abril 12, 2026

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Congreso del Estado

Teresa de Jesús Rivera, nueva concejal de Pozos

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El Congreso de SLP eligió a la concejal presidenta, dos concejales síndicos y 12 concejales regidores; así quedó conformado

Por: Redacción

En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado con fundamento en lo dispuesto por los artículos, 57 fracción XXX, 117 y 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí; 13, 15, 44, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, y los artículos Transitorios Segundo, Tercero y Cuarto del Decreto 1074 publicado el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”, designó a quienes integrarán el Concejo Municipal para el periodo del 01 de octubre de 2024 al 30 de septiembre de 2027, contemplado en el Decreto Legislativo número 1074, publicado el veintidós de julio de dos mil veinticuatro, en el Periódico Oficial del Estado “Plan de San Luis”.

Concejal Presidente del Municipio Libre de Villa de Pozos:
María Teresa de Jesús Rivera Acevedo.

Concejal Regidor 1, Propietario, Lauro Espinoza Nava.
Suplente, Mario Cortez Martínez.

Concejal Síndico 1, Propietaria, Liliana Méndez Fajardo.
Suplente, María Paula Estela Alonso Villegas

Concejal Síndico 2, Propietario, Gerardo Ávila Rodríguez.
Suplente, Armando Rangel Reyes.

Concejal Regidor 2, Propietaria, Maribel Lemoine Loreno.
Suplente, Lilia Faviola Hernández Calderón.

Concejal Regidor 3, Propietario, Gaspar Méndez Ramírez.
Suplente, Francisco Duarte Cervantes.

Concejal Regidor 4, Propietaria, Nadia Esmeralda Ochoa Limón.
Suplente, Laura Chavarría Moreno.

Concejal Regidor, 5, Propietario, Ricardo Gutiérrez Ortega.
Suplente, Álvaro Israel Leyva Frías.

Concejal Regidor 6, Propietaria, Ma. Guadalupe Hernández Méndez.
Suplente, Graciela Castro Medina.

Concejal Regidor, 7, Propietario, Dante Alan Carreón Sandoval.
Suplente, Víctor Guevara Galarza.

Concejal Regidor 8, Propietaria, Mónica López Villagrán.
Suplente, María del Carmen Rosas Pérez.

Concejal Regidor 9, Propietario, Efraín Hernández Medina.
Suplente, Jesús Arturo Tayabas Castillo.

Concejal Regidor 10, Propietaria, Julie Carrillo Saucedo.
Suplente, Ana Belem Moreno Muñiz.

Concejal Regidor 11, Propietaria, María Luisa Zavala López.
Suplente, Reyna Yadhira Ochoa Franco.

Concejal Regidor 12, Propietario, Víctor Nájera Vidales
Suplente, Evan Faustino López Sánchez.

Artículo 2º. Para los efectos de lo que seña la el artículo 57 fracción XXX, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, notifíquese a las personas electas respecto de la designación realizada por esta Soberanía.

Artículo 3º. El Concejo Municipal del Ayuntamiento libre de Villa de Pozos, tomará protesta ante el representante que designe el Congreso del Estado, en el lugar que previamente autorice ese Poder Legislativo el primero de octubre de dos mil veinticuatro. Tomada la protesta de ley, el Ayuntamiento constituido en Cabildo, declarará cual será el recinto oficial, a fin de dar continuidad a los actos previstos en el artículo diecinueve de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí.

Artículo 4º. El Concejo Municipal del municipio Libre de Villa de Pozos, S.L.P., designado por este Congreso, deberá atender lo dispuesto en el artículo Transitorio Séptimo del Decreto 1074 para efectos de llevar a cabo el proceso de entrega recepción de los recursos públicos entre el Ayuntamiento de San Luis Potosí y el Concejo Municipal.

El Concejo Municipal de Villa de Pozos estará en funciones desde el día de su instalación el primero de octubre de dos mil veinticuatro hasta el 30 de septiembre de dos mil veintisiete.

Al concluir la votación para la designación del Concejo Municipal de Villa de Pozos, el diputado Roberto Ulices Mendoza Padrón, presidente de la Directiva del Congreso del Estado, clausuró el periodo extraordinario de sesiones, con la presencia del magistrado Arturo Morales Silva, presidente del Supremo Tribunal de justicia del Estado y de Miguel Ángel Méndez Montes, consejero jurídico del Poder Ejecutivo.

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Congreso del Estado

Congreso busca garantizar responsabilidad alimentaria del padre biológico

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Propone eliminar cualquier ambigüedad para garantizar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas y los niños y adolescentes

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.

La propuesta plantea establecer de manera explícita que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso en los casos donde un menor haya sido reconocido legalmente por un tercero.

La legisladora señaló que, el derecho a recibir alimentos constituye un derecho humano fundamental consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Niñas y los Niños.

Explicó que, si bien el Código Familiar del Estado establece la obligación de proporcionar alimentos derivada de la relación de filiación

, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad bajo el argumento de que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre.

Ante esta situación, la diputada Hernández Ramírez consideró la importancia de realizar ajustes legales que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.

Además la iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145 así como crear el artículo 145 Bis y adicionar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.

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Congreso del Estado

Congreso propone garantizar reparación a víctimas indirectas de femenicidio

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La propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer el acceso a la justicia y garantizar la protección de las víctimas indirectas de feminicidio, la diputada Dulcelina Sánchez De Lira presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, en concordancia con la Ley General de Víctimas y el Protocolo Spotlight.

La legisladora señaló que, la propuesta busca que las sentencias no solo castiguen al responsable, sino que también aseguren la reparación integral del daño, especialmente en favor de las hijas e hijos de las víctimas, mediante el acceso a educación, salud y sustento.

Además señaló que la iniciativa contempla reformas y adiciones a los artículos 135, 135 Bis y 135 Ter del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en los que se establece que comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género, además de precisar que toda muerte violenta de una mujer deberá ser investigada de oficio, bajo el protocolo especializado en feminicidio.

Asimismo, se detallan las circunstancias que configuran razones de género, entre ellas la existencia de relaciones de parentesco, afecto, laborales, docentes o de confianza entre la víctima y el agresor

, así como la presencia de violencia sexual, lesiones degradantes, mutilaciones, uso de sustancias corrosivas o actos que generen sufrimiento.

La legisladora Dulcelina Sánchez, indicó que esta propuesta además busca incorporar el concepto de feminicidio en grado de tentativa, cuando se realicen actos encaminados a privar de la vida a una mujer por razones de género, sin que el delito se consuma por causas ajenas a la voluntad del agresor.

En lo referente al artículo 135 Ter, se establece que en toda sentencia condenatoria por feminicidio, el juzgador deberá garantizar la reparación integral del daño a las víctimas indirectas, incluyendo el pago de indemnización y gastos funerarios, acceso gratuito y permanente a servicios de salud mental y atención médica especializada, así como mecanismos que aseguren el sustento alimenticio y educativo de las hijas e hijos menores de edad o con discapacidad.

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Congreso del Estado

Congreso aprueba reforma enfocada a reducción de privilegios

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Estas disposiciones surtirán efectos a partir del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda

Por: Redacción

En Sesión Ordinaria, el pleno del Congreso del Estado aprobó la Minuta con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas porciones normativas de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reducción de privilegios, enviada por la Cámara de Diputados.

En este dictamen, presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales que preside el diputado Carlos Artemio Arreola Mallol,  se reforma el artículo 115 la fracción I de la Constitución Federal, para establecer que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal, una sindicatura y hasta quince regidurías, de conformidad con los principios de paridad de género vertical y horizontal, perspectiva de género e igualdad sustantiva en el acceso, integración y ejercicio del poder público municipal.

Se establece en los transitorios, que estas disposiciones surtirán efectos a partir del periodo administrativo municipal subsecuente en la entidad federativa que corresponda.

Los ahorros que se consideren con la reducción en el número de síndicos y regidores, se integrarán al patrimonio de la hacienda pública municipal.

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Opinión

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