octubre 22, 2026

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SLP | ¿Existe una red que obliga a niños a pedir dinero?

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Autoridades cierran los ojos a la mendicidad forzada en San Luis Potosí

Por: El Saxofón

Tras la publicación en redes sociales de un video en el que se observa a niñas y niños mendigando en los cruceros de la Avenida Industrias, y a un par de sujetos vigilándolos y exigiéndoles una cuota de seiscientos pesos, diversas instituciones, encabezadas por el DIF estatal se dieron a la tarea de recorrer diversos puntos de la ciudad para ir en “rescate”, de estos menores que, probablemente, son víctimas de una red de explotación infantil y trata de personas que opera en el estado.


Mediante un boletín de prensa, las autoridades estatales pretendieron hacer ver que están tomando cartas en el asunto e hicieron un “respetuoso llamado” a las autoridades municipales a hacer su parte aplicando el Bando de Policía y Buen Gobierno. El texto, bastante escaso de información, solo refiere las autoridades que participaron en los recorridos, aclara que estos ya se venían haciendo por parte de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNA), y añade que, de ahora en adelante, la Comisión para prevenir la trata de personas, sesionará cada 15 días para atender este problema.

El comunicado omitió algunos datos importantes, por ejemplo: ¿cuántos niños fueron atendidos? ¿De qué manera se garantizará que no vuelvan a ser explotados? Y, muy importante: ¿hay abierta una investigación por el delito de trata de personas en su modalidad de mendicidad forzada?

El pasado 22 de septiembre, antes de que los videos se volvieran virales en las redes sociales, el DIF estatal difundió un comunicado de prensa, titulado “DIF estatal realiza recorridos por cruceros para proteger derechos de NNA”, con un subtítulo que rezaba: “A las autoridades municipales también les corresponden este tipo de acciones.”

Sobra decir que el gobierno encabezado por el alcalde Xavier Nava Palacios no se dio por aludido, y más de diez días después no ha emprendido ninguna acción para frenar la explotación infantil que se registra a la vista de ciudadanos y autoridades en los cruceros más importantes de la capital.

Dicho comunicado señala que, “El personal de la Procuraduría se acerca a madres, padres o personas adultas que acompañan a niñas, niños o adolescentes, para conminarles a que los retiren de esta situación, ya que representa un peligro para ellas y ellos”.

Este párrafo hace suponer que no hay una investigación abierta por el delito de trata de personas, pues se presume que quienes acompañan a los menores son sus madres y/o padres, sin embargo, al emplear la expresión “personas adultas”, abre la posibilidad de que quienes “acompañan” a los llamados niños pedigüeños, no tengan ninguna relación de parentesco con estos, lo cual implicaría que hay un esquema de explotación o bien de coacción para obligar a estos menores a pedir dinero a automovilistas y transeúntes.

Sobre el delito de mendicidad forzada hay pocos datos oficiales pero muchas evidencias en la vida diaria. Niños vestidos con ropas viejas y sucias pueden verse en distintos puntos de la ciudad, pidiendo dinero; también es posible identificar a sus “cuidadores”, e incluso a quienes los trasladan a bordo de camionetas o autos a los cruceros en los cuales deberán pasar varias horas hasta juntar la cantidad que les exigen sus explotadores.

En Avenida Industrias, Capitán Caldera, Av. Muñoz, Venustiano Carranza, 18 de Marzo, Av. Reforma, Rutilo Torres, Carretera 57, Salvador Nava rumbo a la carretera Guadalajara, y en Himno Nacional, se puede observar a los menores acercarse a los vehículos para solicitar una moneda.

Por ahora se habla de niños, pero estas redes también explotan a migrantes o presuntos migrantes, personas discapacitadas, así como a personas adultas mayores. Se trata de un negocio, y quienes lo encabezan, hasta ahora, gozan de total impunidad.

El artículo 24 de la Ley General contra la trata de personas establece que “Será sancionado con prisión de 4 a 9 años y de 500 a 20 mil días multa, a quien utilice a una persona para realizar actos de mendicidad.

“Se entiende por explotación de la mendicidad ajena, obtener un beneficio al obligar a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza de daño grave, un daño grave o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, o el engaño.

“Si se utiliza para mendicidad forzada a personas menores de dieciocho años, mayores de setenta, mujeres embarazadas, personas con lesiones, enfermedades o discapacidad física o psicológica, se impondrá pena de 9 a 15 años de prisión y de un mil a 25 mil días multa”.

 

Larga lista de instituciones y funcionarios omisos

En agosto pasado, el Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio Montesinos A. C., y el Observatorio para Prevenir y Combatir la Trata de Personas, publicaron el informe “Legislación, política pública, y trata de personas. Informe de la situación en 6 estados de la república”, que incluye a San Luis Potosí. El documento deja constancia de las omisiones de las autoridades locales:

 

SEGE culpa al Covid-19

“Con la finalidad de conocer las actividades realizadas por parte de la Secretaría de Educación, se realizó la solicitud con número de folio 00912783, en la cual fue

requerida la siguiente información: ¿Cuántos módulos de prevención del delito de

trata de personas han realizado para prevenir la trata en escuelas? ¿Se ha creado

el protocolo de detección y prevención de la trata? ¿Se han registrado las

estadísticas sobre posibles casos de trata de personas? ¿Se ha capacitado al

personal en materia de trat a? Solicitud a la que se respondió que por motivos de la contingencia sanitaria (COVID-19) no se contaba con esa información en ese momento.

Se le solicitó también información a los ayuntamientos de los municipios del Estado acerca de ¿Qué ha hecho el municipio en torno a la detección, prevención, atención de las personas víctimas de trata?, solicitudes de las cuales no se recibió respuesta alguna.

  

DIF estatal calla

Al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de San Luis Potosí, se le solicitó la información sobre: ¿Qué acciones de prevención han realizado para prevenir la trata de niños, niñas y adolescentes en San Luis Potosí de 2017-2020?, solicitud a la cual no se recibió ninguna respuesta

.

De igual manera se le solicitó información al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de los municipios, a los que se les preguntó ¿Qué acciones de prevención han realizado para prevenir la trata de niños, niñas y adolescentes en San Luis Potosí?

 

Legislación y autoridades responsables

La Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas; y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos delitos, para el estado de San Luis Potosí fue publicada en el Periódico Oficial, el jueves 30 de agosto de 2018, sin embargo, la primera versión de esta ley data del 2011. Desde entonces, no hay registro de sentencias condenatorias por el delito de trata de personas, mucho menos, en su forma de mendicidad forzosa.

Según la ley, es obligación de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNA) Investigar sobre la existencia de cualquier manifestación de trata de personas en agravio de menores, personas adultas, con o sin discapacidad, y personas adultas mayores; lo que hará del inmediato conocimiento del Ministerio Público.

 

Instituciones y funcionarios omisos

Además del DIF y la PPNA, la ley incluye una larga lista de dependencias que deben coadyuvar en la atención, prevención y erradicación de este delito, entre las que destacan: la Secretaría General de Gobierno, a cargo de Alejandro Leal Tovías; la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a cargo de Manuel Lozano Nieto; el Instituto de las Mujeres, a cargo de Érika Velazquez, la Secretaría de Turismo, a cargo de Arturo Esper Sulaiman; el Instituto Potosino de la Juventud, a cargo de Luis Fernando Alonso; el Instituto del Atención a Migrantes, a cargo de Enrique Malacara; la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Delito, que dirige Jorge Vega Arroyo; la Coordinación Estatal de Atención a Pueblos Indígenas; la Procuraduría General de Justicia que dirige Federico Garza, la Secretaría de Seguridad, cuyo titular es Jaime Pineda, entre otras.

Todos ellos, hasta ahora, han sido omisos en atender el delito de trata de personas en lo tocante a mendicidad forzada.

De las autoridades a las que el Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio Montesinos les solicitó información, solo la Secretaría General de Gobierno respondió, diciendo que se habían implementado una serie de medidas que incluyen capacitaciones a funcionarios y a la población sobre el delito de trata en general.

De la información entregada, se destaca que en 2017, se atendieron a 69 posibles víctimas de trata, de las cuales, solo 3 eran en la modalidad de mendicidad forzosa.

De 2017 a 2019 se abrieron en total 14 carpetas de investigación por el delito de trata de personas, de las cuales no se conoce cuantas sentencias se lograron.

 

Técnicas de investigación

Si bien es difícil identificar si las personas que están en mendicidad forman parte de algún esquema de explotación, la Ley estatal para prevenir, sancionar y erradicar la trata, da herramientas a las autoridades para hacer su trabajo.

En el Capítulo II Técnicas de investigación de la citada ley, el artículo 26 refiere las facultades del Ministerio Público en las indagatorias de presuntos casos de esta naturaleza y lo obliga, entre otras cosas, a procurar:

  1. Extracción segura de la víctima del lugar de los hechos o de donde se encuentra, con la aplicación más amplia de medidas de protección a la dignidad, libertad, seguridad, y demás derechos humanos de ésta;
  2. Identificación del modus operandi de los involucrados;
  • Obtención de elementos probatorios antes, durante y posterior a la extracción segura de la víctima;

Del mismo modo lo faculta, para: I. Solicitar la intervención de comunicaciones, en términos de la legislación federal o local aplicable; y III. Autorizar el seguimiento de personas hasta por un período de un mes, el cual podrá ser prorrogado siempre que existan motivos suficientes, entre otras cosas.

Hay una gran cifra negra en cuanto al delito de trata de personas en todas sus modalidades. Cuando hablamos de trata, lo primero en lo que pensamos es en la prostitución, pero hay al menos once modalidades de trata de personas, la que más se denuncia es la explotación laboral (jornaleros, campos agrícolas), pero la más silenciosa y más difícil de probar es la mendicidad forzada, pues, en un país como México, dicen los expertos, al tratar de castigar este delito, se corre el riesgo de criminalizar la pobreza. Lo cierto es que en la realidad, existen redes que pueden ser familiares, pero también organizaciones criminales que se aprovechan de la necesidad de las personas, las movilizan y las obligan a mendigar exigiéndoles cuotas bajo amenazas o agresiones. Que la incapacidad o torpeza de las autoridades les impida evitar y castigar este delito, no quiere decir que debamos dejarlo pasar.

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Minería potosina crece en fluorita, pero cae en plata y cobre

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La producción minerometalúrgica nacional cayó 10.5% anual en agosto, pero SLP creció en fluorita y zinc

Por: Ana G Silva

La producción minera de San Luis Potosí registró resultados mixtos durante agosto de 2026: mientras la extracción de fluorita y zinc reportó incrementos anuales, la producción de plata y cobre disminuyó, de acuerdo con los indicadores de la Industria Minerometalúrgica publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

El mayor avance correspondió a la fluorita, mineral en el que la entidad mantiene una participación importante a nivel nacional. Durante agosto, San Luis Potosí produjo 46 mil 647 toneladas, frente a las 45 mil 959 toneladas del mismo mes de 2025, lo que representó un crecimiento anual de 1.5%.

En el ámbito nacional, la producción de fluorita alcanzó 69 mil 556 toneladas, también con un incremento anual de 1.7%. Con ello, San Luis Potosí concentró cerca de dos terceras partes del volumen reportado en el país durante ese mes, lo que confirma la relevancia de este mineral dentro de la actividad extractiva estatal.

Otro mineral que mostró un comportamiento positivo fue el zinc. La producción potosina pasó de mil 592 toneladas en agosto de 2025 a mil 612 toneladas en el mismo mes de este año, un aumento de 1.3%. Este resultado contrastó con el desempeño nacional, donde la producción de zinc disminuyó 27.4% anual.

En contraste, la producción de plata en San Luis Potosí descendió 3.6%, al pasar de 14 mil 66 kilogramos en agosto del año pasado a 13 mil 554 kilogramos en agosto de 2026. La diferencia representó 512 kilogramos

menos en el periodo comparado.

El cobre también registró una disminución en la entidad. La producción pasó de 2 mil 357 toneladas a 2 mil 321 toneladas, una caída anual de 1.5%. El comportamiento potosino se ubicó por debajo de la tendencia nacional, donde la producción de este metal aumentó 2.3%, hasta alcanzar 42 mil 783 toneladas.

CAE LA PRODUCCIÓN MINEROMETALÚRGICA NACIONAL

Los resultados estatales se presentan en un contexto de contracción de la industria minerometalúrgica nacional. De acuerdo con el INEGI, durante agosto de 2026 la producción minerometalúrgica del país disminuyó 0.1% respecto al mes anterior y 10.5% en comparación con agosto de 2025, con cifras desestacionalizadas.

Por mineral, las cifras originales también reflejaron diferencias entre productos. Durante agosto aumentó la producción nacional de fluorita, yeso, cobre, azufre, carbón no coquizable y pellets de fierro, mientras que disminuyó la de zinc, plomo, oro y plata.

Entre los incrementos destacó la producción de pellets de fierro, con un crecimiento anual de 17.4%; entre las caídas, el zinc retrocedió 27.4%, el plomo 25%, el oro 21.7% y la plata 12.9%.

En el caso de San Luis Potosí, los indicadores permiten observar que algunos minerales mantuvieron una evolución positiva pese a la contracción general de la producción minerometalúrgica nacional.

Los datos de agosto de 2026 son preliminares, según la publicación del INEGI.

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Congreso del Estado

Restricción de celulares en aulas arrancará el 3 de noviembre: SEGE

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La secretaria de Educación dijo que se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores para cumplir con la restricción en escuelas de educación básica y media superior

Por: Redacción

La restricción del uso de celulares en las aulas de San Luis Potosí comenzará el 3 de noviembre, informó la titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), Deysi Maribel López Sierra, durante su comparecencia ante el Congreso del Estado por la Glosa del Quinto Informe de Gobierno.

A pregunta del diputado Cuauhtli Badillo Moreno, la funcionaria explicó que la SEGE trabaja en la socialización de la medida, es decir, en darla a conocer y explicarla, en todas las escuelas de educación básica y media superior. También se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores de los distintos niveles para cumplir con las disposiciones federales y locales.

También para maestros

A principios de octubre, López Sierra confirmó que en educación básica el uso del celular dentro del salón está prohibido “al 100%”, también para los docentes. Sólo se podrán usar celulares, tablets u otros dispositivos cuando tengan un fin pedagógico. Reconoció que falta llegar a un acuerdo con las escuelas privadas, donde muchas clases se dan con tablets.

Las excepciones

El dictamen que aprobó la Comisión de Educación del Congreso del Estado no prohíbe que los alumnos tengan celular, sino su uso dentro del salón de clases. Contempla dos excepciones: cuando el alumno esté en una situación de riesgo o tenga un problema de salud, y cuando el maestro programe su uso como parte de la clase.

Cuotas escolares, bajo revisión

En la misma comparecencia, a pregunta de la diputada Dolores Robles Chairez, López Sierra informó que la SEGE atiende denuncias sobre las cuotas “voluntarias” que cobran las asociaciones de padres de familia. En los casos que involucran a directivos se levanta un acta administrativa y se da parte a la unidad de asuntos jurídicos de la Secretaría.

También lee: Restricción de celulares en aulas también aplicará a maestros: SEGE

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Tribunal Electoral sanciona por primera vez violencia política contra jueza electa

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A tres meses de la resolución, las sanciones a favor de Fátima Viera siguen sin cumplirse

Por: Redacción

El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) sancionó a tres profesionales del derecho por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género contra Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, jueza segunda de lo familiar del Poder Judicial del Estado. Es la primera sentencia de este tipo en la entidad a favor de una juzgadora electa por voto popular.

La resolución, dictada el 16 de julio de 2026 en el expediente TESLP/PSE/01/2026, concluyó que hubo violencia verbal, simbólica y psicológica basada en elementos de género. Según el tribunal, buscaba desacreditar la capacidad profesional de la jueza, intimidarla y menoscabar sus derechos político-electorales.

Los hechos ocurrieron el 16 de diciembre de 2025. Las tres personas irrumpieron en el Juzgado Segundo de lo Familiar durante una diligencia y profirieron insultos, amenazas y expresiones discriminatorias contra la titular. La agresión se extendió a redes sociales, donde circularon videos del episodio.

El tribunal fijó un límite: el derecho a cuestionar las decisiones judiciales y la libertad de expresión no justifican amenazas, agresiones sexistas ni actos de intimidación contra mujeres que ocupan cargos públicos.

Por qué es un precedente

La reforma judicial llevó a las urnas la elección de jueces y magistrados. Como Viera es jueza electa, el caso se resolvió como violencia política, la figura que protege los derechos político-electorales de quienes llegan a un cargo por votación.

El reconocimiento no llegó a la primera. La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una determinación previa del tribunal local y le ordenó emitir una nueva resolución. En ella se acreditó finalmente la responsabilidad de las tres personas denunciadas.

Lo que falta por cumplir

A tres meses de la sentencia, las sanciones siguen pendientes. Incluyen una amonestación pública y una disculpa a la jueza, que debe publicarse en un periódico de amplia circulación en San Luis Potosí y en las redes sociales de las personas sancionadas. También incluyen su inscripción durante un año y seis meses en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).

Tampoco se ha impartido la capacitación obligatoria en la materia, que le corresponde a la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado.

Fátima Alvizo, abogada y representante legal de la jueza, señaló que el caso muestra lo que les cuesta a las mujeres defender sus derechos político-electorales: represalias, desgaste y largos procesos institucionales.

Alvizo afirmó que no basta con una sentencia favorable. Dijo que las autoridades deben garantizar que se cumpla, para que las mujeres no carguen, además de las agresiones, con el costo de exigir justicia.

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