Estado
Comisión de Derechos Humanos busca erradicar el castigo corporal a menores
El dictamen se turnará en la próxima reunión del pleno
Por: Redacción
Para erradicar cualquier circunstancia que menoscabe la integridad y el derecho de niñas, niños y adolescentes, la Comisión de Derechos Humanos, Igualdad y Género aprobó el dictamen por el que se reforman los artículos, 43 en su fracción I, y 94 en su fracción IV; y adiciona al artículo 43 los párrafos, décimo segundo, décimo tercero, y décimo cuarto, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí.
Con esta reforma, se pretende que las autoridades establezcan acciones efectivas para prevenir, atender y erradicar el castigo corporal y humillante a los menores de edad, de acuerdo a las atribuciones legales en la materia.
Se indica que “Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, y de cualquier otra índole que brinde asistencia a niñas, niños y adolescentes, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el castigo humillante.
Castigo corporal o físico es todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
Castigo humillante es cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes”.
Se indica en la exposición de motivos, que estás acciones forman parte de lo establecido en los Tratados Internacionales y en concordancia con disposiciones de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir en definitiva el castigo corporal y humillante a niñas, niños y adolescentes en todo el país. Con ello, México se sumaría a los 60 países que ya han impedido legalmente el castigo corporal.
Ante tales recomendaciones y en apego al compromiso constitucional y convencional el interés superior del menor es que se debe establecer políticas publicas garantes de derecho, en tal circunstancia y en armonía y reflejo de las determinaciones tomadas por el Congreso de la Unión, es necesario erradicar cualquier circunstancia que menoscabe la integridad y derechos de las niñas niños y adolecentes, y que de manera injustificada impida su desarrollo.
El dictamen respectivo será turnado al pleno para su votación posterior.
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Estado
Se da un paso más hacia la protección de las mujeres víctimas del delito en los municipios
En las representaciones municipales del Centro de Justicia para Mujeres, se priorizarán aquellos donde existan más altos índices de violencia: Dip. Dulcelina Sánchez de Lira
Por: Redacción
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Se incorpora el concepto de electromovilidad en el transporte público
Con ello, se establece la inclusión de vehículos de transporte público que emplea tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica: Dip. Emilio Rosas Montiel
Por: Redacción
Con el objetivo de incorporar el concepto de electromovilidad en el transporte público, el Congreso del Estado aprobó el Decreto que modifica la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí.
Dicho concepto establece la promoción de vehículos de transporte público que emplean tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica para su desplazamiento.
Se establece la facultad a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para promover acciones y coordinarse con autoridades de los tres niveles de gobierno para integrar la electromovilidad en el transporte público.
El diputado Luis Emilio Rosas Montiel, promovente de esta iniciativa, señaló que con estas acciones, incorporadas en la Ley General de Cambio Climático, se busca establecer las bases que contribuyan al cumplimiento del Acuerdo de París, que tiene entre sus objetivos la Transición hacia energía limpia, por lo que se impulsa la aceleración hacia sistemas energéticos con emisiones cero o bajas, incluyendo un compromiso para triplicar la capacidad de energías renovables y duplicar la tasa de mejora de la eficiencia energética para el año 2030.
Se señala que una de las principales causas del cambio climático es la contaminación del aire, definida como la presencia en el aire de sustancias o partículas que implican riesgo, daño o molestia para el ser humano, la flora o la fauna.
Este tipo de contaminación, además de alterar los patrones climáticos del planeta, también genera graves problemas de salud, representando un importante riesgo para las personas, ya que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la contaminación del aire contribuye al desarrollo de enfermedades respiratorias y cardiovasculares; además puede generar fatiga, dolor de cabeza, irritación ocular, daños en el aparato reproductor, daños en el hígado, bazo y sangre, y afectaciones en el sistema nervioso.
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