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Parque Tangamanga: el gran emblema de SLP
En 38 años de existencia, este espacio se ha convertido en el telón de fondo de muchas de las historias de los y las potosinas
Por: Alejandro Zermeño
Fotografías cortesías de “Pirex”
El Parque Tangamanga, inaugurado en 1983, con sus 420 hectáreas, es el segundo parque urbano más grande de México, el más grande si se considera que el Bosque de Chapultepec en realidad está integrado por dos secciones.
Tiene equipación para albergar todo tipo de actividades deportivas, recreativas y culturales como zoológico, parque acuático, canchas de tenis, futbol, basquetbol, futbol americano, voleibol…, teatro, pista de aeromodelismo y go-karts, foro de conciertos, museos, etcétera; sin embargo, más allá de su extensión o de sus instalaciones, este sitio es el punto de cohesión más importante de la ciudad de San Luis Potosí, pues sin importar nada, todos los y las potosinas tiene historias y momentos relacionados con él.
La Orquesta conversó con León García, doctor en antropología por el Colegio de San Luis (Colsan), y María Isabel Monroy, cronista de la ciudad, sobre la historia e importancia que tiene el parque para la identidad potosina.
María Isabel Monroy contó que fue durante la administración del gobernador Carlos Jonguitud Barrios, cuando se expropió el ejido de la Garita de Jalisco para poder hacer el parque: “En San Luis Potosí no existía un centro recreativo para todos. Se podía pasear por la Calle Hidalgo, la Calzada de Guadalupe y las plazas del Centro Histórico, pero hasta ahí”.
Solo el Parque de Morales, que empezó en los años 40 con la donación del Club Rotario, era un espacio similar, sin embargo, de acuerdo con la cronista quedaba lejos de la zona popular de la ciudad.
Fue entonces cuando Jonguitud Barrios inició el proyecto del Tangamanga como lo conocemos, cuando el recinto fue expedido como Centro Cultural en 1983.
El lugar creció rápido: “Plantaron muchos álamos plateados, lo cual cuestioné porque son árboles que se caen muy rápido, y ante esta duda, el gobernador me respondió: “si junto al álamo plantas un fresno, para cuando el álamo se muera el otro ya creció”. Entonces entendí la estrategia. Y en efecto, así pudimos tener un muy buen bosque en un poco tiempo”.
EL ORIGEN DEL NOMBRE
García Lam narró que el nombre fue rechazado por el historiador potosino y antiguo cronista de la ciudad, Rafael Montejano y Aguiñaga: “decía que Tangamanga es una palabra purépecha , que cómo le íbamos a poner un nombre extranjero de un grupo que no tenía nada que ver con las poblaciones chichimecas de San Luis Potosí”.
Existe polémica sobre el origen de la palabra Tangamanga, pues, por ejemplo, el historiador Joaquín Meade dijo que el vocablo es huasteco y significa: “Lugar de Agua y Oro.” Más tarde, diversos lingüistas señalaron que la palabra es de origen Otomí y significa “Lugar de Agua y Ranas” y de acuerdo con León García, basado en los textos de Montejano, se traduce como “empalizada”, que quiere decir: “lugar cercado”.
EL SÍMBOLO POTOSINO
León García explicó que, socialmente, el parque se convirtió en un lugar generador de tejido social, en donde existe “una clara paz, sencillez, que se forman gracias a una serie de normas sencillas que hace que sea muy fácil convivir en él. Es muy difícil que existan noticias desagradables en el parque. Eso habla de que su naturaleza une a las personas. Ya sea que vayas a hacer ejercicio, meditar, todos se saludan, hay amabilidad. Hasta sales del parque y parece otro espacio completamente”, comentó el antropólogo.
La historiadora, por su parte, reconoció al parque como el espacio más importante de convivencia para la ciudadanía de San Luis Potosí y como un pulmón muy importante para la ciudad: “no hay potosino que no conozca el Parque Tangamanga”.
Ambos entrevistaron coincidieron en que el parque es un espacio horizontal en donde las personas de todas las condiciones, clases, presupuestos pueden converger y disfrutar.
La importancia del Parque Tangamanga es tal, que los gobierno potosinos han tratado de replicar ese espíritu en el Parque Tangamanga II (también la capital) y el Parque Tantocob en Ciudad Valles, que aunque no han tocado los niveles del original, sí son referentes de la comunidad.
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Mataperros de Soledad obtiene amparo y evita su detención
Aunque la Fiscalía ya había obtenido una orden de aprehensión, un juez federal le concedió una suspensión dentro de un juicio de amparo
Por: Redacción
El hombre señalado por presuntamente haber matado a balazos a dos perros en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez no será detenido por el momento, luego de obtener una suspensión federal dentro de un juicio de amparo que frena la ejecución de la orden de aprehensión girada en su contra.
Así lo confirmó María Manuela García Cázares, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien explicó que la dependencia ya había integrado la carpeta de investigación por presunto maltrato animal y conseguido una orden de captura emitida por un juez de Control. Sin embargo, antes de que ésta pudiera ejecutarse, el imputado recurrió a la justicia federal.
La fiscal detalló que el Juzgado de Distrito concedió una suspensión para evitar que el hombre sea detenido mientras se resuelve el procedimiento de amparo, aunque la protección judicial está condicionada al cumplimiento de diversas medidas.
Entre ellas, deberá cubrir una garantía económica y acudir periódicamente ante la autoridad judicial para acreditar que permanece a disposición de la justicia: “Está concedida la suspensión para efecto de que no se le detenga”, señaló García Cázares.
La funcionaria precisó que la orden de aprehensión sigue vigente y podría ejecutarse si el acusado incumple cualquiera de las condiciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación.
Por ahora, el caso que provocó indignación entre colectivos animalistas y usuarios de redes sociales permanece en una fase de espera, mientras las autoridades verifican que el imputado cumpla con las obligaciones derivadas del amparo.
El hecho ocurrió recientemente en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez, donde dos perros fueron asesinados a balazos, un caso que generó una fuerte condena pública y reavivó el debate sobre las sanciones por maltrato animal en San Luis Potosí.
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SSPCE cuestiona a jueces que liberan a detenidos por delitos graves
Jesús Juárez aseguró que muchas liberaciones no obedecen a errores policiales, sino a decisiones judiciales
Por: Redacción
Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, criticó los criterios utilizados por algunos jueces federales para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a personas detenidas por delitos graves, al considerar que estas resoluciones debilitan el trabajo de las corporaciones de seguridad y pueden representar un riesgo para la ciudadanía.
El funcionario sostuvo que, en diversos casos, las liberaciones no obedecen a fallas en las detenciones realizadas por policías estatales o municipales, sino a decisiones tomadas posteriormente por las autoridades judiciales: “La situación de la liberación no tiene que ver incluso con la actuación policial”, afirmó.
Juárez explicó que las corporaciones suelen realizar investigaciones, operativos y puestas a disposición conforme a los procedimientos establecidos; sin embargo, señaló que algunos jueces optan por imponer medidas cautelares que permiten a los imputados enfrentar sus procesos en libertad.
Según el titular de Seguridad, existe una tend encia de algunos juzgadores a privilegiar criterios garantistas sobre la prisión preventiva, incluso en asuntos relacionados con delitos de alto impacto o portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
“Entiendo yo, es una percepción, que hay jueces federales muy garantistas; prefieren dar otra medida en libertad que la prisión preventiva”, expresó.
El secretario advirtió que este tipo de resoluciones generan frustración entre los cuerpos de seguridad, debido a que muchas detenciones son resultado de meses de investigación, seguimiento e inteligencia operativa.
Además, aseguró que las corporaciones han documentado casos en los que personas liberadas posteriormente reinciden en actividades delictivas, situación que consideró especialmente preocupante cuando deriva en nuevos hechos violentos.
“Lo hemos visto. Son liberados y luego privan de la vida a otra persona. Es lo más grave y es lo que deberían considerar los jueces federales o locales”, señaló.
Juárez Hernández consideró que cuando existen elementos que acreditan la portación de armas largas o la probable participación en delitos de alto impacto, los juzgadores deberían analizar con mayor firmeza la aplicación de la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, para evitar que los imputados continúen operando mientras enfrentan un proceso penal.
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Fiscalía de SLP investiga un aborto practicado fuera del plazo legal
El caso fue detectado por una clínica del IMSS tras atender a una mujer con sangrado después de las doce semanas de embarazo.
Por: Redacción
De los cinco abortos que reportó el Secretariado de Seguridad en lo que va del año, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) tiene abierta una sola carpeta de investigación penal, correspondiente a un procedimiento practicado fuera del límite legal de doce semanas, confirmó María Manuela García Cázares, titular de la dependencia.
El Congreso del Estado, en cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reformó la legislación local en materia de aborto: el procedimiento es legal antes de las doce semanas de gestación y puede practicarse en los centros hospitalarios autorizados. A partir de esa semana se considera delito.
El único caso bajo investigación este año fue detectado por una denuncia de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): una mujer llegó con sangrado y se determinó que el aborto había sido provocado después del límite legal. García Cázares no precisó en qué municipio ocurrió ni si hay personas imputadas.
Los otros cuatro registros del Secretariado no han llegado a la Fiscalía. La titular explicó que corresponde a la Secretaría de Salud verificar que los procedimientos se hayan practicado dentro de las doce semanas antes de que puedan ser atendidos en los centros autorizados.
En cuanto a quienes obliguen a una mujer a abortar —otro supuesto previsto en el Código Penal— García Cázares recordó el caso del año pasado: un médico que practicó un aborto ilegal y causó la muerte de la paciente. No informó si ese proceso concluyó ni cuál fue su resolución.
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