diciembre 15, 2025

Conecta con nosotros

Estado

Congreso ratificó a magistrados del Poder Judicial

Publicado hace

el

En Sesión Ordinaria, los integrantes de la LXII Legislatura aprobaron la ratificación de los Magistrados Numerarios del Poder Judicial: Rebeca Anastacia Medina García, con 20 votos a favor y 6 en contra; Juan Paulo Almazán Cue, con 18 votos a favor y 8 en contra; y Olga Regina García López, con 21 votos a favor y 4 en contra, cargo que no deberá ser ejercido después de los 73 años de edad, ni por un periodo mayor a 15 años, contados a partir del inicio de su designación, en términos del párrafo tercero del artículo 97 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí.

Posteriormente, en Sesión Solemne, los magistrados ratificados rindieron protesta de ley, donde se contó con la presencia del Secretario General de Gobierno, Alejandro Leal Tovías, en representación del Poder Ejecutivo; y la magistrada Manuela García Cazares, en representación del Poder Judicial.

Al no reunir mayoría calificada, se rechazaron las propuestas para ratificar a los magistrados: Luis Fernando Gerardo González, con 3 votos a favor, 6 abstenciones y 17 votos en contra; Graciela González Centeno, con 15 votos a favor, 3 abstenciones y 8 votos en contra; Arturo Morales Silva, con 8 votos a favor, 4 abstenciones y 14 votos en contra; María Refugio González Reyes con 12 votos a favor y 13 en contra; María del Rocío Hernández Cruz, con 16 votos a favor y 9 en contra; y Juan José Méndez Gatica, con 12 votos a favor, 2 abstenciones y 11 en contra.

Por tanto, de acuerdo a lo establecido en el mismo artículo 97 de la Constitución Política del Estado, “para ser ratificado se requerirá el voto favorable de cuando menos las dos terceras partes de los miembros del Congreso. En caso contrario se declarará la vacante, debiendo procederse en consecuencia”.

En los dictámenes respectivos, presentados por las comisiones de Gobernación y Justicia, se indica que coinciden con los criterios judiciales en cuanto que, la posibilidad de ratificación de los Magistrados como condición para obtener la inamovilidad judicial, debe entenderse referida a la actuación del Funcionario judicial y no así a la sola voluntad del órgano u órganos a los que la Constitución Local otorga la atribución de decidir sobre tal ratificación, en tanto este principio ha sido establecido como una de las formas de garantizar la independencia y autonomía judicial, no sólo como un derecho de tales servidores públicos sino, principalmente, como una garantía de la sociedad pues ésta tiene derecho a contar con Magistradas capaces e idóneos que cumplan con la garantía constitucional de acceso a la justicia pronta, completa e imparcial de los gobernados.

En consecuencia, tal posibilidad de ratificación se encuentra sujeta a lo siguiente:

  • A la premisa básica de que el cargo de Magistrada no concluye por el solo transcurso del tiempo previsto en nuestra Constitución Local para la duración del mismo;
  • A la condición relativa de que el funcionario judicial de que se trate haya cumplido el plazo del cargo establecido en la Constitución Local; y
  • Una evaluación de la actuación de los Magistrados, que se concreta en la emisión de dictámenes escritos en los que se precisen las causas por las que se considera que aquéllos deben o no ser ratificados, para no afectar la continuidad en el funcionamiento normal del órgano jurisdiccional, aplicando reglas que sean del conocimiento público para garantizar que la calificación realizada atienda a criterios objetivos.

En tal virtud, estas dictaminadoras concluyen que una vez que fueron analizados y revisados en lo particular con cada uno de los elementos que sirvieron de parámetro para determinar sobre la ratificación o no del evaluado, en el cargo de Magistrado Numerario, consideramos que se cumple con lo establecido en los artículos citados en la Consideración Quinta, y además de las pruebas presentadas, con los elementos de, eficiencia, capacidad, honorabilidad, competencia y probidad en la impartición de justicia, los cuales son indispensables para su ratificación.

 

Otros dictámenes

Se aprobó la reforma a los artículos, 1° en su fracción I, 2° en su párrafo primero, 4° en su fracción IV, 13 en sus fracciones, XIII, y XIV; 22 en su párrafo cuarto, 26 en sus párrafos, primero, y segundo, en su fracción I, y en sus párrafos, octavo, noveno, y décimo, 29 en su párrafo primero, y en su fracción III, 30 en su párrafo primero, y en sus fracciones, I, II, IV, y V, y 100 en su fracción II; y adiciona a los artículos, 13 la fracción XV, 26 cinco párrafos, éstos como décimo primero a décimo quinto, 30 la fracción VI, 30 BIS a 30 SEPTENDECIES, y 31 tres párrafos, éstos como, segundo, tercero, y octavo, por lo que actuales segundo a quinto, pasan a ser párrafos cuarto a séptimo, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de armonizar y fortalecer el marco normativo estatal, como medida para garantizar el derecho de niñas y niños a vivir en familia, subsanando las deficiencias referidas por los organismos internacionales, y adicionando una estructura legal que guie los procesos de adopción.

 

Puntos de Acuerdo

Por unanimidad de 24 votos a favor, fue aprobado el Punto de Acuerdo promovido por el diputado Oscar Vera Fabregat para exhortar a la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, y a la Secretaría de Salud de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, a efecto de revisar e implementar estrategias eficientes y eficaces para mejorar las condiciones generales de trabajo de todos los profesionales de la salud que, de manera enunciativa más no limitativa, incluye a los y las especialistas, médicos generales, enfermeros, enfermeras, camilleros y personal en general al interior de los hospitales, clínicas o centros de salud en cada uno de sus ámbitos.

Asimismo, y siempre que el presupuesto institucional lo permita, lleven a cabo un análisis de impacto presupuestal a efecto de asignar a todos el personal médico y auxiliares, un bono económico de riesgo mensual, por el trabajo o servicios prestados durante todo el tiempo que dure la crisis de salud pública.

A propuesta de la diputada María Isabel González Tovar, se aprobó por mayoría de 20 votos a favor, 3 abstenciones y 1 en contra, se aprobó un Punto de Acuerdo para exhortar al Congreso de la Unión a efecto de que expida de manera urgente la legislación procedimental única en materias civil y familiar a que hace referencia la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, adicionado mediante decreto de fecha 15 de septiembre de 2017.

A las comisiones legislativas, se turnó para su análisis y conocimiento la correspondencia enviada por los demás poderes del estado, ayuntamientos y organismos paramunicipales, el Poder Federal, Poderes de otras entidades del país, particulares; así como las iniciativas de modificación a la legislación estatal presentadas por las y los diputados de la LXII Legislatura y ciudadanos potosinos.

En asuntos generales participó las diputadas Marite Hernández Correa, Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, María Isabel González Tovar, sobre diversos temas.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria No. 76, el próximo jueves 8 de octubre de 2020, a las 10:00 horas, en el Salón Ponciano Arriaga Leija, Jardín Hidalgo 19.

Continuar leyendo

Estado

Planteles se recuperan de lluvias: Cobach

Publicado hace

el

Se registraron afectaciones en aproximadamente seis planteles del Cobach

Por: Redacción

Ricardo Daniel Centeno Trejo, director general del Colegio de Bachilleres de San Luis Potosí (Cobach), informó sobre el estado de los planteles de la Huasteca potosina que resultaron afectados por las recientes fuertes lluvias e inundaciones.

El director señaló que, afortunadamente, la situación se pudo cubrir en su totalidad y todos los planteles regresaron completamente a clases presenciales casi dos semanas después de las inundaciones.

El Cobach habilitó el plantel ubicado en San Vicente como un centro de albergue para que la gente pudiera resguardarse mientras bajaba la inundación. Afortunadamente, este plantel no sufrió afectaciones severas.

Se registraron afectaciones en aproximadamente seis planteles del Cobach. En su mayoría, los daños fueron mínimos, como vidrios rotos.

El director explicó que los daños más severos se limitaron a la caída de bardas y afectaciones en el techado. A pesar de que algunos planteles tienen una antigüedad considerable, entre 35 y 40 años, Centeno Trejo expresó satisfacción porque el buen diseño de las instalaciones permitió que todo pudiera repararse a la brevedad, sin que se presentara ninguna situación de gravedad.

También lee: Aprobados los decretos que expiden las leyes de ingresos, ejercicio fiscal 2026 de 29 ayuntamientos

Continuar leyendo

Ciudad

STPS Exhorta a Denunciar Explotación Laboral en el Transporte de Personal

Publicado hace

el

El titular de la STPS subrayó el peligro que corren choferes y personal trasladado debido al agotamiento

Por: Redacción

Crisógono Sánchez Lara, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), abordó la problemática de la presunta sobreexplotación de los conductores de transporte de personal en el estado.

Sánchez Lara reconoció tener conocimiento formal sobre la sobreexplotación de los trabajadores del volante. Ante esta situación, la STPS ha solicitado la colaboración e intervención directa de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), ya que a esta dependencia le corresponde asegurar que los operadores se encuentren en óptimas condiciones y cumplan con todos los requisitos legales para conducir.

El titular de la STPS enfatizó la gravedad del problema, recordando que los conductores no solo ponen en riesgo su propia vida, sino también la vida de todos los pasajeros que transportan. Mencionó un accidente reciente, ocurrido aproximadamente hace un mes, donde lamentablemente una operadora de autobús perdió la vida mientras trasladaba personal.

A pesar de los indicios de sobreexplotación, el titular de la STPS indicó que no han recibido denuncias formales al respecto. Por ello, la Secretaría está al frente de la problemática y exhorta a los trabajadores a que rompan la “cultura del silencio” y hagan sus denuncias.

Sánchez Lara también exhortó directamente a los patrones y a las empresas a que realicen sus actividades conforme a la ley.
En un tema relacionado con la seguridad y la capacitación de operadores, el funcionario mencionó la reciente graduación de diez mujeres capacitadas para el volante, específicamente en el manejo de la quinta rueda. Esta iniciativa busca reducir los accidentes que podrían ser causados por el agotamiento del trabajador responsable.

También lee: Estas son las placas conmemorativas del Mundial 2026 en SLP

Continuar leyendo

Estado

Aprobados los decretos que expiden las leyes de ingresos, ejercicio fiscal 2026 de 29 ayuntamientos

Publicado hace

el

Por pérdida de confianza institucional, se aprueba separación del cargo de concejales de villa de pozos y se eligen nuevos integrantes 

Por: Redacción

En Sesión Ordinaria, fueron aprobados por unanimidad los Decretos que expiden las Leyes de Ingresos de 29 municipios, para el Ejercicio Fiscal 2026 así como reformas constitucionales en materia de pueblos y comunidades indígenas y de personas cuidadoras.

En las iniciativas de Leyes de Ingresos Municipales, presentados por la Comisión Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal, que preside la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, no contemplan incrementos desproporcionados, ya que se busca proteger la economía de la población.

Estos Decretos corresponden a los municipios de: Ahualulco del Sonido 13, Coxcatlán, Armadillo de los Infante, Guadalcázar, Mexquitic de Carmona, Cerritos, Ciudad del Maíz, Cerro de San Pedro, Cedral, Charcas, El Naranjo, Matehuala, Moctezuma, Salinas, Santo Domingo, San Luis Potosí, Soledad de Graciano Sánchez, Venado, Tamuín, Villa de Arriaga, Villa de Guadalupe, Villa de Ramos, Villa de la Paz, Villa de Pozos, Villa de Reyes, Villa Hidalgo, Villa Juárez, Xilitla y Zaragoza.

Concejo de Villa de Pozos.

El Congreso del Estado aprobó el Decreto sobre la separación del cargo de los 12 concejales y 2 síndicos de Villa de Pozos, en el que se declara acreditada la pérdida de confianza institucional, por lo cual resulta material y jurídicamente inviable su permanencia, ante la transgresión grave y generalizada a los principios del servicio público.

Se indica que ésta resolución no prejuzga sobre las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran corresponder, las cuales deberán sustanciarse conforme a derecho, ante las autoridades competentes.

Posteriormente, se procedió a la designación de nuevos concejales, para el periodo del 15 de diciembre de 2025 al 30 de septiembre de 2027, cuyo nombramiento fue votado y aprobado por unanimidad, quedando de la siguiente manera:

  • Concejal Regidor 1
  •   Propietario: René Oyarvide Ibarra
  • Suplente: Rodrigo Trejo Hernández.
  • Concejal Síndico 1
  • Propietario: Beatriz Carranza Betancourt
  • Suplente: Miriam del Rocío Barbosa Ruiz.
  • Concejal Síndico 2
  • Propietario: Alejandro García Moreno
  • Suplente: Julio César Gascón Montoya
  • Concejal Regidor 2
  • Propietario: Georgina Andrade Bautista
  • Suplente: Karla Reyes Meléndez
  • Concejal Regidor 3
  • Propietario: Sebastián Galindo Arriaga
  • Suplente: Octavio Iñiguez Medina
  • Concejal Regidor 4
  • Propietario: Laura Chavarría Romero
  • Suplente: Carmen Flores Rocha
  • Concejal Regidor 5
  • Propietario: Luis Enrique López Martínez
  • Suplente: Jorge Álvaro Colunga López
  • Concejal Regidor 6
  • Propietario: Socorro Hernández Pintado
  • Suplente: Wendy Nayeli Segura Gómez
  • Concejal Regidor 7
  • Propietario: Mario Cortez Martínez
  • Suplente: Orlando Ramos Castillo
  • Concejal Regidor 8
  • Propietario: Norma Angélica Herrera Sustaita
  • Suplente: María Vicenta Almendarez Acosta
  • Concejal Regidor 9
  • Propietario: Carlos Fernando Cabrieles Garza
  • Suplente: Roger Errejón Alanis
  • Concejal Regidor 10
  • Propietario: Sandra Leticia Hernández Serrato
  • Suplente: Amairanhy Lizeth Pérez Quintana
  • Concejal Regidor 11
  • Propietario: Ulises Fabián Toro Reyna
  • Suplente: Marco Aurelio Castro
  • Concejal Regidor 12
  • Propietario: Claudia Galván Ramírez
  • Suplente: Rosa Angélica Moreno Anguiano

Reformas constitucionales

Fue aprobada la reforma al artículo 9° de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, a fin de armonizar sus disposiciones en materia de pueblos y comunidades indígenas, con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 2°.

Esta reforma contempla el permitir desarrollar, practicar, fortalecer, y promover la medicina tradicional, así como la partería para la atención del embarazo, parto y puerperio. Asimismo, el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, a ser asistidas y asesoradas por personas intérpretes, traductoras, defensoras y peritas especializadas en materia de derechos indígenas, pluralismo jurídico, perspectiva de género, y diversidad cultural y lingüística.

También, el ejercer su derecho al desarrollo integral, con base en sus formas de organización económica, social y cultural, con respeto a la integridad del medio ambiente y recursos naturales.

Además, de ser consultadas de conformidad con la normativa secundaria, sobre las medidas legislativas o administrativas que se pretendan adoptar, cuando éstas puedan causar afectaciones o impactos significativos en su vida o entorno, con la finalidad de obtener su consentimiento, o en su caso, llegar a un acuerdo sobre tales medidas. 

Se introduce su derecho a la promoción, reconocimiento y protección de sus conocimientos, aportes y atribuciones a la historia nacional y a la diversidad cultural de la nación, en las modalidades y niveles del Sistema Educativo Nacional y ser incluidos en la producción y registros de datos, información, estadísticas, censos y encuestas oficiales, para lo cual, las instituciones competentes establecerán los procedimientos, métodos y criterios respecto a su identidad y auto adscripción.

Asimismo, se reconoce y asegura el derecho de las mujeres indígenas y afromexicanas a participar de manera efectiva y en condiciones de igualdad en los procesos de desarrollo integral de sus pueblos y comunidades, en la toma de decisiones de carácter público, en la promoción y respeto de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a la propiedad y a la posesión de sus tierras y demás derechos humanos.

Se reconoce y garantizar el derecho de la niñez, adolescencia y juventud indígenas y afromexicanas a una atención adecuada, en sus propias lenguas, para hacer efectivo el conocimiento y ejercicio pleno de sus derechos de acceso a la educación, a la salud, a las tecnologías, al arte, la cultura, el deporte, y la capacitación para el trabajo, y se garantiza una vida libre de exclusión, discriminación y violencia, en especial de violencia sexual y de género.

 Además, de que el Estado y los municipios, adopten las medidas necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en la Constitución, con el propósito de eliminar discriminación, racismo, exclusión e invisibilidad de las que sean objeto las comunidades indígenas y afromexicanas.

 También, se aprobó el Decreto que adiciona el artículo 12 de la Constitución Política del Estado, en materia de personas cuidadoras.

 Otros dictámenes

Por unanimidad, se aprobó el Decreto que modifica estipulaciones del Código Penal del Estado de San Luis Potosí; así como de las leyes estatales, del Sistema de Seguridad Pública; Orgánica de la Fiscalía General del Estado; y de Responsabilidades Administrativas, en materia de extorsión. 

Por unanimidad, se aprobó que la LXIV Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta de manera respetuosa, a la persona titular de la Secretaria de Educación del Gobierno del Estado de San Luis Potosí; a la persona titular de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) del Estado de San Luis Potosí; a la persona titular de la Delegación del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) del Estado de San Luis Potosí; a la persona titular Secretaria del Salud del Gobierno del Estado de San Luis Potosí; a las y los Presidentes Municipales de los 59 Ayuntamientos del Estado de San Luis Potosí; para que en el ámbito de sus facultades y de forma urgente, lleven a cabo revisión de todos los establecimientos que operan como guarderías o estancias infantiles, con el fin de verificar si cumplen con las normas de seguridad e higiene, a fin de salvaguardar la integridad física de las niñas y los niños que acuden a ellas, y en su caso, se tomen las acciones o se apliquen las sanciones correspondientes.

Agotados los asuntos, en Sesión Solemne con la presencia del Consejero Jurídico del Estado, Marcos Joel Perea Arellano, rindieron protesta de ley las y los concejales propietarios y suplentes del municipio de Villa de Pozos; posteriormente, se emitió Declaratoria de Clausura del Primer Periodo Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LXIV Legislatura, y  se llevó a cabo la sesión de instalación de la Diputación Permanente.

También lee: Soledad promueve disposición responsable de basura electrónica

Continuar leyendo

Opinión

Pautas y Redes de México S.A. de C.V.
Miguel de Cervantes Saavedra 140
Col. Polanco CP 78220
San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono 444 2440971

EL EQUIPO:

Director General
Jorge Francisco Saldaña Hernández

Director Administrativo
Luis Antonio Martínez Rivera

Directora Editorial
Ana G. Silva

Periodistas

Diseño
Karlo Sayd Sauceda Ahumada

Productor
Fermin Saldaña Ocampo

 

 

 

Copyright ©, La Orquesta de Comunicaciones S.A. de C.V. Todos los Derechos Reservados