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Las cárceles de SLP siguen igual que hace ocho años
De acuerdo con un informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las cárceles potosinas no han mejorado sus condiciones desde el año 2011
Por: El Saxofón
El sistema penitenciario de San Luis Potosí resultó aprobado “de panzazo”, en el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2018, realizado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos. Aunque las autoridades locales lo siguen negando, en las cárceles potosinas hay autogobierno o cogobierno, pues grupos de internos realizan actividades ilícitas y extorsionan a otros internos, el personal de custodia es insuficiente y las condiciones de higiene, incluso en las áreas médicas, dejan que desear.
En general, las cárceles potosinas recibieron una calificación de 6.52, lo que coloca a la entidad a media tabla a nivel nacional.
Sin embargo, el Diagnóstico detecta una tendencia a la baja en la calificación obtenida por el sistema penitenciario potosino, pues desde 2011, a la fecha, las condiciones en los centros de reclusión estatales no han mejorado. Incluso, en la calificación se puede decir que han empeorado un poco.
Según el documento de la CNDH, en 2011 el sistema carcelario potosino obtuvo una calificación de 6.84; para el 2012, bajó a 6.59; en 2013, la calificación fue de 6.60; en 2014 descendió de nueva cuenta a 6.12; en 2015 “subió” a 6.51; en 2016 se ubicó en 6.33; en 2017 “subió” otra vez a 6.55, y en el pasado 2018 se ubicó en 6.52.
Para llevar a cabo el diagnóstico, la CNDH evaluó distintos aspectos en cuatro centros penitenciarios del Estado.
Centro Estatal de Prevención y Readaptación Social Número 1 La Pila
En el caso del penal de La Pila, en el Rubro I, Aspectos que garantizan la integridad personal del interno, la CNDH detectó: Hacinamiento; Insuficiencia de programas para la prevención y atención de incidentes violentos; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos. Se recomienda la Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular
En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, se detectaron: Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.
En el Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, la CNDH alerta sobre Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Ejercicio de funciones de autoridad por personas privadas de la libertad. Condiciones de autogobierno/cogobierno; Presencia de actividades ilícitas; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).
En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno, el Diagnóstico hace énfasis en la Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.
En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, se señaló la Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.
Como aspectos positivos, el Diagnóstico reconoce, en el caso del Penal de La Pila: Separación entre hombres y mujeres; Capacitación del personal penitenciario; Organización y registros para el cumplimiento del plan actividades; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.
Centro Estatal de Reinserción Social de Tamazunchale
En este penal, en el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, la CNDH advirtió Deficiencias en los servicios de salud; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.
En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna, hay Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Inexistencia o deficientes condiciones materiales e higiene del área médica.
En el caso del Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad, en el penal de Tamazunchale hay Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias y Presencia de actividades ilícitas.
En cuanto al Rubro IV, Reinserción Social del Interno, hay Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación; Insuficiencia o inexistencia de actividades educativas; Insuficiencia o inexistencia de actividades deportivas.
En el Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, en este centro penitenciario hay: Deficiencia en la atención a personas indígenas; Deficiencia en la atención a personas que viven con VIH o SIDA; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.
Como aspectos positivos en este caso, la CDNH reconoce que hay Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno); Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario e Integración y funcionamiento del Comité Técnico.
Centro Estatal de Reinserción Social de Rioverde
Esta prisión obtuvo una calificación general de 6.38.
Entre las deficiencias detectadas destacan:
Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno: Deficiencias en los servicios de salud; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos.
En el Rubro II, Aspectos que Garantizan una Estancia Digna: Insuficiencia o inexistencia de instalaciones necesarias para el funcionamiento del centro; Deficientes condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Deficiencias en la alimentación.
Rubro III, Condiciones de Gobernabilidad: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias; Presencia de cobros (extorsión y sobornos).
Rubro IV, Reinserción Social del Interno; Deficiente separación entre procesados y sentenciados; Insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación.
En el caso del Rubro V, Grupos de Internos con Requerimientos Específicos, hay Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.
Como aspectos positivos destacan: Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior; Capacitación del personal penitenciario; Atención a personas con discapacidad y Atención a personas que viven con VIH/SIDA.
Centro Estatal de Ciudad Valles
Este centro de reclusión fue el mejor calificado, con una nota de 7.31.
En el Rubro I, Aspectos que Garantizan la Integridad Personal del Interno, se recomendó Supervisión del funcionamiento del centro por parte del titular; pues detectó; Falta de prevención de violaciones a derechos humanos y de atención en caso de detección; Insuficiencia de vías para la remisión de quejas de probables violaciones a los derechos humanos; Deficiencia en la atención a personas internas en condiciones de aislamiento.
En el Rubro III, Condiciones De Gobernabilidad hay: Insuficiencia de personal de seguridad y custodia; Deficiencias en el procedimiento para la imposición de las sanciones disciplinarias.
En el Rubro IV, Reinserción Social del Interno existe Deficiente separación entre procesados y sentenciados.
En el Rubro V Grupos De Internos con Requerimientos Específicos, se nota una Deficiencia en la atención a personas indígenas; Insuficiencia en los programas para la prevención de adicciones y desintoxicación voluntaria.
Entre los aspectos positivos, la CNDH destaca la Separación entre hombres y mujeres; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para alojar a las personas privadas de la libertad; Condiciones materiales e higiene de instalaciones del área médica; Condiciones materiales e higiene de cocina y/o comedores; Condiciones materiales e higiene de instalaciones para la comunicación con el exterior.
Además se señala que hay Condiciones materiales e higiene de los talleres y/o áreas deportivas; Alimentación; Ausencia de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad del centro (autogobierno/cogobierno); Inexistencia de actividades ilícitas; Inexistencia de cobros (extorsión y/o sobornos); Capacitación del personal penitenciario; Integración y funcionamiento del Comité Técnico; Atención a mujeres y/o menores que vivan con ellas; Atención a personas que viven con VIH/SIDA.
Tal es el estado que guardan los Centros Penitenciarios de San Luis Potosí. No está de más reiterar el hecho de que según la Comisión Nacional de Derechos Humanos, en ocho años no ha habido ninguna mejoría.
https://laorquesta.mx/especial-slp-subio-12-lugares-los-estados-mas-quejas-violaciones-derechos-humanos/
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Minería potosina crece en fluorita, pero cae en plata y cobre
La producción minerometalúrgica nacional cayó 10.5% anual en agosto, pero SLP creció en fluorita y zinc
Por: Ana G Silva
La producción minera de San Luis Potosí registró resultados mixtos durante agosto de 2026: mientras la extracción de fluorita y zinc reportó incrementos anuales, la producción de plata y cobre disminuyó, de acuerdo con los indicadores de la Industria Minerometalúrgica publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).
El mayor avance correspondió a la fluorita, mineral en el que la entidad mantiene una participación importante a nivel nacional. Durante agosto, San Luis Potosí produjo 46 mil 647 toneladas, frente a las 45 mil 959 toneladas del mismo mes de 2025, lo que representó un crecimiento anual de 1.5%.
En el ámbito nacional, la producción de fluorita alcanzó 69 mil 556 toneladas, también con un incremento anual de 1.7%. Con ello, San Luis Potosí concentró cerca de dos terceras partes del volumen reportado en el país durante ese mes, lo que confirma la relevancia de este mineral dentro de la actividad extractiva estatal.
Otro mineral que mostró un comportamiento positivo fue el zinc. La producción potosina pasó de mil 592 toneladas en agosto de 2025 a mil 612 toneladas en el mismo mes de este año, un aumento de 1.3%. Este resultado contrastó con el desempeño nacional, donde la producción de zinc disminuyó 27.4% anual.
En contraste, la producción de plata en San Luis Potosí descendió 3.6%, al pasar de 14 mil 66 kilogramos en agosto del año pasado a 13 mil 554 kilogramos en agosto de 2026. La diferencia representó 512 kilogramos
menos en el periodo comparado.El cobre también registró una disminución en la entidad. La producción pasó de 2 mil 357 toneladas a 2 mil 321 toneladas, una caída anual de 1.5%. El comportamiento potosino se ubicó por debajo de la tendencia nacional, donde la producción de este metal aumentó 2.3%, hasta alcanzar 42 mil 783 toneladas.
CAE LA PRODUCCIÓN MINEROMETALÚRGICA NACIONAL
Los resultados estatales se presentan en un contexto de contracción de la industria minerometalúrgica nacional. De acuerdo con el INEGI, durante agosto de 2026 la producción minerometalúrgica del país disminuyó 0.1% respecto al mes anterior y 10.5% en comparación con agosto de 2025, con cifras desestacionalizadas.
Por mineral, las cifras originales también reflejaron diferencias entre productos. Durante agosto aumentó la producción nacional de fluorita, yeso, cobre, azufre, carbón no coquizable y pellets de fierro, mientras que disminuyó la de zinc, plomo, oro y plata.
Entre los incrementos destacó la producción de pellets de fierro, con un crecimiento anual de 17.4%; entre las caídas, el zinc retrocedió 27.4%, el plomo 25%, el oro 21.7% y la plata 12.9%.
En el caso de San Luis Potosí, los indicadores permiten observar que algunos minerales mantuvieron una evolución positiva pese a la contracción general de la producción minerometalúrgica nacional.
Los datos de agosto de 2026 son preliminares, según la publicación del INEGI.
También lee: La minería potosina se sostiene en la fluorita, mientras el cobre cae 20 %
Congreso del Estado
Restricción de celulares en aulas arrancará el 3 de noviembre: SEGE
La secretaria de Educación dijo que se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores para cumplir con la restricción en escuelas de educación básica y media superior
Por: Redacción
La restricción del uso de celulares en las aulas de San Luis Potosí comenzará el 3 de noviembre, informó la titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), Deysi Maribel López Sierra, durante su comparecencia ante el Congreso del Estado por la Glosa del Quinto Informe de Gobierno.
A pregunta del diputado Cuauhtli Badillo Moreno, la funcionaria explicó que la SEGE trabaja en la socialización de la medida, es decir, en darla a conocer y explicarla, en todas las escuelas de educación básica y media superior. También se hacen mesas de trabajo con supervisores y directores de los distintos niveles para cumplir con las disposiciones federales y locales.
También para maestros
A principios de octubre, López Sierra confirmó que en educación básica el uso del celular dentro del salón está prohibido “al 100%”, también para los docentes. Sólo se podrán usar celulares, tablets u otros dispositivos cuando tengan un fin pedagógico. Reconoció que falta llegar a un acuerdo con las escuelas privadas, donde muchas clases se dan con tablets.
Las excepciones
El dictamen que aprobó la Comisión de Educación del Congreso del Estado no prohíbe que los alumnos tengan celular, sino su uso dentro del salón de clases. Contempla dos excepciones: cuando el alumno esté en una situación de riesgo o tenga un problema de salud, y cuando el maestro programe su uso como parte de la clase.
Cuotas escolares, bajo revisión
En la misma comparecencia, a pregunta de la diputada Dolores Robles Chairez, López Sierra informó que la SEGE atiende denuncias sobre las cuotas “voluntarias” que cobran las asociaciones de padres de familia. En los casos que involucran a directivos se levanta un acta administrativa y se da parte a la unidad de asuntos jurídicos de la Secretaría.
También lee: Restricción de celulares en aulas también aplicará a maestros: SEGE
Destacadas
Tribunal Electoral sanciona por primera vez violencia política contra jueza electa
A tres meses de la resolución, las sanciones a favor de Fátima Viera siguen sin cumplirse
Por: Redacción
El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) sancionó a tres profesionales del derecho por ejercer violencia política contra las mujeres en razón de género contra Fátima Elizabeth Viera Gutiérrez, jueza segunda de lo familiar del Poder Judicial del Estado. Es la primera sentencia de este tipo en la entidad a favor de una juzgadora electa por voto popular.
La resolución, dictada el 16 de julio de 2026 en el expediente TESLP/PSE/01/2026, concluyó que hubo violencia verbal, simbólica y psicológica basada en elementos de género. Según el tribunal, buscaba desacreditar la capacidad profesional de la jueza, intimidarla y menoscabar sus derechos político-electorales.
Los hechos ocurrieron el 16 de diciembre de 2025. Las tres personas irrumpieron en el Juzgado Segundo de lo Familiar durante una diligencia y profirieron insultos, amenazas y expresiones discriminatorias contra la titular. La agresión se extendió a redes sociales, donde circularon videos del episodio.
El tribunal fijó un límite: el derecho a cuestionar las decisiones judiciales y la libertad de expresión no justifican amenazas, agresiones sexistas ni actos de intimidación contra mujeres que ocupan cargos públicos.
Por qué es un precedente
La reforma judicial llevó a las urnas la elección de jueces y magistrados. Como Viera es jueza electa, el caso se resolvió como violencia política, la figura que protege los derechos político-electorales de quienes llegan a un cargo por votación.
El reconocimiento no llegó a la primera. La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó una determinación previa del tribunal local y le ordenó emitir una nueva resolución. En ella se acreditó finalmente la responsabilidad de las tres personas denunciadas.
Lo que falta por cumplir
A tres meses de la sentencia, las sanciones siguen pendientes. Incluyen una amonestación pública y una disculpa a la jueza, que debe publicarse en un periódico de amplia circulación en San Luis Potosí y en las redes sociales de las personas sancionadas. También incluyen su inscripción durante un año y seis meses en el Registro Estatal de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).
Tampoco se ha impartido la capacitación obligatoria en la materia, que le corresponde a la Secretaría de las Mujeres e Igualdad Sustantiva del Estado.
Fátima Alvizo, abogada y representante legal de la jueza, señaló que el caso muestra lo que les cuesta a las mujeres defender sus derechos político-electorales: represalias, desgaste y largos procesos institucionales.
Alvizo afirmó que no basta con una sentencia favorable. Dijo que las autoridades deben garantizar que se cumpla, para que las mujeres no carguen, además de las agresiones, con el costo de exigir justicia.
También lee: Crecen las órdenes de protección por violencia de género: STJE
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