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SLP | ¿Existe una red que obliga a niños a pedir dinero?
Autoridades cierran los ojos a la mendicidad forzada en San Luis Potosí
Por: El Saxofón
Tras la publicación en redes sociales de un video en el que se observa a niñas y niños mendigando en los cruceros de la Avenida Industrias, y a un par de sujetos vigilándolos y exigiéndoles una cuota de seiscientos pesos, diversas instituciones, encabezadas por el DIF estatal se dieron a la tarea de recorrer diversos puntos de la ciudad para ir en “rescate”, de estos menores que, probablemente, son víctimas de una red de explotación infantil y trata de personas que opera en el estado.
Mediante un boletín de prensa, las autoridades estatales pretendieron hacer ver que están tomando cartas en el asunto e hicieron un “respetuoso llamado” a las autoridades municipales a hacer su parte aplicando el Bando de Policía y Buen Gobierno. El texto, bastante escaso de información, solo refiere las autoridades que participaron en los recorridos, aclara que estos ya se venían haciendo por parte de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNA), y añade que, de ahora en adelante, la Comisión para prevenir la trata de personas, sesionará cada 15 días para atender este problema.
El comunicado omitió algunos datos importantes, por ejemplo: ¿cuántos niños fueron atendidos? ¿De qué manera se garantizará que no vuelvan a ser explotados? Y, muy importante: ¿hay abierta una investigación por el delito de trata de personas en su modalidad de mendicidad forzada?
El pasado 22 de septiembre, antes de que los videos se volvieran virales en las redes sociales, el DIF estatal difundió un comunicado de prensa, titulado “DIF estatal realiza recorridos por cruceros para proteger derechos de NNA”, con un subtítulo que rezaba: “A las autoridades municipales también les corresponden este tipo de acciones.”
Sobra decir que el gobierno encabezado por el alcalde Xavier Nava Palacios no se dio por aludido, y más de diez días después no ha emprendido ninguna acción para frenar la explotación infantil que se registra a la vista de ciudadanos y autoridades en los cruceros más importantes de la capital.
Dicho comunicado señala que, “El personal de la Procuraduría se acerca a madres, padres o personas adultas que acompañan a niñas, niños o adolescentes, para conminarles a que los retiren de esta situación, ya que representa un peligro para ellas y ellos”.
Este párrafo hace suponer que no hay una investigación abierta por el delito de trata de personas, pues se presume que quienes acompañan a los menores son sus madres y/o padres, sin embargo, al emplear la expresión “personas adultas”, abre la posibilidad de que quienes “acompañan” a los llamados niños pedigüeños, no tengan ninguna relación de parentesco con estos, lo cual implicaría que hay un esquema de explotación o bien de coacción para obligar a estos menores a pedir dinero a automovilistas y transeúntes.
Sobre el delito de mendicidad forzada hay pocos datos oficiales pero muchas evidencias en la vida diaria. Niños vestidos con ropas viejas y sucias pueden verse en distintos puntos de la ciudad, pidiendo dinero; también es posible identificar a sus “cuidadores”, e incluso a quienes los trasladan a bordo de camionetas o autos a los cruceros en los cuales deberán pasar varias horas hasta juntar la cantidad que les exigen sus explotadores.
En Avenida Industrias, Capitán Caldera, Av. Muñoz, Venustiano Carranza, 18 de Marzo, Av. Reforma, Rutilo Torres, Carretera 57, Salvador Nava rumbo a la carretera Guadalajara, y en Himno Nacional, se puede observar a los menores acercarse a los vehículos para solicitar una moneda.
Por ahora se habla de niños, pero estas redes también explotan a migrantes o presuntos migrantes, personas discapacitadas, así como a personas adultas mayores. Se trata de un negocio, y quienes lo encabezan, hasta ahora, gozan de total impunidad.
El artículo 24 de la Ley General contra la trata de personas establece que “Será sancionado con prisión de 4 a 9 años y de 500 a 20 mil días multa, a quien utilice a una persona para realizar actos de mendicidad.
“Se entiende por explotación de la mendicidad ajena, obtener un beneficio al obligar a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad, recurriendo a la amenaza de daño grave, un daño grave o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, o el engaño.
“Si se utiliza para mendicidad forzada a personas menores de dieciocho años, mayores de setenta, mujeres embarazadas, personas con lesiones, enfermedades o discapacidad física o psicológica, se impondrá pena de 9 a 15 años de prisión y de un mil a 25 mil días multa”.
Larga lista de instituciones y funcionarios omisos
En agosto pasado, el Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio Montesinos A. C., y el Observatorio para Prevenir y Combatir la Trata de Personas, publicaron el informe “Legislación, política pública, y trata de personas. Informe de la situación en 6 estados de la república”, que incluye a San Luis Potosí. El documento deja constancia de las omisiones de las autoridades locales:
SEGE culpa al Covid-19
“Con la finalidad de conocer las actividades realizadas por parte de la Secretaría de Educación, se realizó la solicitud con número de folio 00912783, en la cual fue
requerida la siguiente información: ¿Cuántos módulos de prevención del delito de
trata de personas han realizado para prevenir la trata en escuelas? ¿Se ha creado
el protocolo de detección y prevención de la trata? ¿Se han registrado las
estadísticas sobre posibles casos de trata de personas? ¿Se ha capacitado al
personal en materia de trat a? Solicitud a la que se respondió que por motivos de la contingencia sanitaria (COVID-19) no se contaba con esa información en ese momento.
Se le solicitó también información a los ayuntamientos de los municipios del Estado acerca de ¿Qué ha hecho el municipio en torno a la detección, prevención, atención de las personas víctimas de trata?, solicitudes de las cuales no se recibió respuesta alguna.
DIF estatal calla
Al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de San Luis Potosí, se le solicitó la información sobre: ¿Qué acciones de prevención han realizado para prevenir la trata de niños, niñas y adolescentes en San Luis Potosí de 2017-2020?, solicitud a la cual no se recibió ninguna respuesta .
De igual manera se le solicitó información al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de los municipios, a los que se les preguntó ¿Qué acciones de prevención han realizado para prevenir la trata de niños, niñas y adolescentes en San Luis Potosí?
Legislación y autoridades responsables
La Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas; y para la Protección y Asistencia de las Víctimas de estos delitos, para el estado de San Luis Potosí fue publicada en el Periódico Oficial, el jueves 30 de agosto de 2018, sin embargo, la primera versión de esta ley data del 2011. Desde entonces, no hay registro de sentencias condenatorias por el delito de trata de personas, mucho menos, en su forma de mendicidad forzosa.
Según la ley, es obligación de la Procuraduría para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNA) Investigar sobre la existencia de cualquier manifestación de trata de personas en agravio de menores, personas adultas, con o sin discapacidad, y personas adultas mayores; lo que hará del inmediato conocimiento del Ministerio Público.
Instituciones y funcionarios omisos
Además del DIF y la PPNA, la ley incluye una larga lista de dependencias que deben coadyuvar en la atención, prevención y erradicación de este delito, entre las que destacan: la Secretaría General de Gobierno, a cargo de Alejandro Leal Tovías; la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a cargo de Manuel Lozano Nieto; el Instituto de las Mujeres, a cargo de Érika Velazquez, la Secretaría de Turismo, a cargo de Arturo Esper Sulaiman; el Instituto Potosino de la Juventud, a cargo de Luis Fernando Alonso; el Instituto del Atención a Migrantes, a cargo de Enrique Malacara; la Comisión Estatal de Atención a Víctimas del Delito, que dirige Jorge Vega Arroyo; la Coordinación Estatal de Atención a Pueblos Indígenas; la Procuraduría General de Justicia que dirige Federico Garza, la Secretaría de Seguridad, cuyo titular es Jaime Pineda, entre otras.
Todos ellos, hasta ahora, han sido omisos en atender el delito de trata de personas en lo tocante a mendicidad forzada.
De las autoridades a las que el Centro de Estudios Sociales y Culturales Antonio Montesinos les solicitó información, solo la Secretaría General de Gobierno respondió, diciendo que se habían implementado una serie de medidas que incluyen capacitaciones a funcionarios y a la población sobre el delito de trata en general.
De la información entregada, se destaca que en 2017, se atendieron a 69 posibles víctimas de trata, de las cuales, solo 3 eran en la modalidad de mendicidad forzosa.
De 2017 a 2019 se abrieron en total 14 carpetas de investigación por el delito de trata de personas, de las cuales no se conoce cuantas sentencias se lograron.
Técnicas de investigación
Si bien es difícil identificar si las personas que están en mendicidad forman parte de algún esquema de explotación, la Ley estatal para prevenir, sancionar y erradicar la trata, da herramientas a las autoridades para hacer su trabajo.
En el Capítulo II Técnicas de investigación de la citada ley, el artículo 26 refiere las facultades del Ministerio Público en las indagatorias de presuntos casos de esta naturaleza y lo obliga, entre otras cosas, a procurar:
- Extracción segura de la víctima del lugar de los hechos o de donde se encuentra, con la aplicación más amplia de medidas de protección a la dignidad, libertad, seguridad, y demás derechos humanos de ésta;
- Identificación del modus operandi de los involucrados;
- Obtención de elementos probatorios antes, durante y posterior a la extracción segura de la víctima;
Del mismo modo lo faculta, para: I. Solicitar la intervención de comunicaciones, en términos de la legislación federal o local aplicable; y III. Autorizar el seguimiento de personas hasta por un período de un mes, el cual podrá ser prorrogado siempre que existan motivos suficientes, entre otras cosas.
Hay una gran cifra negra en cuanto al delito de trata de personas en todas sus modalidades. Cuando hablamos de trata, lo primero en lo que pensamos es en la prostitución, pero hay al menos once modalidades de trata de personas, la que más se denuncia es la explotación laboral (jornaleros, campos agrícolas), pero la más silenciosa y más difícil de probar es la mendicidad forzada, pues, en un país como México, dicen los expertos, al tratar de castigar este delito, se corre el riesgo de criminalizar la pobreza. Lo cierto es que en la realidad, existen redes que pueden ser familiares, pero también organizaciones criminales que se aprovechan de la necesidad de las personas, las movilizan y las obligan a mendigar exigiéndoles cuotas bajo amenazas o agresiones. Que la incapacidad o torpeza de las autoridades les impida evitar y castigar este delito, no quiere decir que debamos dejarlo pasar.
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Tribunal Electoral tumba registro a Somos
Además, ordenó al Congreso del Estado legislar para que los partidos nacionales recién inscritos puedan recibir financiamiento estatal
Por: Redacción
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (Teeslp) revocó la inscripción local del partido Somos, antes Somos México, y el financiamiento público estatal que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) le había asignado. La revocación es “para efectos”: el CEEPAC deberá repetir el procedimiento de inscripción y emitir un nuevo dictamen.
La resolución se votó por unanimidad este 9 de octubre, en el recurso de revisión que presentó Morena contra dos acuerdos que el CEEPAC aprobó en agosto. Uno inscribió a Somos como partido político nacional en el estado y el otro le asignó recursos públicos estatales. El proyecto fue del magistrado Sergio Iván García Badillo y lo respaldaron la magistrada presidenta, María Carolina López Rodríguez, y la magistrada Denisse Adriana Porras Guerrero, sin debate.
Qué hizo mal el CEEPAC
Según la sentencia, el CEEPAC no revisó la solicitud como lo ordena la ley. Le pidió a Somos un requisito que la ley electoral no contempla, el certificado de su registro anterior. Al mismo tiempo, no le requirió algo que la ley sí exige: el domicilio oficial de su comité directivo estatal. Además, le dio un plazo para cumplir más adelante, algo que la ley tampoco prevé.
En cuanto al dinero, el Tribunal concluyó que el CEEPAC confundió dos figuras distintas. El registro corresponde a los partidos locales; la inscripción, a los partidos nacionales que quieren participar en el estado. El CEEPAC le asignó el financiamiento a Somos con base en el artículo 158 de la ley electoral, que aplica a los partidos con registro local. Por eso, dijo el Tribunal, el acuerdo no tenía sustento legal.
Un pendiente para el Congreso
Al revisar el caso, el Tribunal encontró que la ley electoral del estado no establece cómo dar financiamiento a los partidos nacionales de reciente inscripción, aunque la Constitución federal lo ordena. A esto se le llama una omisión legislativa. Por eso, la sentencia vincula al Congreso del Estado para que legisle sobre el tema.
En la misma sesión, el Tribunal desechó sin entrar al fondo un recurso del propio Somos. Su dirigencia estatal, encabezada por Francisco Javier Nava Palacios, pedía que el financiamiento se le calculara desde el 1 de julio de 2026, cuando el INE le otorgó su registro nacional, y no desde septiembre. Como el acuerdo del financiamiento ya había sido revocado en el caso de Morena, el Tribunal consideró que ya no había materia para resolver.
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Gallardo advierte que hasta 10 municipios no cerrarán bien el año
Ricardo Gallardo dijo que el Estado no podrá atender todas las solicitudes de préstamo y adelanto de prestaciones
Por: Redacción
Entre nueve y 10 municipios de San Luis Potosí tienen problemas financieros para cerrar el año, advirtió Ricardo Gallardo Cardona, gobernador del Estado, quien anticipó que el Gobierno del Estado no podrá cumplirles a todos los que le piden apoyo.
“Se nos empiezan a llenar las cartitas de solicitudes de préstamos o de adelanto de prestaciones de muchos municipios, y va a ser difícil poderles cumplir a todos”, dijo.
Sobre las finanzas estatales, afirmó que el Gobierno del Estado cerrará el año sin problemas: tiene listos aguinaldos, pensiones y pagos a proveedores.
Gallardo explicó que en los dos primeros años de su administración el Estado les “hizo una vaquita” a los municipios: les recortaba un poco del presupuesto durante el año y se los entregaba al final, para que cubrieran sus obligaciones sin pedir préstamos.
Después, en una reunión, los municipios pidieron recibir sus recursos completos y organizarse por su cuenta. Así se hizo el año pasado y, según el gobernador, no funcionó: “No se organizaron, no valió gorro, no guardaron lo que tenían que guardar y ya estaban pidiendo varios dineros”.
“Esta ocasión fue lo mismo, se les entregó completo prestaciones, y ahorita el problema es que varios no van a salir con sus compromisos”, señaló.
Los municipios ya han buscado otras vías de liquidez. En junio, la Comisión de Hacienda del Congreso del Estado rechazó solicitudes de adelanto del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) de municipios como Santa Catarina, Tampacán, Rayón y Tamasopo.
También lee: Comisión de Hacienda rechaza créditos del FAIS para cinco municipios
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Cupido pierde terreno: Por cada 3 parejas que se casan en SLP, una se divorcia
Los divorcios aumentaron 8.3 % en el estado, mientras en el país bajaron 4.1 %
Por: Ana G Silva
En San Luis Potosí, por cada tres matrimonios registrados durante 2025 hubo aproximadamente un divorcio, de acuerdo con las estadísticas de Matrimonios y Divorcios del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
Durante el año pasado se celebraron 11 mil 055 matrimonios en el estado, mientras que se registraron 3 mil 829 divorcios. La relación fue de 34.6 divorcios por cada 100 matrimonios, equivalente a casi un divorcio por cada tres bodas.
La proporción aumentó respecto a 2024, cuando se registraron 32 divorcios por cada 100 matrimonios. El cambio ocurrió principalmente porque los divorcios crecieron mientras las bodas prácticamente se mantuvieron sin variación.
En 2025 hubo 292 divorcios más que el año anterior, un incremento de 8.3%. En contraste, los matrimonios apenas aumentaron en 17 casos.
La tendencia potosina también contrasta con la nacional. Mientras San Luis Potosí registró un aumento de 8.3% en sus divorcios, en México disminuyeron 4.1% durante el mismo periodo.
La mayoría se separa sin alegar una causa
Dentro de los divorcios registrados en San Luis Potosí, el divorcio incausado fue la modalidad predominante.
En 2025 se contabilizaron 2 mil 983 divorcios incausados, 459 más que en 2024, lo que representa un incremento de 18.2%.
Esta modalidad permite que una sola de las partes solicite el divorcio sin t ener que justificar una causa y representó 77.9% de todas las separaciones legales registradas en el estado
.En 2024, los divorcios incausados representaban 71.4% del total, por lo que su peso dentro de las separaciones aumentó en un año.
En sentido contrario, los divorcios por mutuo consentimiento disminuyeron. Pasaron de 956 casos en 2024 a 845 en 2025, una reducción de 11.6%.
SLP, por encima del promedio nacional
La tasa de divorcios en San Luis Potosí fue de 1.9 por cada mil habitantes de 18 años y más, por encima de la tasa nacional de 1.7.
Con este indicador, el estado ocupó el lugar 11 entre las 32 entidades, empatado con Yucatán y Zacatecas. Campeche presentó la tasa más alta, con 4.4 divorcios por cada mil habitantes adultos.
En cuanto a los matrimonios, la tasa potosina fue de 5.6 por cada mil habitantes de 18 años y más, ligeramente superior a la nacional de 5.4. San Luis Potosí ocupó el lugar 18 en este indicador.
También aumentan las bodas entre personas del mismo sexo
De los 11 mil 055 matrimonios registrados en San Luis Potosí durante 2025, 161 fueron entre personas del mismo sexo: 104 entre mujeres y 57 entre hombres.
Estas uniones representaron 1.5% de todos los matrimonios celebrados en el estado, por encima del 1.3% registrado a nivel nacional.
Las cifras corresponden a las estadísticas anuales de Matrimonios y Divorcios 2025 del INEGI, elaboradas a partir de los registros de las oficialías del Registro Civil y de los juzgados familiares, civiles y mixtos.
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