Estado
Suprema Corte invalidó reformas de regularización de Uber en SLP

Entre los artículos invalidados están: que el operador tiene que ser el propietario del vehículo y que este debe de tener un valor de más de 300 mil pesos
Por: Redacción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó reformas realizadas por el Congreso del Estado en 2019 de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí que buscaban regular la operación de plataformas de transporte como Uber.
Se invalidó el artículo 71 bis, fracción I, en la porción “con domicilio social y fiscal en el mismo estado”, en el que se preveía la obligación de las empresas de redes de transporte de contar con domicilio social y fiscal dentro de la entidad federativa, pues se consideró que la Constitución Federal y los tratados internacionales en materia de derechos humanos no prevén que las entidades federativas deban establecer normas que otorguen un tratamiento más favorable a las personas que residan en su territorio.
También, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción I, inciso a), en su porción: “tener una distancia mínima de 2.60 metros entre ejes, […] y tener un valor factura del equivalente a por lo menos tres mil 500 unidades de medida y actualización ”, relativos a las características físicas y valor de los automóviles que prestarán el servicio. Esto, al considerar que, al exigirse vehículos más grandes y de mayor valor, es necesario enfrentar costos adicionales para obtener un registro vehicular, lo que eleva el costo del servicio, reservándolo para personas con mayor capacidad económica, situación que implicaba una barrera comercial, violatoria del artículo 28 de la Constitución Federal.
Asimismo, se invalidó el artículo 71 quáter, fracción II, inciso c) y penúltimo párrafo, los cuales disponían que el operador del servicio de transporte tendría que ser el propietario del vehículo , por considerar que el requisito no se relacionaba con la calidad y seguridad del servicio, ya que, finalmente, es la compañía (incluyendo la empresa de redes de transporte, el propietario del vehículo y el operador), la que deberá soportar la carga de prestar un servicio eficiente, además de enfrentar cualquier eventualidad que surja en perjuicio de terceros y de la sociedad en general.
Además, esta exigencia era desproporcional, ya que se impedía a las personas que carecen de un vehículo ejercer el empleo de chofer y, por otra parte, implicaba una afectación al derecho de propiedad, pues impedía a los dueños de automóviles explotarlos de manera libre y según sus intereses.
De igual forma, se invalidó el artículo 71 nonies, fracciones I, III, primer párrafo, V, VI y VII, que preveían sanciones administrativas por infracción a los requisitos legales de operación, en virtud de que dichas sanciones estaban determinadas en cantidades fijas, lo que impedía a la autoridad valorar las circunstancias en que se cometió la irregularidad, su gravedad o levedad y las condiciones particulares del infractor, para individualizar la multa correspondiente.
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Estado
FGESLP realiza mantenimiento a sus servidores y habilita sistema alterno para trámites
Garantizan continuidad en servicios y protección de datos personales
Por: Redacción
La Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) anunció que lleva a cabo trabajos de mantenimiento preventivo en sus servidores informáticos, los cuales son fundamentales para la atención de diversos trámites ciudadanos.
Entre los servicios afectados se encuentra la emisión de constancias de no antecedentes penales, trámite que se verá temporalmente canalizado a través de un sistema alternativo que ya fue habilitado por la institución.
De acuerdo con información de la dependencia, se cuenta con la infraestructura tecnológica necesaria para brindar acceso seguro a sus plataformas digitales
, con el fin de garantizar que la ciudadanía continúe realizando sus gestiones sin contratiempos ni riesgos para su información personal.Con estas acciones, la Fiscalía potosina reafirma su compromiso con la seguridad digital, la transparencia y la mejora continua en la prestación de sus servicios a la población.
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Ciudad
Hallan sin vida a una persona en puente de avenida Universidad en SLP
Autoridades presumen que se trató de un suicidio
Por: Redacción
La Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) confirmó el hallazgo del cuerpo sin vida de una persona en el puente ubicado sobre la avenida Universidad, en la capital potosina.
El suceso fue reportado durante la tarde del viernes, cuando se detectó la presencia de un individuo suspendido en una de las estructuras del mencionado puente. Al arribar elementos operativos al sitio para brindar auxilio, se constató que la persona ya no presentaba signos vitales.
En respuesta al incidente, acudieron agentes de la Policía de Investigación (PDI)
, así como personal del área de Servicios Periciales, quienes resguardaron la zona y realizaron el levantamiento del cuerpo. Posteriormente, el cuerpo fue trasladado a las instalaciones de la Vicefiscalía Científica, donde se le practicará la necropsia de ley.La PDI mantiene abiertas las diligencias para determinar la identidad del fallecido. De acuerdo con los primeros indicios, las autoridades manejan la hipótesis de que el deceso podría haber sido autoinfligido.
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Congreso del Estado
Proponen castigo con reparación obligatoria por maltrato animal en SLP
La iniciativa busca garantizar justicia efectiva a través de atención veterinaria integral y sanciones ejemplares
Por: Redacción
El Congreso de San Luis Potosí analiza una iniciativa presentada por el diputado Luis Fernando Gámez Macías, que plantea una reforma a la Ley de Protección a los Animales del Estado, con el objetivo de establecer la obligación legal de reparar el daño causado a cualquier animal víctima de crueldad, maltrato o tortura.
La propuesta consiste en adicionar el artículo 127 BIS a la normativa vigente, para que toda persona que incurra en actos de violencia contra animales tenga que cubrir de manera integral los costos derivados del daño provocado. Esto incluye atención veterinaria, medicamentos, cirugías, rehabilitación y cualquier otro tratamiento necesario para asegurar el bien estar del anim al agredido.
“No se trata solo de castigar, sino de construir una cultura de responsabilidad”, afirmó el legislador, quien subrayó que esta medida permitiría no solo sancionar al agresor, sino también educar a la sociedad sobre el respeto a los derechos animales.
La propuesta también contempla que la reparación del daño se aplique sin perjuicio de las sanciones administrativas o penales ya establecidas en la ley y en el Código Penal del Estado, lo que refuerza el marco jurídico con un enfoque más humano y restaurativo.
Para Gámez Macías, esta iniciativa representa un avance legal que trasciende el castigo: “El bienestar animal debe traducirse en acciones, no solo en discursos”, señaló, al explicar que la prevención y la justicia restaurativa deben ser pilares fundamentales para una convivencia armónica entre personas y animales.
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