mayo 26, 2026

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Las cárceles de SLP siguen igual que hace ocho años

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De acuerdo con un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las cárceles potosinas no han mejorado sus condiciones desde el año 2011

Por: El Saxofón

El sistema penitenciario de San Luis Potosí resultó aprobado “de panzazo”, en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2018, realizado por la Comisión Nacional de  Derechos Humanos. Aunque las autoridades locales lo siguen negando, en las cárceles potosinas hay autogobierno o cogobierno, pues grupos de internos realizan actividades ilícitas y extorsionan a otros internos, el personal de custodia es insuficiente y las condiciones de higiene, incluso en las áreas médicas, dejan que desear.

En general, las cárceles potosinas recibieron una calificación de 6.52, lo que coloca a la entidad a media tabla a nivel nacional.

Sin embargo, el Diagnóstico detecta una tendencia a la baja en la calificación obtenida por el sistema penitenciario potosino, pues desde 2011, a la fecha, las condiciones en los centros de reclusión estatales no han mejorado. Incluso, en la calificación se puede decir que han empeorado un poco.

Según el documento de la CNDH, en 2011 el sistema carcelario potosino obtuvo una calificación de 6.84; para el 2012, bajó a 6.59; en 2013, la calificación fue de 6.60; en 2014 descendió de nueva cuenta a 6.12; en 2015 “subió” a 6.51; en 2016 se ubicó en 6.33; en 2017 “subió” otra vez a 6.55, y en el pasado 2018 se ubicó en 6.52.

Para llevar a cabo el diagnóstico, la CNDH evaluó distintos aspectos en cuatro centros penitenciarios del Estado.

Centro Estatal de Prevención y Readaptación Social Número 1 La Pila

En el caso del penal de La Pila, en el Rubro I, Aspectos que garantizan la integridad personal del interno, la CNDH detectó: Hacinamiento; Insuficiencia de programas para la prevención y atención de incidentes violentos; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos. Se recomienda la Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, se detectaron: Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.

En el Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, la CNDH alerta sobre Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Ejercicio de funciones de autoridad por personas privadas de la libertad. Condiciones de autogobierno/cogobierno; Presencia de actividades ilícitas; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).

En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno, el Diagnóstico hace énfasis en la Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.

En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, se señaló la Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos, el Diagnóstico reconoce, en el caso del Penal de La Pila: Separación entre hombres y mujeres; Capacitación del personal penitenciario; Organización y registros para el cumplimiento del plan actividades; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Centro Estatal de Reinserción Social de Tamazunchale

En este penal, en el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, la CNDH advirtió Deficiencias en los servicios de salud; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, hay Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.

En el caso del Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, en el penal de Tamazunchale hay Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias y Presencia de actividades ilícitas.

En cuanto al Rubro IV, Reinserción Social del Interno, hay Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación; Insuficiencia o inexistencia de actividades educativas; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.

En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, en este centro penitenciario hay: Deficiencia en la atención a personas indígenas; Deficiencia en la atención a personas que viven con VIH o SIDA; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos en este caso, la CDNH reconoce que hay Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno); Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario e Integración y funcionamiento del Comité Técnico.

Centro Estatal de Reinserción Social de Rioverde

Esta prisión obtuvo una calificación general de 6.38.

Entre las deficiencias detectadas destacan:

Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno: Deficiencias en los servicios de salud; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna: Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Deficiencias en la alimentación.

Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).

Rubro IV, Reinserción Social del Interno; Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación.

En el caso del Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, hay Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos destacan: Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior;  Capacitación del personal penitenciario; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Centro Estatal de Ciudad Valles

Este centro de reclusión fue el mejor calificado, con una nota de 7.31.

En el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, se recomendó Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; pues detectó; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos; Deficiencia en la atención a personas internas en condiciones de aislamiento.

En el Rubro III, Condiciones De Gobernabilidad hay: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias.

En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno existe Deficiente separación entre procesados y sentenciados.

En el Rubro V Grupos De Internos con Requerimientos Específicos, se nota una Deficiencia en la atención a personas indígenas; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Entre los aspectos positivos, la CNDH destaca la Separación entre hombres y mujeres; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de cocina y/o comedores; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior.

Además se señala que hay Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas; Alimentación; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno);  Inexistencia de actividades ilícitas; Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario; Integración y funcionamiento del Comité Técnico; Atención a mujeres y/o menores que vivan con ellas;  Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Tal es el estado que guardan los Centros Penitenciarios de San Luis Potosí. No está de más reiterar el hecho de que según la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en ocho años no ha habido ninguna mejoría.

https://laorquesta.mx/especial-slp-subio-12-lugares-los-estados-mas-quejas-violaciones-derechos-humanos/

Ciudad

Ni cacería ni periodistas: El riesgo de consagrar la calumnia anónima

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El periodismo se defiende con el método; la simulación destruye el derecho a saber

 

Por: La Orquesta 

En los últimos días, San Luis Potosí se ha visto inmerso en un debate tan enconado como confuso tras la detención de personas vinculadas a diversas páginas de Facebook e involucradas en procesos del orden penal.

Mientras que las narrativas oficiales encuadran los hechos estrictamente en la persecución de delitos tecnológicos y comunes, diversas organizaciones de derechos humanos y libertad de expresión a nivel nacional e internacional han alertado de inmediato sobre una presunta “cacería” en contra de voces críticas.

Ante este escenario, este medio de comunicación fija una postura clara, rigurosa y desprovista de corporativismos: la libertad de expresión es un derecho inalienable de los ciudadanos, pero el periodismo no puede ser utilizado como patente de corso ni como un escudo de impunidad para el anonimato calumnioso.

El periodismo no se define por el soporte tecnológico ni por el volumen de interacciones en una red social; el periodismo se define por su método.

Nuestra profesión descansa en la verificación factual, el contraste de fuentes, el apego a los géneros periodísticos —la nota, la crónica, el reportaje— y, sobre todo, en la responsabilidad ética y legal de firmar con nombre y apellido lo que se publica, garantizando siempre el derecho constitucional de réplica.

Confundir la gestión de comunidades digitales de ataque o la difusión anónima de contenidos sin sustento con el ejercicio de la prensa libre es un grave error de diagnóstico.

Cuando organizaciones defensoras de comunicadores omiten auditar la naturaleza y la responsabilidad editorial de los cascarones que defienden, terminan desprotegiendo al periodista real.

Lejos de salvaguardar el derecho a la información, se fomenta un ecosistema donde la denostación secreta queda blindada, dejando a la sociedad en la indefensión y diluyendo el valor de quienes arriesgan la vida ejerciendo el oficio de manera honesta y transparente.

Debemos entender que la desinformación no es solo mentira; es una arquitectura emocional, algorítmica y económica diseñada para capturar atención, polarizar sociedades y erosionar la confianza pública.

En nuestra región, este fenómeno es doblemente peligroso. La vulnerabilidad de San Luis Potosí y de toda Latinoamérica frente a la desinformación aumenta exponencialmente debido a la desigualdad educativa, la hiperpolitización, la concentración mediática, la dependencia tecnológica extranjera y el consumo masivo de información vía plataformas cerradas como WhatsApp, donde el origen de los datos se difumina y la rendición de cuentas desaparece.

Por ello, exigimos a las autoridades locales actuar con estricto apego a la legalidad, con total transparencia procesal y sin utilizar los tipos penales de forma selectiva u oportuna para silenciar disidencias legítimas.

Las causas penales ordinarias deben resolverse en los tribunales bajo el debido proceso, no en la arena del martirizadero mediático.

Al mismo tiempo, llamamos al gremio y a los colectivos de derechos humanos a una profunda autocrítica: defender la libertad de prensa exige, primero, saber distinguir el periodismo de la propaganda y de la difamación oculta. Validar la simulación solo acelera la degradación del debate público. El periodismo en San Luis Potosí se defiende con la verdad, con la metodología y de frente a la ciudadanía; nunca desde las sombras.

Hacerle creer a organismos nacionales e internacionales de protección al periodismo que Eréndira Reyes Aguillón, su hija Alejandra Hermosillo y el hasta ahora desconocido personaje de Christian Herrera —detenido por participar en el asalto a una farmacia— son “víctimas” de una persecución del Estado en su contra, es una medida oportunista sostenida en una narrativa tramposa, equivocada y peligrosa.

Equiparar a un medio de comunicación serio —con estructura, reporteros, directorio, ubicación física y registros legales ante la SHCP, el Indautor y el IMPI— con simples páginas o comunidades anónimas de Facebook, es un error gravísimo de criterio. Al proteger sin mayor contexto a personas que no ejercen la profesión ni sus métodos, las organizaciones internacionales desvirtúan su propio propósito, fomentando colateralmente la calumnia, la irresponsabilidad editorial y el impulso a las noticias falsas con autores ocultos.

Eso no es periodismo y, por lo tanto, no se le puede cobijar en los mismos términos.

El código penal potosino, desde el 2009, no resuelve los delitos contra el honor a través de la vía penal, sino por la vía civil. Por lo tanto, si la Fiscalía y el Poder Judicial de San Luis Potosí consideraron tener elementos para la integración de una carpeta de investigación que derivó en la ejecución de una orden de aprehensión de tipo penal con medidas precautorias, es claro que no se les acusa ni persigue como consecuencia de ningún acto relacionado con el ejercicio de la libertad de expresión.

De no ser así, y si los personajes mencionados fueron apresados arbitrariamente, sin procedimiento, sin una denuncia o bajo imputaciones de cárcel por delitos que no lo ameritan, entonces exigimos al Estado su inmediata liberación.

Pero si están respondiendo ante la ley por asaltar una farmacia, por fraudes o por cualquier otra conducta delictiva, demandamos que se les aplique la norma: que vayan a juicio, que ejerzan su derecho a la defensa y, de encontrarse culpables, se les castigue. Igual que a cualquier otro ciudadano, de forma rápida y expedita.

Ser reportero, periodista, o llamarse así a conveniencia, no es un manto protector ni un salvoconducto para estar por encima de la ley.

Por último, sobre la lista de diez o más reporteros contra los que se presume existen órdenes de aprehensión, hacemos un llamado enérgico a las autoridades competentes: al órgano de control interno de la Fiscalía General del Estado, a sus mandos medios, a la titular de la institución y a la magistrada presidenta del Poder Judicial del Estado, para que expliquen públicamente cómo es que documentos de carácter reservado terminaron circulando en las redes.

No solo en este, sino en todos los casos, es un despropósito estructural que las investigaciones y órdenes de captura estén a disposición de los acusados o fluyan en listas informales escritas por cualquiera.

El Poder Judicial y la Fiscalía deben responder y aclarar esta filtración si es que responde a la verdad.

De otra forma y si se comprueba que no existen tales órdenes de aprehensión en contra de periodistas locales —argumento con el que se sostiene la narrativa de la “cacería”—, entonces la sociedad y autoridad debe exigir cuentas a los promotores de este engaño.

Manipular la opinión pública, saturar a la autoridad con solicitudes de amparo sin sustento real y utilizar tramposamente a los organismos protectores para generar un blindaje injustificado, es un acto de profunda irresponsabilidad.

Tengamos las cosas claras: El periodismo se firma; el delito se juzga.

Jorge Francisco Saldaña Hernández
Director General de LaOrquesta MX

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Tiendas 3B llegará a la Huasteca Potosina

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La cadena llevará su modelo “hard discount” con 10 sucursales a Ciudad Valles

Por: Redacción

La cadena de supermercados Tiendas 3B anunció una nueva etapa de expansión en la Huasteca Potosina con la apertura de 10 sucursales en Ciudad Valles, como parte de su estrategia de crecimiento en la región.

El proyecto fue dado a conocer por el alcalde de Ciudad Valles, David Medina Salazar, quien señaló que la llegada de estas tiendas representa nuevas inversiones y generación de empleos para el municipio. Además de las nuevas sucursales, también se contempla el desarrollo de dos plazas comerciales.

Tiendas 3B opera bajo el modelo “hard discount”, enfocado en ofrecer productos básicos a bajo costo mediante una operación simplificada y marcas propias. La empresa inició operaciones en México en 2005 y actualmente supera las 3 mil 400 tiendas en 19 estados del país

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En los últimos años, la cadena ha mantenido un crecimiento acelerado en territorio nacional. De acuerdo con reportes recientes, la compañía continúa ampliando su presencia con cientos de nuevas aperturas previstas para 2026.

La llegada de Tiendas 3B se suma al interés de distintas cadenas comerciales por fortalecer su presencia en la Huasteca Potosina, una región que ha registrado movimiento en inversiones comerciales y de autoservicio durante los últimos años.

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Médico alerta por abortos realizados con consejos de redes sociales en la Huasteca

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El especialista recordó que existen protocolos y lugares autorizados para atención segura

Por: Redacción

El médico Alfredo García Solís advirtió sobre el incremento de mujeres que llegan a consultorios y clínicas privadas de la Huasteca Potosina tras intentar interrumpir un embarazo mediante métodos caseros o recomendaciones obtenidas en redes sociales, muchas veces sin supervisión médica y con graves riesgos para su salud.

De acuerdo con Código San Luis, el especialista señaló que actualmente se atienden hasta diez casos por semana relacionados con interrupciones de embarazo mal acompañadas o con pacientes que buscan orientación después de haber seguido consejos difundidos en internet.

De acuerdo con García Solís, la situación se ha vuelto cada vez más frecuente entre adolescentes y mujeres adultas, con pacientes que van desde los 14 hasta los 42 años de edad.

“El problema es la desinformación. En redes sociales les dicen cuántas pastillas tomar, cómo hacerlo en casa o qué procedimientos seguir, pero muchas veces terminan con complicaciones severas”, explicó.

El médico alertó que entre las principales consecuencias se encuentran infecciones, hemorragias, abortos incompletos e incluso daños permanentes como la pérdida del útero, además de riesgos que pueden poner en peligro la vida de las pacientes.

Indicó que, aunque la interrupción legal del embarazo ya puede realizarse dentro del marco permitido por la ley, muchas mujeres continúan enfrentando el proceso en soledad, sin acompañamiento profesional y confiando en información falsa o incompleta que circula en plataformas digitales.

“Esto no es algo que deba resolverse con un tutorial o un consejo en internet. Ya existen protocolos médicos, atención especializada y lugares autorizados donde las mujeres pueden recibir orientación segura”, sostuvo.

El especialista explicó que una parte importante de las pacientes llega con miedo, culpa o desconocimiento, por lo que insistió en la necesidad de reforzar el acompañamiento médico y psicológico durante todo el proceso.

Además, recordó que la legislación vigente permite que menores de edad accedan a este tipo de atención conforme a lo establecido legalmente, aunque subrayó que el seguimiento profesional sigue siendo indispensable para evitar riesgos físicos y emocionales.

Finalmente, García Solís consideró urgente la creación de un consejo o mecanismo especializado en la Huasteca Potosina que permita brindar información clara, atención integral y orientación confiable ante el aumento de casos detectados en la región.

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