julio 16, 2026

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Congreso del Estado

Teresa de Jesús Rivera, nueva concejal de Pozos

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El Congreso de SLP eligió a la concejal presidenta, dos concejales síndicos y 12 concejales regidores; así quedó conformado

Por: Redacción

En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción XXX, 117 y 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 15, 44, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, y los artículos Transitorios Segundo, Tercero y Cuarto del Decreto 1074 publicado el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, designó a quienes integrarán el Concejo Municipal para el periodo del 01 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2027, contemplado en el Decreto Legislativo número 1074, publicado el veintidós de julio de dos mil veinticuatro, en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

Concejal Presidente del Municipio Libre de Villa de Pozos:
María Teresa de Jesús Rivera Acevedo.

Concejal Regidor 1, Propietario, Lauro Espinoza Nava.
Suplente, Mario Cortez Martínez.

Concejal Síndico 1, Propietaria, Liliana Méndez Fajardo.
Suplente, María Paula Estela Alonso Villegas

Concejal Síndico 2, Propietario, Gerardo Ávila Rodríguez.
Suplente, Armando Rangel Reyes.

Concejal Regidor 2, Propietaria, Maribel Lemoine Loreno.
Suplente, Lilia Faviola Hernández Calderón.

Concejal Regidor 3, Propietario, Gaspar Méndez Ramírez.
Suplente, Francisco Duarte Cervantes.

Concejal Regidor 4, Propietaria, Nadia Esmeralda Ochoa Limón.
Suplente, Laura Chavarría Moreno.

Concejal Regidor, 5, Propietario, Ricardo Gutiérrez Ortega.
Suplente, Álvaro Israel Leyva Frías.

Concejal Regidor 6, Propietaria, Ma. Guadalupe Hernández Méndez.
Suplente, Graciela Castro Medina.

Concejal Regidor, 7, Propietario, Dante Alan Carreón Sandoval.
Suplente, Víctor Guevara Galarza.

Concejal Regidor 8, Propietaria, Mónica López Villagrán.
Suplente, María del Carmen Rosas Pérez.

Concejal Regidor 9, Propietario, Efraín Hernández Medina.
Suplente, Jesús Arturo Tayabas Castillo.

Concejal Regidor 10, Propietaria, Julie Carrillo Saucedo.
Suplente, Ana Belem Moreno Muñiz.

Concejal Regidor 11, Propietaria, María Luisa Zavala López.
Suplente, Reyna Yadhira Ochoa Franco.

Concejal Regidor 12, Propietario, Víctor Nájera Vidales
Suplente, Evan Faustino López Sánchez.

Artículo 2º. Para los efectos de lo que seña la el artículo 57 fracción XXX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, notifíquese a las personas electas respecto de la designación realizada por esta Soberanía.

Artículo 3º. El Concejo Municipal del Ayuntamiento libre de Villa de Pozos, tomará protesta ante el representante que designe el Congreso del Estado, en el lugar que previamente autorice ese Poder Legislativo el primero de octubre de dos mil veinticuatro. Tomada la protesta de ley, el Ayuntamiento constituido en Cabildo, declarará cual será el recinto oficial, a fin de dar continuidad a los actos previstos en el artículo diecinueve de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.

Artículo 4º. El Concejo Municipal del municipio Libre de Villa de Pozos, S.L.P., designado por este Congreso, deberá atender lo dispuesto en el artículo Transitorio Séptimo del Decreto 1074 para efectos de llevar a cabo el proceso de entrega recepción de los recursos públicos entre el Ayuntamiento de San Luis Potosí y el Concejo Municipal.

El Concejo Municipal de Villa de Pozos estará en funciones desde el día de su instalación el primero de octubre de dos mil veinticuatro hasta el 30 de septiembre de dos mil veintisiete.

Al concluir la votación para la designación del Concejo Municipal de Villa de Pozos, el diputado Roberto Ulices Mendoza Padrón, presidente de la Directiva del Congreso del Estado, clausuró el periodo extraordinario de sesiones, con la presencia del magistrado Arturo Morales Silva, presidente del Supremo Tribunal de justicia del Estado y de Miguel Ángel Méndez Montes, consejero jurídico del Poder Ejecutivo.

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Congreso del Estado

Sin consentimiento ciudadano no habrá fracking en la Huasteca: Roberto García

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El presidente de la Jucopo aseguró que cualquier proyecto será consultado y citó el compromiso de la presidenta Sheinbaum; el Congreso local se mantendrá atento para informar a la ciudadanía.

Por: Redacción

José Roberto García Castillo, diputado presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, afirmó que ningún proyecto de fracturamiento hidráulico o fracking se llevará a cabo en la Huasteca Potosina sin el consentimiento de la población, ni se vulnerarán derechos ciudadanos.

El legislador se apoyó en lo dicho por la presidenta Claudia Sheinbaum, quien ha asegurado que nada se hará sin el consentimiento de la población, por lo que cualquier decisión será consultada.

“El tema del fracking es algo muy importante, ha causado muchas opiniones diversas de la ciudadanía. Pero ya lo dijo la presidenta de México: nunca se va a hacer nada que el pueblo no esté de acuerdo, nunca se va a vulnerar un derecho de la ciudadanía, y en la Huasteca Potosina pueden estar tranquilos”, expuso.

García Castillo señaló que estos proyectos tienen que ser consultados a la ciudadanía, “y si la gente no está de acuerdo, de ninguna manera se puede hacer algo indebido”.

Agregó que el Gobierno de México garantizará la opinión y los acuerdos con la ciudadanía, y que el Congreso del Estado se mantendrá al pendiente de cualquier información relacionada para darla a conocer, además de reiterar el respaldo del Legislativo a los habitantes de la Huasteca.

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Congreso del Estado

“Ley estatal omite a niñas ante violencia feminicida”: Dulcelina Sánchez

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La iniciativa armoniza la ley estatal con la legislación federal e incorpora expresamente a adolescentes y niñas como sujetas de protección; fue turnada a la Comisión de Igualdad de Género.

Por: Redacción

Dulcelina Sánchez de Lira, diputada local, propuso una iniciativa para reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado, a fin de armonizarla con la legislación federal en la materia y fortalecer la protección de los derechos humanos de las mujeres, brindando mayor certeza a las autoridades encargadas de la prevención, atención, investigación, sanción y erradicación de la violencia de género.

La legisladora explicó que la redacción vigente define la violencia feminicida como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, conformada por conductas misóginas que pueden culminar en diversas formas de muerte violenta.

Sin embargo, esa definición resulta más limitada que la prevista en la legislación general: no incorpora expresamente a las adolescentes y niñas

como sujetas de protección, omite reconocer el ejercicio abusivo del poder como elemento constitutivo de esta violencia y restringe sus manifestaciones a la muerte violenta, sin considerar otras conductas que generan riesgos graves para la vida.

La reforma actualiza la definición con un enfoque de derechos humanos, perspectiva de género e interés superior de la niñez, y reconoce que la violencia feminicida puede producirse en los ámbitos público y privado como consecuencia del ejercicio abusivo del poder.

También contempla que esta violencia se manifiesta mediante conductas de odio y discriminación que ponen en riesgo la vida o culminan en muertes violentas como el feminicidio, el suicidio y el homicidio, además de conductas que afectan gravemente la integridad, seguridad y libertad personal.

Sánchez de Lira señaló que la modificación permitirá que políticas públicas, protocolos institucionales y acciones de acceso a la justicia operen bajo una definición homogénea, evitando interpretaciones restrictivas que limiten la actuación de las autoridades.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Igualdad de Género.

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Congreso del Estado

Diputada busca regular violencia digital y ciberacoso en escuelas

Gabriela Martínez señaló que estas conductas no pueden seguir tratándose como conflictos menores, pues representan formas de agresión sistemática que vulneran la dignidad de niñas, niños y adolescentes

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La iniciativa busca garantizar la integridad física, psicológica, emocional o sexual de quienes integran la comunidad escolar

Por: Redacción

La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al artículo 4 de la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado de San Luis Potosí para incorporar definiciones jurídicas precisas sobre las modalidades de violencia en entornos escolares y cerrar los vacíos normativos que dificultan su prevención, atención y sanción

La propuesta incluye por primera vez la definición de ciberacoso, entendido como toda conducta de acoso, hostigamiento o agresión psicoemocional realizada a través de tecnologías de la información, ya sea por redes sociales, aplicaciones de mensajería, videojuegos en línea, correo electrónico u otros medios digitales, cuando tenga por objeto atemorizar, humillar o dañar la reputación de algún integrante de la comunidad escolar.

Además del ciberacoso, la iniciativa incorpora definiciones de maltrato físico directo e indirecto, maltrato colectivo o grupal, maltrato institucional y maltrato por omisión de auxilio.

También contempla violencia de género, psicosocial, revictimizante, sexual y la relacionada con armas, objetos peligrosos o sustancias ilícitas.

Martínez Vázquez argumentó que estas conductas no pueden seguir considerándose conflictos menores propios de la convivencia escolar, pues representan formas de agresión sistemática que vulneran la dignidad humana, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a una educación en condiciones de seguridad e igualdad. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para su dictamen.

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