agosto 5, 2025

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Congreso del Estado

Diputado propone que se provean de transporte gratuito a estudiantes en localidades

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Edmundo Torrescano detalló que con la iniciativa se busca cubrir al 100% el tema de asistencia

Por: Redacción

El diputado Edmundo Torrescano Medina impulsa una iniciativa para reformar el artículo 96; y adicionar los artículos, 7° Bis, 7° Ter, y 97 Bis de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de apoyar a estudiantes de niveles de educación básica que se encuentran en zonas de atención prioritarias, donde el traslado a sus escuelas representa una dificultad y un gasto económico fuerte para ellos y sus familias.

Mediante esta iniciativa, se propone que las autoridades en materia de transporte público, provean en las localidades rurales transporte público gratuito, a niñas, niños y adolescentes, evitando a las y los menores de edad caminatas mayores a 30 minutos o un kilómetro para educación primaria y 60 minutos o tres kilómetros para educación secundaria y media superior, con el fin de garantizar el derecho a la movilidad y el derecho a la educación.

El dipitado indió que las autoridades en materia de transporte público, establecerán los requisitos para que las personas prestadoras del servicio público de transporte, garanticen un servicio seguro y de calidad, de acuerdo con requerimientos técnicos de seguridad para su operación con base en los principios rectores de la presente ley, a fin de resguardar la vida, salud e integridad física de toda persona.

El legislador señaló que con la iniciativa, se busca cubrir al 100% el tema de asistencia, especialmente en aquellas alumnas y alumnos que el trasladarse desde sus hogares a los centros educativos para asistir a clase, representa un reto y un gasto económico fuerte, tanto para ellos como sus familias.

Edmundo Torrescano destacó que la movilidad es una necesidad básica y social, y también un derecho fundamental que debe estar garantizado, en igualdad de condiciones a toda la población, sin diferencias derivadas del poder adquisitivo, condición física o psíquica, género o edad o cualquier otra causa.

El derecho a la movilidad, se encuentra consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: “Toda persona tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad”.

Es un fenómeno que merece una visión integral ya que guarda una estrecha relación entre el entorno determinado en el que viven las personas, las alternativas con las que cuentan para llevar a cabo sus desplazamientos, así como con la planeación de los asentamientos humanos y el desarrollo.

Por ello, la movilidad debe ser abordada también desde el punto de vista de su función en el combate de la desigualdad social y en la generación de inclusión y equidad social. La iniciativa se turnó a la Comisión de Comunicaciones y Transportes para su análisis.

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Congreso del Estado

Congreso busca regular hoteles, spas y guarderías para mascotas

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Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de incorporar la regulación del hospedaje de animales y las estancias en guarderías, hoteles o spas para mascotas, para asegurar el cumplimiento y la efectividad de los estándares de bienestar animal.

 

El dictamen, presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente que preside la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, establece que se consideran como guarderías, hoteles, spas y pensiones, los espacios físicos en los que se ofrecen diversos servicios para el cuidado y atención de animales de compañía por un tiempo determinado.

 

Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios; deberán contar con: zona de alimentación, centro de atención médica, espacio de aseo, área de descanso, y zona recreativa.

 

En estas instalaciones se evitará poner especies distintas, en la misma área de atención, y estará prohibido alojar animales con enfermedades infecto contagiosas.

 

Se indica que con esta adición a la legislación estatal, se proporciona una base sólida para establecer y hacer cumplir requisitos mínimos de higiene, espacio, alimentación, atención veterinaria y trato adecuado, garantizando así que todos los establecimientos operen con un nivel de calidad aceptable.

 

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Congreso del Estado

Diputada plantea prohibir venta de medicamentos sin receta a niños en SLP

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La diputada Martha Patricia Aradillas propuso reformar la Ley de Salud del Estado para plantear aplicar multas a quienes cometan estos actos

Por: Redacción

La Comisión de Salud y Asistencia Social del Congreso del Estado, analiza la iniciativa con Proyecto de Decreto que plantea reformar el artículo 383 y adicionar el artículo 27 TER a la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de prohibir y sancionar la venta de medicamentos sin receta médica a niñas, niños y adolescentes.

La iniciativa presentada por la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, plantea reformar el artículo 27 TER, y establece que “queda prohibida la venta y suministro de medicamentos sin receta médica a niñas, niños y adolescentes, de lo contrario, se aplicara la sanción correspondiente establecida en la presente Ley.

La reforma al artículo 383, plantea “sancionar con multa equivalente de veinte hasta seis mil veces la unidad de medida y actualización vigente, la violación a las disposiciones contenidas en los artículos, 27 BIS, 27TER, 44, 100, 109, 110, 111, 116, 117, 199, 200, 204, 205, 206, 213, 215, 216, 243, 244, 245, 246, 247, 248, 249, 250, 251, 252, 265, 266, 267, 268, 271, 272, 274 y 300 de esta Ley”.

La diputada Martha Patricia Aradillas, señaló que el uso indebido e intencional de medicamentos de venta libre es también un problema serio entre los jóvenes.

Actualmente nuestra legislación permite la venta de medicamentos sin prescripción médica a niñas, niños y adolescentes; sin embargo, muchas de la ocasiones no resulta conveniente que en las farmacias se les otorguen los medicamentos, debido a que en la actualidad, suelen ser utilizados para aliviar su tristeza o aburrimiento o bien, buscar atención o validarse en las redes sociales al participar en los retos popularizados en plataformas dando como resultado la muerte u hospitalización de  los involucrados dejándolos con daños en la salud.

Diversos estudios han demostrado que el consumo no regulado de medicamentos entre adolescentes ha aumentado, en mucho de estos casos resultan ser con fines no terapéuticos.

Por ello, resulta de suma importancia que se prohíba y sancione la venta de medicamentos sin receta médica a niñas, niños y adolescentes evitando que sigan consumiendo con fines distintos a los que suelen tener.

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Congreso del Estado

Escuelas deberán implementar programas permanentes contra el consumo de drogas

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En San Luis Potosí, el consumo inicia desde los 13 años, especialmente con alcohol y marihuana

Por: Redacción

Las instituciones educativas del nivel básico y medio, tendrán que implementar programas de prevención y concientización sobre los daños que provoca a la salud el consumo de drogas.

Recientemente el Congreso del Estado aprobó reformas a  la fracción VI del artículo 54 de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, que establece: “Se debe prevenir el delito y las adicciones, mediante el diseño, ejecución de programas y campañas de información y concientización con carácter permanente sobre los daños que provoca el consumo de sustancias psicoactivas, alcohol y tabaco”.

El Poder Legislativo establece que es necesario que el Estado, siga implementando políticas públicas para atacar desde edades muy tempranas el consumo de sustancias psicoactivas tanto legales, como ilegales, por lo que es importante seguir implementado programas y campañas de concientización de manera permanente que vayan dirigidas a todos los estudiantes de nuestro estado, para así erradicar su consumo para las y los estudiantes de primaria, secundaria y bachillerato.

En la exposición de motivos, se establece que desafortunadamente en San Luis Potosí se ha identificado el consumo de sustancias psicoactivas comienza a partir de los 13 y 14 años; en donde destaca el consumo de bebidas alcohólicas y mariguana.

Se advierte que la Organización Panamericana de la Salud (OPS), ha definido a las sustancias psicoactivas como diversos compuestos naturales o sintéticos, que actúan sobre el sistema nervioso generando alteraciones en las funciones que regulan pensamientos, emociones y el comportamiento.

El daño asociado por el consumo de sustancias psicoactivas, a corto o a largo plazo, depende de la interacción de un conjunto de factores, como sustancia y forma de consumo, las características personales, físicas y psicológicas, del consumidor, pero también del contexto social en el que se produce el consumo.

Por ello, es importante que las instituciones educativas con el apoyo del sector salud, implementen implementar programas de prevención y concientización sobre los daños que provoca a la salud el consumo de drogas.

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