noviembre 22, 2025

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#4 Tiempos

De la inconstitucionalidad de los plazos | Columna de Víctor Meade C.

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SIGAMOS DERECHO.

El miércoles pasado, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por unanimidad otorgar el amparo de la Justicia de la Unión a Jessica, una mujer con parálisis cerebral que fue violada cuando tenía 17 años y que se le negó la interrupción de su embarazo en un hospital de Chiapas. Esta sentencia cobra particular relevancia, me parece, por dos motivos: primero y más evidente, por el avance que esto representa para la despenalización del aborto en nuestro país; y segundo, por los criterios sostenidos que refrendan la obligación de todos los jueces y juezas del país a ejercer su función siempre con perspectiva de género y atender a todas las circunstancias del caso.

Los hechos fueron así. Jessica es una mujer que padece de parálisis cerebral y de convulsiones, mismas que le impiden comunicarse por sí misma y que la sujetan al auxilio de otros para realizar actividades básicas como comer o asearse. Además, cabe resaltar que ella y su familia son de escasos recursos económicos, por lo que viven en condiciones de pobreza y marginación.

Jessica fue víctima del delito de violación cuando tenía 17 años y quedó embarazada. En una ocasión, la entonces menor de edad sufrió un episodio grave de convulsiones, por lo que fue llevada al Hospital General de Tapachula, en donde, posterior a la revisión médica, le comentaron a su madre que Jessica contaba con cinco meses de embarazo. Por ello, se le dio vista a la Fiscalía General del Estado por el delito de violación y la madre de Jessica solicitó al director del hospital la interrupción del embarazo de su hija. Con fundamento en el artículo 181 del Código Penal del Estado de Chiapas, el director del hospital negó mediante un oficio dicha solicitud.

El referido artículo establece que: “[n]o es punible el aborto cuando el embarazo sea consecuencia de violación, si éste se verifica dentro de los noventa días a partir de la concepción o cuando la madre embarazada corra peligro de muerte, o pueda determinarse que el producto sufre alteraciones genéticas o congénitas que den por necesario el nacimiento de éste con trastornos físicos o mentales graves, previo dictamen del médico que la asista, oyendo el dictamen de otros médicos especialistas, cuando fuere posible y no sea peligrosa la demora.” Es decir, el director del hospital negó la solicitud argumentando que, por tener más de 90 días de gestación, Jessica debía continuar con su embarazo. Además, el médico incluyó en el oficio una lista de los riesgos que, de practicarse el aborto, correría la vida de Jessica.

La madre de Jessica tuvo que acudir a tribunales para buscar que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 181 del Código y se dejara sin efectos el oficio del director del hospital; sin embargo, el Juez de Distrito negó el amparo. Entonces, el asunto llegó a la Corte y, a través del amparo en revisión 438/2020, la Primera Sala estimó que el Juez incumplió sus obligaciones constitucionales de juzgar con perspectiva de género; tomar en cuenta las circunstancias de discapacidad de la víctima; y de ponderar el interés superior de la menor.

Respecto del plazo de 90 días que establece el artículo 181 del Código, la Corte sostuvo con grandes argumentos que imponer una limitación temporal para interrumpir un embarazo provocado por violación “supone un total desconocimiento de la dignidad humana y del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres gestantes, cuyo embarazo no es producto de una decisión libre y consentida, sino es resultado de conductas arbitrarias y violentas (…)”. Por lo tanto, “el Estado no puede obligar a la mujer víctima de una violación a asumir sacrificios en su persona, como lo es continuar con un embarazo, y a ofrendar sus propios derechos en beneficio de terceros o del interés general”. En atención a las particularidades del caso, la Corte concluye que establecer un plazo genérico de 90 días  invisibiliza las condiciones de vulnerabilidad que pueden tener las víctimas: generalmente no se encuentran en las mismas condiciones las menores de edad que las mayores, ni tampoco quienes presenten una discapacidad, la cual en muchas ocasiones puede impedir que se enteren de su embarazo.

Una vez declarada la inconstitucionalidad de imponer un plazo a las mujeres embarazadas producto de una violación, los ministros y ministras de la Primera Sala añadieron que el oficio del director del hospital donde negó la interrupción del embarazo también fue violatorio del derecho a la salud de Jessica. Lo anterior, toda vez que el médico solamente incluyó los riesgos que correría la vida de Jessica y no señaló los riesgos que pudieran generarse sobre ella de continuar con el embarazo: desnutrición severa, convulsiones más intensas, anemia crónica grave, así como los efectos adversos que tienen sobre el feto los medicamentos que Jessica toma para tratarse.

La decisión de la Primera Sala, entonces, amplía el desarrollo y alcance que se le ha venido dando desde 2008 al derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos, así como a su libertad y su dignidad. Asimismo, en el marco de la despenalización del aborto en el Estado de Hidalgo, esta decisión reitera que el camino adecuado para tratar esta problemática no es la vía penal, sino que se trata de un asunto de salud pública y de derechos, donde también se deben considerar las distintas realidades sociales y vulnerabilidades que pueda presentar cada caso en particular. Como bien lo señala la Sala, los jueces y juezas deben analizar los factores que posicionan a las mujeres en contextos de vulnerabilidad interseccional. Es decir, entender el fenómeno en que se concentran en una misma persona distintas vulnerabilidades: en este caso, haber sido víctima de una violación, ser menor de edad y vivir en condiciones de pobreza y marginación.

Sobre los efectos de la sentencia, no podemos pasar por desapercibido el hecho de que, al tratarse de una sentencia de amparo, la inconstitucionalidad del plazo establecido en el artículo 181 del Código Penal de Chiapas sólo le puede aplicar a Jessica. Sin embargo, gracias al nuevo sistema de precedentes y a que este asunto se aprobó por al menos cuatro de cinco votos, todos los jueces del país están obligados a seguir el mismo criterio. Esto quiere decir que en los estados en los que aún se impone un plazo límite para interrumpir un embarazo producto de una violación (Veracruz, Baja California, Quintana Roo, Chihuahua, Colima, Campeche, Michoacán, Coahuila y, por supuesto, Chiapas), las mujeres tendrán que recibir la negativa del director del hospital, iniciar un juicio de amparo e invocar este precedente para que se les permita interrumpir su embarazo de manera legal.

Bien dicen que una de las principales funciones de un tribunal constitucional debe ser la de pacificar los conflictos que se le presentan, o sea, sentar condiciones para que éstos no se repitan. Si bien es cierto que el conflicto no está pacificado completamente por la propia naturaleza de las sentencias de amparo, esta decisión realizó el gran aporte de dar claridad a la discusión de los plazos y reiterar que es inadmisible que se siga criminalizando a las mujeres por tomar decisiones sobre sus cuerpos y sus vidas en un contexto (socioeconómico, normativo, judicial y médico) que les juega en contra. Bajo esta premisa, los grandes avances en materia de regulación y despenalización del aborto han venido impulsados por activistas, colectivas y organizaciones de la sociedad civil, cuyos criterios legales han sido reconocidos y refrendados por los tribunales.

Mientras eso sucede, el Poder Legislativo sigue omiso y enfrascado en la discusión binaria y polarizante de estar a favor o en contra, sin alcanzar a ver que la cárcel hace todo menos detener el conflicto; en el Ejecutivo, la insensatez hecha persona plantea someterlo a consulta. La pacificación vendrá con regulación y políticas públicas bien pensadas, no con punitivismo ni demagogia.

En una nota completamente ajena a la interrupción legal del embarazo, no puedo dejar de señalar que esta decisión de la Primera Sala tiene la gran bondad de abonar al rompimiento del paradigma de jueces con funciones estrictamente mecánicas. Poco a poco se terminan los tiempos de juzgadores y juzgadoras que identifican el hecho y —como autómatas— aplican la ley. Ahora, los jueces y juezas están obligados a conocer, estudiar y entender las circunstancias, y a decidir qué derecho y cómo aplicarlo. Se trata, entonces, de un derecho más justo y que responde a la realidad social.

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#4 Tiempos

CONCACAF 2026: una eliminatoria que dejó heridas

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TESTEANDO

La eliminatoria rumbo al Mundial 2026 dejó a Centroamérica enfrentándose a una realidad incómoda, la región quedó rezagada, incluso en un formato que otorgaba más margen que nunca. Pero dentro del golpe generalizado hay dos historias que llaman la atención por un matiz muy particular: Costa Rica y Guatemala, dos selecciones que depositaron su confianza en cuerpos técnicos mexicanos, y aun así terminaron sin lograr el objetivo.

Costa Rica, acostumbrada a ser el referente de la zona, apostó por la experiencia mundialista de Miguel Herrera. El proyecto prometía solidez táctica y un recambio generacional más ordenado, pero el equipo tico terminó atrapado entre la transición y la urgencia. Hubo partidos en los que se notó el intento de reconstrucción, de darle al equipo un sello reconocible; aun así, los errores puntuales, la falta de contundencia y la presión acumulada hicieron que el proceso no alcanzara para sostener la clasificación.

El contraste con su historia reciente, esa en la que la identidad costarricense parecía inquebrantable, se volvió más evidente con cada partido. Y aunque el trabajo del cuerpo técnico mexicano aportó claridad, la estructura que lo rodeaba simplemente no acompañó.

Por su parte, Guatemala vivió una ilusión distinta. Su selección, dirigida por Luis Fernando Tena, llegaba con el impulso de procesos juveniles más visibles, estadios llenos y un entusiasmo que no se veía desde hacía tiempo. El entrenador buscó ordenar el juego, potenciar la intensidad y darle continuidad a una generación que prometía competir de igual a igual. Durante varios momentos pareció posible: se jugó con valentía, se propuso, se soñó.

Pero otra vez, cuando llegó la hora decisiva, el proyecto se quedó corto. La falta de profundidad en el plantel, la ausencia de una estructura sólida que sostuviera la idea y algunos errores en partidos clave terminaron apagando una posibilidad histórica. Dolió especialmente porque, por primera vez en mucho tiempo, Guatemala parecía estar a un paso real de dar el salto.

Los dos casos, diferentes en matices pero similares en desenlace, plantean una reflexión inevitable: los entrenadores pueden cambiar intenciones, pero no pueden corregir solos la falta de una estructura profunda. México exportó cuerpos técnicos preparados, con propuestas claras y trabajo serio, pero se toparon con federaciones que arrastran inestabilidad, con ligas de nivel irregular y con proyectos que no siempre se sostienen más allá del resultado inmediato.

Mientras tanto, otras selecciones del resto de la confederación, particularmente varias del Caribe, han entendido la importancia de profesionalizar sus procesos. Semilleros más organizados, continuidad en los banquillos, inversión en atletas jóvenes y una visión a futuro que ya empieza a dar frutos. El contraste explica mucho del presente centroamericano.

Lo sucedido rumbo al 2026 no es un simple fracaso deportivo, es un síntoma.
Costa Rica tendrá que reencontrarse con su esencia y permitir que su proyecto sea más grande, reconstruir incluso su liga y voltear a sus fuerzas básicas para volver a exportar jugadores.
Guatemala tendrá que transformar su ilusión en un plan sólido que no dependa de inspiraciones aisladas, así como intentar invertir en infraestructura que fomente la práctica profesional del deporte.

El Mundial 2026 se jugará en la zona, pero Centroamérica estará ausente, tan solo Panamá representará a la región, en un momento que parecía histórico, casi todos quedaron a deber.

La pregunta no es por qué fallaron esta vez, sino cuánto tardarán en reconstruirse para volver a competir de verdad.

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#4 Tiempos

La IA, periodismo, y la coartada perfecta | Apuntes de Jorge Saldaña

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riesgos de legislar sobre IA

““Vivimos bajo tormentas de datos que no construyen verdad sino ruido”. La información, desanclada de la confianza, se vuelve atmósfera. Y en atmósfera turbia, cualquiera puede gritar “fuego” y llamar a los bomberos, o “deepfake” y zafarse de la comisión de un delito”

Por: Jorge Saldaña

Hay épocas en las que la tecnología acelera más rápido que la ley en una carrera en pista sinuosa, de esas con curvas tan cerradas que hasta el volante tiembla.

Estamos ahí. La inteligencia artificial (IA) ya es capaz de imitar una voz al grado de confundir a tu mamá, de injertar un rostro en un cuerpo ajeno con precisión perfecta, de producir un “comunicado oficial” con sellos y sintaxis idénticos a los originales. Qué peligroso.

No obstante, lo que de veras me quita el sueño (y eso que soy dormilón) no es solo lo que la IA puede fabricar, sino lo que su misma sombra puede desmentir, es decir, que lo verdadero sea tirado a la basura señalándolo a la ligera como “irreal”.

Dicho en pocas palabras: sí temo a la mentira hecha con IA, pero temo más que la IA se vuelva la coartada perfecta para negar la verdad. ¿Me explico?

Pienso en un audio que exhibe una extorsión, en una foto que capta a un político con un criminal, en un contrato auténtico que documenta un desvío.

Con la reforma aprobada en San Luis Potosí (con tan solo 10 días de análisis) que tipifica el “uso indebido” de IA para provocar alarma, alterar la paz social, o dañar la imagen de un tercero, creo que nos pone a todos, pero aún más a los que nos dedicamos al periodismo, en un altísimo riesgo de que la primera reacción del involucrado no sea la responder al fondo, sino señalar al mensajero: “Eso lo creó la IA”, y entonces deberá ser el reportero, y no el delincuente exhibido, el que deberá de demostrar que su evidencia no es sintética o artificial, o se va al bote.

Invertimos la carga de la prueba: del hecho al emisor; del culpable al periodista.

No exagero: Artículo 19 ya advirtió lagunas de precisión en conceptos como “alarma pública” o “paz social” (que son ambiguos y propensos a la interpretación) y un riesgo de discrecionalidad que podría alcanzar desde la crítica política hasta la edición creativa.

Es cierto, la iniciativa del diputado Héctor Serrano, incorpora exclusiones para fines periodísticos, académicos, artísticos y de parodia “siempre que no exista dolo y se indique expresamente ese carácter”. Bien intencionado, sí. ¿Suficiente? No, porque el campo de juego queda resbaladizo y no hay árbitro judicial ni peritos especialistas en el tema.

Las modificaciones al Código Penal producto de la iniciativa de regulación a la IA, no define con precisión cómo demostrar el dolo, qué es alarma y, sobre todo, quién y cómo lo acredita.

Byung-Chul Han lo dijo en su libro Infocracia, (que me gusta mucho citar): “vivimos bajo tormentas de datos que no construyen verdad sino ruido”. La información, desanclada de la confianza, se vuelve atmósfera. Y en atmósfera turbia, cualquiera puede gritar “fuego” y llamar a los bomberos, o “deepfake” y zafarse de la comisión de un delito.

Nuestro tiempo es el de la sospecha permanente, la duda como política de Estado.

El tema me recuerda a Orson Welles que lo anticipó en 1938 con La guerra de los mundos: una ficción radial que, contada como boletín, desató pánico.

Hoy no necesitamos actores; bastan modelos generativos, un par de clics y un algoritmo de difusión.

Imaginen —no es ciencia ficción— un boletín “verosímil” de la Sedena ordenando toque de queda; una “conferencia” de la presidenta aceptando una invasión o un “video” de un presunto homicida de un estudiante de Estomatología confesando un delito… (saben a lo que me refiero).

¿Qué tal que el homicida alega que el video que se filtró fue hecho con Inteligencia Artificial? ¿Se va a perseguir al medio que lo difundió? En una de esas, hasta el homicida sale libre…¿Ya me entiende, Culto Público a lo que me refiero, me preocupa, y me da comezón?

La IA escribe el guion; las redes, el miedo.

Ahora bien: San Luis Potosí ya legisló. ¿Hacía falta? Sí. Pero… ¿Así? ¿Tenemos la suficiente fortaleza académica, experiencia profesional y capacidades para fundamentar una legislación sobre esta materia que nos va ganando la carrera? ¿No será esto un acelerón en plena curva?

El que esto escribe, aprendiz de reportero, alcanza a ver al menos tres riesgos que no podemos ignorar:

1) La coartada perfecta del poderoso.

Frente a una investigación sólida, la respuesta fácil será: “es IA”. Si la norma deja ambigüedades, el periodista puede terminar litigando su autenticidad en vez de publicar, y esto puede generar un efecto inhibidor, una autocensura preventiva por miedo a ser acusado de crear “realidades sintéticas”.

2) La puerta trasera de la censura.

Cuando “alarma social” o “paz pública” no tienen parámetros verificables, cualquier pieza incómoda puede ser encuadrada como “desestabilizadora”. Hoy se promete que no; mañana basta un fiscal con prisas o un juez con miedo o a modo.

3) La prueba imposible.

En la práctica forense, demostrar que algo no fue generado por IA requiere peritajes especializados, sellos de procedencia, cadenas de custodia digitales. No los tenemos para temas como la IA ¿Quién los hará? ¿Con qué estándares? ¿Con qué independencia? Si no definimos eso, la balanza se inclina contra el informador.

Ante ello, creo que necesitamos definiciones más concretas, cerradas y taxativas, lo mismo que una “mente culpable” o como dicen los abogados una Mens rea probada, exigir dolo específico: intención de provocar alarma…me-di-ble y no de “sensación” de la misma.

Además, si alguien alega que una pieza es sintética o fabricada, que lo acredite con peritajes de laboratorios independientes (no “peritos de parte” -que además no hay en SLP- a modo).

Los periodistas también tenemos que tener garantías reales y no meramente declarativas.

Efectivamente hay una exclusión en la iniciativa aprobada para el ejercicio del periodismo, arte, academia y sátira, sin embargo, ¿quién garantiza que opere en los hechos, cuando alguien -como dije arriba- nada más porque sienta calor le llame a los bomberos…?

No se trata de negar el dilema —que es brutal y de múltiples aristas—, sino de evitar que la cura mate al paciente. Porque, paradójicamente, la IA que nos amenaza con fabricar mundos, también puede servir para validarlos.

A ver, para Usted mi Culto Público, le comparto dos escenarios de pesadilla y uno de esperanza:

Un “Falso con consecuencias reales”: Un “comunicado” apócrifo de Protección Civil que ordene evacuar colonias. Pánico, saqueos, accidentes. Nadie herido por la IA; todos por la estampida.

Un “Verdadero desmentido como falso”: Un video auténtico que documenta un abuso policial. Los responsables gritan “deepfake”, “IA”, un juez timorato concede medidas cautelares, y el reportero enfrenta proceso. La evidencia muere antes que el delito.

Uno de esperanza: que la norma haga lo que promete: perseguir mentiras sintéticas dañinas, proteger a víctimas (como las 400 estudiantes de Zacatecas) y blindar la crítica. Se puede, si se afina y lo hacemos de forma acompañada y profesional. No a la ligera.

La delgada línea entre vigilar y castigar —permítanme el guiño— no debería cruzarse hacia castigar al que vigila. La prensa, con sus errores y excesos que a veces tenemos (no me subo al púlpito ni tiro la primera piedra), sigue siendo el semáforo en una avenida oscura: si se apaga “por seguridad”, lo que viene no es orden, sino una carambola con trágicas consecuencias.

Cierro con una imagen. La IA es el Orson Welles de nuestros tiempos: puede narrar invasiones que no existen y desmentir revoluciones que sí ocurrieron. La diferencia será si, en San Luis, ponemos reglas claras, peritos que sepan, y un principio simple grabado en piedra: a la verdad no se le pone grillete; a la mentira, sí.

Insisto, si lo hacemos bien, con profesionalismo y sin miedo, quizá esta vez la radio hablando de marcianos no provoque pánico, sino lucidez.

Mañana será el diputado de Morena Carlos Arreola (qué casualidad) el que anuncie el desarrollo inmediato de foros con ciudadanos, académicos, especialistas, periodistas, abogados y otros grupos para discutir, plantear y afinar la iniciativa aprobada. Aunque lo convoque Arreola, ni modo, me apunto.

Nota: Esta columna no fue redactada con IA, sino con MIR (Mi Ignorancia Regular).

Hasta la próxima.

Yo soy Jorge Saldaña.

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#4 Tiempos

Francisco Gándara, primer ingeniero higromensor potosino | Columna de J.R. Martínez/Dr. Flash

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EL CRONOPIO

 

En 1886 se titulaba de ingeniero en el Instituto Científico y Literario de San Luis Potosí un joven que aportaría al estudio y solución de problemas de sistemas hídricos en la población, así como contribuiría y sería testigo de uno de los acontecimientos científicos más importantes a nivel mundial y que impacta en la sociedad actual, la comunicación inalámbrica, el joven en cuestión Francisco de la Gándara.

Sobre este personaje ambientado en el San Luis potosí de 1886 escribí un artículo que puede consultarse en: San Luis Potosí en 1886, esplendor de la alta cultura potosina: https://www.researchgate.net/publication/394853478_San_Luis_Potosi_en_1886_esplendor_de_la_alta_cultura_potosina

En 1885 se abría en San Luis Potosí el Liceo Científico y Literario “José María Morelos”, fundado por los estudiantes del Instituto Científico y Literario que habían sido expulsados de este por el gobernador del estado. De esta forma el 23 de febrero de 1885 el Liceo abría sus puertas para que los estudiantes expulsados pudieran continuar sus estudios. 

El director del Liceo y parte de sus profesores serían alumnos aventajados del Instituto que habían sido expulsados. Entre ellos se encontraba Francisco Gándara, alumno de excelencia del Instituto, en su momento ayudante de Francisco Estrada en algunos de sus experimentos y demostraciones en la cátedra de física. Este personaje tendría un papel importante y se convertiría en uno de los ingenieros egresados del Instituto Científico y Literario.

Los alumnos del Liceo que terminaban sus estudios superiores en esa institución, podían presentarse al Instituto Científico y Literario para examinarse en las materias que tenían pendientes en el Instituto después de cursarlas en el Liceo. Así, el 5 de septiembre de 1885 se examinaba en el Instituto Científico y Literario el alumno expulsado Francisco Gándara que era catedrático de física en el Liceo Morelos

; Gándara fue examinado en topografía y mecánica siendo calificado por el jurado con PB en ambas materias.

A fines de 1886 Francisco Gándara se titulaba como ingeniero topógrafo e higromensor en el Instituto Científico y Literario de San Luis Potosí y ofrecía sus servicios profesionales como tal en la cuarta calle del Apartado número 52, ahora calle de Francisco I. Madero.

Gándara con el tiempo se convertiría en un reconocido ingeniero experto en perforación de pozos y quien terminó la construcción de la Presa de San José.

En su época de estudiante de la cátedra de física, de 1881 a 1882, ayudó a Francisco Javier Estrada en sus experimentos de comunicación y fue testigo de los experimentos de comunicación inalámbrica que sería una de las aportaciones extraordinarias y de primicia mundial realizadas en ese año de 1886.

En 1897 Gándara recordaba, al anunciarse el descubrimiento de Marconi de la comunicación inalámbrica y que la prensa local y nacional promovía con loas a su autor, que dicho descubrimiento había sido realizado más de diez años antes por el potosino Francisco Javier Estrada en pleno centro de la ciudad de San Luis Potosí y en el edificio donde profesaba su cátedra de física. Para entonces, el olvido sobre la obra de Estrada y su persona, ya hacia acto de presencia, y sus motivos deben ser dignos de estudio.

Francisco Gándara, estudiante del curso de física que dictaba Estrada, narra, su reacción ante la noticia del experimento de Marconi, asegura que el tema fue para él, nada sorpresivo, pues él, al igual que sus condiscípulos, pudieron presenciar la comunicación telegráfica sin hilo conductor, tanto en el aire (en el espacio dice Gándara) como a través de la tierra (refiriéndose a la detección de temblores de tierra). Refiere Gándara que los experimentos con los más mínimos detalles quedaron consignados en los libros en que Estrada apuntaba el resultado de sus grandes estudios. Libro que infructuosamente, hasta el momento, hemos buscado y que representa un tesoro para la historia de la ciencia y para la historia de nuestra propia cultura.

Gracias a Francisco Gándara sabemos detalles de esos históricos experimentos de Estrada, al ser participa en ellos y registrarlos en su diario de experimentos.

“Al que esto escribe, discípulo del Sr. Estrada por aquellos años, cúpole en suerte ayudarle en la práctica de sus experiencias, para las cuales por la imposibilidad en que el sabio electricista se encontraba, necesitaba el concurso mecánico de alguien, y ¡cuántas veces me dejó sorprendido del resultado maravilloso de sus ideas que yo ejecutaba sin conciencia!

Yo mismo escribí de mi puño y letra la teoría del descubrimiento que hoy como de Marconi se presenta y asenté los experimentos que llevábamos a efecto con magníficos resultados, así como muchísimos de los frutos de la singular ilustración y gran saber del Sr. Estrada”.

Francisco Gándara (1897)

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