Estado
La basura de Danone acaba en ladrilleras de SLP
A pesar de su slogan “Un planeta. Una salud”, la empresa francesa contamina el estado con sus residuos
Por: Redacción
Según un reportaje publicado por el portal La Capital Informativa, firmado por Roberto Rocha, la basura generada por la planta de la empresa francesa Danone contamina a San Luis Potosí, esto debido a que los desechos son abandonados en tiraderos y utilizados como combustible en hornos para ladrillos al norte de la ciudad, ocasionando un daño al medio ambiente.
En dicho reportaje, se detalla que las ladrilleras de Las Terceras y la comunidad Milpillas, se encontró basura industrial proveniente de la planta Danone; misma que funciona con la razón social Innovation Packaging and Process SA de CV, ubicada en el Eje 136 número 240, Zona Industrial en Villa de Pozos.
La basura encontrada en hornos ladrilleros se detalla de la siguiente forma: envases sellados del producto Ocean Spray, bobinas de empaque de Tetra Pak, algunas de ellas carbonizadas; cajas de prueba e instrucciones de uso de la empresa Tetra Pak, pasta desechada de la fabricación de V8 Splash, archivo muerto con los logos de Danone y hasta caldos de cultivo de pruebas de laboratorio realizadas en la planta del Eje 136, en la Zona Industrial.
La empresa Danone México fue cuestionada por dicha información y aseguró que en San Luis Potosí el desecho de los residuos se hace con un tercero; lo cual fue conformado con los reportes de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) del gobierno del estado de San Luis Potosí.
A pesar de lo anterior, según Segam, Danone generó en el primer semestre de 2020 un total de 43.9 toneladas y 15 mil 678 piezas de desechos industriales. Sin embargo, en todo el segundo semestre de 2020, Innovation Packaging and Process SA de CV no informó a la autoridad de ecología estatal el volumen de sus desechos industriales.
Pese a que, los procesos de disposición final de basura de la planta de Danone en el estado están en dependencia de otras empresas, el Reglamento de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí en Materia de Residuos Industriales no Peligrosos marca, en su artículo 35: “Una vez depositados los residuos industriales no peligrosos bajo alguno de los sistemas a que se refiere el Artículo 33 (confinamientos controlados o celdas especiales en rellenos sanitarios), el generador y, en su caso, la empresa de servicios de manejo contratada para la disposición final, deberán presentar a la Secretaría (de Ecología y Gestión Ambiental) un reporte mensual con la siguiente información: I.- Cantidad, volumen y naturaleza de los residuos industriales no peligrosos depositados; II.- Fecha de disposición final; y III.- Ubicación del sitio de disposición final dentro de la celda de confinamiento”.
Es así que, a pesar de que Danone tenga a una empresa subcontratada para deshacerse de sus desechos, la compañía sigue teniendo responsabilidad y hay una violación mayor, por no presentar el reporte de residuos los últimos seis meses del año 2020.
El artículo 41 del Reglamento de la Ley Ambiental del Estado de San Luis Potosí en Materia de Residuos Industriales no Peligrosos señala que “se deberá evitar la contaminación del suelo que se produce al liberar al ambiente residuos industriales no peligrosos, ya que de producirse este evento se podrán presentar riesgos a los elementos naturales y a la salud humana, por lo que la Secretaría podrá requerir el saneamiento de los sitios contaminados, de manera fundada y motivada con base en las Normas Técnicas Ambientales y demás disposiciones aplicables correspondientes”.
A pesar de las inconsistencias en la Ley Ambiental de San Luis Potosí, en su página web, Danone dice tener una línea de denuncia de actos de corrupción ligados a la empresa, “Emmanuel Faber, Chairman & CEO Danone; y Bertrand Austruy, Vicepresidente Ejecutivo de Grupo Danone, nos muestran el compromiso y la importancia que tiene para el grupo el actuar de manera ética en todos los ámbitos y a todos los niveles. Así como el cumplimiento de normativas, legislación, políticas internas”.
Por último, cabe recordar que Danone va en contra de su slogan “One planet. One health”, que en español significa “Un planeta. U
na salud”, pues el uso de tiraderos industriales y su posterior quema en hornos ladrilleros afecta a la ecología y salud de los potosinos.
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Estado
Congreso del Estado capacita a ayuntamientos para Ejercicio Fiscal 2027
El objetivo fue fortalecer los conocimientos y las capacidades técnicas de las personas servidoras públicas municipales
Por: Redacción
El Congreso del Estado a través de las comisiones Primera y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal, en coordinación con el Instituto de Fiscalización Superior del Estado, llevó a cabo el curso de capacitación para la Elaboración de las Leyes de Ingresos y Valores Unitarios de Suelo y Construcción para el Ejercicio Fiscal 2027, en el museo Laberinto de las Ciencias y las Artes.
Asistieron las y los presidentes municipales de varios ayuntamientos, el auditor superior Joaquín Rodrigo Lecourtois López; la titular del Instituto Registral y Catastral, Yahaira Martínez Martínez
; así como tesoreros, regidores y funcionarios de áreas diversas de los 59 ayuntamientos del estado de San Luis Potosí, que por primera vez se reunieron en un evento de esta magnitud.
El objetivo fue fortalecer los conocimientos y las capacidades técnicas de las personas servidoras públicas municipales, mediante el análisis de los aspectos normativos, financieros y técnicos que intervienen en la elaboración de las leyes de ingresos municipales.
Estado
Vero Rodríguez culpa al “cochinero de Morena” de la crisis del INE
Responsabilizó a Morena por las modificaciones legales que concentraron facultades en la presidencia del INE
Por: Redacción
La senadora por San Luis Potosí, Verónica Rodríguez Hernández, responsabilizó a Morena por la crisis que atraviesa el Instituto Nacional Electoral (INE) tras la salida de Guadalupe Taddei de su presidencia, en medio de señalamientos por presuntas irregularidades y actos de corrupción.
Durante su intervención en la tribuna del Senado de la República, la legisladora panista aseguró que la situación del organismo electoral es consecuencia de las modificaciones legales impulsadas por Morena, que permitieron concentrar atribuciones en la presidencia del instituto.
“El día en que cayó Taddei gracias al cochinero de Morena”, expresó.
Rodríguez Hernández cuestionó que el oficialismo pretenda deslindarse de decisiones que, desde su perspectiva, debilitaron los mecanismos de control del instituto. Explicó que las modificaciones al artículo 45 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) otorgaron a la presidencia del INE facultades para nombrar y remover de manera unilateral a los titulares de direcciones ejecutivas y unidades técnicas, sin el consenso del Consejo General.
En ese contexto, informó que el Grupo Parlamentario del PAN presentó una iniciativa para restablecer los contrapesos institucionales. La propuesta establece que los nombramientos estratégicos cuenten con el respaldo de al menos ocho de los once integrantes del Consejo General.
La iniciativa también contempla un procedimiento extraordinario para revisar los nombramientos de titulares de direcciones ejecutivas y unidades técnicas dentro de los 30 días posteriores a la entrada en vigor de la reforma, con el objetivo de evaluar su idoneidad y desempeño.
La senadora sostuvo que la salida de Taddei no debe significar el cierre de las investigaciones sobre los presuntos actos de corrupción y las irregularidades señaladas durante su gestión.
“No pueden venir aquí a lavarse las manos y a pretender no hablar de los temas importantes en esta tribuna”, reclamó.
Rodríguez Hernández insistió en que Morena debe asumir su responsabilidad política por la concentración de facultades en la presidencia del INE. Exigió además que la designación de la nueva presidencia del organismo se realice con absoluta transparencia, para que la persona elegida cuente con independencia y credibilidad.
Advirtió que, de cara al proceso electoral de 2027, el país necesita un árbitro imparcial que garantice elecciones libres, transparentes y democráticas. Por ello consideró indispensable corregir los problemas institucionales y evitar que las decisiones del organismo dependan de una sola persona.
La legisladora reiteró que Acción Nacional exigirá que las investigaciones lleguen hasta las últimas consecuencias y que la renovación de la presidencia del INE sirva para fortalecer su autonomía.
“El INE le pertenece a los ciudadanos”, sentenció.
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Destacadas
Fechas de precampañas a gobernador discrepan entre el INE y Ley Electoral potosina
Mientras el INE establece que las precampañas para la gubernatura serán del 4 de enero al 12 de febrero, una reforma aprobada por el Congreso local fija el periodo del 20 de enero al 8 de febrero; la discrepancia podría provocar impugnaciones, sanciones y conflictos sobre la validez de los actos de precampaña
Por: Jorge Saldaña
La reforma electoral aprobada por el Congreso de San Luis Potosí el pasado 12 de agosto abrió una controversia jurídica frente al calendario establecido por el Instituto Nacional Electoral (INE) para las elecciones de 2027, debido a que ambas disposiciones contemplan fechas distintas para la realización de las precampañas a la gubernatura.
De acuerdo con el calendario publicado por el INE, las precampañas para elegir a quien sucederá en la gubernatura deberán desarrollarse del 4 de enero al 12 de febrero de 2027, con una duración de 40 días naturales. Sin embargo, la reforma a la Ley Electoral del Estado establece que comenzarán el 20 de enero y concluirán el 8 de febrero, reduciendo el periodo a solamente 20 días.
La discrepancia adquiere relevancia porque el Consejo General del INE aprobó el 30 de julio de 2026 el acuerdo INE/CG478/2026, mediante el cual ejerció su facultad de atracción para homologar las fechas de conclusión de las precampañas locales y estableció el 12 de febrero como límite para San Luis Potosí.
La determinación federal, aprobada antes de la reforma estatal, también vinculó a los organismos públicos locales electorales a adecuar sus calendarios conforme a las fechas homologadas.
En consecuencia, la diferencia plantea un problema sobre el alcance de las facultades de las autoridades electorales federales y locales.
Aunque los congresos estatales tienen atribuciones para regular la duración de las precampañas, deben ejercerlas conforme a la Constitución federal y la legislación general electoral.
Por ello, la reforma potosina podría generar controversias sobre su compatibilidad con el acuerdo de homologación del INE, particularmente respecto de la fecha de conclusión de las precampañas.
Partidos y aspirantes podrían enfrentar sanciones
Por ejemplo, si un partido inicia actos de precampaña el 4 de enero, conforme al calendario publicado por el INE, podría enfrentar denuncias por presuntos actos anticipados, debido a que la legislación estatal establece el inicio hasta el 20 de enero.
De manera similar, las actividades realizadas del 9 al 12 de febrero podrían ser cuestionadas, ya que esas fechas se encuentran comprendidas en el calendario federal, pero fuera del plazo establecido en la reforma local.
Las consecuencias podrían incluir procedimientos sancionadores, amonestaciones, multas y controversias sobre la validez de los procesos internos.
En el caso de las personas aspirantes, también podrían generarse problemas para clasificar y reportar gastos de precampaña, especialmente cuando las actividades se realicen en fechas consideradas válidas por una autoridad, pero controvertidas frente a otra disposición.
En circunstancias específicas previstas por la legislación, las infracciones graves en materia de fiscalización pueden tener consecuencias sobre el registro de candidaturas. Sin embargo, ninguna sanción se produciría automáticamente por la sola existencia de calendarios contradictorios.
CEEPAC, ante el reto de definir un calendario
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) enfrenta una de las principales implicaciones de esta diferencia normativa, al ser el organismo encargado de organizar las elecciones locales y establecer las condiciones operativas para las distintas etapas del proceso.
El decreto de reforma establece que el organismo electoral debe adecuar su normatividad dentro de los 90 días naturales posteriores a su entrada en vigor.
Sin embargo, cualquier calendario que apruebe deberá considerar tanto la legislación estatal vigente como las disposiciones obligatorias emitidas por el INE.
Si el CEEPAC adopta las fechas establecidas en la reforma local, podría enfrentar cuestionamientos por su incompatibilidad con la fecha de conclusión homologada por el organismo nacional. Por el contrario, si mantiene el calendario federal sin resolver su relación con la ley estatal, sus acuerdos también podrían ser impugnados.
Entre sus posibles consecuencias se encuentran conflictos de fiscalización y procedimientos sancionadores relacionados con actos realizados durante los días en disputa.
La discrepancia alcanza diputaciones y ayuntamientos
El problema podría ser todavía mayor en las elecciones de diputaciones locales y ayuntamientos.
Mientras el calendario publicado por el INE contempla que esas precampañas concluyan el 12 de febrero de 2027, la reforma estatal establece un periodo del 4 al 23 de febrero.
Esto significa que, para estas elecciones, la legislación local permitiría actividades de precampaña durante 11 días posteriores al cierre homologado por el organismo nacional.
La situación también podría repercutir en las candidaturas independientes, debido a las modificaciones legales relacionadas con los plazos para recabar apoyo ciudadano.
De mantenerse sin aclaración, las diferencias de fechas podrían ocasionar impugnaciones por posibles afectaciones a los derechos político-electorales de las personas participantes.
Incertidumbre debe resolverse antes de enero
De acuerdo a las fechas y normativas, resulta necesario que el INE y el CEEPAC aclaren formalmente cuál será el calendario aplicable y qué disposiciones regirán la fiscalización y los procedimientos internos.
La cuestión central es si debe mantenerse la fecha de conclusión del 12 de febrero establecida por el INE o prevalecer el periodo del 20 de enero al 8 de febrero aprobado por el Congreso potosino.
Mientras no exista una definición institucional clara, los partidos y aspirantes enfrentarán el riesgo de realizar actividades cuya legalidad podría ser cuestionada posteriormente ante los tribunales electorales.
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