julio 13, 2025

Conecta con nosotros

Estado

Comunidades indígenas de SLP piden elección municipal por medio de sus usos y costumbres

Publicado hace

el

Los representantes indígenas pidieron al Congreso del Estado atienda a la inclusión del tema de cambio de régimen de partidos políticos a usos y costumbres para elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás

Por: Redacción 

Desde el 30 de noviembre de 2020, las comunidades de Tanjasnec, Xolol, El Tocoy, Tzabitad y Tanchahuil del municipio de San Antonio, San Luis Potosí, solicitaron al CEEPAC que la elección municipal se celebrara por medio de sus usos y costumbres y no por la vía de partidos políticos.

El 28 de diciembre de 2020 se sumaron a esta petición, comunidades de Piaxtla, Tanjasnec, Xolol, El Tocoy, Tzabitad, y Tanchahuil en el municipio de San Antonio, S.L.P., Piaxtla, Guadalupe Victoria, La Garza, Cruztujub, San José Pequetzén, Alej Tom, Tsak Anam, ejido El Tamarindo, Linares, Tuzantla, Aldzulup y Alhuitot en el municipio de Tancanhuitz, S.L.P. En la misma fecha también lo hicieron las comunidades de El Zapote, Patalja, Q. Cuaresma, Barrio Espíritu Santo, El Fortín, Barrio Guadalupe, Tancolol, La Concepción y Ojox del municipio de Tanlajás, S.L.P,

Ante esta exigencia, el 15 de enero de 2021, el Pleno del CEEPAC aprobó la Creación de la Comisión Temporal de Inclusión. Sin embargo, El 22 de enero de 2021 se impugnó el acuerdo del Pleno del Consejo bajo el expediente TESLP/JDC/15/2021 y acumulados.

El 8 de marzo de 2021, la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió el SM-JDC-89/2021 y acumulados. En resumen, las decisiones de la Sala Monterrey son las siguientes:

 En cuanto lo que piden los ciudadanos, se contesta que:

  1. ciertamente existe la posibilidad de cambiar al sistema de usos y costumbres para la elección de sus autoridades municipales.
  2. Sin embargo, dicha posibilidad, entre otros aspectos, está sujeta a diversos requisitos, entre ellos, una consulta previa a las comunidades de Tancanhuitz, SLP, las cuales tienen una representatividad del 90% en el municipio, por lo que, al no cumplirse dichos requisitos durante el proceso electoral actual, tendrán que calificarse, en su momento, para verificar la procedencia de la transición del sistema de elecciones.

En medio de este proceso, el 10 de junio del 2022, fue convocada la consulta indígena por parte del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, el cual no incluyo en su convocatoria el tema de la transición del sistema ordinario de partidos políticos, al sistema de elección por usos y costumbres, -cuestión que el expediente TESLP/JDC/15/2021 plantea como materia de cumplimiento por parte del CEEPAC- el Congreso local decidió unilateralmente tratar otros asuntos y temas basados en iniciativas de ley que tenían en su agenda. El CEEPAC no incluyó el tema de elección por usos y costumbres, desacatando la sentencia del juicio TESLP/15/2021 y SM-JDC-89/2021

Cabe destacar que las demandas centrales de los pueblos y comunidades indígenas, no figuraron en la iniciativa y en la reforma de la Ley Electoral, tales como:

  1. La elección de ayuntamientos por vía de usos y costumbres.
  2. No a la reelección y revocación de mandato en todos los cargos de elección popular.
  3. La autoadscripción indígena sea definida por criterios comunitarios para evitar la sistemática y burda usurpación de la identidad. Se respeten los municipios que son indígenas.
  4. Se cree un apartado en la Ley Electoral sobre la elección de usos y costumbres,
  5. No se abrogue la ley de consulta indígena y
  6. Se transfieran recursos directos a las comunidades.

El CEEPAC desde esa fecha se ha negado sistemáticamente a realizar la consulta indígena correspondiente, arguyendo que ha dado cumplimiento a las sentencias, sin embargo al analizar este cumplimiento se denota un incumplimiento en su sustancia.

El CEEPAC ilegalmente niega la Consulta indígena y pretende anular a la Comisión Temporal de Inclusión, razón por la cual se emprendieron diversas exigencias para que el CEEPAC realice la consulta, el cual sistemáticamente continúa eludiendo su responsabilidad como autoridad electoral.

Para el 10 y 17 de junio del año 2023 se presentó un juicio de derechos ciudadanos señalando como agravio único, el que el CEEPAC se encuentra omisión desde 2021, de garantizar la realización de una consulta indígena para que nuestras comunidades indígenas puedan transitar del método de elecciones por partidos políticos al de sistemas normativos en el inminente proceso electoral 2024 en los Municipios de Tanlajas, San Antonio y Tancanhuitz. 

El 14 de agosto el Tribunal Electoral de SLP, resuelve el juicio JDC/11/2023, en el que se resolvieron los siguientes efectos:

  1. Se declara que no fueron realizadas con la suficiente oportunidad las acciones desarrolladas por la Comisión Temporal de Inclusión para gestionar ante el Congreso del estado la inclusión del tema de cambio de régimen de partidos políticos a usos y costumbres para elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, en la consulta efectuada en el año 2022 que culminó con la emisión y publicación de la Ley Electoral que regirá el proceso electoral 2024.
  2. Se ordena dar vista al INE con copia certificada de la presente sentencia.
  3. Se vincula al CEEPAC por conducto de la CTI a desarrollar las acciones que se estimen necesarias, a efecto de que en la fase pre-consultiva gestione ante el Congreso del Estado incluir entre los temas a consultarse el cambio del sistema de elecciones de partidos políticos a usos y costumbres para la elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, en la inteligencia de que esto deberá realizarse previo a la emisión de la Convocatoria que emita el Congreso para la consulta ordenada en la acción de inconstitucionalidad 141/2022 y su acumulada 152/2022.
  4. Para tal efecto, se instruye al CEEPAC a que una vez concluido el próximo proceso electoral en congruencia con los tiempos establecidos por la SCJN para la realización de la consulta indígena, reanude de inmediato los trabajos de la CTI, con la integración de las representaciones indígenas reconocidas previo al cierre de las funciones determinadas en la sesión extraordinaria de clausura de trabajos de la Comisión temporal de Inclusión con representaciones indígenas de fecha trece de junio de dos mil veintitrés. Lo anterior, para que calendarice y realice de manera oportuna y colaborativa con las representaciones indígenas las acciones tendientes a preparar la petición formal al Congreso del Estado para incluir el multicitado tema en la convocatoria de consulta ya referida.
  5. Notifíquese la presente determinación al Congreso del Estado a efecto de que esté atento a lo aquí mandatado, pues con independencia de que no haya formado parte de la presente controversia es el poder del estado constitucionalmente facultado para emitir la Ley Electoral del estado que regirá el proceso electoral 2026-2027.

La notificación al H. Congreso del estado se efectúa el 14 de agosto de 2023, través del oficio TESLP/PM/DAPG/74/2023, suscrito por la magistrada Dennise Adriana Porras Guerrero.

El 22 de noviembre de 2024, nos dirigimos a la Presidenta del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), en el que, con base en los EFECTOS DE LA SENTENCIA y en el apartado 7.4 DE LA DECISIÓN; le solicitamos que el CEEPAC se apegue a los términos de la sentencia, así como con base en los artículos 1°, 2° y 8° constitucional para que:

  1. Nos avoquemos inmediatamente a abordar la fase pre-consultiva identificando con claridad la medida administrativa objeto de la consulta en este caso, “El cambio del sistema de elecciones de partidos políticos a usos y costumbres para la elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás.”
  2. Se identifique los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a ser consultados,
  3. Se tome la determinación de la forma de llevar a cabo el proceso de consulta y la forma de intervención y formalización de acuerdos.
  4. Gestione de manera oportuna y colaborativa con las representaciones indígenas las acciones tendientes a preparar la petición formal al Congreso del Estado para incluir en la convocatoria de consulta indígena ya referida, el tema del cambio del sistema de elecciones de partidos políticos a usos y costumbres para la elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás.

Exigiéndole que: Todo ello de común acuerdo entre autoridades gubernamentales y representantes de las comunidades indígenas (ahora sujetos de derecho público en el orden constitucional). En la inteligencia de que esto deberá realizarse previo a la emisión de la Convocatoria que emita el Congreso para la consulta ordenada en la acción de inconstitucionalidad 141/2022 y su acumulada 152/2022. Pues asi lo definen la sentencia y sus efectos.

Advertimos que el CEEPAC solo quiere delegar sus rezagos e incumplimientos al H. Congreso del estado, polarizar el ambiente político al pretender anular a la Comisión Temporal de Inclusión y no incluir el tema del tránsito del sistema ordinario de elección en la próxima Consulta Indígena.

Ante este cúmulo de irregularidades y violaciones a nuestros derechos, estamos haciendo hoy entrega de nuestras peticiones formales al Presidente del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, independientemente de la responsabilidad del CEEPAC.

Lo anterior tomando en cuenta que el 29 de noviembre de 2024, en Tamaletón, municipio de Tancanhuitz, SLP, sostuvimos un “Diálogo con la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso del Estado, representantes indígenas de la Comisión Temporal de Inclusión (Tanlajas, San Antonio y Tancanhuitz) y de consejeros del Consejo Indígena Nacional.” Ahí entregamos copias de los juicios que nos ocupan y una presentación que describe la situación actual de nuestras demandas, así como un oficio en el que le solicitamos a la Comisión de Asuntos Indígenas del H. Congreso del Estado lo siguiente:

En esta fecha se le está solicitando al PRESIDENTE DEL H. CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ, LXIV LEGISLATURA, lo siguiente:

 En relación al Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, número TESLP/JDC/11/2023, publicada el 14 de agosto de 2023 y dado que se notificó de la sentencia al Congreso del Estado a efecto de que esté atento a lo mandatado, pues con independencia de que no haya formado parte de la presente controversia, es el poder del estado constitucionalmente facultado para emitir la Ley Electoral del estado que regirá el proceso electoral 2026-2027; se le solicita con fundamento en el artículo 1°, 2° constitucional y la convencionalidad en materia de pueblos y comunidades indígenas que: 

  1. El H. Congreso del estado atienda a la inclusión del tema de cambio de régimen de partidos políticos a usos y costumbres para elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás, en la consulta a efectuar el año 2025 y con ello emitir y publicar la Ley Electoral modificada que regirá el proceso electoral 2026-2027.
  2. En vista de que al INE se le notifico de la sentencia, el H. Congreso del Estado en su obligación, revise y sancione en su caso, el no cumplimiento sistemático del CEEPAC. Queremos una disculpa pública y lo procedente por el incumplimiento.
  3. El H. Congreso del Estado y la Comisión de Asuntos Indígenas, de conformidad con la sentencia y la actual Ley Electoral, vincule al CEEPAC por conducto de la CTI a contribuir en las acciones pre-consultivas del caso, dentro de la fase pre-consultiva y gestione ante el propio H. Congreso del Estado el incluir entre los temas a consultarse el cambio del sistema de elecciones de partidos políticos a usos y costumbres para la elección de autoridades en los municipios de Tancanhuitz, San Antonio y Tanlajás. En la inteligencia de que esto deberá realizarse previo a la emisión de la Convocatoria que emita el Congreso para la consulta ordenada en la acción de inconstitucionalidad 141/2022 y su acumulada 152/2022.
  4. El H. Congreso del Estado a través de la Comisión de Asuntos indígenas y en congruencia con los tiempos establecidos por la SCJN para la realización de la consulta indígena, exija también la participación de la CTI, para que calendarice y realice de manera oportuna y colaborativa con las representaciones indígenas las acciones tendientes a preparar la petición formal al Congreso del Estado para incluir el multicitado tema en la convocatoria de consulta ya referida y participe en ella.
  5. Se considere en la consulta que se exige, a efecto de determinar la cobertura de la consulta en los municipios de San Antonio, Tanlajas y Tancanhuitz; el padrón de comunidades del estado de San Luis Potosí y el catálogo nacional de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Pues se requiere que el 100 de las comunidades de dichos municipios sea considerada, así como a las cabeceras municipales.
  6. El CEEPAC como autoridad electoral deberá garantizarse su presencia en dicho proceso en su calidad de autoridad electoral.
  7. Se nos haga participes del proceso de organización de esta consulta, colaborando con la Comisión de asuntos indígenas del H. Congreso del Estado.
  8. Le solicitamos una reunión de trabajo en el mes de enero de 2025 a efecto de acordar agenda de trabajo y nos defina una fecha para tal propósito

Ciudad

UASLP informa sobre las opciones de reacomodo en 5 entidades académicas

Publicado hace

el

 

Tras divulgar los resultados del Proceso de Admisión 2025 entre las y los aspirantes, la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), a través de la Secretaría de Servicios Escolares (SSE), informa a quienes no aparecen en las listas de ingreso, que se cuenta con opciones de reacomodo en cinco entidades académicas, para lo cual deberán realizar el trámite de inscripción entre el 14 y 18 de julio.

En la capital potosina, la Facultad de Ciencias de la Información recibirá a aspirantes en la licenciatura en Gestión Documental y Archivística. Los interesados deberán presentarse los días 14, 15, 16 y 18 de julio de 09:00 a 14:00 horas, en sus instalaciones localizadas en Av. Industrias no. 101, fraccionamiento Talleres. Más información en el teléfono 444 832 1000, extensiones 9020, 9025 y 9040.

En tanto, la Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades también tiene espacios disponibles en sus carreras: Antropología, Arqueología, Filosofía, Geografía, Historia y Lengua y Literatura Hispanoamericanas. Quienes tengan el interés de ocupar las vacantes deberán presentarse el día 14 de julio de 2025 a las 12:00 horas, en el Auditorio de la entidad, ubicada en Av. Industrias no. 101-A, Fracc. Talleres. Más información al 444 832 1000.

Asimismo, la Facultad de Ciencias de la Comunicación (FCC) ofrece lugares para reacomodo en la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Mayores informes en la Secretaría de Servicios Escolares de la entidad académica, con la licenciada Jenifer Scanlan Gómez, a los teléfonos 444 826 1490 y 444 826 2300, ext. 8117. Los interesados también pueden enviar correo a [email protected]

En el interior del estado, la Coordinación Académica Región Altiplano Oeste, campus Salinas de la UASLP, ofrece reacomodo en las carreras de: Administración, Ingeniería en Tecnologías Computacionales, Ingeniería Agroindustrial y Técnico Superior Universitario en Desarrollo Web. Las entrevistas se realizarán del lunes 14 al viernes 18 de julio, por lo que es necesario agendar una cita previa. La atención se brinda de 9:00 a 15:00 horas. Para mayores informes y para agendar la cita, los aspirantes deberán comunicarse al tel. (496) 9634030, enviar un mensaje vía WhatsApp al 4961312387 o escribir al correo electrónico [email protected]

De igual forma, la Unidad Académica Multidisciplinaria Región Altiplano, campus Matehuala, ofrece lugares para reacomodo en sus programas de Ingeniería: la Minerales, Energías Renovables, Mecánica Administrativa, Mecatrónica, Química, y en las licenciaturas en Mercadotecnia y Enfermería. Las y los interesados deberán enviar correo electrónico a: [email protected] con asunto: Solicitud de reacomodo, a más tardar el día 18 de julio anexando su resultado del examen de admisión.

Cabe apuntar que como parte del Proceso de Admisión 2025, el pasado viernes 4 de julio, la UASLP aplicó exitosamente en 21 entidades académicas el Examen Único de Conocimientos a 14 mil 797 aspirantes de los cuales 1,876 fueron foráneos y 257 de otros países. Además, para el ciclo escolar 2025-2026, el Consejo Directivo Universitario aprobó la capacidad definitiva de admisión de nuevo ingreso en 7,755 espacios. Y es de destacar que, por quinto año consecutivo, no se registró incremento en las cuotas de pago de estudiantes.

 

 

 

 

 

 

 

Continuar leyendo

Destacadas

Entérate en La Orquesta de la lista de admitidos a la UASLP

Publicado hace

el

El día de hoy la Universidad Autónoma de San Luis Potosí  dio a conocer a los alumnos admitidos para el ciclo escolar 2025-2026.

 

En la siguiente liga, esta disponible el listado completos de los alumnos que formarán el nuevo ingreso de la máxima casa de estudios.

 

https://resultados.uaslp.mx/Images/UASLP-LISTA-ADMISION-2025.pdf?fbclid=IwQ0xDSwLf9bdleHRuA2FlbQIxMQABHl7-sDt9ztHbJSMaykfA-JeuL7BmKi7lGrIGspsty_RsR6jV1lpgbb5D3guN_aem_Xt7EVkR0D1rDIjok9hn4jQ


 

Continuar leyendo

Congreso del Estado

Congreso busca garantizar derechos humanos de adultos mayores durante procesos de desalojo

Publicado hace

el

La iniciativa, busca estar en concordancia en el marco de los derechos humanos reconocidos en las disposiciones constitucionales

Por: Redacción

En sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la LXIV Legislatura, se aprobó la modificación al artículo 6° fracción IV el inciso b), de la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí, a fin de garantizar los derechos humanos de las personas adultas mayores en los procedimientos de desalojo de viviendas, que sean inevitables.

 

El diputado Marco Antonio Gama Basarte, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, indicó que esta reforma se suma a otras que se han realizado a la legislación en la materia, donde se busca apoyar a las personas adultas mayores en diversos temas, a fin de mejorar su calidad de vida.

 

“Esta reforma a la Ley de las Personas Adultas Mayores donde se busca garantizar que tengan los recursos básicos para su sostenibilidad y para que quede implementado en la ley para cuando pierdan su casa o alguna tengan problemática puedan asirse a este nuevo punto en la ley para su atención, viene a fortalecer algunos temas en particular que se han reformado que lo que buscan es que se tengan mayores apoyos para su respaldo”.

 

En la iniciativa, se indica que se busca estar en concordancia en el marco de los derechos humanos reconocidos en las disposiciones constitucionales, convencionales, y legales, por lo que es importante que las autoridades garanticen el respeto de los derechos humanos

Continuar leyendo

Opinión

Pautas y Redes de México S.A. de C.V.
Av Cuauhtémoc 643 B
Col. Las Aguilas CP 78260
San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono 444 811 71 65

EL EQUIPO:

Director General
Jorge Francisco Saldaña Hernández

Director Administrativo
Luis Antonio Martínez Rivera

Directora Editorial
Ana G. Silva

Periodistas
Bernardo Vera

Sergio Aurelio Diaz Reyna

Christian Barrientos Santos

Diseño
Karlo Sayd Sauceda Ahumada

Productor
Fermin Saldaña Ocampo

 

 

 

Copyright ©, La Orquesta de Comunicaciones S.A. de C.V. Todos los Derechos Reservados