agosto 23, 2025

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Congreso del Estado

#SeLogró | Mujeres ya pueden practicarse abortos en centros de salud de SLP

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El Congreso local aprobó la interrupción legal del embarazo en la entidad que obliga a las instituciones de salud pública a brindar el servicio de manera gratuita

Por: Ana G Silva

Con 19 votos a favor y cinco en contra, el Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la interrupción legal del embarazo, luego de modificar el artículo 16 de la Constitución que protegía la vida desde la concepción, además de que se reformó la Ley de Salud para que las mujeres o personas gestantes puedan acudir a las instituciones de salud pública para que les brinden este derecho de forma gratuita.

El artículo reconoce la vida digna como fundamento de todos los derechos de los seres humanos; con ello, queda prohibida la pena de muerte, la cual no podrá aplicarse en ningún caso. Toda persona tiene derecho a decidir sobre su gestación de manera libre, informada, autónoma y responsable.

El Sistema Público de Salud proporcionará los servicios necesarios para la interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, en cumplimiento a la NOM-046- SSA2-2005, cuando la mujer o la persona gestante lo solicite.

Con la finalidad de que la mujer o persona gestante esté en condiciones de decidir sobre su maternidad de manera libre y voluntaria, informada, autónoma y responsable, las instituciones de salud pública pondrán a su disposición servicios de atención médica de calidad, psicológica y social, con información objetiva, veraz, suficiente y oportuna de las opciones, alternativas y apoyos con que cuentan las mujeres y personas gestantes; así como de los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos de la interrupción del embarazo, siempre que esta sea solicitada dentro de las primeras doce semanas de gestación.

Además cuando la persona gestante decida practicarse la interrupción del embarazo, las instituciones de salud pública habrán de efectuarla de manera inmediata, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables.

Las instituciones de salud pública atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a todas las mujeres y personas gestantes solicitantes, aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado. El servicio tendrá carácter universal, gratuito y sin condicionamiento alguno.

En la práctica clínica para la interrupción del embarazo, las instituciones de salud pública deberán promover, garantizar, respetar y proteger la no discriminación, la confidencialidad y privacidad de las mujeres y personas gestantes solicitantes.

Será obligación de las instituciones públicas de salud garantizar la oportuna prestación de los servicios y la permanente disponibilidad de personal de salud. Las instituciones de salud pública, en el marco de sus atribuciones, promoverán políticas públicas relacionadas con el ejercicio del aborto seguro, y la educación integral en sexualidad, en plena observancia con los derechos humanos.

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Congreso del Estado

Congreso aprueba dictamen de jubilación para policías municipales

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La iniciativa, presentada por Ricardo Gallardo, establece que se deberá garantizar que policías municipales accedan a retiro o jubilación

 

Por: Redacción

 

Por unanimidad, en Sesión Extraordinaria, se aprobó el Decreto que adiciona estipulaciones al artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, en materia de seguridad social digna de los miembros de los cuerpos policiales municipales.

 

Y también, modifica disposiciones de las leyes locales, Orgánica del Municipio Libre; y del Sistema de Seguridad Pública.

 

La iniciativa, presentada por el gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona, establece que los Ayuntamientos deberán garantizar que las personas integrantes de los cuerpos de seguridad pública municipal accedan de manera efectiva a prestaciones de retiro, jubilación o pensión, mediante esquemas operados por instituciones públicas de seguridad social que consideren su naturaleza funcional y condiciones de riesgo, observando criterios de viabilidad financiera, continuidad institucional y transparencia, conforme a los lineamientos que para su operación, seguimiento y evaluación emita el cabildo.

 

Se indica que estas adecuaciones a la normativa del Estado, en materia de garantizar el derecho a la seguridad social digna de los miembros de los cuerpos policiales municipales, representan un avance institucional en la protección de sus derechos, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que otorga a las legislaturas de los estados la facultad configurativa de regular las relaciones tanto en los municipios como en el propio ámbito estatal, en cumplimiento a los principios, bases mínimas, y de acuerdo con sus propias leyes.

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Congreso del Estado

Aprueban reformas en materia de amnistía e indulto

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El Congreso de SLP deberá presentar una ley que abarque ambas figuras, así como las disposiciones para su implementación

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó la reforma constitucional que delimita las atribuciones en materia de amnistía e indulto, y establece un plazo de hasta 150 días hábiles para la elaboración y presentación de una nueva ley que regule ambas figuras.

José Mario de la Garza Marroquín, de la asociación civil Perteneces, profundizó sobre el tema en alusión al caso de Sanjuana Maldonado, quien accedió a esta figura tras mantenerse 15 años en prisión.

“Cuando nosotros detectamos el caso de Sanjuana, vimos que hay muchas mujeres en San Luis condenadas con procedimientos concluidos, con sentencias muy largas, que deberían ser revisadas para determinar si procede otorgarles una amnistía”, comentó.

Explicó que recurrir al indulto implica un proceso complejo y burocrático

, debido a la cantidad de instancias por las que debe pasar. Por ello, destacó que una nueva ley permitirá la creación de una comisión
encargada de evaluar cada caso individualmente y emitir un dictamen que determine si la persona puede ser beneficiada con la amnistía o el indulto.

De acuerdo con De la Garza, en una primera etapa, las primeras beneficiadas serían entre 10 y 15 mujeres del penal de Xolol, quienes ya cuentan con sentencias definitivas y podrían recibir amnistía para que sus casos sean revisados.

Asimismo, aclaró que esta reforma no aplica a personas que aún enfrentan un proceso legal, y que se considerarán prioritariamente las sentencias que oscilen entre los 50 y 70 años de prisión.

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Congreso del Estado

Se aprueba en el Congreso reforma a la Ley Orgánica de la UASLP

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El dictamen establece que en la elección del titular de Rectoría y directivos de lentidades, el principio de paridad de género será respetado

Por: Redacción

En reunión de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Congreso del Estado, se aprobó la reforma a la Ley Orgánica de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, con el fin de garantizar la equidad y paridad de género en la integración y designación de las autoridades de esta Universidad.

 

El diputado Crisógono Pérez López, presidente de esta comisión legislativa, señaló que con estas modificaciones se busca estar en concordancia con lo establecido en las reformas recientemente aprobadas a la Constitución Política del Estado en este tema.

 

“Esto es algo que se está manejando, para asegurar la paridad de género en todos los ámbitos de la cuestión administrativa y política del país, y en esto se incluye también a la Universidad”.

 

Así, se propone establecer que en la elección, integración y designación de las autoridades de la Universidad, deberá respetarse el principio de equidad de género, garantizando la representación equilibrada entre mujeres y hombres en todos los órganos de gobierno.

 

Añadió que el dictamen aprobado establece que, respecto de la elección de la persona titular de la Rectoría y las directoras o directores de las entidades académicas, el principio de paridad de género será respetado alternándose entre una mujer y un hombre, salvo en los casos en que se verifique el derecho de reelección para el ejercicio de un segundo periodo, en donde la alternancia de género será de realización obligatoria a la conclusión de éste.

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