diciembre 12, 2025

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Ciudad

Canal 7 perdió su concesión; ya no podrá ser transmitido en SLP

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La televisora estaba al aire desde el 12 de agosto de 1997 y tenía cobertura en 13 municipios

Por: Redacción

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que no otorgará la concesión de espectro que permite al concesionario, Comunicación 2000 S.A. de C.V., dueño de Canal 7, de explotar el canal de televisión abierta en San Luis Potosí, esto porque la empresa inició siete meses más tarde el proceso de renovación de los títulos de concesión.

Canal 7 se mantuvo al aire desde el 12 de agosto de 1997, tenía una cobertura de más de 22,000 kilómetros cuadrados que lograba que se emitiera la señal en San Luis Potosí y en doce municipios más que se encuentran cercanos a la capital del estado .

El canal tuvo desde el 1 de julio de 2017 y hasta el 1 de julio de 2018 para presentar una solicitud de renovación de concesión del canal al IFT, pero el concesionario inició el proceso el 28 de febrero de 2019.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió en una primera ocasión negar la renovación del título de concesión a Comunicación 2000 S.A. de C.V., debido a esa presentación a destiempo de la solicitud, de esta manera, se respaldó entonces en el contenido del artículo 114 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para negar la autorización a la empresa concesionaria.

Canal 7 tramitó un juicio de amparo, que fue admitido por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones bajo el expediente 545/2019 y luego radicado con el expediente 180/2020 en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, aunque dicha instancia se declaró legalmente incompetente para resolver el caso y lo remitió entonces a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Allí, la Primera Sala resolvió el amparo, ahora bajo el expediente del amparo en revisión 93/2021.

La Primera Sala de la Suprema Corte rechazó los argumentos de Comunicación 2000 S.A. de C.V. contra el contenido del artículo 114 de la LFTR que el IFT utilizó para negar la renovación de la concesión del canal de televisión y reservó para el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones la definición de otros criterios legales aplicables a la renovación del título de concesión.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación anunció que las prórrogas de concesiones de espectro no son una obligación para el estado mexicano, sí una posibilidad con la que cuentan los concesionarios de mantener bajo su explotación un bien de la nación y cuando convenga a sus intereses, y siempre también que los procesos de refrendo los inicien dentro de los períodos válidos, en el año previo al inicio de la última quinta parte de vigencia de la concesión, como fue el caso para la concesión de Comunicación 2000 S.A. de C.V.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones, tras atender las decisiones del Segundo Tribunal Colegiado, explicó que la vigencia del Canal 7 inició el 29 de junio de 2004 y terminaba el 31 de diciembre de 2021. De ese periodo de 17 años con seis meses y dos días, resultaba que el 1 de julio de 2018 era el inicio de la última quinta parte de la vigencia de la concesión para que Comunicación 2000 S.A. de C.V presentara su solicitud de prórroga.

Canal 7 todavía cuenta con un canal con cobertura en Matehuala que ganó en la pasada licitación de TV digital que organizó el IFT, al norte de San Luis Potosí y si llegara a perder la señal de la capital, todavía tiene enfrente la oportunidad de mantenerse al aire allí, a través de la renta de un canal multiplexado propiedad de alguno de los otros concesionarios competidores o a través de otras plataformas de distribución de contenidos.

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Ciudad

Vecinos del Centro Histórico denuncian posible antro clandestino

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Habitantes reclaman omisión oficial pese a los reportes por ruido y venta ilegal de alcohol

Por: Redacción

Habitantes de la zona del Centro Histórico han comenzado a expresar su preocupación por la operación de un centro nocturno que opera en la calle Julián de los Reyes, pues aseguraron que opera sin regu lación.

Mediante publicaciones en redes sociales, residentes compartieron videos en los que se observa actividad en el inmueble durante la noche y primeras horas de la madrugada lo que ha generado quejas por el volumen elevado de la música.

El lugar también estaría vendiendo bebidas alcohólicas sin los permisos correspondientes lo que representa un riesgo para los vecinos de la zona.

Ante está situación los colonos han señalado que ya han presentado quejas formales ante las autoridades, aunque hasta el momento no han recibido respuesta por parte de las instancias encargadas de las supervisión.

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Ayuntamiento de SLP

San Luis Capital recibe certificación internacional por altos estándares de confiabilidad

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El Alcalde Enrique Galindo recibió la certificación, única en su tipo, diseñada para gobiernos municipales y avalada por 169 países miembros de ISO 

Por: Redacción

El Alcalde Enrique Galindo Ceballos encabezó la ceremonia de entrega de la Certificación Internacional de Calidad ISO 18091:2019 a la Dirección General de Gestión Territorial y Catastro del Ayuntamiento de San Luis Potosí, reconocimiento otorgado por la Fundación Internacional para el Desarrollo de Gobiernos Confiables (FIDEGOC), representada por su secretario ejecutivo y creador de la norma, Carlos Humberto Gadsden Carrasco. Esta norma es única en su tipo a nivel mundial, diseñada para gobiernos municipales y avalada por los 169 países miembros de la ISO.

 Durante su intervención, el Alcalde Enrique Galindo subrayó que su administración está comprometida con procesos eficientes, transparentes y confiables, como lo demuestran los esfuerzos en Mejora Regulatoria y el cumplimiento de estándares internacionales. Agradeció y reconoció a la titular de Catastro, Ángeles Rodríguez Aguirre, y a su equipo por este logro que fortalece la confianza ciudadana.

Por su parte, Gadsden Carrasco señaló que San Luis Potosí es uno de los 23 municipios del país que participaron, y ahora se posiciona como líder internacional por el compromiso integral con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, por lo que el reconocimiento que recibió es nivel bronce.

La obtención del Certificado de Calidad ISO 18091:2019 para el Ayuntamiento de San Luis Potosí se da tras culminar con éxito el proceso de auditoría y evaluación que reconoce la implementación de un Sistema Integral de Gestión de la Calidad confiable, orientado a la mejora continua. Este logro reafirma el compromiso municipal con ofrecer procesos y servicios eficientes que elevan la satisfacción ciudadana y fortalecen la Gobernanza Confiable.

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Ciudad

Comisiones aprueban reforma electoral de paridad propuesta por el Ceepac

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Se adelanta al 15 de septiembre del año previo a la elección como fecha de inicio del proceso electoral

Por: Redacción

En una decisiva sesión de Comisiones Unidas, las y los diputados de la LXIV Legislatura aprobaron por mayoría el dictamen que declara procedente la iniciativa de reforma electoral presentada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC). Dicho dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y de la Ley Electoral del Estado.

El punto central de la iniciativa es la garantía del principio de paridad en la postulación de candidaturas al Gobierno del Estado y a las Presidencias Municipales. El dictamen subraya que esta modificación es necesaria, proporcional y adecuada para cumplir con el mandato de igualdad sustantiva, buscando corregir los rezagos históricos, particularmente en los cargos de mayor relevancia. La aprobación tiene el objetivo de robustecer la democracia local al dotarla de un sistema electoral con mejores herramientas, garantizando la igualdad entre mujeres y hombres con un enfoque de derechos humanos y una perspectiva de género.

En el eje de la organización electoral, la reforma introduce cambios sustanciales para optimizar los procesos y reducir costos. Uno de los ajustes clave es la fijación del

15 de noviembre del año previo a la elección como fecha de inicio del proceso electoral, lo que busca dar mayor tiempo para la preparación logística.

Adicionalmente, se establecen medidas para fortalecer la operatividad electoral. Esto incluye la garantía de remuneración para los integrantes de comisiones distritales y comités municipales, así como el establecimiento de un procedimiento sumario para la revocación de nombramientos, lo que agilizará la toma de decisiones internas. Finalmente, la reforma plantea la racionalización de costos y la eliminación de la entrega física de la Ley Electoral a presidentes de casilla, buscando evitar retrasos en la distribución de materiales y documentación electoral.

Con esta aprobación, las comisiones de Puntos Constitucionales y Régimen Interno y de Asuntos Electorales dan un paso significativo hacia un marco legal más equitativo y eficiente, que deberá pasar al Pleno del Congreso para su discusión y votación final.

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Opinión

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