septiembre 17, 2026

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Estado

Diputado propone extinguir la ASE

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Antonio Lorca indicó que el Órgano Interno de Control duplica funciones con la Unidad de Evaluación y Control

Por: Redacción

Antonio Lorca Valle presentó una iniciativa de reforma para la revisión de las cuentas públicas de los Poderes del Estado y demás entes auditables, con el fin de comprobar que se cumplan las normas, presupuestos, obras, metas, acciones y programas: “Para evitar la duplicidad de funciones con la Unidad de Evaluación y Control (UEyC) de la Comisión de Vigilancia, el Órgano Interno de Control de la Auditoría Superior del Estado (ASE) debe desaparecer y para ello se requiere reformar varios artículos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado”.

En virtud de la alta importancia del deber conferido a las acciones de fiscalización, la Ley previene también que este organismo deba ser evaluado, y para ello la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas contiene una atribución de la Comisión de Vigilancia, un organismo al interior del Congreso; de ahí se desprende la necesidad de Legislar claramente sobre la forma de cumplir con la evaluación del Órgano Auditor.

En el año 2017, se creó la Unidad de Evaluación y Control, como un órgano de la Comisión de Vigilancia, para vigilar que el desempeño de las funciones de la Auditoría, se diera en cumplimi ento de las disposiciones legales aplicables a la Comisión y el 11 de junio del 2018, se extinguió la Contraloría Interna de la Auditoría Superior del Estado, y sus atribuciones pasaron a la mencionada Unidad de Evaluación y Control.

Sin embargo, en febrero del año 2020, se expidió una nueva reforma a la Ley de Fiscalización para que la Auditoría Superior del Estado, contara con un Órgano Interno de Control.

Las atribuciones guardan similitudes en cuanto a la capacidad de realizar auditorías, sin embargo, debe observarse que no resulta necesario, y puede ser reiterativo que ambos organismos tengan esa capacidad.

Lorca Valle señaló que es necesario subrayar que la primacía Constitucional del Congreso como encargado de la Fiscalización, debe reflejarse a su vez en las evaluaciones y control sobre el órgano fiscalizador. Por lo tanto, la evaluación por medio del Órgano Interno de Control, debilita las atribuciones del Congreso en materia de fiscalización, crea condiciones cercanas a la duplicidad de funciones, y es contrataría a los principios de eficacia y eficiencia, al contar con dos organismos encargados de tareas similares.

“Es así como esta iniciativa propone suprimir el Órgano Interno de Control, y que el contenido de sus atribuciones, pasen a la Unidad de Evaluación y Control, y que ésta, como auxiliar de la Comisión de Vigilancia, sea la encargada de la totalidad de las tareas de vigilancia y evaluación al interior de la Auditoría Superior del Estado”, puntualizó.

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SLP declara que el derecho de menores a alimentos no vence

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La reforma protege a menores y a personas con discapacidad total que no puedan procurarse una vida digna

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Familiar para San Luis Potosí que declara imprescriptible el derecho a recibir alimentos, tanto para menores de edad como para personas adultas que no puedan procurarse una vida digna por sí mismas, a propuesta de la diputada María Dolores Robles Chairez.

La reforma protege dos grupos específicos: quienes están declarados en estado de interdicción, y las personas mayores de edad que hayan sido dictaminadas con una discapacidad total que les impida trabajar por el resto de su vida. En ambos casos, el derecho a recibir alimentos ya no puede perderse por el simple hecho de haber alcanzado la mayoría de edad.

El cambio busca eliminar una interpretación que, durante un litigio, permitía cuestionar el derecho a alimentos de una persona adulta con discapacidad total únicamente por su condición de adulta, dejándola sin la posibilidad real de sostenerse. Con la reforma, esa vía de impugnación queda cerrada.

La imprescriptibilidad, sin embargo, no es absoluta: los alimentos que ya se generaron y no fueron pagados durante la vida adulta de la persona acreedora sí prescriben, a los cuatro años

contados desde que cesó la obligación de pagarlos. Es decir, el derecho a exigir alimentos no se pierde nunca, pero la deuda acumulada por incumplimientos pasados sí tiene un plazo límite para cobrarse.

En la exposición de motivos, el Congreso precisó que el derecho a alimentos no se limita a la comida: incluye también lo necesario para la salud, la vivienda y el vestido, y en el caso de niñas, niños y adolescentes, además cubre la educación y el sano esparcimiento.

La diputada Robles Chairez ya había impulsado, el 17 de agosto, otra reforma al Código Familiar para definir jurídicamente la Perspectiva de Persona Adulta Mayor, en la misma línea de ampliar protecciones legales a grupos en situación de vulnerabilidad.

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Más de 23 mil personas se benefician con conservación de camino Axtla-Coxcatlán

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El Gobierno del Estado de SLP mantiene trabajos permanentes de conservación carretera en las cuatro regiones

Por: Redacción

 

Más de 23 mil habitantes de 95 localidades se benefician con los trabajos de conservación del camino Axtla–Coxcatlán, donde la Junta Estatal de Caminos (JEC) realiza deshierbe y limpieza de laterales para mejorar la visibilidad y las condiciones de seguridad vial.

El titular de la JEC, Francisco Reyes Novelo, explicó que la atención de los márgenes carreteros permite reducir riesgos, conservar en mejores condiciones el arroyo vehicular y facilitar los traslados de quienes utilizan diariamente esta vía por motivos laborales, escolares, comerciales y turísticos.

Por indicaciones del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, el Gobierno del Estado mantiene trabajos permanentes de conservación carretera en las cuatro regiones, con atención a caminos que durante años requieren mantenimiento para garantizar una movilidad más segura.

En la Huasteca, estas acciones permiten conservar en mejores condiciones una ruta estratégica entre Axtla y Coxcatlán y dar atención directa a las necesidades de movilidad de decenas de comunidades.

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Serrano no teme que la Corte revise la ley electoral

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El diputado señaló que es comprensible que los partidos revisen las condiciones antes de 2027

Por: Redacción

Las tres reformas a la ley electoral de San Luis Potosí, aprobadas por el Congreso del Estado, se encuentran impugnadas ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, confirmó el diputado Héctor Serrano Cortés, secretario de la Junta de Coordinación Política (JUCOPO).

Serrano dijo que a las acciones ya presentadas por el partido Somos México se sumó una más de la dirigencia nacional de Morena. Dijo que no le preocupa que la Corte pueda modificar o derogar las reformas: “si esta tiene alguna modificación en la Corte, bienvenida a la modificación… y si se deroga, bienvenida a derogar”.

Consideró comprensible que los partidos busquen revisar, por la vía legal, las condiciones bajo las cuales enfrentarán el proceso electoral de 2027, y dijo que las impugnaciones dan certeza jurídica en lugar de generar incertidumbre. Dijo que, en el caso conocido como “Walter”, aún no ha recibido notificación de una respuesta de la Corte.

En agosto, el diputado panista Rubén Guajardo Barrera ya había señalado que solo la Suprema Corte podía tocar la ley electoral del estado, en referencia a las acciones que Morena y Somos México habían presentado en ese momento.

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