró el periodo extraordinario de sesiones, con la presencia del magistrado Arturo Morales Silva, presidente del Supremo Tribunal de justicia del Estado y de Miguel Ángel Méndez Montes, consejero jurídico del Poder Ejecutivo.
También lee: Congreso irá a juicio; Cambio de Ruta se amparó contra municipalización de Villa de Pozos
Congreso del Estado
Plantea Congreso regular uso de dispositivos electrónicos en escuelas
Crisógono Pérez señaló que fue necesaria la reforma, porque en el artículo 60 no se mencionaba la regulación del uso de teléfonos celulares
Por: Redacción
A propuesta del diputado Crisógono Pérez López, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformar la Ley de Educación del Estado, para promover un uso responsable de la tecnología.
La reforma establece que las autoridades educativas determinarán el uso complementario que se dará al uso del celular y demás dispositivos electrónicos como material educativo de apoyo, dentro de la jornada escolar.
El presidente de la Comisión legislativa, señaló que el artículo 60 de la Ley de Educación del Estado, establece que se utilizará el avance de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, con la finalidad de fortalecer los modelos pedagógicos de enseñanza aprendizaje, la innovación educativa, el desarrollo de habilidades y saberes digitales de los educandos.
Asimismo mencionó que también se establecen programas de educación a distancia y semi presencial para cerrar la brecha digital y las desigualdades en la población y que las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital serán utilizadas como un complemento de los demás materiales educativos.
El legislador Crisógono Pérez señaló que fue necesaria la adición, porque en el artículo 60 no se mencionaba la regulación del uso de teléfonos celulares y dispositivos electrónicos en alumnos que cursan el nivel básico en horario escolar, aún cuando estudios recientes manifiestan que el uso constante de estos dispositivos se ha extendido de forma masiva en las horas de clase.
Congreso del Estado
Congreso busca fortalecer mecanismos de difusión de Alerta Amber
La Alerta Amber es una herramienta eficaz de difusión, que contribuye en la búsqueda y localización de niñas, niños y adolescentes
Por: Redacción
Para fortalecer y garantizar la implementación de mecanismos de difusión de la Alerta Amber en el estado, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa para adicionar el artículo 23 BIS a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí.
La legisladora señaló que la Alerta Amber es una herramienta eficaz de difusión, que contribuye en la búsqueda y localización de niñas, niños y adolescentes, que se encuentren en riesgo de sufrir daños por motivo de su no localización o cualquier circunstancia donde se presuma la comisión de algún delito ocurrido en territorio nacional.
Afirmó que fortalecer la difusión de la Alerta Amber es necesario e implica aprovechar los medios que ya se conocen e implementan, y emplear nuevas herramientas tecnológicas como las redes sociales, aplicaciones móviles, mensajería instantánea y alianzas con empresas privadas que permitan que la ciudadanía se convierta en un aliado fundamental y estratégico en la búsqueda de personas.
Por ello, propone que las instituciones de seguridad pública del Estado, en el ámbito de sus atribuciones, coadyuvarán y brindarán apoyo inmediato a la autoridad competente en materia de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas conforme a la legislación aplicable, para la difusión de boletines o alertas oficiales, incluidos los mecanismos de alerta Amber u otros análogos, a través de mensajes SMS o los medios tecnológicos disponibles, conforme a los convenios de colaboración que para tal efecto se celebren.
Congreso del Estado
Congreso busca reconocimiento oficial de servicio social
Se busca que el servicio social y las prácticas profesionales sean reconocidos como experiencia laboral
Por: Redacción
Con el objetivo de que el servicio social y las prácticas profesionales sean reconocidos legalmente como experiencia laboral, la diputada Ma. Sara Roche Medina, propuso una iniciativa de reforma a la Ley de Educación del Estado; y a la Ley para el Ejercicio de las Profesiones en el Estado de San Luis Potosí.
Mediante esta reforma, se busca que las autoridades educativas en coordinación con las instituciones de educación superior en el Estado, promuevan y garanticen que el servicio social y las prácticas profesionales sean reconocidos como experiencia laboral previa para efectos de contratación.
Para tal fin, se propone que la constancia o diploma de terminación emitida por la institución educativa deberá detallar las actividades y competencias desempeñadas, la cual tendrá validez oficial como comprobante de experiencia profesional. autoridades competentes a emitir certificaciones con validez oficial para fortalecer la empleabilidad y contratación futura de las y los jóvenes.
La legisladora señala en su exposición de motivos que uno de los mayores obstáculos que enfrentan las y los jóvenes egresados en el Estado de San Luis Potosí, es la exigencia de tener experiencia laboral previa para acceder a su primer empleo.
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