Congreso del Estado
Disparos al aire ya son delito tipificado en SLP
El Poder Legislativo aprobó las reformas al Código Penal impulsadas por el diputado Antonio Lorca Valle
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al artículo 153 en su fracción I; y adiciona párrafo al mismo artículo 153 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para incorporar en el delito de ataque peligroso, a quien sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego.
La iniciativa propuesta por Antonio Lorca Valle, diputado local, indica que, se entiende “sin causa justificada”, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.
Lorca Valle dijo que luego de análisis de derecho comparado y un diálogo con el Poder Judicial se concluyó que la paz y seguridad de las personas, es un objetivo que el Estado ha reconocido que debe ser protegido, y el solo hecho de perturbar esa paz y seguridad a través de un disparo de arma de fuego, debe ser reconocido como ilícito.
El diputado local indicó en su exposición de motivos, que disparar al aire es una conducta común en México, sobre todo durante celebraciones y en contextos festivos; sin embargo, se trata de una conducta que puede ocasionar lesiones de gravedad e incluso la muerte.
“Resulta una necesidad por lo tanto, legislar para prevenir estos hechos y proteger la vida de personas inocentes ”, indicó el legislador.
Antonio Lorca señaló que esta reforma ayudará a proteger a la población y aportar a las autoridades una herramienta para la seguridad pública, la protección de la vida, la integridad e incluso el patrimonio de las y los potosinos.
El Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UNLIREC por sus siglas en inglés), como resultado de monitoreo, coloca a México en segundo lugar de víctimas de bala perdida, después de Brasil, y por encima de Colombia.
La UNLIREC recomienda que los países que no cuenten con leyes que penalizan los disparos al aire, consideren, adoptar medidas legislativas en estos temas. Igualmente es recomendable que dicha legislación vaya acompañada de campañas públicas de sensibilización y educación y se centre en las épocas de festejo y celebración, así como en eventos deportivos para hacer frente a los aspectos culturales de este comportamiento.
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Congreso del Estado
Congreso ya respondió a la Corte sobre reforma judicial: Sara Rocha
El Congreso ya presentó su respuesta a la acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, aunque no hay fecha para que se resuelva
Por: Redacción
El Congreso del Estado ya presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación su respuesta formal a la acción de inconstitucionalidad promovida contra la reforma judicial, informó la diputada local y dirigente estatal del PRI, Sara Rocha Medina, aunque no hay fecha para que se resuelva.
Rocha reiteró que el PRI se opuso desde el inicio a que los jueces se eligieran por voto popular, en lugar de por la carrera judicial profesional.
Sobre la exigencia de abogados litigantes de subir a 9 la calificación mínima en los exámenes de conocimientos para jueces, dijo que esa decisión no le corresponde al Congreso, sino al Poder Judicial.
Consideró que la prioridad debe ser capacitar a quienes resultaron electos sin la experiencia que antes se exigía, y pidió que se refuercen las capacitaciones que ya existían.
“Que hagan su mejor trabajo”, afirmó sobre los nuevos jueces.
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Congreso del Estado
Congreso cierra reformas electorales; ahora la decisión está en manos de la SCJN: diputado
El diputado Rubén Guajardo dijo que la sentencia de la Corte debe estar lista antes del 15 de noviembre
Por: Redacción
El Congreso del Estado ya no puede modificar la ley electoral, confirmó el diputado local Rubén Guajardo Barrera, presidente de la Comisión de Régimen Interno y Asuntos Electorales.
Guajardo Barrera dijo que el plazo de 90 días para reformas electorales ya se cerró, y que ahora corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolver las controversias que en su momento presentaron el gobierno federal, el partido Morena y el partido Somos México.
“Ahorita ya en el Congreso no podemos hacer nada. Ya se cerró esta etapa”, señaló el legislador.
Sobre la impugnación por el mecanismo de alternancia, explicó que la defensa del Congreso es que un artículo transitorio fija su aplicación hasta 2033, no para las elecciones de 2027, y que por eso el argumento podría desecharse.
Sobre la queja de Somos México por falta de consulta indígena, dijo que no hubo consulta porque, a su parecer, ninguna modificación de la ley electoral toca los derechos de los pueblos indígenas.
Sobre los exámenes de control de confianza para candidatos, dijo que, al no ser obligatorios, no violan derechos humanos, aunque esperarán la resolución de la Corte.
El proceso electoral de San Luis Potosí inicia el 15 de noviembre. Guajardo Barrera dijo que espera que la sentencia de la Suprema Corte esté lista antes de esa fecha, “para tener reglas claras para el proceso del 2027”.
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Congreso del Estado
Congreso aprobó el dictamen que reforma la ley de los derechos de niñas, niños y adolescentes
Se incluye la definición de violencia en su contra y busca evitar toda forma de maltrato físico, sexual, psicológico, abandono, explotación o negligencia
Por: Redacción
El Pleno del Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para incluir la definición de violencia en su contra y evitar toda forma de maltrato físico, sexual, psicológico, abandono, explotación o negligencia.
Se define la violencia digital como los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, difusión de contenido sexual, convencimiento y reclutamiento, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas sonoras, verdaderas o alteradas.
Incluye cualquier otra acción que sea cometida a través de tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, inteligencia artificial o cualquier otro espacio digital, que atenten contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada, o vulneren algún derecho humano de las niñas, niños y adolescentes.
Se define la violencia como toda acción, omisión, abuso, trato negligente o cualquier forma de abandono, de maltrato que cause daño, afectación, sufrimiento o ponga en riesgo la vida, la dignidad, la libertad, la integridad física, psicológica, emocional, sexual, y el desarrollo integral de niñas, niños y adolescentes.
Este tipo de violencia contra las niñas, niños y adolescentes puede ocurrir en el hogar y en la comunidad, pudiendo ser perpetrada por cuidadores, compañeros o extraños. Los tipos de violencia incluyen el maltrato infantil
por parte de adultos en un puesto de responsabilidad, las peleas físicas entre padres, la violencia sexual y la violencia en el noviazgo, así como el asalto asociado con la violencia entre pandillas.En la exposición de motivos se señala que la violencia tiene consecuencias graves para la salud y el bienestar de este sector, en algunos casos puede dar como resultado la muerte, ya que la violencia también se ha relacionado con una serie de problemas de salud física, sexual, reproductiva y mental, incluido el deterioro del desarrollo social, emocional y cognitivo, lesiones y problemas de salud a lo largo de sus vidas, así como la adopción de conductas de alto riesgo como fumar, abuso de alcohol, drogas y sexo sin protección.
Los costos sociales y económicos de la violencia son altos y repercutiendo para toda la vida, incluyendo el bajo rendimiento escolar, mayor riesgo de desempleo y pobreza, así como pueden llegar a pertenecer a grupos de pandillas o el crimen organizado.
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