mayo 30, 2026

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Las cárceles de SLP siguen igual que hace ocho años

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De acuerdo con un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las cárceles potosinas no han mejorado sus condiciones desde el año 2011

Por: El Saxofón

El sistema penitenciario de San Luis Potosí resultó aprobado “de panzazo”, en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2018, realizado por la Comisión Nacional de  Derechos Humanos. Aunque las autoridades locales lo siguen negando, en las cárceles potosinas hay autogobierno o cogobierno, pues grupos de internos realizan actividades ilícitas y extorsionan a otros internos, el personal de custodia es insuficiente y las condiciones de higiene, incluso en las áreas médicas, dejan que desear.

En general, las cárceles potosinas recibieron una calificación de 6.52, lo que coloca a la entidad a media tabla a nivel nacional.

Sin embargo, el Diagnóstico detecta una tendencia a la baja en la calificación obtenida por el sistema penitenciario potosino, pues desde 2011, a la fecha, las condiciones en los centros de reclusión estatales no han mejorado. Incluso, en la calificación se puede decir que han empeorado un poco.

Según el documento de la CNDH, en 2011 el sistema carcelario potosino obtuvo una calificación de 6.84; para el 2012, bajó a 6.59; en 2013, la calificación fue de 6.60; en 2014 descendió de nueva cuenta a 6.12; en 2015 “subió” a 6.51; en 2016 se ubicó en 6.33; en 2017 “subió” otra vez a 6.55, y en el pasado 2018 se ubicó en 6.52.

Para llevar a cabo el diagnóstico, la CNDH evaluó distintos aspectos en cuatro centros penitenciarios del Estado.

Centro Estatal de Prevención y Readaptación Social Número 1 La Pila

En el caso del penal de La Pila, en el Rubro I, Aspectos que garantizan la integridad personal del interno, la CNDH detectó: Hacinamiento; Insuficiencia de programas para la prevención y atención de incidentes violentos; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos. Se recomienda la Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, se detectaron: Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.

En el Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, la CNDH alerta sobre Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Ejercicio de funciones de autoridad por personas privadas de la libertad. Condiciones de autogobierno/cogobierno; Presencia de actividades ilícitas; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).

En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno, el Diagnóstico hace énfasis en la Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.

En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, se señaló la Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos, el Diagnóstico reconoce, en el caso del Penal de La Pila: Separación entre hombres y mujeres; Capacitación del personal penitenciario; Organización y registros para el cumplimiento del plan actividades; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Centro Estatal de Reinserción Social de Tamazunchale

En este penal, en el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, la CNDH advirtió Deficiencias en los servicios de salud; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, hay Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.

En el caso del Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, en el penal de Tamazunchale hay Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias y Presencia de actividades ilícitas.

En cuanto al Rubro IV, Reinserción Social del Interno, hay Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación; Insuficiencia o inexistencia de actividades educativas; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.

En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, en este centro penitenciario hay: Deficiencia en la atención a personas indígenas; Deficiencia en la atención a personas que viven con VIH o SIDA; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos en este caso, la CDNH reconoce que hay Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno); Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario e Integración y funcionamiento del Comité Técnico.

Centro Estatal de Reinserción Social de Rioverde

Esta prisión obtuvo una calificación general de 6.38.

Entre las deficiencias detectadas destacan:

Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno: Deficiencias en los servicios de salud; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.

En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna: Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Deficiencias en la alimentación.

Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).

Rubro IV, Reinserción Social del Interno; Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación.

En el caso del Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, hay Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Como aspectos positivos destacan: Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior;  Capacitación del personal penitenciario; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Centro Estatal de Ciudad Valles

Este centro de reclusión fue el mejor calificado, con una nota de 7.31.

En el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, se recomendó Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; pues detectó; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos; Deficiencia en la atención a personas internas en condiciones de aislamiento.

En el Rubro III, Condiciones De Gobernabilidad hay: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias.

En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno existe Deficiente separación entre procesados y sentenciados.

En el Rubro V Grupos De Internos con Requerimientos Específicos, se nota una Deficiencia en la atención a personas indígenas; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.

Entre los aspectos positivos, la CNDH destaca la Separación entre hombres y mujeres; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de cocina y/o comedores; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior.

Además se señala que hay Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas; Alimentación; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno);  Inexistencia de actividades ilícitas; Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario; Integración y funcionamiento del Comité Técnico; Atención a mujeres y/o menores que vivan con ellas;  Atención a personas que viven con VIH/SIDA.

Tal es el estado que guardan los Centros Penitenciarios de San Luis Potosí. No está de más reiterar el hecho de que según la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en ocho años no ha habido ninguna mejoría.

https://laorquesta.mx/especial-slp-subio-12-lugares-los-estados-mas-quejas-violaciones-derechos-humanos/

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Gallardo, el gobernador mejor evaluado del país: FactoMétrica

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De acuerdo con el más reciente ranking, el mandatario potosino alcanzó una aprobación del 65.1%, superando a Samuel García y Delfina Gómez

Por: Redacción

El gobernador de San Luis Potosí, Ricardo Gallardo Cardona, se posicionó como el mandatario estatal mejor evaluado del país en el más reciente estudio nacional de aprobación de gobernadores realizado por FactoMétrica, al alcanzar una aprobación del 65.1 por ciento en el rubro de trabajo en general.

De acuerdo con los resultados del Ranking Nacional de Gobernadores correspondiente a mayo de 2026, el mandatario potosino encabeza la lista nacional, superando a sus homólogos de Nuevo León, Samuel García, quien registró 64.5 por ciento, y del Estado de México, Delfina Gómez, con 63.3 por ciento.

El estudio de FactoMétrica evalúa el desempeño de los gobiernos estatales en temas fundamentales para la ciudadanía, entre ellos el trabajo gubernamental en general, el combate a la inseguridad, la transparencia y el combate a la corrupción,

así como la aprobación de la presidenta Claudia Sheinbaum en cada entidad. 

La primera posición obtenida por Ricardo Gallardo Cardona refleja el respaldo ciudadano a las políticas públicas impulsadas por su administración, orientadas a fortalecer el desarrollo social, la infraestructura, la movilidad, la seguridad y el bienestar de las familias potosinas.

También lee: Gobierno Estatal avanza con paso firme en fortalecimiento institucional

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#4 Tiempos

Si yo lo hago es libertad, y delito cuando me lo hacen | Apuntes de Jorge Saldaña

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APUNTES

 

Culto Público, hijos de la memoria selectiva:

Hay una trampa intelectual que se llama principio de conveniencia: defiendo las reglas cuando me protegen y las ataco cuando me limitan.

Es como yo cuando no me acuerdo de mis deudas ni de lo que no me conviene. O como el burócrata de ventanilla equis que acepta sobornos toda la jornada, pero luego se indigna porque los tránsitos le piden moche y no los baja de “méndigos corruptos”.

Ese comportamiento no es un asunto ni de ideología ni de educación —bueno, igual y sí—, pero desde mi óptica también es un tema de cálculo mañoso. Y aquí, en nuestro estado, donde “el águila paró”, ese cálculo quedó expuesto como fraude nigeriano con faltas de ortografía.

Como todos sabemos, desde hace días circula una narrativa: el Gobierno del Estado persigue periodistas.

La evidencia central fue una fotografía —filtrada por WhatsApp, como siempre— de un supuesto oficio ministerial con una lista de diez comunicadores y activistas a quienes se buscaría aprehender.

La historia se incendió.

Artículo 19, el CPJ y Reporteros Sin Fronteras emitieron alertas. En horas, San Luis era trending de la infamia: “Estado represor”.

¿Así de fácil?

Mejor vayamos con cuidado, porque este caso merece más que reacción de reflejo.

El mismo comunicado de Artículo 19 —institución que respeto y cito con precisión— reconoce que la información sobre una de las detenciones proviene de una “fuente local anónima” que “no ha podido ser verificada”.

La orden de aprehensión, es decir, la foto de WhatsApp que generó la alarma, también llegó de una “fuente local”.

Entonces, las organizaciones que le exigen al Estado máxima transparencia construyeron su denuncia sobre información que ellas mismas admiten no haber podido confirmar.

Claro, eso no invalida su preocupación, pero sí obliga a darle peso específico.

Porque cuando uno revisa quiénes son algunas de las personas detenidas, pues… ya lo he dicho y lo sostengo: Eréndira Reyes Aguillón y su hija Alejandra Hermosillo no son periodistas en ningún sentido técnico ni ético del término. Operan páginas anónimas, sin firma, sin metodología y con expedientes documentados por extorsión a gobiernos municipales.

Christian Herrera, a quien nadie en el gremio conocía antes del escándalo, fue detenido —según la versión no verificada que menciona el propio comunicado de Artículo 19— asaltando una farmacia en Ciudad Valles. Ya desde la celda se declaró dueño de una página de Facebook de amarillismo puro.

A ver…

El periodismo no es una credencial que se activa cuando conviene para reclamar impunidad.

Eso es charoleo del más chafa.

La novedad es que ayer volvió a circular la foto del supuesto oficio ministerial, pero en tres versiones. Sí, tres versiones casi iguales, con distintos nombres y “enviadas muchas veces” en grupos de WhatsApp.

Una con personas desconocidas; otra con presuntos periodistas y activistas, que es la que sostiene la narrativa de persecución; y una más con nombres como Claudia Sheinbaum, AMLO, Belinda y Maradona.

Sí, así de ridículo.

Diversas herramientas de análisis de imagen coinciden en que la versión con periodistas muestra indicadores de construcción posterior a un documento original; es decir, que habría sido hecha a partir de algo real y luego refotografiada.

La versión con figuras de la política nacional y la farándula fue fabricada con intención claramente burlesca, quizá para ridiculizar la fuente o demostrar que el formato era manipulable.

La otra lista, pues sabrá Dios quiénes sean los que ahí aparecen.

Claro, esto no prueba que el oficio sea falso. Incluso podría tratarse de una trampa para restar credibilidad al tema. Pero, de cualquier modo, sí abre una pregunta que nadie —ni los que se dicen parte del ecosistema crítico ni los otros— ha querido responder:

¿De dónde vino el “original”? ¿Quién lo filtró? ¿Quién lo modificó? ¿Quién lo distribuyó? ¿Para qué?

Porque si la lista fue fabricada —o manipulada a partir de un documento real que nada tenía que ver con periodistas—, entonces no estamos ante una persecución: estamos ante un montaje político elaborado, diseñado para activar organismos internacionales, generar presión sobre el gobierno y construir un escudo de impunidad.

Y eso, que yo sepa, tampoco es periodismo.

Por si fuera poco, mientras todo esto ocurre, también circuló ayer un video evidentemente manipulado, y que de lejos huele a elaboración con inteligencia artificial,

en el que “aparecen” un periodista y la creadora de contenido Anahí Torres.

En el video, ella se ve que está en un cuarto con hombres armados y dinero. Él la señala, la cuestiona y la exhibe.

A todas luces es una farsa. Es una infamia fabricada. Es violencia digital. Es destrucción reputacional con herramientas tecnológicas.

No estoy defendiendo a ninguno de los que aparecen en el video. Es más, sus nombres son lo de menos.

Lo que sostengo es que usar inteligencia artificial para generar desinformación, restar credibilidad (en caso de tenerla, claro), ridiculizar personas y usar sus imágenes para engañar a la opinión pública es una bajeza. Contra ellos o contra cualquiera.

Pero aquí viene el giro:

Eso que hoy les está pasando a ellos, es exactamente lo que tipifica y castiga el Artículo 187 Ter del Código Penal de San Luis Potosí, conocido como “Ley Serrano”; la misma ley que ese

ecosistema local y nacional han denunciado como instrumento de censura y persecución.

Entonces va otra de mis muy tiernas preguntas:

¿La IA maliciosa es crimen y golpe bajo cuando la padecen ellos, pero herramienta legítima de crítica cuando la usan contra otros?

¿La “Ley Serrano” es censura cuando el gobierno puede usarla contra ellos, pero protección necesaria cuando ellos son las víctimas?

Discúlpenme, pero eso no es una postura de principios. Es principio de conveniencia.

Ojo, porque luego se me alborotan más mis amados haters: no estoy defendiendo al gobierno de Ricardo Gallardo —ni falta le hace— ni justificando la reforma aprobada por el Congreso.

Tampoco estoy descartando que haya acciones reales de la Fiscalía que merezcan escrutinio. Todo lo contrario.

Lo que estoy diciendo es que algo no encaja.

En este caso específico hay demasiadas preguntas sin responder, demasiadas coincidencias narrativas, demasiado dinero de fondo y un timing políticamente demasiado conveniente.

Porque, a ver:

¿A quién le convendría armar un montaje de esta naturaleza para desgastar todos los días al gobierno?

¿Quién tiene los recursos para hacerlo?

¿Quiénes son sus operadores mediáticos?

¿Quién se beneficia a corto y mediano plazo?

No voy a responder por usted, mi Culto Público. Ahí están los nombres, los intereses, los pleitos, los financiamientos y los apellidos conocidos. Cada quien puede hacer su propio crucigrama.

La última porque ya me dio sueño:

A quienes armaron, editaron, manipularon y circularon el video calumnioso contra dos personas, ¿se les debe castigar?

¿O Artículo 19 también debe protegerlos porque solo estaban ejerciendo su libertad de expresión y su derecho a la crítica de forma anónima?

La libertad de expresión es un valor que se defiende con consistencia o no se defiende. No se puede exigir protección de una ley que tú mismo denuncias como censura. No se puede llamar periodista a quien extorsiona. No se puede condenar la IA maliciosa solo cuando tú la padeces.

El problema del principio de conveniencia es que siempre termina devorando a quien lo ejerce.

Hasta la próxima.

Yo soy Jorge Saldaña.

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Denuncian asesinato de perros en Soledad

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Los hechos acontecieron en el campo Los Delfines, donde el dueño le habría disparado a los animales

Por: Redacción

En las últimas horas, a través de redes sociales se denunció el asesinato de dos perros en el campo Los Delfines de Soledad de Graciano Sánchez.

Según el reporte, los canes eran paseados en el complejo deportivo por una joven, cuando Juan “N”, quien presuntamente es el dueño del lugar, habría disparado con un arma de fuego, quitándoles la vida.

A través de un metraje que ha circulado, se puede observar como la mujer se encuentra profundamente afectada, mientras quien aparentemente es su madre confronta al hombre, quien se justifica diciendo que no sabía que eran de ellas.

La señora señala que los perros no le hacían daño a nadie, y que con la situación, se le iba a causar un importante daño psicológico a su hija. 

Hasta el momento, ninguna autoridad oficial se ha pronunciado al respecto, y todo lo que ha surgido a sido a través de la denuncia ciudadana.

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Opinión

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