Estado
Suprema Corte invalidó reformas de regularización de Uber en SLP
Entre los artículos invalidados están: que el operador tiene que ser el propietario del vehículo y que este debe de tener un valor de más de 300 mil pesos
Por: Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó reformas realizadas por el Congreso del Estado en 2019 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí que buscaban regular la operación de plataformas de transporte como Uber.
Se invalidó el artículo 71 bis, fracción I, en la porción “con domicilio social y fiscal en el mismo estado”, en el que se preveía la obligación de las empresas de redes de transporte de contar con domicilio social y fiscal dentro de la entidad federativa, pues se consideró que la Constitución Federal y los tratados internacionales en materia de derechos humanos no prevén que las entidades federativas deban establecer normas que otorguen un tratamiento más favorable a las personas que residan en su territorio.
También, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción I, inciso a), en su porción: “tener una distancia mínima de 2.60 metros entre ejes, […] y tener un valor factura del equivalente a por lo menos tres mil 500 unidades de medida y actualización ”, relativos a las características físicas y valor de los automóviles que prestarán el servicio. Esto, al considerar que, al exigirse vehículos más grandes y de mayor valor, es necesario enfrentar costos adicionales para obtener un registro vehicular, lo que eleva el costo del servicio, reservándolo para personas con mayor capacidad económica, situación que implicaba una barrera comercial, violatoria del artículo 28 de la Constitución Federal.
Asimismo, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción II, inciso c) y penúltimo párrafo, los cuales disponían que el operador del servicio de transporte tendría que ser el propietario del vehículo , por considerar que el requisito no se relacionaba con la calidad y seguridad del servicio, ya que, finalmente, es la compañía (incluyendo la empresa de redes de transporte, el propietario del vehículo y el operador), la que deberá soportar la carga de prestar un servicio eficiente, además de enfrentar cualquier eventualidad que surja en perjuicio de terceros y de la sociedad en general.
Además, esta exigencia era desproporcional, ya que se impedía a las personas que carecen de un vehículo ejercer el empleo de chofer y, por otra parte, implicaba una afectación al derecho de propiedad, pues impedía a los dueños de automóviles explotarlos de manera libre y según sus intereses.
De igual forma, se invalidó el artículo 71 nonies, fracciones I, III, primer párrafo, V, VI y VII, que preveían sanciones administrativas por infracción a los requisitos legales de operación, en virtud de que dichas sanciones estaban determinadas en cantidades fijas, lo que impedía a la autoridad valorar las circunstancias en que se cometió la irregularidad, su gravedad o levedad y las condiciones particulares del infractor, para individualizar la multa correspondiente.
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Estado
Patinetas y bicis eléctricas: comisión fija límite de 25 km/h
Comisión de Movilidad avaló el uso obligatorio de casco para patinetas y bicis eléctricas
Por: Redacción
La Comisión de Movilidad, Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado aprobó un dictamen que obliga al uso de casco para conducir patinetas, bicicletas y monociclos eléctricos, la misma exigencia que ya aplica a motocicletas y motonetas.
El dictamen reforma la Ley de Tránsito del Estado para definir por primera vez el concepto de vehículo eléctrico de micromovilidad: todo medio de transporte de una o más ruedas, propulsado total o parcialmente con energía eléctrica, con una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.
La diputada Jacquelinn Jauregui Mendoza, presidenta de la comisión, señaló que la reforma busca integrar a estos vehículos en la legislación y establecer restricciones de circulación para una movilidad segura: “Votamos a favor la regulación de estos vehículos eléctricos y queremos que se pongan en regla, ya que es benéfico tanto para ellos como para las demás personas y otros vehículos”.
Con la reforma, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) y las autoridades municipales de tránsito deberán dar preferencia, en el uso de espacios públicos, a peatones, personas con discapacidad, niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas adultas mayores y ciclistas.
La SSPC también podrá realizar operativos para controlar el uso de distractores, como el celular, durante la conducción, incluidos los vehículos de micromovilidad.
El dictamen reforma la fracción XVII del artículo 11 Bis y la fracción XIII del artículo 19, y adiciona la fracción XLI al artículo 6 de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí. Fue aprobado en comisión y será turnado al pleno del Congreso del Estado para su votación.
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Estado
SEGE descarta cierre de primarias vespertinas en SLP
Deysi López descartó el cierre de primarias vespertinas en el estado
Por: Redacción
Deysi Maribel López Sierra, secretaria de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), descartó el cierre de escuelas primarias vespertinas en el estado, luego de que se especulara con el cierre de planteles en Tamazunchale y Cárdenas.
López Sierra explicó que la dependencia realiza un estudio para que ninguna primaria vespertina cierre. En su lugar, evalúa que los planteles de educación media superior ocupen esos espacios por la tarde, de manera que las primarias operen en el turno matutino y, a partir del próximo ciclo escolar, la educación media superior utilice las mismas instalaciones.
Sobre los dos casos puntuales que generaron inquietud, la funcionaria indicó que ni el plantel de Tamazunchale ni el de Cárdenas han dejado de operar, y que hasta ahora ninguna primaria vespertina se ha cerrado en la entidad.
La secretaria también descartó ausentismo en el arranque del ciclo escolar 2026-2027 : dijo que los planteles registraron cupo lleno el primer día de clases. Atribuyó la tendencia nacional a la baja en la matrícula de educación básica a la disminución de la natalidad y no a la inasistencia de los alumnos.
Sobre la asignación de horas clase a los docentes, López Sierra dijo que la SEGE adelantó la revisión de nombramientos de telesecundarias en Rioverde para evitar vacíos al inicio del ciclo. Reconoció que podría faltar cubrir algún espacio, pero señaló que esas plazas se resolverán en los primeros 15 días de clases.
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Estado
CEPC revisa con municipios el avance del atlas de riesgo
Los 59 municipios de SLP aún no tienen una cifra pública sobre el avance de su atlas de riesgo
Por: Redacción
El atlas de riesgo municipal identifica las zonas más vulnerables a inundaciones, deslaves, incendios y otros fenómenos, y es la base para autorizar asentamientos, construcciones y eventos masivos en cada uno de los 59 municipios de San Luis Potosí.
La coordinación entre el estado y los municipios en materia de riesgos ya había quedado en duda antes: tras la explosión de pólvora que dejó dos muertos en una fiesta patronal de Mexquitic de Carmona, en marzo, Mauricio Ordaz Flores, entonces titular de la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC), señaló que el alcalde del municipio tenía la obligación de notificar a las dependencias estatales sobre el evento, y que el caso ya era una reincidencia, pues un año antes se había registrado un incendio por pirotecnia en el mismo lugar.
Nadia Ochoa Limón, actual coordinadora estatal de la dependencia, dijo en conferencia de prensa que la CEPC mantiene comunicación constante y un monitoreo de 24 horas con los 59 titulares municipales de protección civil, a quienes calificó de tener “buen compromiso”.
Sobre cuántos de esos municipios cuentan con su atlas de riesgo actualizado, dijo que la CEPC trabaja de la mano con el atlas estatal y el atlas nacional, y que la cifra se determinará y comunicará más adelante, ya que se trata de “un tema administrativo interno” de la coordinación.
El tema podría abordarse en los próximos días, en el marco de los trabajos previos al Segundo Simulacro Nacional que se realizará el sábado, para el que la CEPC ya notificó a los 59 municipios.
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