Estado
Comisión de Derechos Humanos busca erradicar el castigo corporal a menores
El dictamen se turnará en la próxima reunión del pleno
Por: Redacción
Para erradicar cualquier circunstancia que menoscabe la integridad y el derecho de niñas, niños y adolescentes, la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género aprobó el dictamen por el que se reforman los artículos, 43 en su fracción I, y 94 en su fracción IV; y adiciona al artículo 43 los párrafos, décimo segundo, décimo tercero, y décimo cuarto, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí.
Con esta reforma, se pretende que las autoridades establezcan acciones efectivas para prevenir, atender y erradicar el castigo corporal y humillante a los menores de edad, de acuerdo a las atribuciones legales en la materia.
Se indica que “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante.
Castigo corporal o físico es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.
Se indica en la exposición de motivos, que estás acciones forman parte de lo establecido en los Tratados Internacionales y en concordancia con disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir en definitiva el castigo corporal y humillante a niñas, niños y adolescentes en todo el país. Con ello, México se sumaría a los 60 países que ya han impedido legalmente el castigo corporal.
Ante tales recomendaciones y en apego al compromiso constitucional y convencional el interés superior del menor es que se debe establecer políticas publicas garantes de derecho, en tal circunstancia y en armonía y reflejo de las determinaciones tomadas por el Congreso de la Unión, es necesario erradicar cualquier circunstancia que menoscabe la integridad y derechos de las niñas niños y adolecentes, y que de manera injustificada impida su desarrollo.
El dictamen respectivo será turnado al pleno para su votación posterior.
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Ciudad
Villa de Pozos refuerza inspección de comercios en Industrias
Durante las inspecciones, personal de Protección Civil revisa aspectos fundamentales como rutas de evacuación,
Por: Redacción
La Dirección de Protección Civil de Villa de Pozos continúa llevando a cabo inspecciones preventivas en diversos comercios e industrias del municipio, con el objetivo de verificar que los establecimientos cumplan con las medidas de seguridad necesarias para proteger la integridad de trabajadores, clientes y ciudadanía en general.
Estas acciones forman parte de los trabajos permanentes de supervisión que se realizan en distintos sectores, con la finalidad de detectar posibles riesgos, promover espacios más seguros y reforzar las condiciones de prevención ante cualquier eventualidad.
Durante las inspecciones, personal de Protección Civil revisa aspectos fundamentales como rutas de evacuación, señalética, extintores, instalaciones y protocolos básicos de seguridad, además de emitir recomendaciones preventivas para fortalecer las condiciones operativas de cada establecimiento.
El Gobierno Municipal destacó que este tipo de acciones buscan generar conciencia sobre la importancia de la prevención y fomentar la participación responsable de comercios e industrias en la construcción de entornos más seguros para todas y todos.
Destacadas
Gobierno estatal mantiene vigilancia por pronóstico de lluvias
La dependencia llamó a la población a mantenerse atenta a los avisos emitidos por medios oficiales
Por: Redacción
La Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) informó sobre el pronóstico de lluvias fuertes a torrenciales para este domingo 10 y lunes 11 de mayo, derivadas de condiciones meteorológicas adversas en diferentes regiones de la entidad.
El reporte más reciente prevé precipitaciones acumuladas de hasta 250 milímetros, acompañadas de descargas eléctricas, posible caída de granizo y rachas fuertes de viento, por lo que el Gobierno del Estado mantiene vigilancia permanente. Este trabajo sin límites permite reforzar el monitoreo en ríos, arroyos y zonas con riesgo de encharcamientos, deslaves o afectaciones carreteras, además de posibles interrupciones en el suministro de energía eléctrica.
La dependencia llamó a la población a mantenerse atenta a los avisos emitidos por medios oficiales, resguardarse en lugares seguros y reportar cualquier emergencia al 9-1-1. La atención preventiva y la coordinación consolida el cambio que se vive y se siente, al priorizar la seguridad y el bienestar de las y los potosinos.
Congreso del Estado
Congreso propone reforma para reparación de daño en delitos vs intimidad sexual
Se establece una pena de 3 a 6 años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización
Por: Redacción
Con el fin de declarar la reparación integral en delitos contra la intimidad sexual, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 187.
La legisladora explicó que actualmente el artículo 187 del Código Penal del Estado, tipifica la difusión ilícita de imágenes íntimas, para quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión.
Se establece una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización. Con la iniciativa propuesta, se busca la reparación del daño, el cual comprenderá, además de lo previsto en las reglas generales, una indemnización compensatoria que tome en cuenta la persistencia del contenido en la red.
En su exposición de motivos, Sánchez de Lira menciona que esta iniciativa responde a la extensión del daño moral dentro de la esfera íntima de la víctima, reconociendo no solo su afectación en el ‘dolor emocional’, sino también el daño al proyecto de vida y la naturaleza técnica del delito.
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