marzo 5, 2026

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Protección para la Sierra de San Miguelito no está en riesgo: activistas

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 Los Guardianes de la Sierra aseguraron que el amparo, solicitado por algunos comuneros, no tiene efecto, pues a nadie se le va a despojar de su tierra

Por: Ana G Silva

El pasado lunes, el juzgado Cuarto de Distrito aprobó una suspensión en contra de la declaratoria de Área Natural Protegida (ANP) de la Sierra de San Miguelito, lo que fue celebrado por integrantes del Frente Agrario Pro-Familias de la Sierra; sin embargo, el movimiento Guardianes de la Sierra indicó que este amparo no pone en peligro el decreto emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Enrique Rivera, ciudadano solidario con la lucha de los Guardianes de la Sierra, explicó que el amparo estipula “una suspensión de plano para que las cosas se mantengan en el estado en el que actualmente guardan y que no se prive total o parcialmente tierra de uso común pertenecientes a la comunidad, por lo que siempre y cuando se demostrara el despojo, y no hay uno, podrían tener razón”.

Rivera destacó que el decreto de ANP no contempla expropiación de tierras, sino que solo hay reglas, por lo que comuneros podrán dedicarse a seguir haciendo uso de su propiedad, ya que sigue siendo suya, solo que no pueden realizarse algunas actividades como construcción de fraccionamientos.

Los Guardianes de la Sierra de San Miguelito destacaron que no hay preocupación en el movimiento por el amparo, pues no se frena el decreto de ANP, por lo que consideran que están ante “una situación que es la noticia falsa del año”, pues es la información está manipulada y distorsionada.

“Si el decreto dijera que las tierras ya no son de los compañeros, evidentemente nosotros seríamos los primeros en impugnarlo, lo hicimos, en su momento defendimos cuando la Semarnat iba a darle a los fraccionadores mil 805 hectáreas, pero es muy diferente porque el decreto menciona que la tierra es de comuneros, que las actividades agrícolas y ganaderas se respeta y que el gobierno está obligado a generar condiciones de desarrollo rural y agropecuario para que la gente esté mejor y respetando los asentamientos de los dueños del territorio”.

Enrique Rivera indicó que con este amparo “patito” se está tratando de tergiversar las cosas, pues “los varones del concreto” están enojados; mientras que Guardianes de la Sierra agregaron que “buscaban obtener un golpe mediático y quedan en ridículo los medios que se colgaron a esta farsa”.

“Los que hemos participado siempre hemos estado en alerta, esto ya lo veíamos venir, de hecho se nos hace muy extraño que sea a lo único que hayan llegado, están tan débiles, y estos comuneros que andan creando frentes de familias afectadas son fachadas, porque están detrás los empresarios”, dijo Rivera.

El movimiento Guardianes de la Sierra destacó que será importante la postura que asuma el gobierno del estado, a cargo de Ricardo Gallardo, pues consideran que el mandatario siempre ha estado del lado de la Sierra:

“No en el sentido de dirigir la lucha, sino que está de acuerdo en protegerla, entonces cómo puede ser que algo con lo que todos están de acuerdo tantas personas vaya a desaparecer por un puñado de fraccionadores. Esto son signos de desesperación, se están dando un balazo ellos mismos”.

Rivera subrayó que es importante que Gallardo Cardona se involucre más en el tema y que apoye esta declaratoria de ANP: “no lo hemos visto muy metido, sabemos que debe tener compromisos con estos empresarios, pero que no olvide que con quien tiene compromiso es con San Luis Potosí, así como lo hizo el presidente Andrés Manuel López Obrador al cumplirle al pueblo potosino”.

Finalmente, Guardianes de la Sierra indicaron que María Luisa Albores, titular de Semarnat, estará en el estado este miércoles 5 de enero para entablar diálogo con los 36 grupos agrarios involucrados en el decreto de ANP y firmar un documento de coordinación y trabajo con el gobierno de Gallardo.

 

A continuación anexamos el amparo:

Núm. de Expediente: 1364/2021
Fecha del Auto: 31/12/2021
Fecha de publicación: 03/01/2022

Síntesis:

Vista la demanda de amparo que promueven *****, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito contra actos del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y otras autoridades; fórmese el expediente respectivo y anótese su ingreso en el libro de gobierno de este Juzgado, bajo el consecutivo 1364/2021-VIII, así como en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE). Ahora bien, vista la demanda de amparo y a efecto de determinar lo que en derecho proceda respecto del libelo constitucional, con fundamento en lo dispuesto por 108, fracción I; 110 y 114, fracciones I y III, de la Ley de Amparo; prevéngase, a los promoventes, quienes se ostentan como Presidente, Secretario y Tesorero del Comisariado Comunal del Núcleo Agrario denominado Comunidad de San Juan de Guadalupe y Anexos, Tierra Blanca y San Miguelito, para que dentro del plazo de cinco días, contado a partir del siguiente al en que surta efectos la notificación del presente proveído, por escrito y con las copias del ocurso aclaratorio necesarias para cada una de las partes. Apercíbase a los promoventes que, de no cumplir con lo anterior en el término indicado, se tendrá por no presentada la demanda de mérito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114, segundo párrafo, de la Ley de Amparo. Suspensión de plano. Por otro lado, como la parte quejosa reclama la desincorporación de 1805-48-42 hectáreas de la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, con fundamento en el numeral 126, 139 y 147 de la Ley de Amparo, se decreta la suspensión de plano para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que actualmente guardan y no se prive total o parcialmente de la superficie señalada de tierras de uso común pertenecientes a dicha comunidad, con motivo de la desincorporación reclamada; hasta en tanto se resuelva sobre el fondo del asunto. En el entendido de que la medida suspensión concedida, solo tendrá efectividad, siempre que el acto reclamado pudieran tener como consecuencia de manera inequívoca, la privación total o parcial, temporal o definitiva, posesión o disfrute de sus derechos agrarios a la Comunidad San Juan de Guadalupe y sus anexos Tierra Blanca y San Miguelito, o sustracción del régimen jurídico ejidal, manteniéndose las cosas en el estado que actualmente guardan; ello, bajo la más estricta responsabilidad de las autoridades a quienes se les atribuye el carácter de responsables. En la inteligencia de que quedan expeditas las facultades de las autoridades administrativas de verificar todos los actos de dominio que pretenda realizar el ejido. Informe sobe la suspensión de plano. Se requiere a las autoridades responsables que deberán informar a este órgano judicial, en forma inmediata, a más tardar dentro de las veinticuatro horas siguientes a su notificación, sobre el cumplimiento dado a dicha suspensión de plano; previniéndosele que la violación a este mandato trae como consecuencia la aplicación a lo dispuesto en los artículos 262, fracciones III y IV, de la Ley de Amparo, y 215 del Código Penal Federal; apercibidas que de no hacerlo dentro del término señalado, se les impondrá una multa por el equivalente a cien Unidades de Medida y Actualización vigentes, de conformidad con los artículos 238 y 260 fracción II de la ley en cita. Se envía oficio vía telegrama. En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes, En la inteligencia de que a las autoridades responsables foráneas, deberá solicitarse su informe correspondiente mediante la vía telegráfica, sin perjuicio de hacerlo por correo ordinario. Con apoyo en los artículos 12 y 13 del Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, se exhorta a las partes a que continúen la tramitación del caso mediante el esquema de “juicio en línea”. Datos de contacto que provisionalmente deben proporcionar las partes. En tanto las partes tramitan u obtienen cualquiera de las firmas electrónicas de referencia, deben proporcionar igualmente en breve lapso un número telefónico y una cuenta de correo electrónico, tanto propios como de otros particulares que tengan participación en el proceso, con el propósito de que el personal de actuaría establezca contacto con los interesados para generar las condiciones adecuadas a efecto de que las notificaciones que deban practicárseles resulten fehacientes, rápidas y seguras para la salud de los intervinientes. Información sobre consulta de expedientes o comparecencias Asimismo, de conformidad con el artículo 3 del citado Acuerdo General 21/2020, hágase del conocimiento de las partes, que para el caso en que consideren necesario asistir presencialmente a este Juzgado, que en el Portal de Servicios en Línea está habilitado un micrositio denominado “Servicios jurisdiccionales”, se encuentra el sistema “Agenda OJ”, donde aparecen fechas y horarios disponibles para la generación de citas a fin de consultar expedientes o desahogar comparecencias o requerimientos. Uso de aparatos electrónicos. Se autoriza a las partes, previa constancia que se deje en autos, el uso de medios electrónicos y digitales respecto de las constancias que obran en este expediente, en la inteligencia que las copias que se obtengan no tendrán validez de documento público, en términos del artículo 129 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo, acorde con lo dispuesto por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal en sesión de dieciocho de marzo de dos mil nueve, contenida en la circulación 12/2009. Notifíquese personalmente.

También lee: Juzgado Federal retiró protección a la Sierra de San de Miguelito

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Aunque pierde todo en tribunales, la UASLP mantiene al IFSE “en el chori”

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Rodrigo Lecourtois insiste en revisar los recursos propios de la universidad que encabeza Alejandro Zermeño y advierte que negarse podría tener consecuencias legales tarde o temprano

Por: Jorge Saldaña

El auditor superior Rodrigo Lecourtois afirma que la autonomía universitaria no impide la fiscalización del dinero autogenerado. Advierte que la estrategia jurídica encabezada por la rectoría de Alejandro Zermeño Guerra ha sido derrotada en tribunales y que, si la negativa persiste, podrían venir consecuencias legales

El titular del Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), Rodrigo Lecourtois, reiteró que la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) está obligada a permitir la revisión de sus recursos autogenerados, y advirtió que la estrategia jurídica con la que la rectoría encabezada por Alejandro Zermeño Guerra ha intentado evitar las auditorías ha sido sistemáticamente derrotada en tribunales.

En entrevista, Lecourtois sostuvo que la negativa de la universidad a abrir sus cuentas bajo el argumento de la autonomía universitaria no tiene sustento legal, pues la Constitución establece que todo recurso público debe ser fiscalizado.

El auditor recordó que desde principios de 2026 el IFSE solicitó formalmente la revisión de estos fondos, petición que —según dijo— la universidad prácticamente ignoró.

“Nos mandaron al chori”, dijo entonces Lecourtois, utilizando una expresión coloquial para describir que la solicitud fue desestimada por la rectoría.

Meses después, el conflicto permanece sin resolverse y con un historial jurídico que, según el propio auditor, no favorece a la universidad.

De acuerdo con lo expuesto por el titular del IFSE, cada recurso legal promovido por la defensa jurídica de la UASLP para frenar la auditoría ha sido rechazado por las instancias correspondientes, lo que debilita el argumento central de la rectoría encabezada por Zermeño: que revisar los recursos propios violaría la autonomía universitaria.

Lecourtois sostuvo que la autonomía protege la vida académica y administrativa de la universidad, pero no puede convertirse en un escudo para impedir la fiscalización de dinero público.

En ese contexto, advirtió que si la universidad mantiene su postura de negarse a la revisión, las consecuencias podrían escalar al terreno jurídico.

“La fiscalización no es opcional”, señaló.

El funcionario explicó que el IFSE está obligado por ley a revisar todos los recursos que ejerzan las instituciones públicas, incluidos aquellos que las universidades generan a través de cuotas, servicios, proyectos o convenios.

La disputa entre el IFSE y la UASLP, encabezada por el rector Alejandro Zermeño Guerra, lleva ya varios años en tribunales y se ha convertido en uno de los debates más delicados sobre los límites entre la autonomía universitaria y la rendición de cuentas.

Mientras la rectoría ha insistido en que auditar estos recursos vulneraría la autonomía institucional, el órgano fiscalizador dirigido por Rodrigo Lecourtois sostiene que la transparencia es una obligación constitucional.

Hasta ahora, sin embargo, el conflicto mantiene un matiz incómodo para ambas partes: la universidad ha perdido sus batallas legales, pero el IFSE aún no ha logrado abrir completamente las cuentas que busca revisar.

Por ello, Lecourtois insistió en que la salida más razonable sería que la universidad permita la revisión.

De lo contrario, advirtió, la presión jurídica podría incrementarse.

En otras palabras, el auditor dejó abierta una posibilidad incómoda para la rectoría de Zermeño: que el tema deje de ser una discusión administrativa y termine escalando a responsabilidades legales.

Y en ese escenario, la pregunta que queda en el aire es simple: si este año la universidad volverá a “mandar al chori” al órgano fiscalizador… o si finalmente abrirá sus cuentas.

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Tren Querétaro–SLP–Saltillo arrancaría obras este mismo año

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El gobernador Ricardo Gallardo detalló que el sistema ferroviario tendría alrededor de 900 kilómetros de recorrido

Por: Redacción

Ricardo Gallardo Cardona, gobernador de San Luis Potosí, informó que el proyecto del tren de pasajeros que conectará a la entidad con Querétaro y Saltillo contempla varias estaciones dentro del territorio potosino, incluida una posible terminal en la capital.

El mandatario estatal explicó que la propuesta fue revisada durante una reunión con Néstor Núñez López, titular de la Unidad de Vinculación Institucional y Patrimonio de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes

(SICT), donde se analizaron los trazos preliminares de los tramos Querétaro–San Luis Potosí y San Luis Potosí–Saltillo.

“Ya tuvimos acceso a todo el proyecto. Contempla estaciones en San Luis Potosí capital y estamos revisando si el Museo del Ferrocarril puede convertirse en una gran estación en La Alameda”, explicó.

El gobernador señaló que la intención es que el tren llegue a la zona de La Alameda, lo que permitiría recuperar el valor histórico d el sistema ferroviario en la ciudad.

De acuerdo con el planteamiento presentado, las estaciones en territorio potosino incluirían Ahualulco, Moctezuma, Venado, Charcas y Real de Catorce, antes de continuar su trayecto hacia Saltillo.

Gallardo Cardona detalló que los nuevos tramos ferroviarios se construirían de manera paralela a las vías existentes, con el objetivo de agilizar los procesos de liberación de derecho de vía y facilitar la ejecución del proyecto.

El sistema ferroviario tendría una extensión aproximada de 900 kilómetros en total, considerando las rutas Querétaro–San Luis Potosí y San Luis Potosí–Saltillo.

En el caso del tramo hacia Querétaro, también se contemplan estaciones en Villa de Reyes y Santa María del Río, antes de llegar a la capital potosina.

El mandatario calificó el plan como “un proyecto muy ambicioso” y adelantó que la intención del gobierno federal es que las obras arranquen este mismo año.

Además, aseguró que el servicio tendría tarifas competitivas: “El costo será muy accesible, a nivel de autobús o incluso más barato”, afirmó.

Finalmente, destacó que el tren de pasajeros ayudaría a reducir la carga de tránsito en la carretera 57, especialmente en el traslado de pasajeros entre estados del Bajío y el norte del país.

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Objeción de conciencia y desinformación frenan acceso al aborto legal en SLP

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Activistas señalaron que habitantes de Rioverde y Ciudad Valles deben trasladarse hasta la capital para recibir atención

Por: Redacción

A un año de que el aborto fuera despenalizado en San Luis Potosí, integrantes de la Colectiva ILE señalaron que, aunque el derecho ya está reconocido en la ley, el acceso real al servicio aún enfrenta diversos obstáculos en el sistema de salud.

De acuerdo con Quadratín, Nuria, integrante del colectivo, explicó que actualmente las principales instituciones que brindan la interrupción legal del embarazo de manera gratuita son IMSS Bienestar, IMSS e ISSSTE. Sin embargo, advirtió que muchas mujeres todavía desconocen dónde pueden acudir o cuál es el procedimiento para solicitar el servicio.

También señaló que una parte importante de las solicitudes proviene de municipios como Rioverde y Ciudad Valles, cuyos habitantes deben trasladarse hasta la capital potosina para recibir atención, lo que implica gastos de transporte y otras barreras económicas que dificultan el acceso

.

Otro de los problemas detectados dentro de los hospitales es la objeción de conciencia por parte de personal médico, la cual, afirmó, en muchos casos no se encuentra debidamente justificada y termina funcionando como una barrera para acceder al servicio.

Finalmente, la activista recordó que aún está pendiente una reforma para homologar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de que la negación del servicio de interrupción legal del embarazo pueda ser reconocida como violencia institucional.

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