octubre 13, 2025

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Protección para la Sierra de San Miguelito no está en riesgo: activistas

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 Los Guardianes de la Sierra aseguraron que el amparo, solicitado por algunos comuneros, no tiene efecto, pues a nadie se le va a despojar de su tierra

Por: Ana G Silva

El pasado lunes, el juzgado Cuarto de Distrito aprobó una suspensión en contra de la declaratoria de Área Natural Protegida (ANP) de la Sierra de San Miguelito, lo que fue celebrado por integrantes del Frente Agrario Pro-Familias de la Sierra; sin embargo, el movimiento Guardianes de la Sierra indicó que este amparo no pone en peligro el decreto emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Enrique Rivera, ciudadano solidario con la lucha de los Guardianes de la Sierra, explicó que el amparo estipula “una suspensión de plano para que las cosas se mantengan en el estado en el que actualmente guardan y que no se prive total o parcialmente tierra de uso común pertenecientes a la comunidad, por lo que siempre y cuando se demostrara el despojo, y no hay uno, podrían tener razón”.

Rivera destacó que el decreto de ANP no contempla expropiación de tierras, sino que solo hay reglas, por lo que comuneros podrán dedicarse a seguir haciendo uso de su propiedad, ya que sigue siendo suya, solo que no pueden realizarse algunas actividades como construcción de fraccionamientos.

Los Guardianes de la Sierra de San Miguelito destacaron que no hay preocupación en el movimiento por el amparo, pues no se frena el decreto de ANP, por lo que consideran que están ante “una situación que es la noticia falsa del año”, pues es la información está manipulada y distorsionada.

“Si el decreto dijera que las tierras ya no son de los compañeros, evidentemente nosotros seríamos los primeros en impugnarlo, lo hicimos, en su momento defendimos cuando la Semarnat iba a darle a los fraccionadores mil 805 hectáreas, pero es muy diferente porque el decreto menciona que la tierra es de comuneros, que las actividades agrícolas y ganaderas se respeta y que el gobierno está obligado a generar condiciones de desarrollo rural y agropecuario para que la gente esté mejor y respetando los asentamientos de los dueños del territorio”.

Enrique Rivera indicó que con este amparo “patito” se está tratando de tergiversar las cosas, pues “los varones del concreto” están enojados; mientras que Guardianes de la Sierra agregaron que “buscaban obtener un golpe mediático y quedan en ridículo los medios que se colgaron a esta farsa”.

“Los que hemos participado siempre hemos estado en alerta, esto ya lo veíamos venir, de hecho se nos hace muy extraño que sea a lo único que hayan llegado, están tan débiles, y estos comuneros que andan creando frentes de familias afectadas son fachadas, porque están detrás los empresarios”, dijo Rivera.

El movimiento Guardianes de la Sierra destacó que será importante la postura que asuma el gobierno del estado, a cargo de Ricardo Gallardo, pues consideran que el mandatario siempre ha estado del lado de la Sierra:

“No en el sentido de dirigir la lucha, sino que está de acuerdo en protegerla, entonces cómo puede ser que algo con lo que todos están de acuerdo tantas personas vaya a desaparecer por un puñado de fraccionadores. Esto son signos de desesperación, se están dando un balazo ellos mismos”.

Rivera subrayó que es importante que Gallardo Cardona se involucre más en el tema y que apoye esta declaratoria de ANP: “no lo hemos visto muy metido, sabemos que debe tener compromisos con estos empresarios, pero que no olvide que con quien tiene compromiso es con San Luis Potosí, así como lo hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador al cumplirle al pueblo potosino”.

Finalmente, Guardianes de la Sierra indicaron que María Luisa Albores, titular de Semarnat, estará en el estado este miércoles 5 de enero para entablar diálogo con los 36 grupos agrarios involucrados en el decreto de ANP y firmar un documento de coordinación y trabajo con el gobierno de Gallardo.

 

A continuación anexamos el amparo:

Núm. de Expediente: 1364/2021
Fecha del Auto: 31/12/2021
Fecha de publicación: 03/01/2022

Síntesis:

Vista la demanda de amparo que promueven *****, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito contra actos del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades; fórmese el expediente respectivo y anótese su ingreso en el libro de gobierno de este Juzgado, bajo el consecutivo 1364/2021-VIII, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Ahora bien, vista la demanda de amparo y a efecto de determinar lo que en derecho proceda respecto del libelo constitucional, con fundamento en lo dispuesto por 108, fracción I; 110 y 114, fracciones I y III, de la Ley de Amparo; prevéngase, a los promoventes, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito, para que dentro del plazo de cinco días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, por escrito y con las copias del ocurso aclaratorio necesarias para cada una de las partes. Apercíbase a los promoventes que, de no cumplir con lo anterior en el término indicado, se tendrá por no presentada la demanda de mérito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114, segundo párrafo, de la Ley de Amparo. Suspensión de plano. Por otro lado, como la parte quejosa reclama la desincorporación de 1805-48-42 hectáreas de la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, con fundamento en el numeral 126, 139 y 147 de la Ley de Amparo, se decreta la suspensión de plano para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente guardan y no se prive total o parcialmente de la superficie señalada de tierras de uso común pertenecientes a dicha comunidad, con motivo de la desincorporación reclamada; hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto. En el entendido de que la medida suspensión concedida, solo tendrá efectividad, siempre que el acto reclamado pudieran tener como consecuencia de manera inequívoca, la privación total o parcial, temporal o definitiva, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, o sustracción del régimen jurídico ejidal, manteniéndose las cosas en el estado que actualmente guardan; ello, bajo la más estricta responsabilidad de las autoridades a quienes se les atribuye el carácter de responsables. En la inteligencia de que quedan expeditas las facultades de las autoridades administrativas de verificar todos los actos de dominio que pretenda realizar el ejido. Informe sobe la suspensión de plano. Se requiere a las autoridades responsables que deberán informar a este órgano judicial, en forma inmediata, a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación, sobre el cumplimiento dado a dicha suspensión de plano; previniéndosele que la violación a este mandato trae como consecuencia la aplicación a lo dispuesto en los artículos 262, fracciones III y IV, de la Ley de Amparo, y 215 del Código Penal Federal; apercibidas que de no hacerlo dentro del término señalado, se les impondrá una multa por el equivalente a cien Unidades de Medida y Actualización vigentes, de conformidad con los artículos 238 y 260 fracción II de la ley en cita. Se envía oficio vía telegrama. En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes, En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes. En tanto las partes tramitan u obtienen cualquiera de las firmas electrónicas de referencia, deben proporcionar igualmente en breve lapso un número telefónico y una cuenta de correo electrónico, tanto propios como de otros particulares que tengan participación en el proceso, con el propósito de que el personal de actuaría establezca contacto con los interesados para generar las condiciones adecuadas a efecto de que las notificaciones que deban practicárseles resulten fehacientes, rápidas y seguras para la salud de los intervinientes. Información sobre consulta de expedientes o comparecencias Asimismo, de conformidad con el artículo 3 del citado Acuerdo General 21/2020, hágase del conocimiento de las partes, que para el caso en que consideren necesario asistir presencialmente a este Juzgado, que en el Portal de Servicios en Línea está habilitado un micrositio denominado “Servicios jurisdiccionales”, se encuentra el sistema “Agenda OJ”, donde aparecen fechas y horarios disponibles para la generación de citas a fin de consultar expedientes o desahogar comparecencias o requerimientos. Uso de aparatos electrónicos. Se autoriza a las partes, previa constancia que se deje en autos, el uso de medios electrónicos y digitales respecto de las constancias que obran en este expediente, en la inteligencia que las copias que se obtengan no tendrán validez de documento público, en términos del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, acorde con lo dispuesto por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de dieciocho de marzo de dos mil nueve, contenida en la circulación 12/2009. Notifíquese personalmente.

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Disminuyen 37% los embarazos adolescentes en SLP: Coespo

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El diagnóstico estatal detectó que la vida sexual inicia desde los 11 o 12 años

Por: Redacción

En los últimos cuatro años, San Luis Potosí ha registrado una reducción del 37% en los nacimientos de madres adolescentes, informó Mayra Velázquez, titular del Consejo Estatal de Población (Coespo).

La funcionaria explicó que el avance se debe a la implementación de la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes (ENAPEA), adaptada al contexto local mediante el programa “Alerta Verde”, el cual trabaja directamente con comunidades y municipios considerados prioritarios.

“Nos ha ido muy bien con la intervención de un diagnóstico por plantel educativo, que nos arroja qué dependencias deben intervenir para garantizar información adecuada a los adolescentes, evitando riesgos psicológicos o emocionales”, señaló.

Velázquez destacó que el trabajo coordinado entre padres de familia, maestros y estudiantes ha sido clave para disminuir los casos.
El diagnóstico estatal ha permitido identificar los municipios con mayor incidencia de embarazos adolescentes, entre los que se encuentran Santa Catarina, San Antonio, Aquismón y Xilitla, principalmente en la zona media y Huasteca potosina.

“Lo principal era la desinformación. Había muchos mitos, especialmente en comunidades indígenas. Hemos trabajado muy de la mano para que tengan la información correcta y puedan tomar decisiones adecuadas para su proyecto de vida”, explicó.

La titular del Coespo advirtió que los diagnósticos realizados por CONAPO muestran que las y los adolescentes inician su vida sexual desde los 11 o 12 años, lo que refuerza la necesidad de continuar las campañas de prevención desde edades tempranas y con enfoque comunitario.

“Por eso trabajamos con padres, maestros y tutores, además de instituciones de los tres niveles de gobierno. La información es poder, y cuando llega a tiempo, cambia vidas”, concluyó.

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STPS reporta cinco fallecimientos en accidentes laborales este 2025 en SLP

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Los casos se concentran en los sectores de la construcción, minería, ganadería y electricidad

Por: Redacción

Crisógono Sánchez Lara, titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de San Luis Potosí, informó que durante el presente año se han registrado al menos cinco accidentes laborales en diferentes sectores productivos del estado, entre ellos la construcción, la minería, la ganadería y la industria eléctrica.

El funcionario señaló que, si bien en todos los casos se han logrado acuerdos entre las empresas y los familiares de los trabajadores afectados, ninguna compensación económica puede equipararse al valor de una vida humana.

“La Secretaría siempre ha estado presente para hablar con los deudos y familiares. Establecemos convenios y llegamos a solucionar los problemas, pero ni con todo el dinero del mundo se puede pagar una vida”, expresó.

Sánchez Lara destacó que uno de los casos más recientes ocurrió en la Termoeléctrica de Villa de Reyes, donde un trabajador originario de Guanajuato perdió la vida mientras realizaba labores de mantenimiento. Otros accidentes se han registrado en obras de albañilería

y en la minería de Villa de la Paz, así como en actividades ganaderas.

El titular de la STPS aseguró que, hasta ahora, los empresarios han respondido con responsabilidad, cumpliendo con los derechos e indemnizaciones correspondientes.

“No hemos tenido ningún problema con los patrones, han cumplido cabalmente con lo que les corresponde al trabajador”, afirmó.

Sánchez Lara agregó que la Dirección del Trabajo, a cargo de Juan Ignacio Silos, mantiene la vigilancia sobre los casos para garantizar que se respeten los derechos laborales y se eviten riesgos en los centros de trabajo.

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En riesgo de desaparecer los turnos vespertinos en secundarias de SLP

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En varias escuelas, los grupos tienen entre 11 y 15 estudiantes, muy por debajo del mínimo requerido

Por: Redacción

La disminución sostenida en la matrícula de nivel secundaria en San Luis Potosí amenaza la continuidad de los turnos vespertinos en escuelas públicas.

De acuerdo con Juan Carlos Bárcenas Ramírez, secretario general de la Sección 26 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), si la tendencia actual continúa, estos turnos podrían desaparecer en un plazo de diez años.

“Así como va la tendencia, seguramente en un rango de unos diez años va a ser muy complicado que haya turnos vespertinos”, advirtió el dirigente sindical.

Actualmente, varios grupos en distintas escuelas operan con entre 11 y 15 alumnos, cifras muy por debajo del mínimo de 20 a 30 estudiantes que exige la normatividad para mantener abierto un turno.

La situación se presenta en diversos municipios del estado, entre ellos Matehuala, Ciudad Valles, San Luis Capital y Rioverde

, donde al menos seis secundarias generales y técnicas enfrentan una baja considerable en su matrícula.

“No hay los suficientes alumnos en los diferentes niveles educativos para poder darle esa condición”, explicó Bárcenas Ramírez.

El dirigente señaló que entre las principales causas del descenso se encuentran los cambios en la estructura familiar, con menos hijos por familia, así como tendencias demográficas que no muestran señales de revertirse en el corto plazo.

El SNTE advierte que, de no implementarse estrategias para incentivar la matrícula y mantener los turnos vespertinos, estos podrían desaparecer de forma gradual, afectando la cobertura educativa en zonas donde la oferta matutina no es suficiente.

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