Ciudad
Canal 7 perdió su concesión; ya no podrá ser transmitido en SLP
La televisora estaba al aire desde el 12 de agosto de 1997 y tenía cobertura en 13 municipios
Por: Redacción
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó que no otorgará la concesión de espectro que permite al concesionario, Comunicación 2000 S.A. de C.V., dueño de Canal 7, de explotar el canal de televisión abierta en San Luis Potosí, esto porque la empresa inició siete meses más tarde el proceso de renovación de los títulos de concesión.
Canal 7 se mantuvo al aire desde el 12 de agosto de 1997, tenía una cobertura de más de 22,000 kilómetros cuadrados que lograba que se emitiera la señal en San Luis Potosí y en doce municipios más que se encuentran cercanos a la capital del estado .
El canal tuvo desde el 1 de julio de 2017 y hasta el 1 de julio de 2018 para presentar una solicitud de renovación de concesión del canal al IFT, pero el concesionario inició el proceso el 28 de febrero de 2019.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones resolvió en una primera ocasión negar la renovación del título de concesión a Comunicación 2000 S.A. de C.V., debido a esa presentación a destiempo de la solicitud, de esta manera, se respaldó entonces en el contenido del artículo 114 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) para negar la autorización a la empresa concesionaria.
Canal 7 tramitó un juicio de amparo, que fue admitido por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones bajo el expediente 545/2019 y luego radicado con el expediente 180/2020 en el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, aunque dicha instancia se declaró legalmente incompetente para resolver el caso y lo remitió entonces a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Allí, la Primera Sala resolvió el amparo, ahora bajo el expediente del amparo en revisión 93/2021.
La Primera Sala de la Suprema Corte rechazó los argumentos de Comunicación 2000 S.A. de C.V. contra el contenido del artículo 114 de la LFTR que el IFT utilizó para negar la renovación de la concesión del canal de televisión y reservó para el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones la definición de otros criterios legales aplicables a la renovación del título de concesión.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación anunció que las prórrogas de concesiones de espectro no son una obligación para el estado mexicano, sí una posibilidad con la que cuentan los concesionarios de mantener bajo su explotación un bien de la nación y cuando convenga a sus intereses, y siempre también que los procesos de refrendo los inicien dentro de los períodos válidos, en el año previo al inicio de la última quinta parte de vigencia de la concesión, como fue el caso para la concesión de Comunicación 2000 S.A. de C.V.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones, tras atender las decisiones del Segundo Tribunal Colegiado, explicó que la vigencia del Canal 7 inició el 29 de junio de 2004 y terminaba el 31 de diciembre de 2021. De ese periodo de 17 años con seis meses y dos días, resultaba que el 1 de julio de 2018 era el inicio de la última quinta parte de la vigencia de la concesión para que Comunicación 2000 S.A. de C.V presentara su solicitud de prórroga.
Canal 7 todavía cuenta con un canal con cobertura en Matehuala que ganó en la pasada licitación de TV digital que organizó el IFT, al norte de San Luis Potosí y si llegara a perder la señal de la capital, todavía tiene enfrente la oportunidad de mantenerse al aire allí, a través de la renta de un canal multiplexado propiedad de alguno de los otros concesionarios competidores o a través de otras plataformas de distribución de contenidos.
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Ciudad
Detienen a tres presuntos trabajadores de Seduvop por tirar desechos en un baldío
La SSPC municipal informó que los detenidos descargaban maleza, ramas y muebles de una camioneta en un terreno al norte de la capital
Por: Redacción
Tres personas que manifestaron ser trabajadores de la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (Seduvop) fueron detenidas por policías municipales, luego de que presuntamente arrojaran residuos de manera clandestina en un lote baldío al norte de San Luis Potosí.
De acuerdo con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) de la Capital, los hechos ocurrieron alrededor de las 13:00 horas de este día, cuando los agentes detectaron a los individuos depositando desechos en una zona de terracería.
Las personas portaban chalecos correspondientes a Seduvop y descargaban de una camioneta Ford F-450, modelo 2011, residuos que incluían maleza, ramas y muebles, detalló la corporación municipal.
Los tres individuos fueron detenidos ante la probable comisión de un delito contra el medio ambiente. La SSPC indicó que se realizaban las diligencias correspondientes para ponerlos a disposición de la Fiscalía General del Estado.
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Ciudad
Interapas reactiva pozo Villantigua y restablece suministro en ocho colonias
El servicio de agua comenzará a regularizarse gradualmente conforme se recuperen los niveles y la presión en la red de distribución
Por: Redacción
Interapas reactivó el pozo Villantigua, con lo que se restablece el suministro de agua potable por red en ocho colonias de la zona de influencia, informó el organismo este sábado 10 de octubre.
Las colonias beneficiadas son Garita de Jalisco, Colinas del Parque, Residencial del Parque, Loma Dorada, Loma Verde, Viveros, Villas del Pedregal y Villantigua.
El organismo señaló que el servicio comenzará a normalizarse de manera gradual, conforme se recuperen los niveles de agua y la presión en la red de distribución , por lo que la regularización no será inmediata en todos los sectores.
Interapas mantendrá el monitoreo del pozo para verificar su correcto funcionamiento. Para reportes o información, las y los usuarios pueden comunicarse a Acuatel, al 444 123 64 00, o consultar las redes sociales oficiales del organismo.
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Ayuntamiento de SLP
Congreso suspende carrera atlética y acusa al Ayuntamiento de negar autorización
La SSPC capitalina rechazó autorizar el cierre de calles y asignar agentes para la carrera “Un Legado a la Nación”; el oficio oficial recuerda que este tipo de eventos debe tramitarse con 15 días de anticipación.
Por: Redacción
La suspensión de la carrera atlética “Un Legado a la Nación”, organizada por el Congreso del Estado en coordinación con el Instituto Potosino del Deporte (INPODE), abrió un nuevo frente político entre el Poder Legislativo y el Ayuntamiento de San Luis Potosí, luego de que el Congreso responsabilizara públicamente al gobierno capitalino de impedir la realización del evento programado para este domingo 11 de octubre.
En un comunicado, el presidente de la Directiva del Congreso del Estado, Luis Fernando Gámez Macías, informó que la competencia sería suspendida temporalmente debido a la negativa de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana municipal para autorizar el operativo vial y el cierre de calles requerido.
El Congreso destacó que más de mil personas se en contraban inscritas para participar en las categorías de 3, 5 y 10 kilómetros, incluyendo niñas, niños, familias y atletas de alto rendimiento, y anunció que la carrera será reprogramada, posiblemente en el Parque Tangamanga I o en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez.
Sin embargo, el propio oficio exhibido por el Congreso ofrece un elemento que no fue incluido en su comunicado.
En el documento SSPC/DGPVM/753/X/2026, fechado el viernes 9 de octubre, la Dirección General de Policía Vial y Movilidad señala que no era posible autorizar el evento ni destinar agentes al operativo debido a que ya existían servicios y dispositivos de seguridad previamente programados, entre ellos otra carrera atlética.
Además, la autoridad municipal cita expresamente el artículo 133 del Reglamento de Tránsito para el Municipio de San Luis Potosí, que establece que las solicitudes para caravanas, eventos deportivos y actividades que afecten la circulación deben realizarse por escrito y con 15 días de anticipación .
De acuerdo con fuentes de la SSPCM consultadas sobre el caso, la solicitud del Congreso habría sido presentada apenas unas a las 18 horas del viernes, una circunstancia que habría hecho materialmente imposible organizar cierres viales, despliegue de agentes y medidas de seguridad para una carrera de esa magnitud.
El oficio municipal no precisa la hora exacta en que fue recibida la solicitud; sin embargo, el documento sí confirma que el trámite no cumplió con el plazo de 15 días previsto en el reglamento.
Pese a ello, en su comunicado el Congreso centró el señalamiento en la “negativa” del Ayuntamiento encabezado por Enrique Galindo Ceballos, sin mencionar el requisito reglamentario de anticipación ni explicar cuándo fue presentada formalmente la petición.
El episodio ocurre en un contexto de creciente confrontación política entre actores del Congreso del Estado y el gobierno de la capital, por lo que la suspensión de la carrera terminó trasladándose rápidamente del terreno deportivo al de la disputa pública.
Mientras el Congreso presenta el caso como una negativa del Ayuntamiento para facilitar la realización del evento, la documentación oficial apunta a que la solicitud habría llegado fuera de los tiempos reglamentarios, cuando la Policía Vial ya tenía comprometido su personal en otros operativos.
Por ahora, el Congreso y el INPODE anunciaron que en los próximos días darán a conocer una nueva fecha y sede para la carrera.
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