junio 12, 2026

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Congreso del Estado

Disparos al aire ya son delito tipificado en SLP

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El Poder Legislativo aprobó las reformas al Código Penal impulsadas por el diputado Antonio Lorca Valle

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al artículo 153 en su fracción I; y adiciona párrafo al mismo artículo 153 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para incorporar en el delito de ataque peligroso, a quien sin causa justificada, realice disparo de arma de fuego.

La iniciativa propuesta por Antonio Lorca Valle, diputado local, indica que, se entiende “sin causa justificada”, todas aquellas circunstancias en las que se ponga en riesgo la vida, la integridad física o el patrimonio, propio o de cualquier otra persona.

Lorca Valle dijo que luego de análisis de derecho comparado y un diálogo con el Poder Judicial se concluyó que la paz y seguridad de las personas, es un objetivo que el Estado ha reconocido que debe ser protegido, y el solo hecho de perturbar esa paz y seguridad a través de un disparo de arma de fuego, debe ser reconocido como ilícito.

El diputado local indicó en su exposición de motivos, que disparar al aire es una conducta común en México, sobre todo durante celebraciones y en contextos festivos; sin embargo, se trata de una conducta que puede ocasionar lesiones de gravedad e incluso la muerte.

Resulta una necesidad por lo tanto, legislar para prevenir estos hechos y proteger la vida de personas inocentes

”, indicó el legislador.

Antonio Lorca señaló que esta reforma ayudará a proteger a la población y aportar a las autoridades una herramienta para la seguridad pública, la protección de la vida, la integridad e incluso el patrimonio de las y los potosinos.

El Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UNLIREC por sus siglas en inglés), como resultado de monitoreo, coloca a México en segundo lugar de víctimas de bala perdida, después de Brasil, y por encima de Colombia.

La UNLIREC recomienda que los países que no cuenten con leyes que penalizan los disparos al aire, consideren, adoptar medidas legislativas en estos temas. Igualmente es recomendable que dicha legislación vaya acompañada de campañas públicas de sensibilización y educación y se centre en las épocas de festejo y celebración, así como en eventos deportivos para hacer frente a los aspectos culturales de este comportamiento.

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Congreso del Estado

Serrano: ninguna presión mediática revertirá la Ley IA en el Congreso

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El diputado Héctor Serrano advierte que ninguna presión mediática revertirá la Ley IA aprobada por mayoría en el Congreso de SLP, y confía en que la Suprema Corte le dará la razón como ocurrió hoy en el caso de Villa de Pozos

Por: Redacción

El diputado Héctor Serrano descartó que la Ley de Inteligencia Artificial —impulsada por él y aprobada por mayoría en el Congreso del Estado de San Luis Potosí— sea revertida por presión de medios de comunicación o de quejosos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Lo que me parece que no es correcto es pensar que se revierta simple y llanamente una resolución que corresponde a todo un colegiado en el Congreso por una presión mediática. Eso no va a suceder”, advirtió.

Serrano respaldó su postura en la resolución que la Corte emitió este mismo día en el caso de Villa de Pozos, en el que declaró improcedente el recurso presentado por los quejosos. El legislador interpretó ese fallo como señal favorable para el litigio pendiente en torno a la Ley IA. “La corte se pronunció en el tema de pozos y nos dio la razón hoy”, sostuvo.

El diputado también salió al paso de cuestionamientos sobre sus credenciales periodísticas. Señaló que inició una maestría en periodismo político en la Escuela Carlos Septién García precisamente para acreditar su trayectoria en el sector, y rechazó que cualquier persona pueda “inventar una página para denostar y venderte al mejor postor” y llamarse periodista.

Sobre el fondo del debate por libertad de expresión, Serrano admitió que si la Corte identifica algún precepto de la ley que atente contra ese derecho, el Congreso lo regulará o modificará. Sin embargo, subrayó que esa decisión corresponde al tribunal, no a la presión externa. “La única forma de garantizar igualdad es a través de la legalidad y la legalidad se tiene que atender”, afirmó.

Al ser cuestionado sobre si aceptaría un debate con el alcalde Enrique Galindo Ceballos, quien ha posicionado el tema de libertad de expresión en su agenda, Serrano lo descartó.

“No lo quiero distraer de tanto trabajo que tiene, mejor que se ponga a barrer, a reparar baches. Que se dedique a sus funciones como presidente municipal”, respondió. Añadió que falta un año para la elección y que el alcalde “ya se mueve como paladín de la libertad de expresión”, lo que calificó de “absurdo”.

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Congreso del Estado

Proponen reforma en materia de voto a personas en prisión preventiva

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Además, para garantizar la asistencia de las representaciones partidistas en sesiones del consejo general y sobre el término de registro de coaliciones: Dip. Dulcelina Sánchez de Lira

Por: Redacción

La diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa para modificar estipulaciones de los artículos, 21, 52, y 173 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, en materia de voto de las personas en prisión preventiva, busca garantizar la asistencia de las representaciones partidistas a las sesiones del Consejo General y, para homologar el término del registro de coaliciones con la Ley General de Partidos Políticos.

Explica que esta iniciativa, propone atender los razonamientos dictados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que San Luis Potosí se sume a las entidades federativas que, en atención al principio de presunción de inocencia, garantizarían el derecho al voto de las personas en prisión preventiva sin sentencia firme.

Señaló que, de aprobarse la reforma con las propuestas antes señaladas, traería resultados favorables a nuestra entidad tales como una democracia más inclusiva, ya que el voto en prisión preventiva refuerza la representación política y el vínculo ciudadano, fortaleciendo así el Estado democrático.

Por otra parte, se propone una modificación al artículo 52 de la Ley Electoral del Estado, a fin de no vulnerar los derechos de los partidos políticos en la participación y conocimiento de los asuntos abordados por el órgano superior de dirección del organismo electoral; se sugiere una adecuación preponderando en todo momento una participación efectiva a través de las representaciones partidistas que para tal efecto nombran en su carácter de propietarias o suplentes.

Por último, y a fin de homologar los plazos considerados en la Ley Electoral local específicamente en el artículo 173 respecto del registro de coaliciones, que deberá realizarse 30 días antes del inicio del período de las precampañas de la elección de que se trate.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales y Régimen Interno y Asuntos Electorales para su análisis.

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Congreso del Estado

Diputada propone incorporar síndrome en ley salud

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La iniciativa busca garantizar prevención, detección, diagnóstico y seguimiento integral del síndrome, que afecta entre 8 y 13 por ciento de mujeres en edad reproductiva

Por: Redacción

La diputada Frinné Azuara Yarzábal propuso una iniciativa para incorporar el síndrome ovárico metabólico poliendocrino en la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de garantizar su prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento integral.

La iniciativa adiciona una fracción al artículo 4 y reforma las fracciones II, XI Bis y XIV de la Ley de Salud estatal. El concepto incorporado es el de síndrome ovárico metabólico poliendocrino, antes conocido como síndrome de ovario poliquístico.

Se trata de un trastorno endocrino-metabólico crónico que afecta principalmente a mujeres en edad reproductiva y puede persistir en etapas posteriores de la vida. Se caracteriza por hiperandrogenismo clínico y/o bioquímico, disfunción ovulatoria y alteraciones morfológicas ováricas.

El síndrome se asocia con mayor riesgo de resistencia a la insulina, diabetes mellitus tipo 2, obesidad, síndrome metabólico, hipertensión arterial, enfermedad cardiovascular, trastornos de la fertilidad y repercusiones psicológicas.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) advierte que se trata de una condición crónica con repercusiones a largo plazo que requiere prevención, diagnóstico oportuno, tratamiento y seguimiento continuo. Estudios sitúan su prevalencia aproximada entre 8 y 13 por ciento

de las mujeres en edad reproductiva, lo que la ubica entre los trastornos endocrinos más frecuentes en este grupo poblacional.

A pesar de su prevalencia, persisten el subdiagnóstico, la identificación tardía y la atención fragmentada, especialmente cuando las manifestaciones del padecimiento se tratan de forma aislada y no como parte de un mismo síndrome.

La iniciativa contempla integrar dentro de la atención médica ginecológica la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de trastornos endocrino-metabólicos que afecten la salud reproductiva, como el síndrome ovárico metabólico poliendocrino.

También propone incorporar en las acciones de prevención y el control de las enfermedades no transmisibles y accidentes, las enfermedades endocrinas, metabólicas y cardiovasculares, reconociendo al síndrome ovárico metabólico poliendocrino como padecimiento que requiere acciones específicas de prevención, diagnóstico temprano, tratamiento y seguimiento integral.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Salud y Asistencia Social para su análisis.

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