julio 10, 2026

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Congreso del Estado

Disparos al aire ya son delito tipificado en SLP

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El Poder Legislativo aprobó las reformas al Código Penal impulsadas por el diputado Antonio Lorca Valle

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al artículo 153 en su fracción I; y adiciona párrafo al mismo artículo 153 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para incorporar en el delito de ataque peligroso, a quien sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego.

La iniciativa propuesta por Antonio Lorca Valle, diputado local, indica que, se entiende “sin causa justificada”, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.

Lorca Valle dijo que luego de análisis de derecho comparado y un diálogo con el Poder Judicial se concluyó que la paz y seguridad de las personas, es un objetivo que el Estado ha reconocido que debe ser protegido, y el solo hecho de perturbar esa paz y seguridad a través de un disparo de arma de fuego, debe ser reconocido como ilícito.

El diputado local indicó en su exposición de motivos, que disparar al aire es una conducta común en México, sobre todo durante celebraciones y en contextos festivos; sin embargo, se trata de una conducta que puede ocasionar lesiones de gravedad e incluso la muerte.

Resulta una necesidad por lo tanto, legislar para prevenir estos hechos y proteger la vida de personas inocentes

”, indicó el legislador.

Antonio Lorca señaló que esta reforma ayudará a proteger a la población y aportar a las autoridades una herramienta para la seguridad pública, la protección de la vida, la integridad e incluso el patrimonio de las y los potosinos.

El Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UNLIREC por sus siglas en inglés), como resultado de monitoreo, coloca a México en segundo lugar de víctimas de bala perdida, después de Brasil, y por encima de Colombia.

La UNLIREC recomienda que los países que no cuenten con leyes que penalizan los disparos al aire, consideren, adoptar medidas legislativas en estos temas. Igualmente es recomendable que dicha legislación vaya acompañada de campañas públicas de sensibilización y educación y se centre en las épocas de festejo y celebración, así como en eventos deportivos para hacer frente a los aspectos culturales de este comportamiento.

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Congreso del Estado

Reforma electoral aprobada; proceso 2027 arranca en noviembre

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García Castillo informó que el proceso electoral local arrancará en noviembre de 2026, una vez aprobada la reforma a la legislación electoral

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó una reforma a la legislación electoral que fija el inicio del proceso local 2026-2027 para el mes de noviembre, informó el diputado José Roberto García Castillo, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).

Las reformas a la Ley Electoral ya quedaron aprobadas y quedaron establecidas las reglas del juego para el 2027“, afirmó García Castillo. Señaló que cualquier ciudadano que desee registrarse como candidato podrá hacerlo, “siempre que cumpla con los requisitos que establece la ley.”

El diputado indicó que la reforma otorga certeza tanto a los partidos políticos como a las autoridades electorales sobre los tiempos de organización del proceso.

La definición del calendario electoral coincide con los tiempos que algunos partidos ya manejan internamente. El PRI informó esta semana que definirá sus candidatos hasta noviembre, mismo mes en que arranca formalmente el proceso.

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Congreso del Estado

Congreso activa comisión especial para periodistas, pero admite vacíos en su arranque

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La comisión presentó un plan de trabajo con foros y propuestas legislativas, aunque sus propias integrantes reconocieron no tener diagnóstico de violencia ni haber escuchado antes las demandas laborales del gremio

Por: Redacción

La LXIV Legislatura instaló la Comisión Especial de Atención a Periodistas con un plan de trabajo que prevé espacios de capacitación, foros de análisis y propuestas legislativas para fortalecer la protección al gremio periodístico.

La comisión quedó presidida por la diputada María Dolores Robles Chairez, con Sara Rocha Medina como secretaria y Marco Antonio Gama Basarte como vocal. Robles Chairez señaló que el objetivo es “generar espacios de diálogo entre el Congreso del Estado, el gremio periodístico, las instituciones públicas, la academia, los organismos especiales y la sociedad civil”. El plan contempla además reuniones de trabajo con la Fiscalía General del Estado, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y el Mecanismo de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Sin embargo, al ser cuestionada tras la sesión, Rocha Medina reconoció que la comisión arranca con vacíos importantes: no cuentan con un diagnóstico sobre la situación de violencia contra periodistas en el estado, y fue la primera vez que escuchó la demanda del gremio sobre derechos laborales. “Es la primera vez que lo escucho. Pero sin ningún problema, si presentan alguna iniciativa, le damos el trámite necesario”, afirmó.

La diputada precisó además que la comisión es de carácter temporal y no ha contemplado convertirse en permanente. “No se ha pensado nada, es la primera instalación”, indicó. En la sesión estuvieron presentes Verónica Onofre Serment, coordinadora de la Unidad Estatal para la Protección de Personas Defensoras, y Miguel Ángel Méndez Montes, subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría General de Gobierno.

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Congreso del Estado

Proponen castigar con 8 años de prisión a quien genere pánico con disparos o explosivos en SLP

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Las penas aumentarían si las víctimas son menores, mujeres, adultos mayores o personas con discapacidad

Por: Redacción

Con el objetivo de fortalecer la seguridad de las personas en espacios públicos, ante armas de fuego, detonación de artefactos explosivos o utilizando sustancias químicas o inflamables, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira presentó una iniciativa de reforma al artículo 169 del Código Penal del Estado, en el capítulo relacionado a la exposición al peligro.

Se indica que se comete el delito de exposición al peligro quien, sin causa justificada, coloque en situación de peligro, zozobra o de inseguridad a cualquier persona, disparando armas de fuego, detonando otros artefactos explosivos o utilizando sustancias químicas o inflamables, en enfrentamientos, riñas, peleas, asaltos, persecuciones indebidas, y todos aquellos eventos que produzcan el mismo resultado, en lugares públicos, de acceso público, de tránsito o donde concurra la gente, o bien, cuando se realice desde un lugar privado hacia aquellos. Independientemente de otros delitos que le resulten.

Se proponen sanciones de cuatro a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de cuatrocientos a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización.

Además, establece que las penas previstas se incrementen hasta en una mitad cuando el delito se cometa en contra de niñas, niños, adolescentes, mujeres por razones de género, adultos mayores o personas con discapacidad; se realice en las inmediaciones o el interior de centros educativos, de salud, de asistencia social, recintos oficiales o de espectáculos públicos,

o que el sujeto activo sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, de seguridad privada o de las fuerzas armadas.

Las mismas penas se aplicarán a quien realice las conductas descritas utilizando armas réplica, de aire, de gas o de cualquier otra naturaleza que, por sus características exteriores, sean aptas para coaccionar o intimidar, simulando ser armas de fuego reales.

En su exposición de motivos, la legisladora señala que la delincuencia ha sofisticado sus métodos de coacción. La utilización de sustancias químicas, ácidas o altamente inflamables como herramientas de intimidación y agresión en entornos urbanos es una realidad que exige una respuesta legislativa contundente.

El marco jurídico vigente no contempla estas modalidades de puesta en peligro con la especificidad requerida, lo que obliga a los juzgadores a realizar la reclasificación del delito o, peor aún, en la liberación del imputado por atipicidad de la conducta, situación que se busca corregir con esta iniciativa.

La iniciativa se turnó a la Comisión Primera de Justicia para su análisis. 

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