septiembre 19, 2025

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Gallardo sería sometido a consulta de revocación en su tercer año

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Morena ya presentó una iniciativa para reglamentar el proceso y el gobernador está dispuesto a ser escrutado: “que el ciudadano decida quién se queda y quién se va”

Por: Redacción

La consulta para la revocación de mandato es un proceso que en México ya está considerado y reglamentado dentro la Constitución, por lo que tanto el presidente de la República como los gobernadores pueden ser sometidos a ella poco después de la mitad de sus gobiernos. El primer ejercicio que se hizo de este instrumento tuvo lugar el pasado domingo 10 de abril y arrojó una votación de 91.86% de apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador, poco más de 15 millones de votos, más de los que recibieron Felipe Calderón, José Antonio Meade, Ricardo Anaya y el propio Andrés Manuel en 2006 y 2012.

En el caso de San Luis Potosí, ayer Antonio Lorca, diputado local de Morena, presentó una iniciativa de reforma constitucional para establecer la consulta de revocación del mandato de gobernador, por lo que Ricardo Gallardo podría ser el primer mandatario potosino en ser sometido al escrutinio a mitad de su sexenio.

El legislador dijo que en el enfoque propuesto se incorporan mecanismos como referéndum, el plebiscito, la consulta popular, y la revocación de mandato.

Lorca indicó que el proceso sería convocado por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac) a petición de la ciudadanía, en un número equivalente, al menos, al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

La revocación de mandato, se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, los ciudadanos y ciudadanas podrán recabar firmas para la solicitud, y se realizará mediante votación libre, directa y secreta.

El Ceepac tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación, así como la publicación de resultados.

Con la propuesta de Lorca se cumple el primero de una serie de pasos para llegar a la consulta. Para entenderlos, vale la pena repasar cómo se llegó a consultar el gobierno de López Obrador:

Desde el 1 de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año pasado, en todo el país se realizó un proceso de recolección de firmas de apoyo para que se realizara la consulta de revocación de mandato del presidente, se juntó el 3% del padrón electoral, es decir 2 millones 758,227. El Instituto Nacional Electoral (INE) tuvo que realizar la consulta. Para que la revocación fuera vinculante se requerían de dos cosas que no se concretaron: que hubiera participado el 40% de la lista nominal y que el 51% de los y las votantes decidieran quitar al gobernante.

De acuerdo con Juan Manuel Ramírez, consejero Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac), desde diciembre del 2019, se realizaron modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 35 y 116: en el primero se incorpora el derecho de los ciudadanos de poder participar en consultas populares y revocación de mandato del titular del Ejecutivo federal; mientras que en el segundo se ordena o establece que el Poder Legislativo de las entidades federativas deben establecer y emitir la normatividad correspondiente para que pueda ser sujeta a revocación de mandato al titular del poder ejecutivo del estado.

Con esto, se establece que la solicitud de revocación de mandato ya es un derecho en todo el país, no obstante, por lo que si es impulsado y consigue las firmas tendría que realizarse. Ricardo Gallardo Cardona, en entrevista para La Orquesta, aseguró que está dispuesto a someterse a la consulta después de la mitad de su sexenio.

El gobernador señaló que “todo mandato popular podría someterse a este tipo de consultas para que sea el ciudadano quien decida quién se queda y quién se va de la función pública de acuerdo su desempeño”.

Juan Manuel Ramírez explicó que los congresos de los estados deberán emitir las leyes correspondientes para que sea efectivo el derecho de los ciudadanos a solicitar una votación de revocación de mandato, acción que no se ha realizado en San Luis Potosí: “Es una tarea pendiente que tiene el Congreso del Estado, entonces las entidades locales dentro de los 18 meses que entró en vigor el decreto, que fue en diciembre del 2019, deberían garantizar ese derecho modificando las leyes correspondientes o emitiéndose”.

El consejero del Ceepac reiteró que no es necesario que se presente una iniciativa en el Congreso del Estado para que sea legislada, sino que solo se tiene que establecer el procedimiento el cual se debe realizar durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional del mandatario, “en el caso del gobernador Ricardo Gallardo Cardona en el estado tendría que ser en el 2024”.

Ramírez señaló que el Congreso también debe establecer que la solicitud se lleve a cabo por ciudadanos, el porcentaje de la lista de electores y el plazo para recabar las firmas: “a partir de eso el Consejo Estatal Electoral tendría que establecer una serie de lineamientos como pasó en el INE para poder presupuestar y prevenir cómo se ejecutará”.

El consejero explicó que la consulta no se puede realizar durante una jornada electoral, por lo que en el caso de que se solicitara en San Luis Potosí, tendría que ser antes de la elección del 2024.

Ricardo Gallardo se mostró dispuesto a ser escrutado, incluso dijo que apoyará la recolección de firmas para que se realice la consulta de revocación de Andrés Manuel López Obrador: “Vamos a apoyar desde el gobierno del estado el proceso con módulos para la recolección de firmas y cuando llegue el tema de nosotros, lo haremos también, si es necesario”, finalizó.

 

¿QUÉ DICE LA OPOSICIÓN?

El diputado Rubén Guajardo Barrera, coordinador de la bancada del PAN en el Congreso de San Luis Potosí, reconoció que existe el ordenamiento de las instancias federales para que se legisle en el ámbito local las reglas y procedimientos para una revocación de mandato la cual tiene que ser resuelta en menos de 10 meses:

“Obligatoriamente por mandato del Congreso federal, se tiene que legislar la revocación de mandato a nivel local, sería a la mitad de la administración de Ricardo Gallardo en 2024, yo espero que para finales de 2022 podamos tener un nuevo proyecto de ley electoral aprobado por la mayoría y que se incluya este tema”.

Guajardo Barrera señaló que lo más sano sería armonizar lo que ya está establecido a nivel nacional en el proceso: “es decir que se requiera un tres por ciento del padrón para realizarse y que no pueda inmiscuirse un partido político para solicitar la consulta, porque esta debe ser una demanda de los ciudadanos, al final el gobernador está electo para seis años, Gallardo”.

Por su parte, el congresista Juan Francisco Aguilar Hernández, dirigente estatal del PAN, argumentó que el tema de la revocación de mandato aún no se ha conversado en su partido, aunque indicó que su agenda se enfocará con las directrices del Comité Ejecutivo Nacional para armonizar con la Constitución.

El legislador calificó como una “vacilada” la revocación de mandato tanto a nivel nacional y local, pues lo considera un gasto excesivo de dinero dinero:

“Al final del día, por lo menos ahora, la voluntad del electorado fue para elegir al gobernador durante 6 años, entonces creo que sería incluso inconstitucional a la mera hora decirle que no, que siempre por 3 años, porque la voluntad del pueblo fue elegir a Ricardo Gallardo por 6 años. Estoy convencido que la temporalidad que pueda durar el gobernador, no solo de San Luis Potosí, sino de todos los estados, que son 6 años tiene una razón, a veces en el tiempo de los alcaldes de 3 años no se pueden llegar a concretar los planes de trabajo ni el plan de desarrollo toda vez que casi siempre se te va gran parte del primer año en presentar el plan de desarrollo, ejecutarlo, los créditos, etcétera”.

Aguilar Hernández hizo un llamado a no gastar dinero en revocaciones de mandato, pues existen otras necesidades en la población: “Creo que no podemos gastar recurso público para una revocación de mandato y definitivamente no es nada práctico y lo hemos visto a nivel nacional”.

Finalmente, Rubén Guajardo coincidió con su compañero de partido en que estos procesos pueden tener altos costos, aunque argumentó que está de acuerdo con este proceso “siempre y cuando sean llevados conforme a derecho y con un procedimiento jurisdiccional apegado a los órganos de quienes organizan los procesos electorales”.

También lee: Toño Lorca propuso la revocación de mandato en SLP

#4 Tiempos

Sobre la oficina de la abogada de la UASLP: La réplica desperdiciada

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El pasado 22 de agosto, quien esto escribe publicó una columna de opinión titulada “La abogada y el diablo”, en la que hice un recuento de las continuas, constantes y costosas derrotas jurídicas que ha venido acumulando la oficina de la abogada general de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí.

En el texto, también fui revelando las curiosas casualidades entre los actos jurídicos fallidos de la UASLP, representada por la licenciada Urenda Queletzú Navarro Sánchez, y las revelaciones de los medios propiedad del empresario Miguel Maya Romero, a quien me refiero cariñosamente en varias ocasiones con varios sinónimos y parafraseados de su apodo: “el diablo”.

Si alguien se perdió la columna de opinión a la que me refiero, les comparto el enlace para que tengamos, tengan todos mis lectores y Culto Público, el mismo contexto.

🔗 https://laorquesta.mx/la-abogada-y-el-diablo-apuntes-de-jorge-saldana/

Producto de esa publicación, la oficina jurídica y su titular usó el derecho de réplica que nos concede a todos la Constitución y sus leyes reglamentarias, por considerar que la publicación –como se asentó por oficio– incurre en “inconsistencias derivadas de información incorrecta e imprecisa”.

El texto que mandó la titular de la oficina jurídica universitaria a este medio (mismo que también adjunto) no solo es triste, disperso y contradictorio, sino que deja claro, punto por punto, que a quien defiende su titular, Urenda Navarro, no es a la Universidad Autónoma… sino a sí misma.

En cuatro cuartillas repletas de errores ortográficos, de sintaxis y gramaticales, que se podrían esperar de cualquiera, pero no de una doctora en Derecho (tengo la duda: ¿sí tiene el grado? Porque eso nunca ha quedado claro) y titular de la representación legal de la centenaria institución académica.

Pero eso es lo de menos, creo que nadie espera que la autora de la réplica (con acento, licenciada) sea también experta en redacción y sintaxis. Lo que sí se espera por parte de toda la comunidad universitaria y la sociedad en general es que la titular del área sea, por lo menos, conocedora y entendida en temas legales. No obstante, uno a uno de los asuntos legales que enlisté en mi columna original se han confirmado como errores, omisiones y derrotas, legales o de facto, que se apuntan a su gestión, mismas que, inexplicablemente, no los combate en su airada respuesta y en su lugar se exhibe y expone al rector Alejandro Zermeño Guerra.

En el primer punto de las aclaraciones, la oficina de la abogada intenta precisar que, respecto al contrato de arrendamiento (“contrato” va en minúscula porque no es nombre propio) de los terrenos propiedad de la universidad con la empresa VEM, que no fue Urenda Navarro quien elaboró el documento, sino su antecesor, Joel González de Anda, y advierte que en la columna de opinión no se partió de la verificación de las fuentes a las que se alude.

Si fuera acuciosa su oficina y su titular en leer mi columna en cuestión, en ningún fragmento se afirma que fue ella la que redactó el documento, lo que se cuestiona es la razón por la cual, después de un año de estar al frente de la responsabilidad jurídica, no advirtió de los detalles del poroso (y lo reitero: poroso y abusivo) contrato que les generó un problema jurídico mayúsculo en el que aún están inmersos como institución.

Y lo más grave: con la redacción de su réplica, deja ver explícitamente que ni ella, ni el rector Zermeño conocían siquiera los detalles del contrato elaborado por su antecesor, y que de manera reactiva, tuvieron que buscar el contrato para apenas conocer sus cláusulas.

¿Es así como la titular de la oficina de la abogada general defiende a la Universidad y a su jefe que lleva el mando de la misma?

El texto –insisto– evidentemente redactado para la propia defensa de quien lo firma, Urenda Navarro Sánchez, pone de manifiesto la irresponsabilidad con la que tanto ella como su jefe dejaron pasar en absoluto descuido un asunto tan delicado.

En el segundo punto del reclamo, se argumenta que en mi columna afirmé que la vía por la que se debió presentar un recurso contra la empresa VEM era la vía penal, lo que es totalmente falso y se contradice al citar mi texto de opinión, que deja claro que en la redacción nunca se sugirió una u otra vía, lo que se escribió fue una aclaración, entre paréntesis, para dejar claro que no es lo mismo una denuncia y una demanda. Nada más.

En el mismo punto, la oficina de la abogada explica la razón por la que la demanda mercantil contra la empresa fue presentada hasta el mes de junio y no en enero, esgrimiendo que su equipo tuvo que trazar la ruta más adecuada y que se abocaron a dar cumplimiento al contrato y reunir los elementos necesarios para después tomar una decisión.

Sin embargo, la explicación apura una pregunta: ¿Por qué en la primera parte del texto se asegura, y hace hincapié, en que la vía correcta de proceder era la de imponer una demanda mercantil, pero en la segunda parte de su argumento concede que su oficina tardó cuatro meses en llegar a esa conclusión?

¿Estaba segura o no la oficina jurídica universitaria en el cómo proceder?

Porque lo que declara la firmante en su atento oficio es que para decidir entre interponer o no una demanda, se tardaron cuatro meses. Que es justamente lo que le hago ver y le cuestiono en mi texto, al que por lo menos en este punto, y tras su respuesta, se me otorga la razón cuando hago ver su evidente tardanza.

El tercer punto aclaratorio de la abogada general de la UASLP es una joya:

Luego de citar mi texto (siempre en negrillas, detalle que agradezco) en la parte en la que infiero que el convenio en cuestión fue filtrado a los medios del empresario Maya Romero, la abogada general responde y ahora yo la cito:

“…al momento en que se puso en conocimiento al titular de la rectoría (con minúscula porque se refiere al cargo) del contenido del contrato de arrendamiento, también se le informó que mi antecesor en el cargo había ordenado no subir el instrumento jurídico a las obligaciones de transparencia en las que se dan cuenta los convenios y contratos que suscribe la institución…”

En pocas palabras, lo que dice el oficio es que por más de un año, como lo admiten explícitamente, tanto la oficina de la abogada general como el doctor Alejandro Zermeño fueron omisos en cumplir una obligación de transparencia, y hasta ese momento, (en el que se filtra a los medios propiedad de Maya Romero) se giró la instrucción de atender la normativa.

A continuación, la titular y solicitante de la réplica, niega que el documento se haya “filtrado” a los medios, y asegura que se giró una instrucción para que se subiera a la plataforma de transparencia, además de que –plasma en su texto y confirma con su anexo 4– que la Universidad recibió y atendió una solicitud de transparencia el 20 de noviembre por parte de un periodista

para obtener el documento.

Esto es evidentemente contradictorio y falaz, pues antes de ese 20 de noviembre, el portal Astrolabio ya tenía en su poder el documento, mismo que recibió en un sobre cerrado, tal como lo confirmó a este reportero, cara a cara, el empresario Maya Romero.

Por lo demás, los anexos que acompañan al oficio de réplica, fechados el 20 de noviembre y recibidos por la oficina de la abogada general el día 25 del mismo mes, pudieron ser confeccionados y sellados cualquier día, es la oficina a cargo de Urenda Navarro la que tiene la papelería y los sellos para poder hacerlos.

No hay evidencia real de una solicitud de transparencia registrada por una plataforma, y sí la palabra del empresario de medios, al que podemos, si la oficina de la solicitante de la réplica está de acuerdo, invitar para que nos confirme la versión, tanto a la abogada universitaria como a este reportero.

En todo caso, ¿no es demasiada casualidad que el mismo día que usted, por instrucciones de la máxima autoridad, instruyó subir a las plataformas de transparencia la documentación, haya sido presentada una solicitud de transparencia expresa sobre el documento?

Sobre la presencia de “una tercera persona” en la reunión entre la titular de la oficina de la abogada general y el rector, se solicitaría que sea mencionado su nombre, para que así tenga capacidad de defenderse ante la inferencia de la oficina jurídica universitaria de ser el autor de la filtración.

El reportero no tiene ni tuvo por qué saber quién o quiénes se presentan a las reuniones en las que, de manera privada, la Universidad Autónoma y sus funcionarios toman decisiones.

La mención de ese tercer personaje misterioso, suena más a un truco velado para proteger, una vez más, a la abogada general Urenda Navarro, y no a la Universidad Autónoma.

Sobre el cuarto punto de la réplica, hay poco que decir, pues solo confirma que la controversia constitucional interpuesta por la Universidad a la que representa, fue efectivamente desechada por ser “no-to-ria-mente improcedente.”

En el resto del texto de ese punto, solo se resume que, en anteriores ocasiones, también ha fracasado en sus intentosporque la corte considere a la UASLP como un ente autónomo con capacidad jurídica para presentar ese tipo de controversias.

En referencia a que no hace falta tener el número de expediente para conocer el documento de la controversia constitucional, tiene la oficina de la abogada general toda la razón, y fue erróneo por parte del autor, quien esto escribe, inferir que de alguna manera la oficina reclamante facilitó a un medio en particular el camino para encontrar el documento en los archivos públicos de la SCJN.

Sin embargo, yo le solicitaría a la oficina que comanda, Urenda Navarro Sánchez, que se diera a conocer, no solamente a este medio, sino a la sociedad en general, el comunicado, boletín, entrevista o aviso público en el que se haya informado a la comunidad y a los potosinos que la Universidad interpuso esta herramienta jurídica.

Y de no existir un comunicado público, se me ayude a explicar cómo fue que el medio de comunicación que lo publicó tuvo la capacidad de adivinar a ciegas que la oficina de la abogada general de la UASLP había promovido dicha controversia.

Las dos solicitudes que rematan el oficio de la oficina de la abogada general han sido resueltas:

  1. Se resolvió y se publicó íntegra la solicitud de réplica de la abogada de la UASLP y sus anexos el pasado 5 de septiembre en la página, redes sociales y listas de difusión en el mismo espacio y características en que fue publicada la columna que originó el debate.

  2. Se publicó la réplica íntegra con inserción pagada.

Para finalizar, respecto al anexo 1 en que la abogada universitaria Urenda Navarro Sánchez comprueba que la columna fue impulsada con una pauta en redes sociales por 800 pesos, se puntualiza que la abogada debió ser más exhaustiva en su búsqueda, pues no solo esa columna fue impulsada económicamente en redes sociales.

Todos los días, a conveniencia estratégica del medio, se impulsan y segmentan artículos, videos, columnas y noticias. Todos los días y sobre diversos temas.

Dicho lo anterior, le informo a usted, licenciada Urenda Navarro, y a la oficina a su cargo, que la réplica que usted nos envió no solamente fue pautada por los 800 pesos que nos solicita, sino que se invirtió el doble de recursos.

La razón para hacer esto no responde ni a la generosidad del director y propietario del medio –su servidor– ni a una presuntuosa holgura económica, sino a la necesidad del medio que dirijo para que la comunidad universitaria tenga más posibilidades de darse cuenta en qué términos y en qué formas responde y redacta su oficina, o usted, algo tan valioso como una réplica mediática.

Para que los universitarios y la comunidad en general tengan más elementos para explicarse el por qué la oficina de la abogada general pierde, una y otra vez, casi todos sus asuntos legales, y para que los universitarios sepan que no tienen una defensora de la institución, sino una abogada que antepone sus intereses personales a los valores que representan el logotipo del águila universitaria.

Si así como responde la oficina jurídica un derecho de réplica, atiende los asuntos de mayor relevancia para la institución, es fácil descubrir el por qué se arrastran y acumulan los fracasos.

Y para concluir a todo esto, quien esto escribe deja una aclaración y una pregunta:

El texto se encuentra dentro de los géneros periodísticos de opinión. ¿Qué hace la abogada general de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí debatiendo en medios la opinión, subjetiva, de un aprendiz de reportero?

¿No tiene otros temas que atender de mayor relevancia?

Cinco-cero.

Jorge Saldaña

Aquí el enlace a la réplica íntegra y sus respectivos documentos:

🔗 https://laorquesta.mx/derecho-de-replica-de-la-abogada-general-de-la-uaslp-sobre-la-columna-la-abogada-y-el-diablo/

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Ciudad

¿Quién es el favorito a la alcaldía por SLP de acuerdo con Rubrum?

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Gabino Morales (Morena) y Rubén Guajardo (PAN) lideran las preferencias internas de sus respectivos partidos. El PVEM mantiene competitividad con Juan Carlos Valladares.

Por: Redacción

La casa encuestadora Rubrum dio a conocer los resultados de su más reciente sondeo sobre la intención de voto y preferencias hacia precandidatos para la elección a la Presidencia Municipal de San Luis Potosí en 2027.

De acuerdo con el estudio, realizado el 15 de septiembre mediante 600 entrevistas telefónicas automáticas y aleatorias en el municipio capital, si la elección se celebrara hoy, Morena obtendría el 31% de las preferencias, seguido muy de cerca por el PAN con 25.0%, mientras que el tercer lugar sería ocupado por el Partido Verde con el 19.1% de la intención del voto.

Otros partidos muestran las siguientes intenciones de voto: PRI con 8.5%, Movimiento Ciudadano con 4.0% y un 12.4% de los encuestados se declaró indeciso.

El sondeo también indagó en las figuras con mayor tracción dentro de sus propios partidos:

En Morena, Gabino Morales lidera con el 54.4% de las preferencias frente a Cuauhtli Fernando Badillo, quien obtuvo 45.6%.

En el PAN, la pugna interna es más ajustada. Rubén Guajardo encabeza con 37.2%, seguido por Verónica Rodríguez con 33.1% y David Azuara con 29.7%.

En el PVEM, Juan Carlos Valladares es el favorito para la candidatura, al alcanzar un 60.2% de apoyo, contra un 39.8% de Sonia Mendoza.

Mientras que en el PRI solo un 26.1% quiere que Sara Rocha sea la representante, pues un 73.9% optaría por otro perfil.

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Sedarh presume control exitoso de plagas en SLP

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Jorge Luis Díaz comentó que las acciones inmediatas permitieron erradicar langosta y chapulín, que sí afectaron a otros estados

Por: Redacción

Jorge Luis Díaz Salinas, titular de la Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Recursos Hidráulicos (Sedarh), aseguró que en lo que va del año el estado ha logrado evitar afectaciones graves por plagas como la langosta y el chapulín, gracias a las acciones de prevención y control implementadas por la dependencia.

Díaz Salinas destacó que, a diferencia de lo ocurrido en otras entidades del país, en San Luis Potosí se actuó de manera inmediata y se consiguió erradicar la presencia de estas plagas

antes de que ocasionaran daños a las cosechas.

“Con el tema de las plagas vamos muy bien, no nos ha afectado nada en San Luis Potosí. Tanto la langosta como el chapulín pegaron en otros estados, pero aquí las pudimos erradicar rápidamente y no nos han causado daños”, señaló.

El funcionario subrayó que el estado mantiene un monitoreo constante para garantizar la protección de los cultivos y la seguridad alimentaria de la población.

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