marzo 20, 2026

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Estado

Suprema Corte invalidó reformas de regularización de Uber en SLP

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Entre los artículos invalidados están: que el operador tiene que ser el propietario del vehículo y que este debe de tener un valor de más de 300 mil pesos

Por: Redacción

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó reformas realizadas por el Congreso del Estado en 2019 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí que buscaban regular la operación de plataformas de transporte como Uber.

Se invalidó el artículo 71 bis, fracción I, en la porción “con domicilio social y fiscal en el mismo estado”, en el que se preveía la obligación de las empresas de redes de transporte de contar con domicilio social y fiscal dentro de la entidad federativa, pues se consideró que la Constitución Federal y los tratados internacionales en materia de derechos humanos no prevén que las entidades federativas deban establecer normas que otorguen un tratamiento más favorable a las personas que residan en su territorio. 

También, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción I, inciso a), en su porción: “tener una distancia mínima de 2.60 metros entre ejes, […] y tener un valor factura del equivalente a por lo menos tres mil 500 unidades de medida y actualización

”, relativos a las características físicas y valor de los automóviles que prestarán el servicio. Esto, al considerar que, al exigirse vehículos más grandes y de mayor valor, es necesario enfrentar costos adicionales para obtener un registro vehicular, lo que eleva el costo del servicio, reservándolo para personas con mayor capacidad económica, situación que implicaba una barrera comercial, violatoria del artículo 28 de la Constitución Federal.

Asimismo, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción II, inciso c) y penúltimo párrafo, los cuales disponían que el operador del servicio de transporte tendría que ser el propietario del vehículo

, por considerar que el requisito no se relacionaba con la calidad y seguridad del servicio, ya que, finalmente, es la compañía (incluyendo la empresa de redes de transporte, el propietario del vehículo y el operador), la que deberá soportar la carga de prestar un servicio eficiente, además de enfrentar cualquier eventualidad que surja en perjuicio de terceros y de la sociedad en general.

Además, esta exigencia era desproporcional, ya que se impedía a las personas que carecen de un vehículo ejercer el empleo de chofer y, por otra parte, implicaba una afectación al derecho de propiedad, pues impedía a los dueños de automóviles explotarlos de manera libre y según sus intereses.

De igual forma, se invalidó el artículo 71 nonies, fracciones I, III, primer párrafo, V, VI y VII, que preveían sanciones administrativas por infracción a los requisitos legales de operación, en virtud de que dichas sanciones estaban determinadas en cantidades fijas, lo que impedía a la autoridad valorar las circunstancias en que se cometió la irregularidad, su gravedad o levedad y las condiciones particulares del infractor, para individualizar la multa correspondiente.

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Congreso del Estado

Congreso busca eliminar pago de servicios de arrastre y pensióna para vehículos robados

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La actuación de las autoridades en materia de recuperación, aseguramiento y resguardo de vehículos robados adquiere una relevancia jurídica

 

Por: Redacción

La diputada Gabriela Martínez Vázquez propuso una iniciativa de adición del párrafo tercero al artículo 61 de la Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí, para establecer la exención del pago de servicios de arrastre y pensión por recuperación de vehículos robados.

Establece que en el caso de ser víctima de los delitos de robo de vehículo y robo de vehículo equiparado, una vez que se haya denunciado el ilícito, el cobro por servicios de arrastre y pensión deberá ser exceptuado, ya que con ello se establece el principio de no imputabilidad al propietario y se evita la doble victimización institucional.

Señala que el fenómeno del robo de vehículos constituye una de las manifestaciones delictivas de mayor impacto patrimonial y social en San Luis Potosí.

En este sentido, la actuación de las autoridades en materia de recuperación, aseguramiento y resguardo de vehículos robados adquiere una relevancia jurídica singular, ya que cuando una unidad es localizada por corporaciones policiales o derivado de investigaciones ministeriales, ésta suele ser asegurada y puesta a disposición del Ministerio Público o de la autoridad competente, y trasladada a depósitos o corralones vehiculares para su custodia provisional mientras se desarrollan las diligencias correspondientes.

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Estado

Fortalece Gallardo acciones de seguridad en los 59 municipios

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Ricardo Gallardo solicitó a las autoridades municipales brindar mayor respaldo a sus corporaciones policiacas

Por: Redacción

Ricardo Gallardo Cardona, gobernador de San Luis Potosí, lideró la Segunda Sesión Ordinaria del Consejo Estatal de Seguridad Pública, refrendando su compromiso de trabajar de manera coordinada con los 59 municipios para fortalecer sin límites las estrategias de prevención y combate a la delincuencia, consolidando la paz y el orden social que mantienen al Estado entre los cuatro más seguros del país.

En el cambio que se vive y se siente, Ricardo Gallardo hizo un llamado firme a las y los presidentes municipales para redoblar esfuerzos en materia de seguridad, destacando la importancia de la colaboración institucional y la corresponsabilidad entre los distintos órdenes de gobierno para preservar los avances alcanzados, permitiendo, así, destacar a la entidad potosina a nivel nacional en este rubro.

Como parte de las acciones prioritarias, Ricardo Gallardo solicitó a las autoridades municipales brindar mayor respaldo a sus corporaciones policiacas, particularmente en lo relacionado con la mejora de sus condiciones laborales para garantizar salarios dignos y competitivos en beneficio de las y los elementos de seguridad pública municipal, lo que permitirá fortalecer su desempeño, profesionalización y compromiso con la ciudadanía.

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Estado

Desinformación por el gusano barrenador genera alarma innecesaria: SGG

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Gobierno estatal descarta riesgo generalizado por los dos contagios en humanos en San Luis Potosí

Por: Redacción

El titular de la Secretaría General de Gobierno, Guadalupe Torres Sánchez, llamó a evitar la difusión de información falsa o imprecisa tras la confirmación de casos de gusano barrenador en la entidad, y aseguró que no existe un riesgo generalizado para la población.

“Se genera información confusa, falsa o incierta, y eso provoca alarmas innecesarias”, señaló.

El funcionario explicó que la atención médica hospitalaria corresponde directamente al modelo federal de IMSS Bienestar, instancia responsable de brindar servicios de salud a la población sin seguridad social.

“La atención médica es una responsabilidad directa del IMSS Bienestar”, afirmó.

No obstante, reconoció que el Gobierno del Estado ha estado presente en la atención del tema, al tratarse de un asunto de salud pública.

“No le damos la vuelta, hemos estado al frente porque es un tema importante”, sostuvo.

Torres Sánchez pidió mayor coordinación entre autoridades para garantizar información clara y oportuna a la ciudadanía, y así evitar especulación.

Respecto a los casos detectados —dos mujeres adultas mayores en la región Huasteca—, el secretario fue enfático: “No hay riesgo”, afirmó.

Los casos corresponden a una enfermedad conocida como miasis, provocada por la larva de la mosca Cochliomyia hominivorax, que deposita sus huevos en heridas abiertas, lo que puede derivar en infecciones graves si no se atienden oportunamente.

Actualmente, el brote se mantiene bajo vigilancia sanitaria, en un contexto donde previamente se han registrado múltiples casos en animales en la región Huasteca.

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Opinión

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