diciembre 29, 2025

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Congreso del Estado

SLP capital debe entregar información de calidad para municipalizar Pozos: diputado

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José Luis Fernández Martínez reconoció la buena intención del alcalde Enrique Galindo para avanzar en el tema

Por: Redacción

El diputado José Luis Fernández Martínez, presidente de la Comisión de Gobernación del Congreso del Estado, manifestó que es importante que los funcionarios municipales de la capital, atiendan a la buena intención que ha manifestado el alcalde Enrique Galindo Ceballos, y que ofrezcan la información completa y de calidad para avanzar en el proceso de municipalización de Villa de Pozos.

Destacó que el acompañamiento del presidente municipal, Galindo Ceballos, al igual que del Gobernador del Estado, Ricardo Gallardo son importantes para que la información necesaria fluya de una manera más rápida, en beneficio de los ciudadanos peticionarios de la municipalización de esta Delegación de Villa de Pozos.

“Entiendo que el mensaje que manda el presidente municipal es un mensaje dirigido a los ciudadanos para que los ciudadanos estén seguros que él va con esta medida, pero esperemos también que este mensaje sea recibido por sus funcionarios y que actúen en consecuencia a esta buena intención que tiene el alcalde de San Luis Potosí, que se materialice con hechos, que la información fluya, que sea de calidad, que no nos manden bombitas que el día de mañana exploten en manera de impugnaciones y que esperemos que sea real”.

En este sentido, señaló que el Instituto Municipal de Planeación debe mandar de manera correcta la información sobre la conformación del polígono territorial de Villa de Pozos, ya que lo que se entregó a los ciudadanos peticionarios estaba completamente en desorden, “y yo creo que ahí existen técnicos lo suficientemente capacitados para advertir que lo que eso que nos están dando no tenía pies ni cabeza”.

En lo relacionado con el proceso, detalló que el próximo jueves será votado en el Pleno el acuerdo para que el CEEPAC convoque a un plebiscito, se remitirá la información oficial al propio organismo para su planeación en el municipio de San Luis Potosí.

Advirtió que de acuerdo a la Ley de Referéndum y Plebiscito del Estado de San Luis Potosí, la entidad que solicita el plebiscito, que en este caso es el Congreso del Estado, tiene que cubrir los costos del mismo, por lo cual se estarán tomando las previsiones económicas al respecto.

“Yo ya inicie una plática con el Poder Ejecutivo de manera económica donde les advierto el extremo que maneja la Ley de Plebiscito que dice que quien solicita el plebiscito que en este caso es el Congreso del Estado tiene la obligación de pagarlo; el Congreso no está en condiciones de afrontar ese gasto, no está contemplado en nuestro presupuesto y evidentemente tiene que venir una represupuestación”.

Además, informó que está en proceso de tener comunicación con las y los presidentes municipales de Soledad de Graciano Sánchez, Cerro de San Pedro y Zaragoza, para fijar con puntualidad y claridad hasta donde llegará este nuevo municipio de Villa de Pozos, y generar una línea de comunicación.

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Congreso del Estado

Proponen en SLP sanciones por uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores

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La diputada Diana Ruelas dijo que se busca privilegiar la protección a la salud de las personas

 Por: Redacción

La diputada Diana Ruelas propuso una iniciativa para adicionar disposición a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en materia de derecho a la protección de la salud de las personas, en relación a sanciones por uso de cigarrillos electrónicos y vapeadores.

La iniciativa propone incluir, en el apartado relacionado a los derechos de las personas a una vida saludable, la obligación para el Estado de proteger y promover el derecho fundamental a la salud de sus habitantes coadyuvando, en el ámbito de su competencia, y en los términos y condiciones que señale la Constitución Federal y leyes en la materia, respecto a la sanción de las actividades relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que en México, en el año 2021 la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y la Comisión Nacional contra las Adicciones, emitieron una alerta sanitaria por el uso de cigarros electrónicos comúnmente llamados vapeadores, en la que advertían sobre los daños respiratorios, cardiovasculares y mutagénicos, indicando que además ninguno de estos productos cuenta con ninguna autorización sanitaria.

Posteriormente, el 31 de mayo de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se prohíbe la circulación y comercialización en el interior de la República, de este tipo de productos.

Ahora bien, el 17 de enero de 2024 se dieron a conocer en el Diario Oficial de la Federación dos adiciones al texto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que tuvo el respaldo de la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas, por lo cual es importante el realizar una homologación a estas disposiciones en la legislación estatal.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión de Puntos Constitucionales.

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Patrullas y elementos de seguridad pública contarán con cámaras de videovigilancia

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La diputada Jacquelinn Jauregui indicó que esto proporcionará pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de las funciones policiales

Por: Redacción

A iniciativa de la diputada Jacquelinn Jauregui, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 154 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer que podrán instalar dispositivos de videograbación en los vehículos operativos de las corporaciones de seguridad pública y en los propios elementos de seguridad pública.

Esto, con el fin de dejar registro de la actividad desplegada en el ejercicio de sus funciones.

En el dictamen respectivo, se indica que la implementación de cámaras de videograbación en los vehículos operativos al servicio de corporaciones policiales se ha convertido en una herramienta clave para documentar su actuación y brindar certeza tanto a la ciudadanía como a los propios elementos de seguridad.

Precisa que el uso de videograbaciones ha demostrado ser un mecanismo eficaz para prevenir abusos, esclarecer hechos y fortalecer la confianza de la población en sus instituciones de seguridad. Además, de proporcionar pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de sus funciones.

Asimismo establece la diferencia entre los términos video vigilancia y videograbación; mientras la video vigilancia es una herramienta tecnológica que, a través de cámaras de video localizadas estratégicamente e interconectadas entre sí,

permiten apoyar la operación y despliegue policial, la persecución y prevención de los delitos, la atención de emergencias o documentar faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública. La videograbación se refiere al proceso de capturar y almacenar imágenes en movimientos con o sin sonido, en un medio electrónico, cuya finalidad primordial es la de preservar y en su caso reproducir esas imágenes.

En ese sentido y con base en las anteriores definiciones es que esta Ley reforma el término videograbación, con el fin de que quien detecte la comisión de un delito por medio de sistemas de video vigilancia lo reporte inmediatamente a las autoridades competentes, debiendo resguardar la videograbación hasta por un año.

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Congreso del Estado

Las personas que integran en consejo ciudadano de la CEDH no podrán ser consideradas servidores públicos

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Fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos

Por: Redacción

En sesión del Congreso del Estado fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en relación a la integración del Consejo Ciudadano de dicho organismo, a fin de establecer que las personas que integran dicho consejo serán regidas por el artículo 49 de la ley y no podrán ser considerados servidores públicos.

El dictamen, presentado por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, tiene como finalidad reafirmar el carácter ciudadano y honorífico del Consejo de dicho organismo, para dar certeza jurídica, evitar interpretaciones erróneas que burocraticen su naturaleza, y preservar su función como órgano de representación de la sociedad civil en la supervisión y definición de políticas públicas en materia de derechos humanos.

El texto vigente del artículo 39 de la Ley establece que el Consejo está compuesto por ciudadanas y ciudadanos, representando a la sociedad civil, y que tiene como funciones discutir, guiar, decidir y supervisar las políticas públicas en materia de derechos humanos. Sin embargo, no establece con claridad que sus integrantes no tienen la calidad de servidores públicos, lo cual ha dado lugar a interpretaciones ambiguas, que han afectado el normal funcionamiento del órgano.

Actualmente, se ha considerado como servidores públicos a los integrantes del consejo de la comisión de derechos humanos, lo que ha provocado confusión normativa. Por ello, se propuso adicionar al artículo 39 el siguiente enunciado: “…quienes no podrán ser considerados Servidores Públicos”.

Con esta modificación, se precisa de manera expresa la naturaleza ciudadana y honorífica del Consejo, evitando con ello cualquier interpretación errónea que tienda a burocratizar su labor y desnaturalizar su papel como representante auténtico de la sociedad civil.

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