Estado
No debieron promover juicio de amparo por consulta indígena: Congreso
“Siempre estuvimos dispuestos a dialogar”, dijo la diputada Vianey Montes
Por: Redacción
Luego de que el Juzgado Cuarto de Distrito del Poder Judicial de la Federación decidiera sobreseer el juicio de amparo promovido por el Comité Técnico Operativo para la consulta Indígena, la presidenta de la Directiva diputada Vianey Montes Colunga señaló que siempre hubo disposición al diálogo y era innecesario acudir a esas instancias.
“Nosotros siempre mantuvimos apertura, se hicieron mesas de trabajo con ellos, ahora ya es la decisión del juez determina con toda claridad que el Congreso del Estado no tiene responsabilidad en este asunto”, expuso.
En la resolución se establece que “en esta instancia constitucional la litis se centra en el hecho de que los quejosos refieren que se les discrimina porque no han recibido el pago de las remuneraciones que les corresponde por haber llevado a cabo los trabajos encomendados como parte del Comité Técnico Operativo”.
“Mientras que las autoridades responsables del Congreso del Estado, refieren que ese incumplimiento se debe a que no cuentan con la documentación necesaria para realizar el pago adeudado a los quejosos.
Es decir, se trata de un conflicto de carácter meramente administrativo en el que se deben dirimir cuestiones relativas al cumplimiento o no de los trabajos realizados por los quejosos como miembros del Comité
Técnico Operativo”.
Añade que “cuestión que se estima escapa de la materia de análisis del juez de amparo, pues los actos reclamados (falta de pago) no pueden considerarse como un actuar unilateral, imperativo y coercitivo por parte de las autoridades responsables”.
“Ello, puesto que se dice que los actos son unilaterales porque su existencia depende sólo de la voluntad de la autoridad; circunstancia que en el caso no acontece ya que para que las autoridades responsables estén en aptitud de realizar el pago correspondiente dependerá del acreditamiento por parte de los quejosos de los trabajos encomendados, es decir, se trata de una cuestión de análisis del cumplimiento de la contraprestación pactada”.
Por lo tanto, el juez decidió que “al actualizarse la causa de improcedencia prevista por el artículo 61, fracción XXIII, en relación con los diversos 1°, fracción I y 5°, fracción II, estos últimos interpretados a contrario sensu, todos de la Ley de Amparo, se sobresee en el presente juicio de amparo. Sobreseimiento que se hace extensivo a las consecuencias que los quejosos reclaman como acto reclamado”.
La diputada Vianey Montes Colunga estableció que el Poder Legislativo siempre ha actuado con apego a la legalidad y ha mostrado disposición para encontrar solución a cualquier controversia por la vía del diálogo.
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Estado
Se da un paso más hacia la protección de las mujeres víctimas del delito en los municipios
En las representaciones municipales del Centro de Justicia para Mujeres, se priorizarán aquellos donde existan más altos índices de violencia: Dip. Dulcelina Sánchez de Lira
Por: Redacción
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Se incorpora el concepto de electromovilidad en el transporte público
Con ello, se establece la inclusión de vehículos de transporte público que emplea tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica: Dip. Emilio Rosas Montiel
Por: Redacción
Con el objetivo de incorporar el concepto de electromovilidad en el transporte público, el Congreso del Estado aprobó el Decreto que modifica la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí.
Dicho concepto establece la promoción de vehículos de transporte público que emplean tecnologías de propulsión total o parcialmente eléctrica para su desplazamiento.
Se establece la facultad a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes para promover acciones y coordinarse con autoridades de los tres niveles de gobierno para integrar la electromovilidad en el transporte público.
El diputado Luis Emilio Rosas Montiel, promovente de esta iniciativa, señaló que con estas acciones, incorporadas en la Ley General de Cambio Climático, se busca establecer las bases que contribuyan al cumplimiento del Acuerdo de París, que tiene entre sus objetivos la Transición hacia energía limpia, por lo que se impulsa la aceleración hacia sistemas energéticos con emisiones cero o bajas, incluyendo un compromiso para triplicar la capacidad de energías renovables y duplicar la tasa de mejora de la eficiencia energética para el año 2030.
Se señala que una de las principales causas del cambio climático es la contaminación del aire, definida como la presencia en el aire de sustancias o partículas que implican riesgo, daño o molestia para el ser humano, la flora o la fauna.
Este tipo de contaminación, además de alterar los patrones climáticos del planeta, también genera graves problemas de salud, representando un importante riesgo para las personas, ya que, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, la contaminación del aire contribuye al desarrollo de enfermedades respiratorias y cardiovasculares; además puede generar fatiga, dolor de cabeza, irritación ocular, daños en el aparato reproductor, daños en el hígado, bazo y sangre, y afectaciones en el sistema nervioso.
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