Congreso del Estado
Congreso de SLP aprobó los informes de la ASE
Las y los diputados aprobaron el informe general y los informes individuales sobre las cuentas públicas del ejercicio fiscal 2021
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó por mayoría el Informe general y los informes individuales de auditoría, rendidos por la Auditoría Superior del Estado (ASE), como resultado de la fiscalización de las cuentas públicas ejercicio fiscal 2021, de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de 7 entes autónomos: la Comisión Estatal de Derechos Humanos; el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana; Comisión Estatal de Garantía de Acceso a la Información Pública; la Fiscalía General del Estado; el Tribunal Electoral del Estado; Tribunal Estatal de Justicia Administrativa; y la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.
Los informes aprobados corresponden también a 21 Sistemas DIF Municipales, 22 organismos operadores de agua potable, el Instituto Municipal de Planeación de San Luis Potosí, el Instituto Municipal de Vivienda de Soledad de Graciano Sánchez; y los 58 ayuntamientos de la entidad, todos ellos, rendidos por la Auditoría Superior del Estado, como resultado de la fiscalización de las cuentas públicas ejercicio fiscal 2021.
Los documentos indican que el universo seleccionado para la fiscalización superior de la Cuenta Pública 2021, fue por la cantidad de $13,308,566,478.05, mientras que la muestra auditada asciende a $10,892,023,599.27, esto significa que la ASE revisó el 81.8% del universo seleccionado.
El Congreso del Estado de San Luis Potosí dio a conocer que de conformidad con el artículo 14 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, las observaciones presentadas por la Auditoría Superior del Estado según su Informe General derivaron en 685 pliegos de observación, 297 solicitudes de aclaración, 1,473 Procedimientos de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria, 156 Solicitudes de Aclaración sin importe, 255 promociones del ejercicio de la facultad de comprobación fiscal; es decir, un total de 2,866 acciones, además de 1507 recomendaciones.
El análisis de la información presentada por la ASE en el Informe General, así como del análisis a los informes individuales concluyó que el monto observado para la Cuenta Pública del ejercicio 2021, ascendió a la cantidad de $ 2,078,554,118.49 que resultan de la suma de del importe reflejado como pliego de observaciones por la cantidad de $ 710,781,903.46, más el importe de las solicitudes de aclaración por $1,367,762,215.03.
El monto total resarcido al erario público fue de $ 1,092,613.06, no obstante que el monto observado fue de $ 2,078,544,118.49, lo que significa que el resarcimiento fue de sólo el 0.0526% en relación al monto observado.
La revisión de las cuentas públicas indicó que se practicaron 103 auditorías especiales de fiscalización municipal y a sus organismos descentralizados, financiera y de cumplimiento; 24 auditorías especiales de fiscalización de los poderes del estado y organismos autónomos, financiera y de cumplimiento; y 46 auditorías de desempeño al Poder Ejecutivo en Administración Centralizada y Descentralizada, Poder Legislativo, Organismos Autónomos, Municipios y Organismos Municipales Descentralizados.
La Comisión de Vigilancia y la Unidad de Evaluación y Control de la misma revisaron la documentación y se estableció en el dictamen respectivo que el Informe General y los Informes Individuales de Auditoría emitido por la Auditoría Superior del Estado como resultado de la fiscalización de la cuenta Pública del ejercicio fiscal 2021, fueron realizados con apego a las disposiciones legales aplicables.
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Congreso del Estado
Congreso propone reformas para garantizar seguridad de quienes han participado en un proceso penal
Existe la necesidad de dar seguimiento a situaciones donde muchas de las veces al presentar sus denuncias es un riesgo
Por: Redacción
La Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, analiza la iniciativa de reforma a la Ley para la Protección de Personas que Intervienen en el Proceso Penal en el Estado de San Luis Potosí, con el fin de elevar a Dirección de Cumplimiento de las Medidas de Protección el actual Centro de Protección, estipulado en dicha ley, como un órgano permanente de la Fiscalía General del Estado.
En la exposición de motivos, se indica que existe la necesidad de atender y brindar a las y los potosinos el seguimiento correspondiente ante situaciones las cuales se encuentran en donde muchas de las veces al presentar sus denuncias ante la Fiscalía del Estado, solicitan medidas de protección las cuales son aprobadas por el Ministerio Publico al ser consideradas como pertinentes.
Al ser aprobadas las medidas por el Ministerio Público, no existe un seguimiento continuo a las víctimas, ya que, en la mayoría de los casos, no reciben el debido apoyo inmediato por parte de las autoridades correspondientes, vulnerando la seguridad e integridad de las víctimas de algún delito, por la falta de seguimiento en las medidas de protección impuestas o por una asignación inadecuada de dichas medidas esto debido a una falta de estudio particular del caso.
En el caso de la línea de emergencia, se propone contar con un registro previo del contacto de todas aquellas víctimas a las cuales se les haya otorgado una medida de protección.
Congreso del Estado
Buscan que la ASF reactive convenios con entes fiscalizadores de los estados
Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización y los entes fiscalizadores en las entidades
Por: Redacción
En reunión de trabajo, la Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización fue aprobada la solicitud de exhorto del Congreso del Estado de Guerrero, a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, para que por su conducto se exhorte a la Auditoría Superior de la Federación a que a la brevedad posible reactive el mecanismo para la firma de convenios de colaboración entre los entes fiscalizadores de los Estados y de la Ciudad de México.
Esto a efecto de armonizar criterios de colaboración y funciones que fortalezcan la fiscalización de los recursos públicos en la rendición de cuentas y transparencia de las participaciones federales otorgadas a los Estados.
Se indica que con ello también se fortalece el marco de la coordinación entre la Auditoría Superior de Fiscalización
y los entes fiscalizadores en las entidades del país, con el fin de hacer eficiente y eficaz la fiscalización de las participaciones que ejerzan las entidades federativas, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México.
Se menciona que los Congresos locales tienen atribuciones de fiscalización de los recursos públicos ejercidos por los gobiernos estatales, municipales, los Poderes del Estado, y órganos autónomos, entre otros, que tienen como finalidad otorgar servicios públicos, seguridad, administración de justicia, educación y demás bienestar social para la población.
Congreso del Estado
Se establece acceso al agua como un bien del dominio público
Se indica que su aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico.
Por: Redacción
El Congreso del Estado emitió la declaratoria de aprobación por el Constituyente Permanente Potosino de Minuta que reforma el artículo 12 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, para establecer al agua potable como un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable, e imprescriptible.
Se indica que su aprovechamiento será regulado, y su explotación deberá respetar el equilibrio ecológico; y las autoridades están obligadas a proveerla para el uso personal y doméstico, debiendo garantizar la suficiencia para evitar el hambre y las enfermedades.
Con esto, se eleva al rango de la Constitución Estatal, las disposiciones establecidas en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como del contenido de la Observación General número 15 que pronuncia el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, respecto al derecho al agua para alcanzar un nivel de vida adecuado.
Mediante esta reforma constitucional, se establece que el agua es un bien del dominio público, inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible.
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