diciembre 22, 2024

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Congreso del Estado

Reforma para que el Ejército siga en las calles avanza en SLP

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El Congreso ya dio cuenta del proyecto de decreto

Por: Redacción

El Congreso del Estado en Sesión Ordinaria, se dio cuenta de recepción de la minuta de proyecto de decreto que reforma el artículo Quinto Transitorio, del decreto que modifica diversas disposiciones de la Constitución Federal en materia Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 26 de marzo de 2019, enviado por la Cámara de Diputados.

Esta modificación establece que, “Durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanentemente en tareas de seguridad pública”; añade que la fuerza armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil, establecida en el artículo 21 de esta Constitución.

La modificación agrega que conforme a lo planteado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la participación deberá ser: Extraordinaria, de tal manera que se acredite la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma justificada por la autoridad civil; Regulada, para que cumpla con  un estricto apego al orden jurídico previsto en esta Constitución, en las leyes y los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma; Fiscalizada, de manera que exista la constante revisión o supervisión a través de la rendición de cuentas; Subordinada y complementaria, de tal forma que las labores de apoyo que la Fuerza Armada preste a las instituciones de seguridad pública, sólo puedan realizarse en su auxilio o complemento, y se encuentren fundadas y motivadas.

Las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.

El Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral que proporcione los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.

La comisión se reunirá cada vez que convoque la Directiva para la emisión del dictamen semestral y convocará, si así lo requiere, a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina. El dictamen evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas para la participación de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad pública y deberá señalar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia permanente de las Fuerzas Armadas en estas labores.

La comisión bicamaral remitirá a cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión los dictámenes semestrales para su discusión y aprobación; una vez aprobados, se remitirán al Ejecutivo Federal.

La Cámara de Senadores al analizar y aprobar los informes anuales sobre las actividades que la Guardia Nacional le rinda el Ejecutivo Federal, evaluará la participación de la Fuerza Armada permanente al amparo del presente artículo transitorio, con el fin de garantizar que en la conclusión del plazo señalado, la Fuerza Armada permanente concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública asuman a plenitud las facultades establecidas en el artículo 21 de la presente Constitución.

Las personas titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, enviarán anualmente a las correspondientes legislaturas locales y al Consejo General de Seguridad Pública la evaluación integral. Los resultados de esas evaluaciones serán la base para los ajustes del referido programa y su calendario de ejecución, por los órganos correspondientes.

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Congreso del Estado

No incrementarán tarifa a usuarios de Interapas en sectores populares para el 2025

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El Congreso del Estado aprobó el decreto de las cuotas y tarifas para el ejercicio fiscal 2025 del Interapas

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó el Decreto que establece la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado, Saneamiento y Servicios Conexos del Organismo Operador Descentralizado Intermunicipal Metropolitano en esos Rubros, de los municipios de Cerro de San Pedro, San Luis Potosí y Soledad de Graciano Sánchez, S.L.P., para el Ejercicio Fiscal 2025.

La diputada Nancy Jeanine García, presidenta de la Comisión del Agua de la LXIV Legislatura, explicó que se aplicó un ajuste del 5 al 6 por ciento en los rubros de doméstico tipo residencial, comercial e industrial, sin incremento en los rubros doméstico y sectores populares.

Señaló que esto quiere decir, que del padrón de usuarios de 410 mil, el 70 por ciento de quienes no van a tener ningún tipo de aumento y, además se establecen incentivos fiscales para deudores morosos de los años 2024 y anteriores, de los servicios doméstico y comercial, que van del 50 al 30 por ciento de forma escalonada.

Este programa se denominará “Acaba tu deuda de una vez”, es aplicable a las y los usuarios de cuentas de uso doméstico y comercial, que tengan adeudos de pago por conceptos de agua potable, drenaje y tratamiento durante el año 2024 y anteriores.

De esta manera, se indica que para uso doméstico, se establecen los rangos de adeudo, de $ 1,000.01 a $10,000.00, corresponde al 50% de descuento; de $ 10,000.01 a $20,000.00, el 45% de descuento; de $ 20,000.01 a $30,000.00 el 40% de descuento; de $ 30,000.01 a $40,000.00 el 35% de descuento; y de $ 40, 000.01 en adelante 30% de descuento.

En cuanto a uso comercial, en adeudo de 1,000.01 a $50,000.00 el 50% de descuento; de $ 50,000.01 a $100,000.00 el 45% de descuento; de $ 100,000.01 a $200,000.00 40% de descuento; $ 200,000.01 a $300,000.00 el 35% de descuento; y de $ 300,000.01 en adelante 30% de descuento.

Para ser beneficiado por este programa, las y los usuarios de cuentas de uso doméstico y comercial, deberán cubrir en una sola exhibición el pago de la cantidad correspondiente al adeudo total menos el incentivo fiscal al momento de presentarse ante el Organismo Operador a solicitar su adhesión al programa, correspondiente a cuotas generadas en el año 2024, y anteriores.

También se considera un incentivo fiscal del 100 por ciento en la contratación del servicio doméstico; y del incentivo fiscal del 50 por ciento para las personas adultas mayores, personas con discapacidad, madres solteras en rubro doméstico, cuando no se exceda de los 25 metros cúbicos bimestrales.

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Congreso del Estado

Congreso del Estado aprueba el Paquete Económico 2025

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Habrá mayor inversión pública, ya que se refleja un incremento de mil mdp al pasar de 11 mil mdp en 2024 a 12 mil millones en 2025

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó el Paquete Económico 2025, diseñado para fortalecer áreas clave como la educación, desarrollo social, desarrollo económico, salud, seguridad pública, campo e infraestructura, en congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo y garantizando finanzas públicas sanas y estables.

Así lo afirmó la secretaria de Finanzas, Ariana García Vidal, quien resaltó que el Paquete Económico 2025 responde a las demandas de los potosinos, con recursos suficientes para continuar con la construcción del nuevo San Luis Potosí, priorizando sectores estratégicos y atendiendo las necesidades más apremiantes. Este presupuesto incluye propuestas de los diputados, quienes detectaron áreas de oportunidad para optimizar los recursos de manera justa con beneficio directo a la sociedad.

Dijo que habrá mayor inversión pública, ya que se refleja un incremento de mil millones de pesos al pasar de 11 mil millones de pesos en 2024 a 12 mil millones de pesos en 2025, que serán destinados para obras prioritarias para el Estado, asegurando un impacto positivo en infraestructura y servicios.

Habrá incrementos en áreas prioritarias como educación con un 9.9 por ciento que representan mil 583 millones de pesos adicionales. La Universidad Autónoma de San Luis Potosí UASLP tendrá un incremento del 3.8 por ciento, con 102 millones de pesos adicionales para fortalecer la educación superior. El presupuesto para los municipios incrementará mil 590 millones de pesos, equivalente a un 17.5 por ciento más para impulsar el desarrollo local.

Se prevé una asignación específica de 194 millones de pesos en reserva dentro del presupuesto educativo para el tema de telesecundarias.

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Congreso del Estado

#SeLogró | Mujeres ya pueden practicarse abortos en centros de salud de SLP

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El Congreso local aprobó la interrupción legal del embarazo en la entidad que obliga a las instituciones de salud pública a brindar el servicio de manera gratuita

Por: Ana G Silva

Con 19 votos a favor y cinco en contra, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la interrupción legal del embarazo, luego de modificar el artículo 16 de la Constitución que protegía la vida desde la concepción, además de que se reformó la Ley de Salud para que las mujeres o personas gestantes puedan acudir a las instituciones de salud pública para que les brinden este derecho de forma gratuita.

El artículo reconoce la vida digna como fundamento de todos los derechos de los seres humanos; con ello, queda prohibida la pena de muerte, la cual no podrá aplicarse en ningún caso. Toda persona tiene derecho a decidir sobre su gestación de manera libre, informada, autónoma y responsable.

El Sistema Público de Salud proporcionará los servicios necesarios para la interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, en cumplimiento a la NOM-046- SSA2-2005, cuando la mujer o la persona gestante lo solicite.

Con la finalidad de que la mujer o persona gestante esté en condiciones de decidir sobre su maternidad de manera libre y voluntaria, informada, autónoma y responsable, las instituciones de salud pública pondrán a su disposición servicios de atención médica de calidad, psicológica y social, con información objetiva, veraz, suficiente y oportuna de las opciones, alternativas y apoyos con que cuentan las mujeres y personas gestantes; así como de los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de la interrupción del embarazo, siempre que esta sea solicitada dentro de las primeras doce semanas de gestación.

Además cuando la persona gestante decida practicarse la interrupción del embarazo, las instituciones de salud pública habrán de efectuarla de manera inmediata, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables.

Las instituciones de salud pública atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a todas las mujeres y personas gestantes solicitantes, aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado. El servicio tendrá carácter universal, gratuito y sin condicionamiento alguno.

En la práctica clínica para la interrupción del embarazo, las instituciones de salud pública deberán promover, garantizar, respetar y proteger la no discriminación, la confidencialidad y privacidad de las mujeres y personas gestantes solicitantes.

Será obligación de las instituciones públicas de salud garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal de salud. Las instituciones de salud pública, en el marco de sus atribuciones, promoverán políticas públicas relacionadas con el ejercicio del aborto seguro, y la educación integral en sexualidad, en plena observancia con los derechos humanos.

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