#4 Tiempos
De la inconstitucionalidad de los plazos | Columna de Víctor Meade C.
SIGAMOS DERECHO.
El miércoles pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad otorgar el amparo de la Justicia de la Unión a Jessica, una mujer con parálisis cerebral que fue violada cuando tenía 17 años y que se le negó la interrupción de su embarazo en un hospital de Chiapas. Esta sentencia cobra particular relevancia, me parece, por dos motivos: primero y más evidente, por el avance que esto representa para la despenalización del aborto en nuestro país; y segundo, por los criterios sostenidos que refrendan la obligación de todos los jueces y juezas del país a ejercer su función siempre con perspectiva de género y atender a todas las circunstancias del caso.
Los hechos fueron así. Jessica es una mujer que padece de parálisis cerebral y de convulsiones, mismas que le impiden comunicarse por sí misma y que la sujetan al auxilio de otros para realizar actividades básicas como comer o asearse. Además, cabe resaltar que ella y su familia son de escasos recursos económicos, por lo que viven en condiciones de pobreza y marginación.
Jessica fue víctima del delito de violación cuando tenía 17 años y quedó embarazada. En una ocasión, la entonces menor de edad sufrió un episodio grave de convulsiones, por lo que fue llevada al Hospital General de Tapachula, en donde, posterior a la revisión médica, le comentaron a su madre que Jessica contaba con cinco meses de embarazo. Por ello, se le dio vista a la Fiscalía General del Estado por el delito de violación y la madre de Jessica solicitó al director del hospital la interrupción del embarazo de su hija. Con fundamento en el artículo 181 del Código Penal del Estado de Chiapas, el director del hospital negó mediante un oficio dicha solicitud.
El referido artículo establece que: “[n]o es punible el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de violación, si éste se verifica dentro de los noventa días a partir de la concepción o cuando la madre embarazada corra peligro de muerte, o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario el nacimiento de éste con trastornos físicos o mentales graves, previo dictamen del médico que la asista, oyendo el dictamen de otros médicos especialistas, cuando fuere posible y no sea peligrosa la demora.” Es decir, el director del hospital negó la solicitud argumentando que, por tener más de 90 días de gestación, Jessica debía continuar con su embarazo. Además, el médico incluyó en el oficio una lista de los riesgos que, de practicarse el aborto, correría la vida de Jessica.
La madre de Jessica tuvo que acudir a tribunales para buscar que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 181 del Código y se dejara sin efectos el oficio del director del hospital; sin embargo, el Juez de Distrito negó el amparo. Entonces, el asunto llegó a la Corte y, a través del amparo en revisión 438/2020, la Primera Sala estimó que el Juez incumplió sus obligaciones constitucionales de juzgar con perspectiva de género; tomar en cuenta las circunstancias de discapacidad de la víctima; y de ponderar el interés superior de la menor.
Respecto del plazo de 90 días que establece el artículo 181 del Código, la Corte sostuvo con grandes argumentos que imponer una limitación temporal para interrumpir un embarazo provocado por violación “supone un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino es resultado de conductas arbitrarias y violentas (…)”. Por lo tanto, “el Estado no puede obligar a la mujer víctima de una violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficio de terceros o del interés general”. En atención a las particularidades del caso, la Corte concluye que establecer un plazo genérico de 90 días invisibiliza las condiciones de vulnerabilidad que pueden tener las víctimas: generalmente no se encuentran en las mismas condiciones las menores de edad que las mayores, ni tampoco quienes presenten una discapacidad, la cual en muchas ocasiones puede impedir que se enteren de su embarazo.
Una vez declarada la inconstitucionalidad de imponer un plazo a las mujeres embarazadas producto de una violación, los ministros y ministras de la Primera Sala añadieron que el oficio del director del hospital donde negó la interrupción del embarazo también fue violatorio del derecho a la salud de Jessica. Lo anterior, toda vez que el médico solamente incluyó los riesgos que correría la vida de Jessica y no señaló los riesgos que pudieran generarse sobre ella de continuar con el embarazo: desnutrición severa, convulsiones más intensas, anemia crónica grave, así como los efectos adversos que tienen sobre el feto los medicamentos que Jessica toma para tratarse.
La decisión de la Primera Sala, entonces, amplía el desarrollo y alcance que se le ha venido dando desde 2008 al derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos, así como a su libertad y su dignidad. Asimismo, en el marco de la despenalización del aborto en el Estado de Hidalgo, esta decisión reitera que el camino adecuado para tratar esta problemática no es la vía penal, sino que se trata de un asunto de salud pública y de derechos, donde también se deben considerar las distintas realidades sociales y vulnerabilidades que pueda presentar cada caso en particular. Como bien lo señala la Sala, los jueces y juezas deben analizar los factores que posicionan a las mujeres en contextos de vulnerabilidad interseccional. Es decir, entender el fenómeno en que se concentran en una misma persona distintas vulnerabilidades: en este caso, haber sido víctima de una violación, ser menor de edad y vivir en condiciones de pobreza y marginación.
Sobre los efectos de la sentencia, no podemos pasar por desapercibido el hecho de que, al tratarse de una sentencia de amparo, la inconstitucionalidad del plazo establecido en el artículo 181 del Código Penal de Chiapas sólo le puede aplicar a Jessica. Sin embargo, gracias al nuevo sistema de precedentes y a que este asunto se aprobó por al menos cuatro de cinco votos, todos los jueces del país están obligados a seguir el mismo criterio. Esto quiere decir que en los estados en los que aún se impone un plazo límite para interrumpir un embarazo producto de una violación (Veracruz, Baja California, Quintana Roo, Chihuahua, Colima, Campeche, Michoacán, Coahuila y, por supuesto, Chiapas), las mujeres tendrán que recibir la negativa del director del hospital, iniciar un juicio de amparo e invocar este precedente para que se les permita interrumpir su embarazo de manera legal.
Bien dicen que una de las principales funciones de un tribunal constitucional debe ser la de pacificar los conflictos que se le presentan, o sea, sentar condiciones para que éstos no se repitan. Si bien es cierto que el conflicto no está pacificado completamente por la propia naturaleza de las sentencias de amparo, esta decisión realizó el gran aporte de dar claridad a la discusión de los plazos y reiterar que es inadmisible que se siga criminalizando a las mujeres por tomar decisiones sobre sus cuerpos y sus vidas en un contexto (socioeconómico, normativo, judicial y médico) que les juega en contra. Bajo esta premisa, los grandes avances en materia de regulación y despenalización del aborto han venido impulsados por activistas, colectivas y organizaciones de la sociedad civil, cuyos criterios legales han sido reconocidos y refrendados por los tribunales.
Mientras eso sucede, el Poder Legislativo sigue omiso y enfrascado en la discusión binaria y polarizante de estar a favor o en contra, sin alcanzar a ver que la cárcel hace todo menos detener el conflicto; en el Ejecutivo, la insensatez hecha persona plantea someterlo a consulta. La pacificación vendrá con regulación y políticas públicas bien pensadas, no con punitivismo ni demagogia.
En una nota completamente ajena a la interrupción legal del embarazo, no puedo dejar de señalar que esta decisión de la Primera Sala tiene la gran bondad de abonar al rompimiento del paradigma de jueces con funciones estrictamente mecánicas. Poco a poco se terminan los tiempos de juzgadores y juzgadoras que identifican el hecho y —como autómatas— aplican la ley. Ahora, los jueces y juezas están obligados a conocer, estudiar y entender las circunstancias, y a decidir qué derecho y cómo aplicarlo. Se trata, entonces, de un derecho más justo y que responde a la realidad social.
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El Cronopio
Matilde Soto Landeta, pionera directora cinematográfica de México | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash
EL CRONOPIO
Por: J.R. Martínez/Dr. Flash
A la larga lista de personajes potosinos que participaron brillantemente en el cine mexicano, en especial en la época de oro, siendo pioneros en el género, algunos de los cuales los hemos tratado en esta columna, se encuentra Matilde Soto Landeta, que si bien nació en la Ciudad de México, vivió su infancia y cursó sus primeros estudios en la ciudad de San Luis Potosí donde tiene sus raíces.
En 1913 México pasaba por importantes cambios políticos que agitaban al país, Madero había asumido la presidencia de la República, pero enfrentaba serios problemas de dirección que le llevaría a ser derrocado en los eventos de la decena trágica. Por esas fechas las enfermedades asolaban a la población, en especial la tifoidea, enfermedad que le causaría la muerte a Matilde Landeta Dávalos madre de Matilde Soto cuando esta tenía tres años de edad. Su madre originaria de Matehuala, San Luis Potosí, se casó en 1903 con Gregorio Soto Conde en San Luis Potosí, donde nacieron sus primeros hijos y fueron a radicar a la Ciudad de México, donde nació Matilde Soto Landeta el 20 de septiembre de 1910, aunque en varias crónicas sitúan su nacimiento en 1913.
Al morir su madre, Matilde Soto es traída a San Luis Potosí con su abuela y vive su infancia y adolescencia en la capital potosina. Estudió sus primeras letras en el colegio del Sagrado Corazón y la secundaria con las madres dominicas. En sus estudios mostró una fuerte inclinación por el arte pues comenzó a montar obras de teatro para su familia y amigos.
Al igual que el resto de los personajes potosinos que incursionaron en el cine. Nace su inclinación a este arte en una de sus visitas a Estados Unidos que realizó cuando tenía diecisiete años, con su hermano el actor Eduardo Landeta, lugar donde nacería su inquietud por incursionar en la realización de películas.
A inicios de la década de los treinta regresa al país y se familiariza con el ambiente cinematográfico al visitar los estudios de la Nacional Productora donde fue contratado su hermano como actor en la película de Miguel Zacarías, “Sobre las olas”, protagonizada por los potosinos Adolfo Girón y Emma Roldán, ya tratados en esta columna. Desde entonces estaría ligada a ese ambiente por alrededor de sesenta años. Contra viento y marea emprendió el aprendizaje del quehacer cinematográfico adentrándose, además, en aspectos de edición y fotografía de la mano de los grandes creadores de la época.
Inmediatamente participa como ayudante de guionista en la película de transición del cine mudo al sonoro, “El prisionero trece” de Fernando de Fuentes y en el lapso de diez años da sus primeros pasos como asistente de dirección. Los problemas de desigualdad de género se manifestaron pues su trabajo no era del todo reconocido, y su inquietud por dirigir sus propias películas se dificultaron entre estas desigualdades y la facilidad para conseguir los recursos económicos. Terminó financiando sus propios proyectos y logró dirigir sus primeras películas a fines de los cuarentas, con el estreno de Lola Casanova en 1948, primera película dirigida por una mujer
, en 1949 estrenaba su película La negra Angustias y en 1951 Trotacalles, donde se presentaron conflictos sindicales que la retiraron por un buen tiempo del cine.Uno de sus grandes proyectos que no dejaron de estar entre la lista de obstáculos a su carrera, fue el proyecto que trabajó junto a su hermano Eduardo Landeta, la dirección de la película Tribunal de Menores, proyecto sobre el cual la convencieron de vender el guion y los financiadores se lo otorgaron a otro cineasta que realizó la película “El camino de la vida”, película que se hizo merecedora al Premio Ariel de 1957 y fue merecedora al premio del mejor Argumento en los premios Ariel, así como la Mención de Honor en el Festival de Berlín. Matilde Landeta, como se le conoce en el medio, al asumir el apellido de su madre al igual que su hermano, demandó a la financiadora, pues además decidieron eliminar su nombre de los créditos del guion, demanda que prosperó y logró se conservaran su nombre y el de su hermano como los realizadores del guion de la premiada película que fue dirigida por Alfonso Corona Blake, una película donde Matilde Landeta retrata la vida de los niños marginados en Ciudad de México a través de tres delincuentes de un centro tutelar de menores. Uno de ellos mató a su padrastro para proteger a su madre, otro dejó ciego a su tutor para defenderse de sus abusos, y un tercero se ve obligado a robar para poder comer.
Temas que serían comunes en los guiones y películas de Matilde Landeta, donde coloca como protagonistas a las mujeres y grupos desfavorecidos sosteniendo la mirada femenina en el relato. Lo que definía como el cine de la mujer, aspirando a crear ese otro cine, creando un estilo narrativo donde las mujeres dejaban de ser figuras inmóviles.
Tras los conflictos en que se vio envuelta, fue excluida del cine mexicano, incursiona en la realización de alrededor de 110 cortometrajes en Estados Unidos. Impartió clases en la primera escuela de cine en México en el Instituto Cinematográfico y llegó a presidir la Academia Mexicana de Artes y Ciencias Cinematográficas. Regresó al set de filmación, después de cuarenta años de haber sido excluida, dirigiendo en 1992 Nocturno a Rosario.
Su obra fílmica es marcada por la defensa de la libertad y la capacidad de las mujeres a decidir sus acciones y sus vidas. Murió el 26 de enero de 1999 en la Ciudad de México.
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El Cronopio
La formación científica de Mariano Jiménez | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash
EL CRONOPIO
Por: J.R. Martínez/Dr. Flash
José Mariano Jiménez ha pasado a la historia por ser uno de los caudillos del movimiento revolucionario. Por lo común ha quedado ausente en las arengas que en las ceremonias del grito de independencia los quince de septiembre se invocan a los héroes que nos dieron patria y libertad. Lo lamentable, es que en su propia tierra se le ignore en esas festividades.
Mariano Jiménez luchó con las armas al lado del Padre Hidalgo y Allende y superó en estrategias a los mismos generales en la Batalla de las Cruces, donde pedía Jiménez dar el golpe definitivo. La historia fue otra. Pero también combatió con las armas del conocimiento, como forma de emancipación del pueblo mexicano que exigía libertad y justicia. Mariano Jiménez se preparó en el Real Seminario de Minería con los mejores profesores de la época a nivel mundial y cultivó, junto a sus compañeros que dieron la vida por forjar una patria independiente, un pensamiento crítico donde se cuestionaba el estado social de la época.
Sus compañeros egresados del Real Seminario de Minería que fueron ejecutados tras la toma de la Alhóndiga de Granaditas por el ejército realista, fueron Rafael Dávalos, Casimiro Chowell, Ramón Fabié, Vicente Valencia y Mariano Jiménez que fue capturado y fusilado junto a Allende y Aldama, entre otros cabecillas de la insurgencia.
Mariano Jiménez también pasa a la historia de la ciencia mexicana y de la potosina al ser uno de los primeros potosinos que cursó cátedras formales de matemáticas, química, física y mineralogía, orictognosia, geognosia y laboreo de minas, con los profesores y científicos Andrés José Rodríguez, Francisco Antonio Bataller, Andrés Manuel del Río, Luis Linder y Fausto de Elhuyar. Destacó en su carácter de estudiante del Real Seminario de Minería ocupando los primeros puestos en aprovechamiento y por lo mismo, siendo elegido para presentar exámenes públicos, llamados Actos Públicos, ante el Tribunal de Minería y público interesado. Fue de los pocos alumnos que participó en todos los años que estuvo como estudiante, desde 1796 hasta 1800. Siendo examinado en los exámenes generales para proceder a su periodo de practicante el 8 de enero de 1801.
Sus prácticas las realizó en el Mineral de Sombrerete y posteriormente en la mina del Márquez de Raya en Guanajuato a petición de este. Las prácticas las terminó en 1804 y presentó su examen de titulación para graduarse como perito facultativo minero el 19 de abril de 1804.
Los Actos Públicos que presentó Mariano Jiménez dan cuenta de su formación científica, que fueron presentados en cinco ocasiones, correspondientes a sus años de preparación, desde 1796 donde presentó el Acto Público de Matemáticas donde sustentó sobre aritmética, álgebra y geometría elemental. En 1797 presentaba el Acto Público de Matemáticas sustentando los temas de trigonometría rectilínea, secciones cónicas y cálculo infinitesimal, diferencial e integral. En 1798 sustentaba el Acto Público de física contestando sobre física experimental, dando razón de las propiedades generales de los cuerpos, de la estática, dinámica, hidrostática, hidráulica y aerometría.
En dichos exámenes públicos los estudiantes no sólo defendían los conocimientos adquiridos sino presentaban resultados novedosos en los diversos temas científicos, donde la contribución con nuevo conocimiento fue muy común en los alumnos del Real Seminario de Minería. Una de sus famosas presentaciones públicas fue en la materia de orictognosia, o el estudio de los fósiles, que en aquella época iniciaba como disciplina y en la cual, geognosia y labores mineras junto a su compañero Miguel Álvarez Ruiz. Con respecto a la orictognosia, manifestaron que de las notas o caracteres exteriores, químicos, físicos y empíricos que pueden servir para distinguir los fósiles y clasificarlos es necesario recurrir al análisis químico, pues su distribución en clases, familias, géneros, especies y variedades se funda en sus principios constitutivos. Esta conclusión guió los trabajos de investigación en el tema muchos años después.
Otra de sus contribuciones importantes fue en el área de la química y con ello inauguraba la introducción del estudio de la química moderna en México. Los químicos del siglo XVIII sostenían la presencia del flogisto como responsable de la combustión de los objetos, se decía que al arder los objetos perdían flogisto, por lo que, el flogisto era una sustancia que formaba parte de los cuerpos combustibles. Tal era el estado del arte en la química, cuando el joven potosino y su compañero Álvarez Ruiz demostraron que el aire y el agua eran sustancias compuestas, que la teoría del flogisto era falsa.
El estudio presentado por Mariano Jiménez y Álvarez Ruiz, contribuía a esclarecer los principios de la combustión y la composición de los cuerpos, pues aún en esos años algunos químicos seguían apoyando la teoría del flogisto y la aseveración que el agua no era una sustancia compuesta.
En estos días de festejos patrios, es necesario recordar que los procesos de emancipación incorporan también al conocimiento y en este sentido los potosinos debemos sentirnos orgullosos de personajes como José Mariano Jiménez que brilló más allá de la lucha armada por construir un país.
Los detalles sobre su formación científica y su papel en los Actos Públicos en la llamada primera casa de las ciencias de América pueden leerse en mi reciente artículo disponible en la dirección: https://www.researchgate.net/publication/414299527_Los_Actos_Publicos_de_Jose_Mariano_Jimenez_en_el_Real_Seminario_de_Mineria
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El Cronopio
La joven promesa potosina del canto lírico, Jaqueline del Rocío | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash
EL CRONOPIO
Una de las herederas de la tradición potosina del canto lírico, representadas por María Luisa Escobar, Ernestina Perea y Oralia Domínguez, tratadas con anterioridad en esta columna, es la joven soprano Jaqueline del Rocío Medina Pérez.
Jaqueline del Rocío Medina creció en un ambiente musical, su padre es el chelista Raymundo Medina, mismo que comenzó a formalizar desde los cuatro años con lecciones de música combinando el juego y lo que sería su vocación, la música, iniciándose en la práctica del violín para después destacar en el ámbito del canto.
Egresada de la Licenciatura en Canto de la Unidad Académica de Artes de la Universidad Autónoma de Zacatecas “Francisco García Salinas”, se ha convertido en una de las voces más destacadas de la lírica mexicana contemporánea. Inició sus estudios en la Escuela Estatal de Iniciación Musical Julián Carrillo, en donde también imparte clase. En otro recinto con ese nombre del músico potosino, obtuvo en el mes de agosto de 2026, un doble premio: el Primer Lugar Femenino, así como el prestigioso Premio Concurso María Callas en la décima edición del Concurso Internacional de Canto Linus Lerner.
El certamen es reconocido como una de las plataformas de mayor exigencia y proyección para jóvenes intérpretes de la música clásica y la ópera en México, cuya final se realizó en la sala Julián Carrillo de la UNAM. Donde se evalúa principalmente aspectos técnicos esenciales del canto lírico como la solidez vocal, el dominio del repertorio operístico, la interpretación interpretativa y el desenvolvimiento escénico en disciplinas que incluyen zarzuela, oratorio, lied y canción de concierto.
Este prestigioso premio se suma a los galardones en otros certámenes que ha obtenido Jaqueline del Rocío, como el premio obtenido en 2024, Primer Lugar del XLI Concurso Nacional de Canto Carlos Morelli con la interpretación del aria de Il corsaro: Non so le tetre immagini, así como el Premio del Público Pro Ópera en el mismo evento, premio concedido por voto directo del público, donde participaron, como cifra récord, 180 aspirantes; además obtuvo el Premio de Ópera de Bellas Artes, un recital con la Coordinación Nacional de Música y Ópera del Inbal, un recital con la Dirección de Música de la Universidad Nacional Autónoma de México, la participación en un título de la temporada de la empresa Escena 77 Producciones y el Premio Ópera de San Miguel, la Orquesta Sinfónica del Estado de México le ofrece una actuación en su temporada de conciertos.
Los premios obtenidos en 2024 en Bellas Artes llevan el nombre del barítono italiano que realizó su carrera en México al llegar en 1938, a interpretar el papel titular en Rigoletto, de Verdi. A partir de entonces permaneció en nuestro país, hasta su deceso en 1970.
Jaqueline del Rocío ha formado parte de la Orquesta de Cámara de Zacatecas, y como solista en la Academia de Música Antigua de Zacatecas y la Camerata de San Luis Potosí. Otro premio digno de mención es el obtenido en el 2022, donde ganó el Premio del Público y Mención Honorífica en el Concurso de Canto Lírico de América Orfeo. Obtuvo el rol principal en las óperas Don Giovanni de Amadeus Mozart y La Boheme de Giacomo Puccini.
Lo anterior habla de una gran promesa en el canto lírico y que esperamos se puedan realizar conciertos locales donde el público potosino pueda apreciar su gran talento, como sucedió en el Festival de Ópera de San Luis Potosí, Linus Lerner, donde participó en La flauta mágica, de Mozart; y Hansel y Gretel, de E. Humperdinck. Tiene una importante carrera por delante, para la cual continúa en su preparación y perfeccionamiento redondeando su preparación en canto, expresión y actuación escénica.
Puede decirse que la vida de Jaqueline del Rocío ha transcurrido en la música y, que su futuro en el canto lírico dará mucho que hablar en los escenarios nacionales e internacionales, sumándose a pléyade de divas potosinas que han puesto en alto el nombre de San Luis Potosí en los grandes escenarios mundiales.

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