Estado
Suprema Corte invalidó reformas de regularización de Uber en SLP
Entre los artículos invalidados están: que el operador tiene que ser el propietario del vehículo y que este debe de tener un valor de más de 300 mil pesos
Por: Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó reformas realizadas por el Congreso del Estado en 2019 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí que buscaban regular la operación de plataformas de transporte como Uber.
Se invalidó el artículo 71 bis, fracción I, en la porción “con domicilio social y fiscal en el mismo estado”, en el que se preveía la obligación de las empresas de redes de transporte de contar con domicilio social y fiscal dentro de la entidad federativa, pues se consideró que la Constitución Federal y los tratados internacionales en materia de derechos humanos no prevén que las entidades federativas deban establecer normas que otorguen un tratamiento más favorable a las personas que residan en su territorio.
También, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción I, inciso a), en su porción: “tener una distancia mínima de 2.60 metros entre ejes, […] y tener un valor factura del equivalente a por lo menos tres mil 500 unidades de medida y actualización ”, relativos a las características físicas y valor de los automóviles que prestarán el servicio. Esto, al considerar que, al exigirse vehículos más grandes y de mayor valor, es necesario enfrentar costos adicionales para obtener un registro vehicular, lo que eleva el costo del servicio, reservándolo para personas con mayor capacidad económica, situación que implicaba una barrera comercial, violatoria del artículo 28 de la Constitución Federal.
Asimismo, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción II, inciso c) y penúltimo párrafo, los cuales disponían que el operador del servicio de transporte tendría que ser el propietario del vehículo , por considerar que el requisito no se relacionaba con la calidad y seguridad del servicio, ya que, finalmente, es la compañía (incluyendo la empresa de redes de transporte, el propietario del vehículo y el operador), la que deberá soportar la carga de prestar un servicio eficiente, además de enfrentar cualquier eventualidad que surja en perjuicio de terceros y de la sociedad en general.
Además, esta exigencia era desproporcional, ya que se impedía a las personas que carecen de un vehículo ejercer el empleo de chofer y, por otra parte, implicaba una afectación al derecho de propiedad, pues impedía a los dueños de automóviles explotarlos de manera libre y según sus intereses.
De igual forma, se invalidó el artículo 71 nonies, fracciones I, III, primer párrafo, V, VI y VII, que preveían sanciones administrativas por infracción a los requisitos legales de operación, en virtud de que dichas sanciones estaban determinadas en cantidades fijas, lo que impedía a la autoridad valorar las circunstancias en que se cometió la irregularidad, su gravedad o levedad y las condiciones particulares del infractor, para individualizar la multa correspondiente.
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Destacadas
Ricardo Gallardo segundo gobernador más aceptado en México : Mitofsky
Consulta Mitofsky, empresa líder en investigación de opinión pública en América Latina, es responsable de la elaboración de este ranking
Por: Roberto Mendoza
En el más reciente Ranking Mitofsky de Gobernadores y Gobernadoras de México, correspondiente a diciembre de 2024, Ricardo Gallardo Cardona, gobernador de San Luis Potosí, se posicionó en el segundo lugar a nivel nacional en aprobación ciudadana.
El top cinco de mandatarios con mayor aprobación es el siguiente:
Mara Lezama (Quintana Roo)
Ricardo Gallardo (San Luis Potosí)
Sergio Salomón Céspedes (Puebla)
Clara Brugada (Ciudad de México)
Marina del Pilar Ávi la (Baja California)
Es notable que, de las 32 entidades federativas, 24 son gobernadas por mandatarios afines a la Cuarta Transformación (4T). Según el informe, estos gobernadores y gobernadoras presentan una buena aceptación entre la ciudadanía.
Consulta Mitofsky, empresa líder en investigación de opinión pública en México y América Latina, es responsable de la elaboración mensual de este ranking en colaboración con El Economista. La firma está presidida por Roy Campos, reconocido analista político y conferencista especializado en estudios de opinión pública y análisis electoral.
Estos resultados reflejan la percepción ciudadana sobre el desempeño de los gobernadores y gobernadoras en sus respectivas entidades, destacando la posición de Ricardo Gallardo Cardona en San Luis Potosí.
Estado
Juan Carlos Barrón es el nuevo presidente del Colegio de Notarios de SLP
Cuenta con más de 30 años de experiencia como notario público; esta sería su segunda gestión al frente del consejo
Por: Redacción
El licenciado Juan Carlos Barrón Cerda fue electo como presidente del Colegio de Notarios de San Luis Potosí para el periodo 2025-2027.
Barrón, titular de la Notaría Número 27 en la capital potosina, cuenta con más de 30 años de experiencia como notario público y ha ocupado previamente los cargos de secretario y presidente del Colegio de Notarios.
Además, desempeñó funciones como subsecretario general y secretario de Gobierno del Estado, y ha sido catedrático de derecho de amparo y clínica procesal del derecho de amparo.
Su antecesor en el cargo fue Octaviano Gómez y González, quien dirigió el Colegio durante el periodo 2023-2025.
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Estado
Ceepac aprobó Calendario del Proceso Electoral Local Extraordinario
El día 1 de junio, se realizará la jornada electoral extraordinaria de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado
Por: Redacción
El Consejo General del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) en Sesión extraordinaria, aprobó el “Calendario del Proceso Electoral Local Extraordinario 2025, para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí”.
El día 1 de junio, se realizará la jornada electoral extraordinaria de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado, que es el primero que se celebra en México. En San Luis Potosí se elegirán 69 jueces y juezas de primera instancia, 15 magistraturas del Tribunal de Apelación y 3 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial.
En lo referente al calendario electoral para la elección del Poder Judicial, se determinan periodos y fechas importantes para el desarrollo de las diversas actividades que se realizan en torno al proceso electoral 2025, en el cual se establece que, entre otras fechas relevantes, en el mes de enero se deben aprobar los Lineamientos de Paridad y Género para la elección, así como los lineamientos para poner a disposición de las candidaturas para la elección de las personas juzgadoras.
A más tardar el 18 de febrero deberá recibir el Ceepac el listado de candidaturas a la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado; el día 20 de febrero es la fecha límite para que el Consejo apruebe la integración de los Comités Municipales Electorales que actuarán en el proceso de elección extraordinaria.
El periodo de campaña electoral iniciará el 29 de abril y concluirá el 28 de mayo, las y los aspirantes tendrán 30 días para realizar campañas y dar a conocer su imagen y propuestas.
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