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¿Ricardo Gallardo puede ser sometido a la revocación de mandato?
El gobernador ha dicho que estaría dispuesto a participar de ese proceso después de su tercer año de mandato. Aquí te contamos qué tendría que pasar
Por: Ana G Silva y Karina González
La consulta para la revocación de mandato es un proceso que, en México, hoy en día ya está está considerado y reglamentado dentro la Constitución por lo que tanto el presidente de la República como los gobernadores pueden ser sometidos a ella poco después de la mitad de sus gobiernos. El próximo 27 de marzo es muy probable que el mandato de Andrés Manuel López Obrador sea puesto bajo escrutinio, proceso que además es promovido por el propio presidente, lo que ha levantado opiniones encontradas, pues por un lado sus simpatizantes consideran que es un instrumento democrático que permitirá validar o no sus acciones, mientras que la oposición lo ve como una herramienta de propaganda.
En el caso de San Luis Potosí, Sergio Serrano, dirigente local de Morena, ha instado a la y los congresistas de su partido a que impulsen una consulta similar durante el tercer año de gobierno de Ricardo Gallardo. ¿Qué tan viable es? ¿Qué necesita para ocurrir? ¿Quién la impulsaría? ¿Qué opina el gobernador?…
La serie de pasos que llegar a la consulta deben ser definidos por los congresos locales para el caso de los gobernadores, por lo que que revisar la cronología del virtual proceso al que se someterá López Obrador puede ser un parámetro de cómo se aplicaría:
Desde el 1 de noviembre y hasta el 15 de diciembre, en todo el país inició un proceso de recolección de firmas de apoyo para que se realice la consulta de revocación de mandato del presidente, esto es impulsado por los propios partidario de Andrés Manuel, que requieren de las rúbricas del 3% del padrón electoral, es decir 2 millones 758,227. De conseguirlas, el Instituto Nacional Electoral (INE) tendrá a su cargo la organización de la consulta el próximo 27 de marzo. Para que la revocación surta efecto se requieren dos cosas: que participe el 40% de la lista nominal y que el 51% de los y las participantes decidan quitar al gobernante.
De acuerdo con Juan Manuel Ramírez, consejero del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), desde diciembre del 2019, se realizaron modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 35 y 116: en el primero se incorpora el derecho de los ciudadanos de poder participar en consultas populares y revocación de mandato del titular del Ejecutivo federal; mientras que en el segundo se ordena o establece que el Poder Legislativo de las entidades federativas deben establecer y emitir la normatividad correspondiente para que pueda ser sujeta a revocación de mandato al titular del poder ejecutivo del estado.
Con esto, se establece que la solicitud de revocación de mandato ya es un derecho en todo el país, no obstante, por lo que si es impulsado y consigue las firmas tendría que realizarse. Ricardo Gallardo Cardona, en entrevista para La Orquesta, aseguró que está dispuesto a someterse a la consulta después de la mitad de su sexenio.
El gobernador señaló que “todo mandato popular podría someterse a este tipo de consultas para que sea el ciudadano quien decida quién se queda y quién se va de la función pública de acuerdo su desempeño”.
Juan Manuel Ramírez explicó que los congresos de los estados deberán emitir las leyes correspondientes para que sea efectivo el derecho de los ciudadanos a solicitar una votación de revocación de mandato, acción que no se ha realizado en San Luis Potosí: “Es una tarea pendiente que tiene el Congreso del Estado, entonces las entidades locales dentro de los 18 meses que entró en vigor el decreto, que fue en diciembre del 2019, deberían garantizar ese derecho modificando las leyes correspondientes o emitiéndose”.
El consejero del Ceepac reiteró que no es necesario que se presente una iniciativa en el Congreso del Estado para que sea legislada, sino que solo se tiene que establecer el procedimiento el cual se debe realizar durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del mandatario, “en el caso del gobernador Ricardo Gallardo Cardona en el estado tendría que ser en el 2024”.
Ramírez señaló que el Congreso también debe establecer que la solicitud se lleve a cabo por ciudadanos, el porcentaje de la lista de electores y el plazo para recabar las firmas: “a partir de eso el Consejo Estatal Electoral tendría que establecer una serie de lineamientos como pasó en el INE para poder presupuestar y prevenir cómo se ejecutará”.
El consejero explicó que la consulta no se puede realizar durante una jornada electoral, por lo que en el caso de que se solicitara en San Luis Potosí, tendría que ser antes de la elección del 2024.
Ricardo Gallardo se mostró dispuesto a ser escrutado, incluso dijo que apoyará la recolección de firmas para que se realice la consulta de revocación de Andrés Manuel López Obrador: “Vamos a apoyar desde el gobierno del estado el proceso con módulos para la recolección de firmas y cuando llegue el tema de nosotros, lo haremos también, si es necesario”, finalizó.
¿QUÉ DICE LA OPOSICIÓN?
El diputado Rubén Guajardo Barrera, coordinador de la bancada del PAN en el Congreso de San Luis Potosí, reconoció que existe el ordenamiento de las instancias federales para que se legisle en el ámbito local las reglas y procedimientos para una revocación de mandato la cual tiene que ser resuelta en menos de 10 meses:
“Obligatoriamente por mandato del Congreso federal, se tiene que legislar la revocación de mandato a nivel local, sería a la mitad de la administración de Ricardo Gallardo en 2024, yo espero que para finales de 2022 podamos tener un nuevo proyecto de ley electoral aprobado por la mayoría y que se incluya este tema”.
Guajardo Barrera señaló que lo más sano sería armonizar lo que ya está establecido a nivel nacional en el proceso: “es decir que se requiera un tres por ciento del padrón para realizarse y que no pueda inmiscuirse un partido político para solicitar la consulta, porque esta debe ser una demanda de los ciudadanos, al final el gobernador está electo para seis años, Gallardo”.
Por su parte, el congresista Juan Francisco Aguilar Hernández, dirigente estatal del PAN, argumentó que el tema de la revocación de mandato aún no se ha conversado en su partido, aunque indicó que su agenda se enfocará con las directrices del Comité Ejecutivo Nacional para armonizar con la Constitución.
El legislador calificó como una “vacilada” la revocación de mandato tanto a nivel nacional y local, pues lo considera un gasto excesivo de dinero dinero:
“Al final del día, por lo menos ahora, la voluntad del electorado fue para elegir al gobernador durante 6 años, entonces creo que sería incluso inconstitucional a la mera hora decirle que no, que siempre por 3 años, porque la voluntad del pueblo fue elegir a Ricardo Gallardo por 6 años. Estoy convencido que la temporalidad que pueda durar el gobernador, no solo de San Luis Potosí, sino de todos los estados, que son 6 años tiene una razón, a veces en el tiempo de los alcaldes de 3 años no se pueden llegar a concretar los planes de trabajo ni el plan de desarrollo toda vez que casi siempre se te va gran parte del primer año en presentar el plan de desarrollo, ejecutarlo, los créditos, etcétera”.
Aguilar Hernández hizo un llamado a no gastar dinero en revocaciones de mandato, pues existen otras necesidades en la población: “Creo que no podemos gastar recurso público para una revocación de mandato y definitivamente no es nada práctico y lo hemos visto a nivel nacional”.
Finalmente, Rubén Guajardo coincidió con su compañero de partido en que estos procesos pueden tener altos costos, aunque argumentó que está de acuerdo con este proceso “siempre y cuando sean llevados conforme a derecho y con un procedimiento jurisdiccional apegado a los órganos de quienes organizan los procesos electorales”.
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Mataperros de Soledad obtiene amparo y evita su detención
Aunque la Fiscalía ya había obtenido una orden de aprehensión, un juez federal le concedió una suspensión dentro de un juicio de amparo
Por: Redacción
El hombre señalado por presuntamente haber matado a balazos a dos perros en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez no será detenido por el momento, luego de obtener una suspensión federal dentro de un juicio de amparo que frena la ejecución de la orden de aprehensión girada en su contra.
Así lo confirmó María Manuela García Cázares, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien explicó que la dependencia ya había integrado la carpeta de investigación por presunto maltrato animal y conseguido una orden de captura emitida por un juez de Control. Sin embargo, antes de que ésta pudiera ejecutarse, el imputado recurrió a la justicia federal.
La fiscal detalló que el Juzgado de Distrito concedió una suspensión para evitar que el hombre sea detenido mientras se resuelve el procedimiento de amparo, aunque la protección judicial está condicionada al cumplimiento de diversas medidas.
Entre ellas, deberá cubrir una garantía económica y acudir periódicamente ante la autoridad judicial para acreditar que permanece a disposición de la justicia: “Está concedida la suspensión para efecto de que no se le detenga”, señaló García Cázares.
La funcionaria precisó que la orden de aprehensión sigue vigente y podría ejecutarse si el acusado incumple cualquiera de las condiciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación.
Por ahora, el caso que provocó indignación entre colectivos animalistas y usuarios de redes sociales permanece en una fase de espera, mientras las autoridades verifican que el imputado cumpla con las obligaciones derivadas del amparo.
El hecho ocurrió recientemente en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez, donde dos perros fueron asesinados a balazos, un caso que generó una fuerte condena pública y reavivó el debate sobre las sanciones por maltrato animal en San Luis Potosí.
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SSPCE cuestiona a jueces que liberan a detenidos por delitos graves
Jesús Juárez aseguró que muchas liberaciones no obedecen a errores policiales, sino a decisiones judiciales
Por: Redacción
Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, criticó los criterios utilizados por algunos jueces federales para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a personas detenidas por delitos graves, al considerar que estas resoluciones debilitan el trabajo de las corporaciones de seguridad y pueden representar un riesgo para la ciudadanía.
El funcionario sostuvo que, en diversos casos, las liberaciones no obedecen a fallas en las detenciones realizadas por policías estatales o municipales, sino a decisiones tomadas posteriormente por las autoridades judiciales: “La situación de la liberación no tiene que ver incluso con la actuación policial”, afirmó.
Juárez explicó que las corporaciones suelen realizar investigaciones, operativos y puestas a disposición conforme a los procedimientos establecidos; sin embargo, señaló que algunos jueces optan por imponer medidas cautelares que permiten a los imputados enfrentar sus procesos en libertad.
Según el titular de Seguridad, existe una tend encia de algunos juzgadores a privilegiar criterios garantistas sobre la prisión preventiva, incluso en asuntos relacionados con delitos de alto impacto o portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
“Entiendo yo, es una percepción, que hay jueces federales muy garantistas; prefieren dar otra medida en libertad que la prisión preventiva”, expresó.
El secretario advirtió que este tipo de resoluciones generan frustración entre los cuerpos de seguridad, debido a que muchas detenciones son resultado de meses de investigación, seguimiento e inteligencia operativa.
Además, aseguró que las corporaciones han documentado casos en los que personas liberadas posteriormente reinciden en actividades delictivas, situación que consideró especialmente preocupante cuando deriva en nuevos hechos violentos.
“Lo hemos visto. Son liberados y luego privan de la vida a otra persona. Es lo más grave y es lo que deberían considerar los jueces federales o locales”, señaló.
Juárez Hernández consideró que cuando existen elementos que acreditan la portación de armas largas o la probable participación en delitos de alto impacto, los juzgadores deberían analizar con mayor firmeza la aplicación de la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, para evitar que los imputados continúen operando mientras enfrentan un proceso penal.
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Fiscalía de SLP investiga un aborto practicado fuera del plazo legal
El caso fue detectado por una clínica del IMSS tras atender a una mujer con sangrado después de las doce semanas de embarazo.
Por: Redacción
De los cinco abortos que reportó el Secretariado de Seguridad en lo que va del año, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) tiene abierta una sola carpeta de investigación penal, correspondiente a un procedimiento practicado fuera del límite legal de doce semanas, confirmó María Manuela García Cázares, titular de la dependencia.
El Congreso del Estado, en cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reformó la legislación local en materia de aborto: el procedimiento es legal antes de las doce semanas de gestación y puede practicarse en los centros hospitalarios autorizados. A partir de esa semana se considera delito.
El único caso bajo investigación este año fue detectado por una denuncia de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): una mujer llegó con sangrado y se determinó que el aborto había sido provocado después del límite legal. García Cázares no precisó en qué municipio ocurrió ni si hay personas imputadas.
Los otros cuatro registros del Secretariado no han llegado a la Fiscalía. La titular explicó que corresponde a la Secretaría de Salud verificar que los procedimientos se hayan practicado dentro de las doce semanas antes de que puedan ser atendidos en los centros autorizados.
En cuanto a quienes obliguen a una mujer a abortar —otro supuesto previsto en el Código Penal— García Cázares recordó el caso del año pasado: un médico que practicó un aborto ilegal y causó la muerte de la paciente. No informó si ese proceso concluyó ni cuál fue su resolución.
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