Congreso del Estado
Reforma para que el Ejército siga en las calles avanza en SLP
El Congreso ya dio cuenta del proyecto de decreto
Por: Redacción
El Congreso del Estado en Sesión Ordinaria, se dio cuenta de recepción de la minuta de proyecto de decreto que reforma el artículo Quinto Transitorio, del decreto que modifica diversas disposiciones de la Constitución Federal en materia Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 26 de marzo de 2019, enviado por la Cámara de Diputados.
Esta modificación establece que, “Durante los nueve años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanentemente en tareas de seguridad pública”; añade que la fuerza armada permanente realizará las tareas de seguridad pública con su organización y medios, y deberá capacitarse en la doctrina policial civil, establecida en el artículo 21 de esta Constitución.
La modificación agrega que conforme a lo planteado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la participación deberá ser: Extraordinaria, de tal manera que se acredite la absoluta necesidad, que sea temporal y solicitada de forma justificada por la autoridad civil; Regulada, para que cumpla con un estricto apego al orden jurídico previsto en esta Constitución, en las leyes y los tratados internacionales que estén de acuerdo con la misma; Fiscalizada, de manera que exista la constante revisión o supervisión a través de la rendición de cuentas; Subordinada y complementaria, de tal forma que las labores de apoyo que la Fuerza Armada preste a las instituciones de seguridad pública, sólo puedan realizarse en su auxilio o complemento, y se encuentren fundadas y motivadas.
Las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades.
El Ejecutivo Federal presentará al Congreso de la Unión un informe semestral que proporcione los indicadores cuantificables y verificables que permitan evaluar los resultados obtenidos en el periodo reportado en materia de seguridad pública, y corroborar el respeto a los derechos humanos y a los de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
La comisión se reunirá cada vez que convoque la Directiva para la emisión del dictamen semestral y convocará, si así lo requiere, a los titulares de las secretarías de Gobernación, de Seguridad y Protección Ciudadana, de Defensa Nacional y de Marina. El dictamen evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas para la participación de la Fuerza Armada permanente en labores de seguridad pública y deberá señalar aquellas entidades federativas donde deje de ser requerida la presencia permanente de las Fuerzas Armadas en estas labores.
La comisión bicamaral remitirá a cada una de las Cámaras del Congreso de la Unión los dictámenes semestrales para su discusión y aprobación; una vez aprobados, se remitirán al Ejecutivo Federal.
La Cámara de Senadores al analizar y aprobar los informes anuales sobre las actividades que la Guardia Nacional le rinda el Ejecutivo Federal, evaluará la participación de la Fuerza Armada permanente al amparo del presente artículo transitorio, con el fin de garantizar que en la conclusión del plazo señalado, la Fuerza Armada permanente concluya su participación en labores de seguridad pública, y la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública asuman a plenitud las facultades establecidas en el artículo 21 de la presente Constitución.
Las personas titulares del Poder Ejecutivo de las entidades federativas, enviarán anualmente a las correspondientes legislaturas locales y al Consejo General de Seguridad Pública la evaluación integral. Los resultados de esas evaluaciones serán la base para los ajustes del referido programa y su calendario de ejecución, por los órganos correspondientes.
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Congreso del Estado
Proponen reforma para sancionar fraudes parentales
Son aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas
Por: Redacción
La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con el objetivo de incorporar un tipo penal específico que sancione la atribución indebida de la paternidad o las obligaciones de filiación a un tercero, cuando medie dolo, engaño o aprovechamiento indebido de las circunstancias.
Ello no sólo responde a una necesidad de justicia material, sino que se alinea con el principio de proporcionalidad, al equilibrar la protección de los derechos de la niñez con los derechos patrimoniales y personales de quienes resulten afectados por estas conductas, manifestó la diputada proponente.
Expuso la legisladora que la propuesta no pretende, en modo alguno, debilitar el principio del interés superior de la niñez
, sino fortalecerlo mediante la correcta identificación de los sujetos obligados, garantizando que las responsabilidades recaigan en quien verdaderamente corresponde conforme al vínculo biológico o jurídico.“Esta reforma se inscribe en una tendencia contemporánea del derecho comparado orientada a reconocer y sancionar las denominadas conductas de fraude o engaño parental, entendidas como aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas”, señaló.
La legisladora Martínez Vázquez afirmó que “es necesario y jurídicamente impostergable dotar al ordenamiento penal de herramientas que permitan sancionar estas conductas, proteger el patrimonio de las personas afectadas y reforzar la certeza en las relaciones de filiación, contribuyendo así a un sistema jurídico más equitativo, coherente y garantista”.
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Congreso del Estado
Aprueban reformas a la ley en favor de las personas con espectro autista
El objetivo es que puedan encontrar un mejor camino en su atención, en conjunto con las instancias públicas: diputado Gama
Por: Redacción
Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos aprobaron por unanimidad el dictamen que reforma la Ley para la Atención y Protección de las Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado, iniciativa que fue presentada por la diputada María Antonia Castro Castañeda.
El objetivo es buscar el respaldo, apoyo y el desarrollo de las personas con espectro autista, para que pueden encontrar un mejor camino en su atención, o si fueron detectadas de manera tardía, se pueda retomar su caso y encontrar un buen cauce para su atención, dijo el presidente de la Comisión diputado Marco Antonio Gama Basarte.
Se define transversalidad como diversas formas de coordinación no jerárquica utilizadas para el diseño e implementación de políticas públicas con perspectiva de género, -que es lo que se agrega-, así como para la gestión y provisión de servicios públicos que exige articulación bilateral o multilateral dentro de las atribuciones de las dependencias y entidades de la administración pública estatal.
Las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, con el objeto de dar cumplimiento a la ley, a la presente ley, deberán implementar de manera progresiva las políticas y acciones correspondientes
conforme a los programas aplicables y con perspectiva de género, que es lo que se propone agregar.De igual manera, el artículo 7, para el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley, las dependencias y entidades de la administración pública, estatal y municipal, formularán respecto de los asuntos de su competencia las propuestas de programas, objetivos, metas, estrategias y acciones con perspectiva de género, así como para sus provisiones presupuestales.
Y en el artículo 9, se agrega que el estado cuenta una coordinación interinstitucional conformada por diversas instituciones de la administración pública. Esta coordinación tiene como objetivo aglutinar y garantizar la ejecución de los programas en materia de atención a las personas con la condición de espectro autista que se realiza de forma coordinada y con perspectiva de género.
El artículo 22 establece que los servicios que garantizan los derechos de las personas con la condición de espectro autista, deberán ser acordes con estos con perspectiva de género y con las necesidades que se generen.
En el dictamen se agregan nuevas definiciones que son: perspectiva de género, derechos humanos, interseccionalidad e interculturalidad, para ajustar la homologación a la reforma general en la materia aprobada en el Senado de la República; el dictamen será sometido a consideración del Pleno para su votación.
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Congreso del Estado
Aprobada reforma en materia de inclusión social de las mujeres
Se incluye la perspectiva de género en el diseño de políticas públicas de desarrollo social
Por: Redacción
A propuesta de la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, el Pleno del Congreso del Estado aprobó en Sesión Ordinaria la reforma al artículo 33 y adición a la fracción XIII Bis al artículo 6°, y el artículo 43 Bis de la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, en materia de inclusión laboral de las mujeres.
En relación a la perspectiva de género, se establece la inclusión de una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres que se propone eliminar las causas de la opresión de género, como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género.
Con ello, se plantea la equidad de género en el diseño y ejecución de las políticas públicas de desarrollo social.
Además, con la finalidad de impulsar el combate a la pobreza y la desigualdad social, los ayuntamientos podrán celebrar convenios de colaboración con el Instituto de Capacitación para el Trabajo del Estado.
El fin es diseñar e implementar programas de capacitación con perspectiva de género, garantizando así la participación e integración de las mujeres en el mercado laboral a través de la enseñanza de oficios productivos asegurando una mejor calidad y expectativas de vida personal
, familiar, social y laboral.Se indica que, cuando una mujer accede al mercado laboral con capacitación adecuada, el beneficio se multiplica en su entorno familiar y comunitario, por lo cual con la reforma aprobada se asegura que las mujeres potosinas pasen de la supervivencia a la integración productiva, garantizando mejores expectativas de vida personal y social, en alineación con los objetivos de la Ley General de Desarrollo Social y la Política Nacional en la materia.
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