julio 8, 2026

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Congreso del Estado

Reforma para que el Ejército siga en las calles avanza en SLP

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El Congreso ya dio cuenta del proyecto de decreto

Por: Redacción

El Congreso del Estado en Sesión Ordinaria, se dio cuenta de recepción de la minuta de proyecto de decreto que reforma el artículo Quinto Transitorio, del decreto que modifica diversas disposiciones de la Constitución Federal en materia Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 26 de marzo de 2019, enviado por la Cámara de Diputados.

Esta modificación establece que, “Durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanentemente en tareas de seguridad pública”; añade que la fuerza armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil, establecida en el artículo 21 de esta Constitución.

La modificación agrega que conforme a lo planteado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la participación deberá ser: Extraordinaria, de tal manera que se acredite la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma justificada por la autoridad civil; Regulada, para que cumpla con  un estricto apego al orden jurídico previsto en esta Constitución, en las leyes y los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma; Fiscalizada, de manera que exista la constante revisión o supervisión a través de la rendición de cuentas; Subordinada y complementaria, de tal forma que las labores de apoyo que la Fuerza Armada preste a las instituciones de seguridad pública, sólo puedan realizarse en su auxilio o complemento, y se encuentren fundadas y motivadas.

Las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

El Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral que proporcione los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

La comisión se reunirá cada vez que convoque la Directiva para la emisión del dictamen semestral y convocará, si así lo requiere, a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina. El dictamen evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas para la participación de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad pública y deberá señalar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia permanente de las Fuerzas Armadas en estas labores.

La comisión bicamaral remitirá a cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión los dictámenes semestrales para su discusión y aprobación; una vez aprobados, se remitirán al Ejecutivo Federal.

La Cámara de Senadores al analizar y aprobar los informes anuales sobre las actividades que la Guardia Nacional le rinda el Ejecutivo Federal, evaluará la participación de la Fuerza Armada permanente al amparo del presente artículo transitorio, con el fin de garantizar que en la conclusión del plazo señalado, la Fuerza Armada permanente concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública asuman a plenitud las facultades establecidas en el artículo 21 de la presente Constitución.

Las personas titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, enviarán anualmente a las correspondientes legislaturas locales y al Consejo General de Seguridad Pública la evaluación integral. Los resultados de esas evaluaciones serán la base para los ajustes del referido programa y su calendario de ejecución, por los órganos correspondientes.

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Congreso del Estado

Proponen castigar con 8 años de prisión a quien genere pánico con disparos o explosivos en SLP

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Las penas aumentarían si las víctimas son menores, mujeres, adultos mayores o personas con discapacidad

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer la seguridad de las personas en espacios públicos, ante armas de fuego, detonación de artefactos explosivos o utilizando sustancias químicas o inflamables, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira presentó una iniciativa de reforma al artículo 169 del Código Penal del Estado, en el capítulo relacionado a la exposición al peligro.

Se indica que se comete el delito de exposición al peligro quien, sin causa justificada, coloque en situación de peligro, zozobra o de inseguridad a cualquier persona, disparando armas de fuego, detonando otros artefactos explosivos o utilizando sustancias químicas o inflamables, en enfrentamientos, riñas, peleas, asaltos, persecuciones indebidas, y todos aquellos eventos que produzcan el mismo resultado, en lugares públicos, de acceso público, de tránsito o donde concurra la gente, o bien, cuando se realice desde un lugar privado hacia aquellos. Independientemente de otros delitos que le resulten.

Se proponen sanciones de cuatro a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de cuatrocientos a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

Además, establece que las penas previstas se incrementen hasta en una mitad cuando el delito se cometa en contra de niñas, niños, adolescentes, mujeres por razones de género, adultos mayores o personas con discapacidad; se realice en las inmediaciones o el interior de centros educativos, de salud, de asistencia social, recintos oficiales o de espectáculos públicos,

o que el sujeto activo sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, de seguridad privada o de las fuerzas armadas.

Las mismas penas se aplicarán a quien realice las conductas descritas utilizando armas réplica, de aire, de gas o de cualquier otra naturaleza que, por sus características exteriores, sean aptas para coaccionar o intimidar, simulando ser armas de fuego reales.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que la delincuencia ha sofisticado sus métodos de coacción. La utilización de sustancias químicas, ácidas o altamente inflamables como herramientas de intimidación y agresión en entornos urbanos es una realidad que exige una respuesta legislativa contundente.

El marco jurídico vigente no contempla estas modalidades de puesta en peligro con la especificidad requerida, lo que obliga a los juzgadores a realizar la reclasificación del delito o, peor aún, en la liberación del imputado por atipicidad de la conducta, situación que se busca corregir con esta iniciativa.

La iniciativa se turnó a la Comisión Primera de Justicia para su análisis. 

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Congreso del Estado

Diputado propone crear el Sistema Estatal de Cuidados en SLP

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Busca reconocer el trabajo de cuidados no remunerado, realizado principalmente por mujeres

Por: Redacción

El diputado Marco Antonio Gama Basarte presentó una iniciativa para expedir la Ley del Sistema Estatal de Cuidados de San Luis Potosí, con la que se busca hacer operativa la reforma constitucional que reconoce el derecho al cuidado en la entidad.

La propuesta plantea la creación del Sistema Estatal de Cuidados y del Padrón Estatal de Cuidados, mecanismos que tendrían como objetivo coordinar políticas públicas dirigidas tanto a las personas que requieren apoyo para realizar sus actividades cotidianas como a quienes desempeñan labores de cuidado.

De acuerdo con la iniciativa, el sistema estaría integrado por instituciones públicas, municipios, familias, comunidad y sector privado, bajo un modelo de corresponsabilidad para atender las necesidades de cuidado de la población.

Entre los objetivos del proyecto se encuentra reconocer el trabajo de cuidados no remunerado, visibilizar la aportación histórica que realizan principalmente las mujeres en esta labor y garantizar derechos tanto para las personas cuidadoras como para quienes requieren atención.

La propuesta también contempla establecer las bases para coordinar programas y políticas públicas en materia de cuidados, definir las atribuciones de las autoridades estatales y municipales, así como promover la capacitación y profesionalización de las personas cuidadoras.

Asimismo, busca impulsar un cambio cultural que fomente la corresponsabilidad en las tareas de cuidado y elimine estereotipos de género asociados a estas actividades.

El legislador señaló que la iniciativa fue estructurada para dotar al estado de un marco jurídico que permita implementar de manera efectiva el derecho al cuidado reconocido recientemente en la Constitución local.

El proyecto fue turnado a las comisiones de Salud y Asistencia Social y Derechos Humanos del Congreso del Estado para su análisis y eventual dictaminación.

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Congreso del Estado

Buscan reformar la ley para la prevención, tratamiento y control de las adicciones en el estado

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Se pretende garantizar que el sistema estatal de salud trate al paciente desde una perspectiva integral y no solo punitiva: dip. Luis Felipe Castro

Por: Redacción

Con la finalidad de hacer eficientes las acciones de rehabilitación de adicciones, el diputado Luis Felipe Castro Barrón presentó una iniciativa que busca reformar la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones para el Estado en sus artículos 23 y 35.

El legislador indicó que con estas reformas, se busca armonizar el ordenamiento local con la Ley General de Salud, para eliminar el estigma y garantizar que el sistema estatal de salud trate al paciente desde una perspectiva integral y no solo punitiva.

En su exposición de motivos, el diputado señala que la evidencia clínica establece que las adicciones a sustancias psicoactivas, no son eventos aislados de la conducta, sino trastornos de la salud mental con bases neurobiológicas, como de hecho ya es contemplado en la Ley General de Salud.

La iniciativa de reforma a la Ley estatal para la Prevención, Tratamiento y Control de las Adicciones, busca transitar de un modelo de “control social” a uno de “derecho a la salud”. Se señala que la terminología “Prevención y Control” sugiere una vigilancia sobre el individuo, y lo que la propuesta busca es posicionar al paciente como un sujeto de derechos.

En lo que se refiere a la especialización del personal profesional que tiene contacto con pacientes consumidores de sustancias psicoactivas

, se propone que el tema se centre en la capacitación médica y su validación respecto de conocimientos concretos para el tratamiento del síndrome por abstinencia; se propone que los directivos encargados d centros de atención, sean auxiliados por médicos capacitados en toxicología y crisis de abstinencia para asegurar que la atención en crisis sea científica, que hagan valoración médica y referencia hospitalaria cuando la condición clínica del paciente así lo requiera.

Por otra parte, la iniciativa propone la integración de un Padrón Público de Establecimientos Residenciales de Tratamiento, el cual deberá estar disponible y actualizado en la página electrónica oficial de la Secretaría de Salud del Estado.

El legislador indica que esta medida no solo faculta a la ciudadanía para tomar decisiones informadas en momentos de crisis familiar, sino que funciona como un mecanismo de control social y fiscalización activa sobre la legalidad de dichos espacios.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Salud y Asistencia Social.

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