Congreso del Estado
“Es un criterio personal de la persona”: Roxana Hernandez minimiza calificación de -2
La diputada local obtuvo una calificación reprobatoria en “Congreso Calificado”; la evaluación recordó su episodio de denostación a periodistas en un programa de radio
Por: Redacción
Roxana Hernández, diputada local en el Congreso del Estado de San Luis Potosí, ocupó la posición 25 de 27 entre las y los legisladores evaluados en el ejercicio de “Congreso Calificado”, evaluación que le otorgó -2.4 puntos sobre 10. En la misma, se aplicó el indicador negativo de conducta perniciosa, por los acontecimientos del 12 de febrero, cuando en un programa de radio transmitido en vivo, denostó a periodistas de Ciudad Valles, para luego bloquearlos de sus redes sociales.
Ante este resultado, la legisladora local minimizó el resultado obtenido, y cuestionó la legitimidad de la organización que lo efectúa. Además, insinuó que dicha valoración es influenciada por un criterio personal de quien está a cargo.
“Es un criterio personal de la persona encargada de este Congreso Calificado, que es una sola persona. Su tema es muy personal, como tú puedes tener un criterio sobre mí y a lo mejor aquella persona tiene otro. Es personal”, mencionó.
Roxana Hernández se dijo respetuosa de la opinión de cada persona a la hora de valorar el trabajo legislativo. No obstante, reiteró que la evaluación más importante es la de la ciudadanía, a quien se deben.
“Cada persona, individualmente, tiene su criterio y es respetable. Pero yo creo que lo más importante es lo que la gente, el electorado, considera sobre nosotros. Y eso es lo que realmente nos importa, y el tema de incidir en las políticas públicas”.
También lee: 26 diputados reprobados, “una diferencia de criterios”: Cuauhtli Badillo
Congreso del Estado
Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+
Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+
Por: Redacción
La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.
La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.
Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+
; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.
Congreso del Estado
Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas
Por: Redacción
Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual, en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.
La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.
De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.
Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.
Congreso del Estado
Congreso de San Luis Potosí aprueba reformas para fortalecer la protección de las mujeres
Las modificaciones incorporan nuevos conceptos a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y armonizan la legislación estatal con la normativa federal
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer el marco jurídico para la prevención, atención y sanción de la violencia de género.
Entre los cambios aprobados se encuentra la incorporación de los conceptos de agresor, debida diligencia y enfoque diferencial, además de ampliar las definiciones de violencia en la comunidad y violencia escolar.
La iniciativa, impulsada por la diputada Dulcelina Sánchez de Lira, también establece la obligación de proporcionar información para integrar el Registro Nacional de Medidas u Órdenes de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, con el propósito de fortalecer el seguimiento de estos mecanismos de protección.
De acuerdo con el dictamen, la figura de la debida diligencia busca establecer un estándar obligatorio de actuación para las autoridades en la prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, mientras que el enfoque diferencial reconoce que las víctimas pueden enfrentar distintos niveles de vulnerabilidad dependiendo de su contexto social o condición.
Las reformas también profundizan en la definición de la violencia que ocurre en espacios comunitarios y escolares, con el fin de fortalecer la protección de mujeres, niñas y adolescentes en estos entornos.
Con estas modificaciones, el Congreso señaló que la legislación estatal queda armonizada con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
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