diciembre 27, 2025

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Congreso del Estado

Congreso buscará designar presupuesto para bomberos

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La propuesta podría garantizar su certeza económica y podría definirse antes del iniciar el periodo fiscal 2024

Por: Redacción

Emma Saldaña Guerrero y Edmundo Torrescano Medina, diputados locales e integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí, han mantenido acercamientos con integrantes y representantes del Cuerpo de Bomberos Metropolitanos, así como de Matehuala, con la finalidad de manifestar las inquietudes que viven, como su independencia de las instituciones públicas, certeza económica, homologación de salarios en todo el estado, mecanismos de profesionalización, complicaciones para recibir y ejercer su presupuesto.

Durante la reunión se dio a conocer que uno de los proyectos es establecer la protección civil como un derecho en San Luis Potosí, e integrar al cuerpo de bomberos en la participación, lo que obligaría a cada municipio a definir un departamento de bomberos público o privado; mientras que la otra iniciativa propone expedir la Ley del Sistema de Bomberos del Estado con su institucionalización como un organismo descentralizado de la administración pública.

Los bomberos solicitaron que la iniciativa sea definida, pues en algunos municipios, las nóminas han sido pagadas por la propia ciudadanía. Sin embargo, pidieron que la certeza financiera no afecte a la población a través de la implementación de impuestos, sino que se destine directamente de los presupuestos

.“Siempre hemos estado allí en la imagen del ciudadano, pero nunca hubo un respaldo legal”, señalaron los bomberos.

Torrescano Medina, presidente de la Comisión, dijo que el tema debería quedar en los próximos dos meses, para que se incluya en los presupuestos del ejercicio fiscal 2024

; de esa manera podrán “sacarlos de la bolsa de asistencia social para tener su propio mecanismo de financiamiento”, por lo que también se reunirán con la Secretaría de Finanzas y DIF estatal.

La coordinación de Protección Civil Municipal de la capital anunció que buscan otorgar certeza jurídica a las estaciones de servicio de los cuerpos de bomberos, por lo que apoyarán en los cambios a realizar en cuanto a los terrenos o instalaciones arrendadas que correspondan al Ayuntamiento de la capital. Mientras que la Coordinación de Protección Civil del Estado se comprometió a trabajar de manera coordinada con los cuerpos de bomberos en las cuatro regiones.

Juan Carlos Pérez, presidente de patronato de bomberos de Matehuala, planteó la necesidad de considerar un sistema profesional de carrera para los bomberos a fin de evitar que se “contamine” por nepotismo con personal no capacitado, en caso obligar a los municipios a establecer un cuerpo de bomberos o como un organismo descentralizado.

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Congreso del Estado

Patrullas y elementos de seguridad pública contarán con cámaras de videovigilancia

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La diputada Jacquelinn Jauregui indicó que esto proporcionará pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de las funciones policiales

Por: Redacción

A iniciativa de la diputada Jacquelinn Jauregui, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 154 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer que podrán instalar dispositivos de videograbación en los vehículos operativos de las corporaciones de seguridad pública y en los propios elementos de seguridad pública.

Esto, con el fin de dejar registro de la actividad desplegada en el ejercicio de sus funciones.

En el dictamen respectivo, se indica que la implementación de cámaras de videograbación en los vehículos operativos al servicio de corporaciones policiales se ha convertido en una herramienta clave para documentar su actuación y brindar certeza tanto a la ciudadanía como a los propios elementos de seguridad.

Precisa que el uso de videograbaciones ha demostrado ser un mecanismo eficaz para prevenir abusos, esclarecer hechos y fortalecer la confianza de la población en sus instituciones de seguridad. Además, de proporcionar pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de sus funciones.

Asimismo establece la diferencia entre los términos video vigilancia y videograbación; mientras la video vigilancia es una herramienta tecnológica que, a través de cámaras de video localizadas estratégicamente e interconectadas entre sí,

permiten apoyar la operación y despliegue policial, la persecución y prevención de los delitos, la atención de emergencias o documentar faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública. La videograbación se refiere al proceso de capturar y almacenar imágenes en movimientos con o sin sonido, en un medio electrónico, cuya finalidad primordial es la de preservar y en su caso reproducir esas imágenes.

En ese sentido y con base en las anteriores definiciones es que esta Ley reforma el término videograbación, con el fin de que quien detecte la comisión de un delito por medio de sistemas de video vigilancia lo reporte inmediatamente a las autoridades competentes, debiendo resguardar la videograbación hasta por un año.

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Congreso del Estado

Las personas que integran en consejo ciudadano de la CEDH no podrán ser consideradas servidores públicos

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Fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

Por: Redacción

En sesión del Congreso del Estado fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en relación a la integración del Consejo Ciudadano de dicho organismo, a fin de establecer que las personas que integran dicho consejo serán regidas por el artículo 49 de la ley y no podrán ser considerados servidores públicos.

El dictamen, presentado por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, tiene como finalidad reafirmar el carácter ciudadano y honorífico del Consejo de dicho organismo, para dar certeza jurídica, evitar interpretaciones erróneas que burocraticen su naturaleza, y preservar su función como órgano de representación de la sociedad civil en la supervisión y definición de políticas públicas en materia de derechos humanos.

El texto vigente del artículo 39 de la Ley establece que el Consejo está compuesto por ciudadanas y ciudadanos, representando a la sociedad civil, y que tiene como funciones discutir, guiar, decidir y supervisar las políticas públicas en materia de derechos humanos. Sin embargo, no establece con claridad que sus integrantes no tienen la calidad de servidores públicos, lo cual ha dado lugar a interpretaciones ambiguas, que han afectado el normal funcionamiento del órgano.

Actualmente, se ha considerado como servidores públicos a los integrantes del consejo de la comisión de derechos humanos, lo que ha provocado confusión normativa. Por ello, se propuso adicionar al artículo 39 el siguiente enunciado: “…quienes no podrán ser considerados Servidores Públicos”.

Con esta modificación, se precisa de manera expresa la naturaleza ciudadana y honorífica del Consejo, evitando con ello cualquier interpretación errónea que tienda a burocratizar su labor y desnaturalizar su papel como representante auténtico de la sociedad civil.

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Congreso del Estado

Congreso va con todo contra médicos fake y clínicas patito

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Se sancionará con una pena de inhabilitación, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados

Por: Redacción

Con el fin de sancionar el ejercicio indebido de la profesión y ostentación de especialidades médicas no reconocidas, la reincidencia en faltas graves de atención así como la sustitución arbitraria de medicamentos prescritos, se analiza una iniciativa de reforma a diversos artículos del Código Penal del Estado.

 

La propuesta plantea que “este delito se sancionará con una pena de inhabilitación de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o privación en caso de reincidencia, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados, según sean dolosos o culposos, bajo esta última forma de realización será perseguible por querella, y estarán obligados a la reparación de los daños por sus actos propios o de sus auxiliares, cuando éstos obren de acuerdo con las instrucciones de aquellos. Además de los gastos médicos y/o funerarios que en su caso resulten.

 

En el caso de que un médico se ost ente con una especialidad no validada l

egalmente o en caso de reincidencia por cualquiera de los supuestos anteriores, la punibilidad señalada en el artículo 246, se aumentara en una mitad….en estos casos se impondrá una pena de dos años a seis años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

 

A los responsables, encargados o empleados de una botica o farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente recetada, por otra que cause daño o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se les impondrá una pena de un mes a tres años de prisión, y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización, además de la reparación del daño ocasionado.

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