agosto 6, 2025

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Congreso del Estado

Congreso analiza establecer más refugios para mujeres en SLP

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La ley establece que  las mujeres víctimas de violencia tendrán derecho a acudir y ser recibidas con hijos, en los refugios destinados

 

Por: Redacción

Con el fin de que se cuente con al menos un refugio para mujeres víctimas de violencia en cada municipio de la entidad, las comisiones de Justicia; y  Primera; y Segunda de Hacienda y Desarrollo Municipal analizan la iniciativa que propone adicionar el artículo 53 BIS a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

 

Se indica que de acuerdo a la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares 2021, publicada en el año 2022, el 68.6% de las mujeres mayores de 15 años, han sufrido violencia en algún momento. Respecto a los porcentajes de los tipos de violencia que se presentan en nuestro estado, son: violencia sexual, el 45.7% de las mujeres, violencia psicológica, 51.3%, y violencia física, 34.6%.1

 

Por lo tanto, existe una gran cantidad de mujeres violentadas en nuestro estado, que enfrentan circunstancias de riesgo y por ello, la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que  las mujeres víctimas de violencia tendrán derecho a acudir y ser recibidas con sus hijas e hijos, en los casos de violencia familiar, en los refugios destinados para tal fin.

 

Por lo cual, en esta iniciativa se propone una medida para aumentar la disponibilidad de refugios, y con ello disminuir el desplazamiento de las mujeres víctimas de violencia que necesitan este tipo de protección, al tiempo que se fortalece el rol de los municipios en la materia, en seguimiento de la Ley General.

 

Lo anterior se podría lograr estableciendo que se debe de contar con al menos un refugio en cada demarcación municipal.

Congreso del Estado

Se castigará con hasta 5 años de prisión a quien maltrate o mate fauna silvestre

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Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada, se impondrá pena de hasta 7 años de prisión

Por: Redacción

La protección de animales en peligro no es solo una cuestión ambiental, sino también un imperativo ético y social que beneficia tanto a la naturaleza como a las generaciones futuras, señaló la diputada Roxanna Hernández Ramírez al presentar una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado que aumenta las penas a quien maltrate y produzca su muerte.

 

La legisladora representante del Distrito XIV con cabecera en Tamuín, propuso reformar la fracción III y adicionar una fracción III BIS al artículo 317 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para establecer que, cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de 24 meses a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de 300 a 600 días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.

 

Cuando se produzca la muerte de una especie que se encuentren en peligro de extinción, amenazada o sujeta a protección especial conforme a la NOM-059-SEMARNAT-2010, se impondrá pena de cuarenta y ocho meses a siete años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente.

 

En la iniciativa de la diputada Hernández Ramírez adiciona un artículo 121 BIS de la Ley de Protección a los Animales del Estado de San Luis Potosí, para señalar que se prohíbe dañar o matar especies que se encuentren en peligro de extinción, amenazadas o sujetas a protección especial enunciadas y conforme a la NOM-059-SEMARNAT2010.

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Congreso del Estado

Congreso busca castigar a quienes ayuden a encubrir delitos sexuales

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El delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado

Por: Redacción

Martha Patricia Aradillas Aradillas, propuso una iniciativa de reforma al artículo 283 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de establecer que las excluyentes de responsabilidad penal no sean aplicables en el delito de encubrimiento cuando se cometan delitos contra la libertad sexual; seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual.

 

Explica en su exposición de motivos, que el delito de encubrimiento es aquel que sin haber participado en un hecho considerado como delictuoso, alberga, oculta o proporciona ayuda al inculpado de un delito con el propósito de que se sustraiga a la acción de la justicia, o destruya, modifique, cambie, obstruya, altere, mueva o manipule la morfología de los indicios, vestigios, hu ellas, objetos, instrumentos o cadáveres que se encuentren en el lugar que acontecieron los hechos del delito o se realizó el hallazgo, para impedir su descubrimiento.

 

El Código Penal establece de uno a tres años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 300 días del valor de la unidad de medida y actualización.

 

Agrega que se busca que las disposiciones legales no obstruyan con las investigaciones cuando se trate del delito de feminicidio, o de homicidio contra menores de edad, ya que actualmente se sabe que la mayoría de las personas que ayudan a otra a evadir las penas que la Ley establece, son los mismos familiares, mismos que resultan participes en la ejecución del mismo, por lo tanto, estos también deben ser sancionados con penas privativas de la libertad y sanciones pecuniarias altas.

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Congreso del Estado

Congreso busca regular hoteles, spas y guarderías para mascotas

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Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Protección a los Animales para el Estado de San Luis Potosí, con el fin de incorporar la regulación del hospedaje de animales y las estancias en guarderías, hoteles o spas para mascotas, para asegurar el cumplimiento y la efectividad de los estándares de bienestar animal.

 

El dictamen, presentado por la Comisión de Ecología y Medio Ambiente que preside la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, establece que se consideran como guarderías, hoteles, spas y pensiones, los espacios físicos en los que se ofrecen diversos servicios para el cuidado y atención de animales de compañía por un tiempo determinado.

 

Dichos lugares deberán contar con la asesoría de un médico veterinario, para que los animales tengan los cuidados necesarios; deberán contar con: zona de alimentación, centro de atención médica, espacio de aseo, área de descanso, y zona recreativa.

 

En estas instalaciones se evitará poner especies distintas, en la misma área de atención, y estará prohibido alojar animales con enfermedades infecto contagiosas.

 

Se indica que con esta adición a la legislación estatal, se proporciona una base sólida para establecer y hacer cumplir requisitos mínimos de higiene, espacio, alimentación, atención veterinaria y trato adecuado, garantizando así que todos los establecimientos operen con un nivel de calidad aceptable.

 

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