Destacadas
10 potosinas fueron investigadas y juzgadas por abortar en el último año
Legalizar la interrupción del embarazo es uno de los temas más polémicos que enfrenta el Congreso del Estado
Por: El Saxofón
En 2018, al menos 27 potosinas viajaron a la Ciudad de México para practicarse una Interrupción Legal del Embarazo (ILE), un derecho que las leyes locales le niegan a las mujeres en el estado y que el marco legal de la capital del país garantiza en sus clínicas públicas y privadas.
En contraste, la Fiscalía General del Estado (FGE) abrió 10 carpetas de investigación contra igual número de mujeres por el delito de aborto, ya que en San Luis Potosí las leyes protegen la vida “desde la concepción” y consideran la interrupción del embarazo un delito que debe ser sancionado con una pena de uno a tres años de cárcel.
De abril de 2007 al 19 de diciembre de 2018, 167 potosinas han viajado a la capital del país para interrumpir un embarazo sin arriesgar su integridad y, además, sin violentar la ley, según la Información sobre pacientes atendidos en servicios de ILE en la Ciudad de México, que publica el gobierno de la capital del país.
Quienes defienden la ILE como un derecho, basan sus argumentos en el hecho de que las personas, en este caso las mujeres son dueñas de su propio cuerpo, y nadie puede decidir qué hacer con éste.
También se basan en la libertad de decidir formar o no, una familia y este aspecto también es una decisión personal, que tiene implicaciones en el cambio de rumbo de los planes a futuro.
Es un hecho que un embarazo no deseado frena las posibilidades de desarrollo personal de las mujeres.
Quienes están en contra, normalmente sostienen sus opiniones en prejuicios y consideraciones de carácter religioso.
En San Luis Potosí, pese a que la Legislatura local cuenta con 13 mujeres diputadas entre sus integrantes, quienes presumen impulsar una agenda de género, este tema no ha sido abordado, bajo la consideración de que la sociedad potosina es “muy conservadora”, y “no está preparada” para debatir un tema como el aborto legal.
Mientras la ley sigue penalizando a las mujeres que deciden abortar, hay casos en los que incluso las autoridades les han negado el derecho de interrumpir el embarazo a mujeres que reunían los requisitos que contempla la ley local para poder recurrir a esa opción
CASOS SENSIBLES
En noviembre de 2018, la CNDH dirigió la Recomendación 49/2018 al IMSS por dos médicos de la Clínica 1 en San Luis Potosí que violentaron los derechos a la protección a la salud, a la seguridad jurídica y al interés superior de una niña con discapacidad intelectual, y al Fiscal General de esa entidad federativa, Federico Arturo Garza Herrera, por falta de acceso a la justicia en su modalidad de procuración, atribuible a un Agente del Ministerio Público local.
La madre de la adolescente de 15 años de edad denunció ante la Fiscalía Estatal que su hija fue agredida sexualmente y quedó embarazada, por lo que solicitó al Agente del Ministerio Público decretar la interrupción del embarazo, sin obtener respuesta; la misma petición la realizó en la Clínica 1 del IMSS, donde se le negó el servicio; le dijeron que estaban imposibilitados jurídica y normativamente.
La CNDH acreditó que el primer médico no evaluó los factores de riesgo que concurrían en la niña y representaban una situación de compromiso para su estado de salud, dejándola en estado de vulnerabilidad; un segundo médico determinó indebidamente no invocar la Ley General de Víctimas y la NOM-046-SSA2-2005, que resultaban favorables a los intereses de la agraviada , en tanto un Agente del Ministerio Público omitió dar seguimiento a una solicitud que dirigió a la Secretaría de Salud respecto de un informe en el que se estableciera el riesgo que tendría la víctima de practicarle la cirugía.
Constató que el Agente del Ministerio Público también es responsable de la demora en realizar actuaciones procesales; de los 16 meses que lleva en trámite la Carpeta de Investigación, en 13 hay inactividad ministerial; también concurre responsabilidad institucional por la Fiscalía Estatal que repercutió en que la víctima no tuviera acceso a una justicia pronta y expedita, ya que la Unidad de Atención a la Mujer a su cargo no cuenta con personal suficiente e idóneo para atender con la debida diligencia las Carpetas de Investigación.
Este es un caso más en el que la vida de una mujer se ve trastocada por una decisión que otros tomaron por ella.
ABORTO FINANCIERO
Pero si las mujeres tienen el derecho a abortar, ¿pueden los hombres también tener el derecho de deslindarse de cualquier responsabilidad en la concepción de un hijo en un embarazo no deseado?
El derecho a la interrupción legal del embarazo para las mujeres ha abierto la discusión acerca de otro tema, el llamado aborto financiero que no es otra cosa sino “el derecho (de los hombres) de declinar sus responsabilidades legales sobre el hijo, es decir, no estarían obligados a tener una relación con él ni a mantenerlo”.
El portal www.nuevamujer.com narra:
“En 2004 Matt Dubay y Lauren Wells se enfrentaron a la noticia de un embarazo no planeado, ambos habían mantenido una breve relación y se encontraban separados en ese momento, Lauren decidió continuar el embarazo, pero Matt no tenía deseos de convertirse en padre, por lo que se rehusó a mantener una relación con su hijo así como a pagar manutención argumentando que él también debería tener derecho a decidir si quería ser padre o no, esto resultó en uno de los casos legales más controversiales hasta la fecha sobre los derechos reproductivos de los hombres”.
“La defensa de Dubay argumentó que en el caso de un embarazo no planeado, los hombres deberían tener derechos equivalentes a los de las mujeres, quienes pueden decidir no convertirse en madres a través de un aborto. En este supuesto, los hombres tendrían el derecho de declinar sus responsabilidades legales sobre el hijo, es decir, no estarían obligados a tener una relación con él ni a mantenerlo, esto fue referido por Frances Goldscheider de la Universidad de Brown como aborto financiero”.
En una entrevista, Dubay declaró:
“No creo que sea justo obligarme a ser padre financieramente, mentalmente y físicamente.”
Desde luego, discutir esta posibilidad en los derechos reproductivos de los hombres no será posible en tanto no se garantice a las mujeres el derecho de interrumpir un embarazo sin ser sujetos de delito.
Queda por ver si se cumplirá la promesa del actual gobierno federal de impulsar la legalización del aborto en todo el país.
+SOLO
“Lo que me parece muy grave es que mujeres estén siendo procesadas en estas circunstancias, (…) lo que no puede ser es que se castigue a unos y a los que de verdad cometen delitos brutales sigan en la calle”.
—Claudia Corichi García, exdiputada federal.
También lea: Presidenta del DIF en SLP, a favor de la despenalización del aborto
Destacadas
Guardia Civil Estatal captura a “El Alacrán”, jefe de plaza criminal en Valles
Marco N. poseía un arma larga, cartuchos útiles, “poncha llantas”, una granada de fragmentación y 1.9 gramos de cocaína
Por: Redacción
En el marco de las acciones operativas y de inteligencia que desarrolla de manera incesante la Guardia Civil Estatal, un hombre considerado dentro del catálogo criminal como jefe de plaza en la región Huasteca fue capturado y trasladado a la capital potosina.
En el marco del operativo “Huasteca Segura” implementado la tarde de este viernes sobre la calle Carlos Salinas de Gortari en la colonia Buenos Aires, se logra la detención del sujeto en mención luego de que pretendió evadir la presencia polici al, huyendo por unos momentos a bordo de una camioneta marca GMC Sierra en color blanco, modelo 2021, sin reporte negativo.
Al ahora detenido identificado como Marco N. Alias “El Alacrán” de 33 años de edad, se le loc alizó una bolsa transparente tipo ziploc con polvo en color blanco al parecer cocaína con un peso de 1.9 gramos, una granada de fragmentación tipo piña, 12 “poncha llantas”, un arma larga, así como cartuchos útiles calibres 5.56 y .223.
Con base a trabajos de inteligencia de las autoridades estatales, este sujeto originario y con residencia en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, está considerado como jefe de plaza de un grupo delincuencial que operaba en municipios de la Huasteca potosina. Tras dar lectura a los derechos que le asisten, se le puso a disposición de la FGR donde se resolverá su situación legal.
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, refrenda su compromiso con la sociedad para seguir impulsando con firmeza acciones que se traduzcan en mejores condiciones de orden y tranquilidad social.
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Ciudad
Galindo, a la Sala Monterrey en defensa de sus derechos partidistas
Luego de tener conocimiento de la resolución del TEESLP, dijo que respeta la resolución, pero no la comparte; seguirá proceso legal ante Tribunal Federal
Enrique Galindo Ceballos señaló que tuvo conocimiento de la resolución del Tribunal Electoral del Estado, misma que -dijo- respeta pero no comparte, por lo que seguirá con el procedimiento ante la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación .
Indicó que recurrirá esta decisión del Tribunal Electoral del Estado, con el objetivo de que le sean restituidos sus derechos político-partidistas, puesto que hay elementos de prueba que no fueron tomados en cuenta.
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Ciudad
TEESLP confirma expulsión de Enrique Galindo del PRI
Detallaron que los argumentos del alcalde fueron considerados infundados
Por: Redacción
El Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí (TEESLP) confirmó por unanimidad la expulsión de Enrique Galindo Ceballos, alcalde de San Luis Potosí, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), al considerar que sus argumentos de defensa eran infundados e improcedentes.
La resolución, respaldada por los magistrados Denisse Porras, Nicolás Juárez y Gerardo Muñoz, determinó que los agravios señalados por el alcalde capitalino carecían de sustento legal.
El TEESLP concluyó que la Comisión Estatal y Nacional de Justicia Partidaria del PRI actuó conforme a derecho y no vulneró las garantías de audiencia ni el debido proceso de Galindo Ceballos. A pesar de que el exmilitante argumentó que no fue debidamente notificado sobre el procedimiento en su contra, el tribunal encontró pruebas suficientes de que sí fue informado y tuvo la oportunidad de ejercer su defensa, aunque optó por no comparecer.
El análisis del caso reveló que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria siguió las formalidades necesarias para garantizar el derecho de audiencia dentro del procedimiento sancionador. La resolución, dictada el 5 de diciembre de 2024, fue considerada debidamente fundada y motivada, conforme a lo establecido en el expediente.
Además de ratificar la expulsión de Galindo Ceballos, el Tribunal Estatal Electoral tomó la decisión de acumular diversas impugnaciones relacionadas con los Comités de Evaluación encargados del proceso de renovación de jueces en el Poder Judicial.
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