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Proponen multas de hasta 70 mil pesos a quien venda animales en calles de SLP
El diputado Cándido Ochoa propuso diversas reformas para sancionar la venta de animales y su abandono en las calles de San Luis Potosí
Por: Redacción
Cándido Ochoa Rojas, diputado del Congreso del Estado, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Estatal de Protección a los Animales, con el objetivo de sancionar a las personas que vendan o abandonen animales en la vía pública, así como aumentar aquellas multas para conductas de maltrato a los animales.
Con esta reforma se establecería en la ley mencionada que:
Artículo 79. Se prohíbe la venta de animales en la vía pública. La inobservancia a este precepto, se sancionará con multa de quinientos hasta novecientos días de la unidad de medida y actualización vigente.
Artículo 76. Sólo se podrá vender animales de compañía a personas que acrediten la mayoría de edad, que se comprometan a la adecuada subsistencia y buen trato de éstos. En caso de no desear continuar con el resguardo y cuidado de los animales, deberán entregarse a alguna sociedad protectora de animales legalmente constituida , para su adopción; o al antirrábico.
Queda prohibido el abandono de cualquier animal doméstico en la vía pública, su inobservancia se sancionará con multa de doscientos cincuenta a cuatrocientos días de la unidad de medida y actualización vigente.
Artículo 82. Las conductas a que hace referencia el artículo anterior, serán sancionadas por los secretarios de los ayuntamientos, tomando en consideración la gravedad de la infracción, los daños y perjuicios causados.
Artículo 83. Se sancionará a quienes cometan los siguientes actos:
I.- Ocasionar la muerte intencional por cualquier medio no autorizado por esta Ley y que produzca una prolongada agonía al animal, causándole un sufrimiento innecesario, con multa de cuatrocientos a seiscientos días de la unidad de medida y actualización vigente.
II.- La mutilación del animal sin las medidas indoloras necesarias; por negligencia o crueldad, con multa de doscientos cincuenta a cuatrocientos días de la unidad de medida y actualización vigente;
III.- Privar de aire, luz, alimento, espacio suficiente al animal en forma negligente e irresponsable, con multa de ciento cincuenta a doscientos cincuenta días de la unidad de medida y actualización vigente; y
IV.- Hostigue, maltrate o torture a cualquier animal, con multa de ciento cincuenta a doscientos cincuenta días de la unidad de medida y actualización vigente.
Artículo 84. De comprobarse que los animales han sido torturados y maltratados con brutalidad excesiva y grave negligencia, la sanción podrá ser de trescientos hasta seiscientos días de la unidad de medida y actualización vigente.
En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que diversos estudios han concluido que México además de ser el país con mayor población de perros en Latinoamérica, ocupa el tercer lugar en crueldad hacia los animales, siendo sin lugar a duda la especie canina y felina quienes de manera más frecuente padecen todo tipo de maltrato y/o violencia.
La iniciativa del legislador Ochoa Rojas se turnó a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente para su análisis correspondiente.
https://laorquesta.mx/ayto-soledad-perros-en-situacion-de-calle/
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Mataperros de Soledad obtiene amparo y evita su detención
Aunque la Fiscalía ya había obtenido una orden de aprehensión, un juez federal le concedió una suspensión dentro de un juicio de amparo
Por: Redacción
El hombre señalado por presuntamente haber matado a balazos a dos perros en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez no será detenido por el momento, luego de obtener una suspensión federal dentro de un juicio de amparo que frena la ejecución de la orden de aprehensión girada en su contra.
Así lo confirmó María Manuela García Cázares, titular de la Fiscalía General del Estado (FGE), quien explicó que la dependencia ya había integrado la carpeta de investigación por presunto maltrato animal y conseguido una orden de captura emitida por un juez de Control. Sin embargo, antes de que ésta pudiera ejecutarse, el imputado recurrió a la justicia federal.
La fiscal detalló que el Juzgado de Distrito concedió una suspensión para evitar que el hombre sea detenido mientras se resuelve el procedimiento de amparo, aunque la protección judicial está condicionada al cumplimiento de diversas medidas.
Entre ellas, deberá cubrir una garantía económica y acudir periódicamente ante la autoridad judicial para acreditar que permanece a disposición de la justicia: “Está concedida la suspensión para efecto de que no se le detenga”, señaló García Cázares.
La funcionaria precisó que la orden de aprehensión sigue vigente y podría ejecutarse si el acusado incumple cualquiera de las condiciones impuestas por el Poder Judicial de la Federación.
Por ahora, el caso que provocó indignación entre colectivos animalistas y usuarios de redes sociales permanece en una fase de espera, mientras las autoridades verifican que el imputado cumpla con las obligaciones derivadas del amparo.
El hecho ocurrió recientemente en un campo de fútbol de Soledad de Graciano Sánchez, donde dos perros fueron asesinados a balazos, un caso que generó una fuerte condena pública y reavivó el debate sobre las sanciones por maltrato animal en San Luis Potosí.
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SSPCE cuestiona a jueces que liberan a detenidos por delitos graves
Jesús Juárez aseguró que muchas liberaciones no obedecen a errores policiales, sino a decisiones judiciales
Por: Redacción
Jesús Juárez Hernández, secretario de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, criticó los criterios utilizados por algunos jueces federales para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva a personas detenidas por delitos graves, al considerar que estas resoluciones debilitan el trabajo de las corporaciones de seguridad y pueden representar un riesgo para la ciudadanía.
El funcionario sostuvo que, en diversos casos, las liberaciones no obedecen a fallas en las detenciones realizadas por policías estatales o municipales, sino a decisiones tomadas posteriormente por las autoridades judiciales: “La situación de la liberación no tiene que ver incluso con la actuación policial”, afirmó.
Juárez explicó que las corporaciones suelen realizar investigaciones, operativos y puestas a disposición conforme a los procedimientos establecidos; sin embargo, señaló que algunos jueces optan por imponer medidas cautelares que permiten a los imputados enfrentar sus procesos en libertad.
Según el titular de Seguridad, existe una tend encia de algunos juzgadores a privilegiar criterios garantistas sobre la prisión preventiva, incluso en asuntos relacionados con delitos de alto impacto o portación de armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
“Entiendo yo, es una percepción, que hay jueces federales muy garantistas; prefieren dar otra medida en libertad que la prisión preventiva”, expresó.
El secretario advirtió que este tipo de resoluciones generan frustración entre los cuerpos de seguridad, debido a que muchas detenciones son resultado de meses de investigación, seguimiento e inteligencia operativa.
Además, aseguró que las corporaciones han documentado casos en los que personas liberadas posteriormente reinciden en actividades delictivas, situación que consideró especialmente preocupante cuando deriva en nuevos hechos violentos.
“Lo hemos visto. Son liberados y luego privan de la vida a otra persona. Es lo más grave y es lo que deberían considerar los jueces federales o locales”, señaló.
Juárez Hernández consideró que cuando existen elementos que acreditan la portación de armas largas o la probable participación en delitos de alto impacto, los juzgadores deberían analizar con mayor firmeza la aplicación de la prisión preventiva, ya sea oficiosa o justificada, para evitar que los imputados continúen operando mientras enfrentan un proceso penal.
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Fiscalía de SLP investiga un aborto practicado fuera del plazo legal
El caso fue detectado por una clínica del IMSS tras atender a una mujer con sangrado después de las doce semanas de embarazo.
Por: Redacción
De los cinco abortos que reportó el Secretariado de Seguridad en lo que va del año, la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) tiene abierta una sola carpeta de investigación penal, correspondiente a un procedimiento practicado fuera del límite legal de doce semanas, confirmó María Manuela García Cázares, titular de la dependencia.
El Congreso del Estado, en cumplimiento a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, reformó la legislación local en materia de aborto: el procedimiento es legal antes de las doce semanas de gestación y puede practicarse en los centros hospitalarios autorizados. A partir de esa semana se considera delito.
El único caso bajo investigación este año fue detectado por una denuncia de una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS): una mujer llegó con sangrado y se determinó que el aborto había sido provocado después del límite legal. García Cázares no precisó en qué municipio ocurrió ni si hay personas imputadas.
Los otros cuatro registros del Secretariado no han llegado a la Fiscalía. La titular explicó que corresponde a la Secretaría de Salud verificar que los procedimientos se hayan practicado dentro de las doce semanas antes de que puedan ser atendidos en los centros autorizados.
En cuanto a quienes obliguen a una mujer a abortar —otro supuesto previsto en el Código Penal— García Cázares recordó el caso del año pasado: un médico que practicó un aborto ilegal y causó la muerte de la paciente. No informó si ese proceso concluyó ni cuál fue su resolución.
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