Congreso del Estado
Se analizará la iniciativa de castración química para violadores: “Chiquis” Fernández
El diputado potosino aseguró que hay países como el Reino Unido y España que ya tienen una legislación similar a la impulsada por el gobernador Ricardo Gallardo
Por: Redacción.
El coordinador del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Congreso del Estado, el diputado José Luis Fernández Martínez, anunció que en la primera quincena del mes de septiembre del presente año, se llevarán a cabo una serie de foros para comenzar con el análisis y discusión de la iniciativa que busca aplicar la castración química para violadores en San Luis Potosí.
Explicó que por el momento las y los legisladores de la fracción parlamentaria del PVEM, “nos encontramos confluyendo con algunos de las y los ponentes que estarían participando durante el desarrollo de los foros, donde se invitaría a participar en la primera etapa a las instancias vinculadas con el tema como lo son el Poder Judicial (PJE), la Fiscalía General de Justicia (FGE), la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), Asociaciones Religiosas, universidades públicas y privadas, así como asociaciones de activistas y organizaciones sociales”.
El legislador Fernández Martínez, recordó que la iniciativa para aplicar la castración química para violadores es impulsada por el gobernador Ricardo Gallardo, quien busca que en San Luis Potosí no sólo se inhiba, sino que se sancione la comisión de este delito, principalmente en perjuicio de menores de edad.
También aclaró que se estarán desarrollando una serie de foros, tomando en cuenta que el Congreso del Estado tiene el compromiso de impulsar, “los parlamentos abiertos, para tomar en cuenta la opinión de los especialistas en la materia, pero sobre todo de la población en general”.
Reconoció que una vez que se presente dicha iniciativa, “seguramente se abrirá una gran debate, críticas y posturas diferentes y encontradas al objetivo que se persigue, sin embargo, es necesario que desde el Congreso del Estado se mantenga una postura receptiva para buscar lo que mejor convenga a la sociedad y sobre todo, del trabajo que de una u otra forma, busca disminuir y prevenir la violación y homicidios”.
El diputado José Luis Fernández destacó que “hay países como el Reino Unido y España que ya tienen esta legislación, hay países que lo tienen como una opción, entonces hay mucha información de comparación con otras partes del mundo”.
Se refirió a la Ley de Movilidad y dijo que al igual que la iniciativa para la aplicación de la castración química a violadores, se encuentra en las comisiones correspondientes con el objeto de ser discutida.
“En lo particular, en lo referente a la Ley de Movilidad, se sigue dialogando con distintos actores, porque tiene varios aspectos que tendrán que ser consultados tanto con pueblos indígenas como con personas con discapacidad, esperando que para el próximo periodo ordinario de sesiones pueda ser aprobada como parte del compromiso y de la agenda legislativa”, puntualizó.
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Congreso del Estado
Proponen en SLP sanciones por uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores
La diputada Diana Ruelas dijo que se busca privilegiar la protección a la salud de las personas
Por: Redacción
La diputada Diana Ruelas propuso una iniciativa para adicionar disposición a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en materia de derecho a la protección de la salud de las personas, en relación a sanciones por uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores.
La iniciativa propone incluir, en el apartado relacionado a los derechos de las personas a una vida saludable, la obligación para el Estado de proteger y promover el derecho fundamental a la salud de sus habitantes coadyuvando, en el ámbito de su competencia, y en los términos y condiciones que señale la Constitución Federal y leyes en la materia, respecto a la sanción de las actividades relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que en México, en el año 2021 la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, emitieron una alerta sanitaria por el uso de cigarros electrónicos comúnmente llamados vapeadores, en la que advertían sobre los daños respiratorios, cardiovasculares y mutagénicos, indicando que además ninguno de estos productos cuenta con ninguna autorización sanitaria.
Posteriormente, el 31 de mayo de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, de este tipo de productos.
Ahora bien, el 17 de enero de 2024 se dieron a conocer en el Diario Oficial de la Federación dos adiciones al texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que tuvo el respaldo de la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas, por lo cual es importante el realizar una homologación a estas disposiciones en la legislación estatal.
La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales.
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Congreso del Estado
Patrullas y elementos de seguridad pública contarán con cámaras de videovigilancia
La diputada Jacquelinn Jauregui indicó que esto proporcionará pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de las funciones policiales
Por: Redacción
A iniciativa de la diputada Jacquelinn Jauregui, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 154 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer que podrán instalar dispositivos de videograbación en los vehículos operativos de las corporaciones de seguridad pública y en los propios elementos de seguridad pública.
Esto, con el fin de dejar registro de la actividad desplegada en el ejercicio de sus funciones.
En el dictamen respectivo, se indica que la implementación de cámaras de videograbación en los vehículos operativos al servicio de corporaciones policiales se ha convertido en una herramienta clave para documentar su actuación y brindar certeza tanto a la ciudadanía como a los propios elementos de seguridad.
Precisa que el uso de videograbaciones ha demostrado ser un mecanismo eficaz para prevenir abusos, esclarecer hechos y fortalecer la confianza de la población en sus instituciones de seguridad. Además, de proporcionar pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de sus funciones.
Asimismo establece la diferencia entre los términos video vigilancia y videograbación; mientras la video vigilancia es una herramienta tecnológica que, a través de cámaras de video localizadas estratégicamente e interconectadas entre sí, permiten apoyar la operación y despliegue policial, la persecución y prevención de los delitos, la atención de emergencias o documentar faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública. La videograbación se refiere al proceso de capturar y almacenar imágenes en movimientos con o sin sonido, en un medio electrónico, cuya finalidad primordial es la de preservar y en su caso reproducir esas imágenes.
En ese sentido y con base en las anteriores definiciones es que esta Ley reforma el término videograbación, con el fin de que quien detecte la comisión de un delito por medio de sistemas de video vigilancia lo reporte inmediatamente a las autoridades competentes, debiendo resguardar la videograbación hasta por un año.
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Congreso del Estado
Las personas que integran en consejo ciudadano de la CEDH no podrán ser consideradas servidores públicos
Fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Por: Redacción
En sesión del Congreso del Estado fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en relación a la integración del Consejo Ciudadano de dicho organismo, a fin de establecer que las personas que integran dicho consejo serán regidas por el artículo 49 de la ley y no podrán ser considerados servidores públicos.
El dictamen, presentado por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, tiene como finalidad reafirmar el carácter ciudadano y honorífico del Consejo de dicho organismo, para dar certeza jurídica, evitar interpretaciones erróneas que burocraticen su naturaleza, y preservar su función como órgano de representación de la sociedad civil en la supervisión y definición de políticas públicas en materia de derechos humanos.
El texto vigente del artículo 39 de la Ley establece que el Consejo está compuesto por ciudadanas y ciudadanos, representando a la sociedad civil, y que tiene como funciones discutir, guiar, decidir y supervisar las políticas públicas en materia de derechos humanos. Sin embargo, no establece con claridad que sus integrantes no tienen la calidad de servidores públicos, lo cual ha dado lugar a interpretaciones ambiguas, que han afectado el normal funcionamiento del órgano.
Actualmente, se ha considerado como servidores públicos a los integrantes del consejo de la comisión de derechos humanos, lo que ha provocado confusión normativa. Por ello, se propuso adicionar al artículo 39 el siguiente enunciado: “…quienes no podrán ser considerados Servidores Públicos”.
Con esta modificación, se precisa de manera expresa la naturaleza ciudadana y honorífica del Consejo, evitando con ello cualquier interpretación errónea que tienda a burocratizar su labor y desnaturalizar su papel como representante auténtico de la sociedad civil.
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