Estado
Congreso ratificó a magistrados del Poder Judicial
En Sesión Ordinaria, los integrantes de la LXII Legislatura aprobaron la ratificación de los Magistrados Numerarios del Poder Judicial: Rebeca Anastacia Medina García, con 20 votos a favor y 6 en contra; Juan Paulo Almazán Cue, con 18 votos a favor y 8 en contra; y Olga Regina García López, con 21 votos a favor y 4 en contra, cargo que no deberá ser ejercido después de los 73 años de edad, ni por un periodo mayor a 15 años, contados a partir del inicio de su designación, en términos del párrafo tercero del artículo 97 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí.
Posteriormente, en Sesión Solemne, los magistrados ratificados rindieron protesta de ley, donde se contó con la presencia del Secretario General de Gobierno, Alejandro Leal Tovías, en representación del Poder Ejecutivo; y la magistrada Manuela García Cazares, en representación del Poder Judicial.
Al no reunir mayoría calificada, se rechazaron las propuestas para ratificar a los magistrados: Luis Fernando Gerardo González, con 3 votos a favor, 6 abstenciones y 17 votos en contra; Graciela González Centeno, con 15 votos a favor, 3 abstenciones y 8 votos en contra; Arturo Morales Silva, con 8 votos a favor, 4 abstenciones y 14 votos en contra; María Refugio González Reyes con 12 votos a favor y 13 en contra; María del Rocío Hernández Cruz, con 16 votos a favor y 9 en contra; y Juan José Méndez Gatica, con 12 votos a favor, 2 abstenciones y 11 en contra.
Por tanto, de acuerdo a lo establecido en el mismo artículo 97 de la Constitución Política del Estado, “para ser ratificado se requerirá el voto favorable de cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Congreso. En caso contrario se declarará la vacante, debiendo procederse en consecuencia”.
En los dictámenes respectivos, presentados por las comisiones de Gobernación y Justicia, se indica que coinciden con los criterios judiciales en cuanto que, la posibilidad de ratificación de los Magistrados como condición para obtener la inamovilidad judicial, debe entenderse referida a la actuación del Funcionario judicial y no así a la sola voluntad del órgano u órganos a los que la Constitución Local otorga la atribución de decidir sobre tal ratificación, en tanto este principio ha sido establecido como una de las formas de garantizar la independencia y autonomía judicial, no sólo como un derecho de tales servidores públicos sino, principalmente, como una garantía de la sociedad pues ésta tiene derecho a contar con Magistradas capaces e idóneos que cumplan con la garantía constitucional de acceso a la justicia pronta, completa e imparcial de los gobernados.
En consecuencia, tal posibilidad de ratificación se encuentra sujeta a lo siguiente:
- A la premisa básica de que el cargo de Magistrada no concluye por el solo transcurso del tiempo previsto en nuestra Constitución Local para la duración del mismo;
- A la condición relativa de que el funcionario judicial de que se trate haya cumplido el plazo del cargo establecido en la Constitución Local; y
- Una evaluación de la actuación de los Magistrados, que se concreta en la emisión de dictámenes escritos en los que se precisen las causas por las que se considera que aquéllos deben o no ser ratificados, para no afectar la continuidad en el funcionamiento normal del órgano jurisdiccional, aplicando reglas que sean del conocimiento público para garantizar que la calificación realizada atienda a criterios objetivos.
En tal virtud, estas dictaminadoras concluyen que una vez que fueron analizados y revisados en lo particular con cada uno de los elementos que sirvieron de parámetro para determinar sobre la ratificación o no del evaluado, en el cargo de Magistrado Numerario, consideramos que se cumple con lo establecido en los artículos citados en la Consideración Quinta, y además de las pruebas presentadas, con los elementos de, eficiencia, capacidad, honorabilidad, competencia y probidad en la impartición de justicia, los cuales son indispensables para su ratificación.
Otros dictámenes
Se aprobó la reforma a los artículos, 1° en su fracción I, 2° en su párrafo primero, 4° en su fracción IV, 13 en sus fracciones, XIII, y XIV; 22 en su párrafo cuarto, 26 en sus párrafos, primero, y segundo, en su fracción I, y en sus párrafos, octavo, noveno, y décimo, 29 en su párrafo primero, y en su fracción III, 30 en su párrafo primero, y en sus fracciones, I, II, IV, y V, y 100 en su fracción II; y adiciona a los artículos, 13 la fracción XV, 26 cinco párrafos, éstos como décimo primero a décimo quinto, 30 la fracción VI, 30 BIS a 30 SEPTENDECIES, y 31 tres párrafos, éstos como, segundo, tercero, y octavo, por lo que actuales segundo a quinto, pasan a ser párrafos cuarto a séptimo, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de armonizar y fortalecer el marco normativo estatal, como medida para garantizar el derecho de niñas y niños a vivir en familia, subsanando las deficiencias referidas por los organismos internacionales, y adicionando una estructura legal que guie los procesos de adopción.
Puntos de Acuerdo
Por unanimidad de 24 votos a favor, fue aprobado el Punto de Acuerdo promovido por el diputado Oscar Vera Fabregat para exhortar a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, y a la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, a efecto de revisar e implementar estrategias eficientes y eficaces para mejorar las condiciones generales de trabajo de todos los profesionales de la salud que, de manera enunciativa más no limitativa, incluye a los y las especialistas, médicos generales, enfermeros, enfermeras, camilleros y personal en general al interior de los hospitales, clínicas o centros de salud en cada uno de sus ámbitos.
Asimismo, y siempre que el presupuesto institucional lo permita, lleven a cabo un análisis de impacto presupuestal a efecto de asignar a todos el personal médico y auxiliares, un bono económico de riesgo mensual, por el trabajo o servicios prestados durante todo el tiempo que dure la crisis de salud pública.
A propuesta de la diputada María Isabel González Tovar, se aprobó por mayoría de 20 votos a favor, 3 abstenciones y 1 en contra, se aprobó un Punto de Acuerdo para exhortar al Congreso de la Unión a efecto de que expida de manera urgente la legislación procedimental única en materias civil y familiar a que hace referencia la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionado mediante decreto de fecha 15 de septiembre de 2017.
A las comisiones legislativas, se turnó para su análisis y conocimiento la correspondencia enviada por los demás poderes del estado, ayuntamientos y organismos paramunicipales, el Poder Federal, Poderes de otras entidades del país, particulares; así como las iniciativas de modificación a la legislación estatal presentadas por las y los diputados de la LXII Legislatura y ciudadanos potosinos.
En asuntos generales participó las diputadas Marite Hernández Correa, Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, María Isabel González Tovar, sobre diversos temas.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria No. 76, el próximo jueves 8 de octubre de 2020, a las 10:00 horas, en el Salón Ponciano Arriaga Leija, Jardín Hidalgo 19.
Estado
Orquesta Sinfónica de SLP cautiva con concierto de “El Cascanueces”
El evento es parte de las actividades de la Navidad Verde impulsadas por el Gobierno del Estado para las y los potosinos
Por: Redacción
El Gobierno del Estado de San Luis Potosí, encabezado por Ricardo Gallardo Cardona, a través de la Secretaría de Cultura (SeCult), llevó a cabo con gran éxito el concierto sinfónico “El Cascanueces”, a cargo de la Orquesta Sinfónica de San Luis Potosí.
El espectáculo que reunió a familias, infancias, juventudes y personas adultas se presentó en la Cineteca Alameda como parte de las actividades decembrinas impulsadas por la administración estatal para fomentar la convivencia, el disfrute de la cultura y la construcción de espacios donde prevalezcan la paz y la tranquilidad.
La Orquesta Sinfónica, dirigida en esta ocasión por Alfredo Ibarra, como director invitado, y la extraordinaria voz de la soprano Adriana Tinoco, brillaron con una ejecución impecable que envolvió al público en la magia de la música y la tradición navideña, consolidando su prestigio y reafirmando su papel como una de las instituciones musicales más importantes del estado.
El Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Cultura, continuará presentando actividades culturales, conciertos, obras de teatro y espectáculos musicales con motivo de la Navidad por lo que se invita a consultar las redes sociales de la Secretaría de Cultura y dependencias participantes.
Congreso del Estado
Sigue en estudio continuidad de concejales de Pozos
Héctor Serrano afirmó que los concejales no fueron electos y que el Congreso es la autoridad competente para tomar decisiones sobre ellos
Por: Redacción
El presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso del Estado, diputado Héctor Serrano Cortés, confirmó que los concejales de Villa de Pozos que incurrieron en una “mala actuación” ya se encuentran bajo revisión jurídica y administrativa por parte del propio Legislativo y del órgano de control interno del municipio.
Serrano explicó que, tras diversas observaciones y conductas presuntamente irregulares dentro del concejo, se inició un proceso formal para integrar expedientes y deslindar posibles responsabilidades.
“¿Qué es preferible? ¿Atender un acto que a la luz pública muestra por lo menos una ilegalidad, o dejarlo pasar con la impunidad que eso implica?”, cuestionó el legislador, al señalar que su obligación es concluir estos procedimientos con estricto apego a la legalidad.
El diputado destacó que esta revisión interna ocurre en paralelo al reciente fallo del Tribunal Electoral del Estado (TEE), que confirmó que la designación de Martha Patricia Aradillas como presidenta concejal no es un tema electoral, sino estrictamente administrativo y de competencia del Congreso.
“Siempre lo dijimos: los concejales no fueron electos, no son producto de la voluntad popular; por tanto, el órgano que tiene injerencia sobre sus decisiones es el que los designó, en este caso, el Congreso del Estado”, afirmó. Añadió que el Tribunal desechó las impugnaciones precisamente por ser improcedentes y no tener materia qué analizar.
Serrano reiteró que para el Congreso lo fundamental es mantener la estabilidad y la seguridad social de los habitantes de Villa de Pozos. Recordó que no hubo elecciones previas debido a diversos amparos que frenaron el proceso, por lo que los comicios se realizarán hasta 2027.
Mientras tanto, el órgano de control municipal integra observaciones, evalúa responsabilidades y da seguimiento a las conductas de los concejales señalados. El diputado sostuvo que el compromiso del Congreso es claro: “He pugnado siempre por la legalidad”.
También lee: Torres Sánchez pide a concejal de Villa de Pozos “dejar el protagonismo y ponerse a trabajar”
Destacadas
¿Tocan mujeres? CEEPAC propone paridad total y alternancia en candidaturas
La propuesta incluye que si en la elección pasada un partido postuló a un hombre para la gubernatura o ayuntamientos, obligatoriamente ahora deberá postular a una mujer, y viceversa
Por: Redacción
El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceeoac) entregó al Congreso del Estado una Iniciativa Integral de Reforma Constitucional y Electoral que busca modernizar el sistema comicial potosino, fortalecer sus instituciones y garantizar el ejercicio pleno de los derechos político-electorales de toda la ciudadanía.
La propuesta incorpora ajustes operativos, nuevas obligaciones para los partidos y un énfasis inédito en la paridad, incluida una medida clave: alternancia obligatoria de género en la candidatura a la gubernatura, es decir, si en la elección pasada el partido postuló a un hombre, la siguiente deberá ser una mujer, y viceversa.
La iniciativa plantea al Legislativo analizar cambios de fondo como:
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Nuevo calendario electoral, adelantando el arranque del proceso al 15 de noviembre del año previo a la elección.
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Pago para integrantes de Comisiones Distritales y Comités Municipales, reconociendo su labor durante el proceso electoral.
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Procedimientos más sólidos para sustituir o revocar a personas integrantes de órganos desconcentrados.
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Modernización en el manejo de boletas, documentos y sistemas de resultados preliminares.
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Nuevas atribuciones del Ceepac en la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial.
La iniciativa establece que los partidos políticos deberán destinar al menos 5% de su financiamiento a programas de formación política, desarrollo de habilidades y liderazgo, enfocados especialmente en:
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Personas con discapacidad
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Personas de la diversidad sexual
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La participación real en espacios de decisión
Uno de los ejes más robustos de la propuesta es el fortalecimiento sustantivo al principio de paridad:
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Alternancia obligatoria en la candidatura a la gubernatura según el género del registro previo.
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Integraciones paritarias en todos los ayuntamientos, incluidas las presidencias municipales.
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Armonización de la Comisión de Género con principios de igualdad y no discriminación.
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Facultad del Ceepac para rechazar registros que incumplan con la paridad.
En conjunto, la reforma busca construir un sistema electoral:
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Moderno y eficiente
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Con procesos confiables y transparentes
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Con igualdad sustantiva para todas las personas
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Que garantice participación equitativa de grupos históricamente excluidos
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Que consolide la pluralidad y la democracia potosina
El CEEPAC destacó que la discusión debe abrirse a diversos espacios públicos, académicos y políticos, a fin de que el Congreso defina la actualización legal que permita desarrollar procesos electorales íntegros, incluyentes y accesibles en San Luis Potosí.
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