octubre 15, 2026

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Las cárceles de SLP siguen igual que hace ocho años

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De acuerdo con un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las cárceles potosinas no han mejorado sus condiciones desde el año 2011

Por: El Saxofón

El sistema penitenciario de San Luis Potosí resultó aprobado “de panzazo”, en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2018, realizado por la Comisión Nacional de  Derechos Humanos. Aunque las autoridades locales lo siguen negando, en las cárceles potosinas hay autogobierno o cogobierno, pues grupos de internos realizan actividades ilícitas y extorsionan a otros internos, el personal de custodia es insuficiente y las condiciones de higiene, incluso en las áreas médicas, dejan que desear.

En general, las cárceles potosinas recibieron una calificación de 6.52, lo que coloca a la entidad a media tabla a nivel nacional.

Sin embargo, el Diagnóstico detecta una tendencia a la baja en la calificación obtenida por el sistema penitenciario potosino, pues desde 2011, a la fecha, las condiciones en los centros de reclusión estatales no han mejorado. Incluso, en la calificación se puede decir que han empeorado un poco.

Según el documento de la CNDH, en 2011 el sistema carcelario potosino obtuvo una calificación de 6.84; para el 2012, bajó a 6.59; en 2013, la calificación fue de 6.60; en 2014 descendió de nueva cuenta a 6.12; en 2015 “subió” a 6.51; en 2016 se ubicó en 6.33; en 2017 “subió” otra vez a 6.55, y en el pasado 2018 se ubicó en 6.52.

Para llevar a cabo el diagnóstico, la CNDH evaluó distintos aspectos en cuatro centros penitenciarios del Estado.

Centro Estatal de Prevención y Readaptación Social Número 1 La Pila

En el caso del penal de La Pila, en el Rubro I, Aspectos que garantizan la integridad personal del interno, la CNDH detectó: Hacinamiento; Insuficiencia de programas para la prevención y atención de incidentes violentos; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos. Se recomienda la Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, se detectaron: Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.

En el Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, la CNDH alerta sobre Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Ejercicio de funciones de autoridad por personas privadas de la libertad. Condiciones de autogobierno/cogobierno; Presencia de actividades ilícitas; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).

En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno, el Diagnóstico hace énfasis en la Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.

En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, se señaló la Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos, el Diagnóstico reconoce, en el caso del Penal de La Pila: Separación entre hombres y mujeres; Capacitación del personal penitenciario; Organización y registros para el cumplimiento del plan actividades; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Centro Estatal de Reinserción Social de Tamazunchale

En este penal, en el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, la CNDH advirtió Deficiencias en los servicios de salud; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, hay Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.

En el caso del Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, en el penal de Tamazunchale hay Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias y Presencia de actividades ilícitas.

En cuanto al Rubro IV, Reinserción Social del Interno, hay Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación; Insuficiencia o inexistencia de actividades educativas; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.

En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, en este centro penitenciario hay: Deficiencia en la atención a personas indígenas; Deficiencia en la atención a personas que viven con VIH o SIDA; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos en este caso, la CDNH reconoce que hay Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno); Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario e Integración y funcionamiento del Comité Técnico.

Centro Estatal de Reinserción Social de Rioverde

Esta prisión obtuvo una calificación general de 6.38.

Entre las deficiencias detectadas destacan:

Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno: Deficiencias en los servicios de salud; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna: Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Deficiencias en la alimentación.

Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).

Rubro IV, Reinserción Social del Interno; Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación.

En el caso del Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, hay Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos destacan: Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior;  Capacitación del personal penitenciario; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Centro Estatal de Ciudad Valles

Este centro de reclusión fue el mejor calificado, con una nota de 7.31.

En el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, se recomendó Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; pues detectó; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos; Deficiencia en la atención a personas internas en condiciones de aislamiento.

En el Rubro III, Condiciones De Gobernabilidad hay: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias.

En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno existe Deficiente separación entre procesados y sentenciados.

En el Rubro V Grupos De Internos con Requerimientos Específicos, se nota una Deficiencia en la atención a personas indígenas; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Entre los aspectos positivos, la CNDH destaca la Separación entre hombres y mujeres; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de cocina y/o comedores; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior.

Además se señala que hay Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas; Alimentación; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno);  Inexistencia de actividades ilícitas; Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario; Integración y funcionamiento del Comité Técnico; Atención a mujeres y/o menores que vivan con ellas;  Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Tal es el estado que guardan los Centros Penitenciarios de San Luis Potosí. No está de más reiterar el hecho de que según la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en ocho años no ha habido ninguna mejoría.

https://laorquesta.mx/especial-slp-subio-12-lugares-los-estados-mas-quejas-violaciones-derechos-humanos/

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Guerra de nóminas: Está en juego juicio político contra Galindo o pérdida de curul de Gámez

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El cruce de acusaciones entre el alcalde Enrique Galindo y el presidente de la mesa directiva del congreso local en San Luis Potosí, diputado Luis Fernando Gámez, abrió dos rutas legales: una revisión a contratos municipales por honorarios y una posible causal de pérdida del cargo legislativo

Por: Haniel Valdés

El conflicto político entre el alcalde de San Luis Potosí, Enrique Galindo Ceballos, y el diputado local Luis Fernando Gámez Macías escaló de las declaraciones públicas a un terreno jurídico de mayores consecuencias. Mientras Gámez amagó con promover juicio político contra el presidente municipal por la contratación de Carlos Enrique Dahud Uresti, dirigente estatal en funciones del PAN, Galindo respondió con un señalamiento que, de comprobarse, tendría efectos directos sobre el legislador: la posible pérdida de su curul si actualmente cobrara también en el Gobierno del Estado.

El intercambio dejó dos preguntas legales abiertas. La primera, si el Ayuntamiento capitalino puede pagar honorarios a Dahud Uresti sin que ello implique uso indebido de recursos públicos con fines partidistas. La segunda, si Gámez Macías mantiene o mantuvo simultáneamente un cargo remunerado en la Secretaría General de Gobierno después de haber rendido protesta como diputado local.

El caso de Dahud Uresti se hizo público el lunes, cuando el dirigente panista fue cuestionado por la periodista Ana Dora Cabrera, en conferencia de prensa sobre una posible relación contractual con el Ayuntamiento. Ante la pregunta, remitió a la comunicadora a los mecanismos de transparencia. Un día después, Galindo confirmó que Dahud sí cobra en la administración municipal.

“Sí, Enrique cobra en el Ayuntamiento, no es ilegal, no es aviador tampoco. Cumple una función con un contrato de honorarios”, declaró el alcalde. Diversas fuentes ubican el pago en aproximadamente 28 mil pesos mensuales.

La Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí no prohíbe expresamente que un ayuntamiento contrate a un dirigente partidista. Sin embargo, el artículo 32, fracción VI, establece que los ayuntamientos no pueden “autorizar o destinar recursos humanos y partidas para el financiamiento de campañas políticas de partidos o candidatos” lo que no es el caso pues no hay campaña en el PAN ni Dahud es candidato.

En reacción, Gámez Macías anunció que solicitará al Instituto de Fiscalización Superior del Estado una revisión especial de las contrataciones por honorarios del Ayuntamiento de San Luis Potosí. Además, adelantó que presentará denuncias ante el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, el Instituto Nacional Electoral y la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales. En ese mismo contexto, advirtió que podría impulsar un juicio político contra Galindo por el presunto uso irregular de recursos públicos.

Galindo, por su parte, sostuvo que puede acreditar la función que desempeña Dahud dentro de la administración municipal y respondió con un señalamiento contra el diputado. El alcalde afirmó que registros de transparencia ubican a Gámez como director general en la Secretaría General de Gobierno, con un sueldo cercano a los 32 mil pesos mensuales

, y señaló que, si no ha renunciado, “eso sí es un delito”.

La consecuencia jurídica de ese supuesto sería mayor para el legislador. El artículo 49 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí prohíbe que los diputados desempeñen, sin licencia del Congreso, cargos o empleos remunerados en los gobiernos federal, estatal o municipal. La propia norma establece que la infracción se castiga con la pérdida del cargo.

Documentos atribuidos a la Secretaría General de Gobierno, citados por medios potosinos señalan que Gámez presentó renuncia voluntaria e irrevocable al cargo el 29 de febrero de 2024, con efectos a partir del 1 de marzo de ese año. Es decir, más de seis meses antes de asumir como diputado local.

Los documentos referidos incluyen un aviso de suspensión de pago y un movimiento de personal con folio SGG/127/2024. No obstante, también existe un documento atribuido a la CEGAIP actualizado al 30 de agosto del presente año en el que aparece el nombre del legislador como Director de área en la SGG.

Tanto el contrato de Dahud como el expediente de personal de Gámez pueden solicitarse por la vía de transparencia, pero la Plataforma Estatal de Transparencia permanece suspendida desde el 5 de octubre debido a trabajos de actualización y adecuación, según informó la Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública a través de sus redes sociales 8 días después.

La CEGAIP prevé reanudar el sistema el 19 de octubre. Mientras tanto, los registros de honorarios del Ayuntamiento capitalino y los datos de personal de la Secretaría General de Gobierno no pueden consultarse en esa plataforma.

En juego está la amenaza de juicio político contra el alcalde o la pérdida de la curul por parte de Gámez.

También lee: Galindo revira a Gámez: cobra en Gobierno y Congreso; exige que deje la Directiva

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Rosas Montiel busca que los municipios presupuesten dinero para bomberos

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El diputado de Morena presentó en abril la reforma que obligaría a los ayuntamientos a incluir una partida anual para los bomberos

Por: Haniel Valdés

El diputado local Luis Emilio Rosas Montiel dijo que su iniciativa para obligar a los municipios a destinar dinero a los bomberos sigue en comisiones, unos seis meses después de que la presentó. La propuesta, de abril, reforma la Ley Orgánica del Municipio Libre para que los 59 ayuntamientos incluyan una partida anual para los cuerpos de bomberos.

Explicó que la iniciativa, que dijo tiene el visto bueno del comandante Adolfo Benavente Duque y de los bomberos, obliga a los municipios a incluir ese monto en el paquete económico que envían al Congreso y a visitar las estaciones para hacer un inventario de sus deficiencias.

Rosas Montiel dijo que el problema no es solo de la zona metropolitana, sino también de Matehuala, Ciudad Valles y Rioverde. “No es posible que ni siquiera pongan para la gasolina, muchos de ellos”, afirmó.

Según sus cifras, el cuerpo de bomberos metropolitano tiene un déficit de 38 millones de pesos. Afirmó que, de los nueve municipios a los que da servicio, solo uno aporta, y que de las ocho estaciones únicamente cuatro están en servicio.

El patronato de los bomberos señaló otra cuenta: recibe 1.85 millones de pesos al mes del Gobierno del Estado y de los ayuntamientos de la capital y Soledad, y opera con un déficit mensual de 800 mil a 900 mil pesos. Dijo también que solo cuatro estaciones abren las 24 horas y que otras lo hacen “un día sí y un día no”.

El diputado aseguró que el último camión nuevo que se donó a los bomberos de la zona metropolitana fue en el año 2000, hace 26 años. Dijo además que los trajes de protección son donados desde Estados Unidos y que los bomberos le han comentado que entran a los incendios sin saber si tienen algún químico que los haga prenderse.

Sobre el avance de la iniciativa, señaló que está en la Comisión de Régimen Interno, que dijo que preside Rubén Guajardo, y que hay que hacer el cabildeo. “Estaré dándole seguimiento como a todas las iniciativas que tengo”, afirmó.

También lee: Bomberos atienden a nueve municipios, pero sólo dos les pagan

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Diputados modifican las reglas del Impuesto Sobre la Renta para pequeños contribuyentes y grandes empresas

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El ajuste amplía el techo del régimen simplificado y acota los gastos deducibles de las corporaciones

Por: Roberto Mendoza

En el Palacio Legislativo de San Lázaro, la Cámara de Diputados avaló en lo general, con 349 votos a favor, 118 en contra y ninguna abstención, el proyecto enviado por el Ejecutivo Federal para reformar el cobro del Impuesto Sobre la Renta. Durante la presentación del documento, Carol Antonio Altamirano, presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público, resumió el objetivo de los controles incorporados: “Se combate el uso indebido de facturas y deducciones”.

Para el sector de menores ingresos, el ajuste permite que profesionistas, arrendadores y dueños de micronegocios que perciban hasta cinco millones de pesos al año —un millón y medio más que el tope previo— tributen en el Régimen Simplificado de Confianza con una tasa máxima mensual del 2.50 por ciento. El esquema se extiende además a negocios que facturen hasta 50 millones de pesos anuales, y los productores del campo y la pesca quedan exentos de impuestos hasta por un millón de pesos.

Por el contrario, a las compañías con ingresos superiores a 50 millones de pesos anuales se les restringe el porcentaje de gastos operativos y de pérdidas de años anteriores que pueden descontar. También se reduce del 30 al 20 por ciento

la deducción por intereses de deuda, se suprime el régimen opcional para grupos de sociedades y se condiciona la deducción de pagos enviados al extranjero a que primero entreguen la retención al fisco.

Respecto a estos candados, el Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas advirtió que aplicar un límite generalizado, en vez de detectar individualmente las facturas improcedentes, posterga las deducciones excedentes hasta por veinte años e incrementa el pago inmediato del impuesto para las industrias manufactureras y comerciales que operan con márgenes de utilidad reducidos.

La reforma también fija en la ley, con vigencia hasta 2030, incentivos fiscales para descontar de inmediato las inversiones y los gastos en capacitación e innovación dentro del Plan México y en los corredores industriales del Istmo de Tehuantepec, Yucatán y de economía circular. Con estas medidas, el Gobierno Federal proyecta simplificar el pago de contribuciones, frenar a las empresas factureras y captar mayores recursos para programas sociales y obras de infraestructura.

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