mayo 11, 2026

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Congreso del Estado

Quien maltrate y abandone a personas mayores, no podrán recibir su herencia

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“Uste nunca vio por mi abuelita y así quiere el terreno?” | Esto se acabaría con la propuesta morenista

Por: Redacción

Para que se declare incapaces de adquirir cualquier bien por testamento o intestado, a las personas que incurran en violación a la Ley de las Personas Adultas Mayores o que hayan cometido conductas de discriminación, lesiones, violencia física o moral, violencia sexual, abandono, descuido o negligencia, explotación y, en general, cualquier acto que les perjudique a las personas adultas mayores, el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, presentó ante el Pleno del Congreso del Estado la iniciativa que plantea adicionar fracción al artículo 1162 del Código Civil del Estado.

El legislador expuso que, “en nuestro estado existe la normatividad adecuada para hacer frente a este grave problema, pues contamos con la Ley de las Personas Adultas Mayores, la cual establece un marco jurídico que contempla programas y acciones encaminadas a valorar sus condiciones de vida, así como la protección de sus derechos. Sin embargo, esto no es suficiente, ya en el todo el estado se presentan casos en que las familias solo tienen interés en los adultos mayores con motivo de algún bien, ya sea dinero, inmuebles o pensiones las cuales pretenden quedarse con ellas como sucesión”, advirtió.

Además, refirió que los ancianos son cada vez con mayor frecuencia e intensidad víctimas de maltrato físico y verbal, así como despojados y abusados por parte de su propia familia o de personas ajenas, situaciones que acentúan su vulnerabilidad. Por lo tanto, indicó que “toda acción a favor de las personas adultas mayores representa un cambio estructural en el diseño de la política pública de vejez, con una visión integral de las condiciones que propicien su desarrollo humano”, añadió.

Consideró que la actuación judicial deberá ser particularmente expedita en casos en que se encuentre en riesgo la salud o la vida de la persona mayor. Por lo anterior, puntualizó que su iniciativa busca establecer entre los puntos más importantes que son incapaces de heredar por testamento o por intestado:

I.- El que haya sido condenado por haber dado, mandado o intentado dar muerte a la persona de cuya sucesión se trate, o a los padres, hijos, cónyuge o hermanos de ella. II.- El que haya hecho contra el autor de la sucesión, sus ascendientes, descendientes, hermanos o cónyuge, acusación de delito que merezca pena capital o de prisión, aun cuando aquella sea fundada, si fuere su descendiente, su ascendiente, su cónyuge o su hermano, a no ser que ese acto haya sido preciso para que el acusador salvara su vida, su honra, o la de sus descendientes, ascendientes, hermanos o cónyuge.

En la fracción III.- El cónyuge que mediante juicio ha sido declarado adúltero, si se trata de suceder al cónyuge inocente. IV.- El coautor del cónyuge adúltero, ya sea que se trate de la sucesión de éste o de la del cónyuge inocente. V.- El que haya sido condenado por un delito que merezca pena de prisión, cometido contra el autor de la herencia, de sus hijos, de su cónyuge, de sus ascendientes o de sus hermanos; entre otros.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis.

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Congreso del Estado

Congreso propone reforma para reparación de daño en delitos vs intimidad sexual

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Se establece una pena de 3 a 6 años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización

Por: Redacción

Con el fin de declarar la reparación integral en delitos contra la intimidad sexual, la  diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 187.

La legisladora explicó que actualmente el artículo 187 del Código Penal del Estado, tipifica la difusión ilícita de imágenes íntimas, para quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión.

Se establece una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización. Con la iniciativa propuesta, se busca la reparación del daño, el cual comprenderá, además de lo previsto en las reglas generales, una indemnización compensatoria que tome en cuenta la persistencia del contenido en la red.

En su exposición de motivos, Sánchez de Lira menciona que esta iniciativa responde a la extensión del daño moral dentro de la esfera íntima de la víctima, reconociendo no solo su afectación en el ‘dolor emocional’, sino también el daño al proyecto de vida y la naturaleza técnica del delito.

 

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Congreso del Estado

Apreuba Congreso iniciativa de Gallardo para sustituir SEDUVOP por INREVIS

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De esta manera, se obliga a la SEDUVOP a transferir expedientes e información al INREVIS al avalarse una reforma técnica

 

Por: Redacción

La Comisión de Gobernación del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la iniciativa enviada por el titular del Poder Ejecutivo Ricardo Gallardo Cardona, para sustituir a la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (SEDUVOP) por el Instituto de Regularización y Vivienda Social del Estado (INREVIS) como autoridad encargada de ejecutar el Decreto Legislativo No. 410 de 2005, para dar certeza jurídica a lotes de personas de escasos recursos en Matehuala.

 

De esta manera, se obliga a la SEDUVOP a transferir expedientes e información al INREVIS al avalarse una reforma técnica y de armonización normativa, que no modifica el contenido sustantivo del decreto original, pero corrige la autoridad competente para permitir la conclusión efectiva de los procesos y evitar vicios legales, informó el presidente de la Comisión, diputado Héctor Serrano Cortés.

 

Se mantienen intactos: la superficie, lotificación, registro y elementos técnicos del decreto original; se incorporan disposiciones para concluir trámites pendientes de regularización y escrituración; se atienden casos de sucesiones (beneficiarios fallecidos), transmisión de posesión y diversas situaciones no previstas.

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Congreso del Estado

Congreso busca autonomía financiera como derecho de mujeres víctimas de violencia

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El fortalecimiento de la autonomía económica también contribuye a reducir la reincidencia de la violencia

Por: Redacción

Con el objetivo de incorporar la autonomía financiera como derecho y como eje de acción programática, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una adición a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado.

La iniciativa propone establecer que las mujeres víctimas de violencia tendrán derecho a acceder a programas de capacitación, educación financiera y formación para el trabajo, así como a cursos, talleres y otras herramientas orientadas al desarrollo de la autonomía económica y financiera, que les permitan generar ingresos propios y fortalecer su independencia.

La legisladora indicó que esta propuesta responde a una re alidad concreta

, ya que no basta con proteger, es necesario generar condiciones para que las mujeres puedan reconstruir sus vidas con independencia y seguridad, por lo que este enfoque permite avanzar hacia una igualdad sustantiva y no solo formal.

El fortalecimiento de l a autonomía económica también contribuye a reducir la reincidencia de la violencia, ya que estudios recientes han señalado que las mujeres con ingresos propios tienen hasta un 50 por ciento menos de probabilidad de regresar con su agresor

, lo que revela la importancia de no limitar las acciones del Estado a medidas de protección, sino avanzar hacia estrategias de empoderamiento sostenido.

Agrega que experiencias nacionales e internacionales muestran que cuando las mujeres acceden a capacitación laboral y educación financiera, incrementan sus ingresos entre un 20 y un 30 por ciento en promedio. Además, tienen mayores probabilidades de iniciar pequeños negocios o incorporarse al mercado formal de trabajo. Esto no solo mejora su calidad de vida, también tiene efectos positivos en sus familias y comunidades.

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