Estado
Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”
La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro
Por: Redacción
El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.
El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.
Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.
Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.
Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.
También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas ; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.
Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.
Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.
Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.
Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.
Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.
Estado
Congreso de SLP reforma ley para evitar revictimización de mujeres víctimas de violencia
La reforma amplía las medidas de protección y establece que las órdenes deberán revisarse de manera individual mientras persista el riesgo para las víctimas
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de fortalecer las medidas de protección para mujeres víctimas de violencia y evitar prácticas de revictimización durante los procesos de denuncia, atención, investigación y juzgamiento.
Las modificaciones buscan armonizar la legislación estatal con el marco jurídico federal y ampliar los conceptos relacionados con los distintos tipos y modalidades de violencia contra las mujeres.
Uno de los principales cambios consiste en incorporar el concepto de revictimización, entendido como aquellas acciones u omisiones, intencionales o no, que reproducen, agravan o prolongan el daño sufrido por una persona víctima de un delito, violación a los derechos humanos o situación de violencia.
El Congreso señaló que estas prácticas pueden presentarse durante los procesos de denuncia, atención, investigación, juzgamiento o difusión de los casos, particularmente cuando intervienen autoridades, instituciones, medios de comunicación o el entorno social.
La reforma contempla como posibles actos de revictimización los tratos indignos, la culpabilización de las víctimas, interrogatorios innecesarios, la exigencia de relatar repetidamente hechos traumáticos, la exposición pública de su identidad, retrasos injustificados y negligencia institucional, además de estereotipos de género y actos de discriminación.
También se incorpora el concepto de violencia simbólica, como una forma de discriminación estructural que se reproduce mediante prácticas, mensajes, valores, símbolos y representaciones que refuerzan estereotipos de género y relaciones desiguales de poder.
Las modificaciones establecen además nuevas disposiciones para fortalecer las órdenes de protección en casos de delitos cometidos contra mujeres, niñas, niños y adolescentes. Estas deberán mantenerse vigentes durante el tiempo necesario para garantizar la reparación del daño o mientras persista la situación de riesgo.
De esta manera, las órdenes de protección no deberán levantarse automáticamente por el paso del tiempo, sino que tendrán que revisarse de manera individual, privilegiando la máxima protección de los derechos de las víctimas.
La reforma también establece condiciones de accesibilidad en los refugios destinados a mujeres víctimas de violencia, que deberán contar con personal traductor o intérprete de lengua materna o de Lengua de Señas Mexicana.
En caso de que los refugios no cuenten directamente con personal especializado, podrán solicitar apoyo a las instituciones del Estado, con el objetivo de garantizar que ninguna mujer enfrente barreras de comunicación para acceder a servicios de protección y atención.
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Estado
Exdirectiva de Tesla dará conferencia a estudiantes de la Universidad Politécnica
Terry Gutiérrez, quien fue directiva de Tesla para México y Latinoamérica, visitará la UPSLP para compartir su experiencia con estudiantes de nuevo ingreso y sus familias
Por: Redacción
La Universidad Politécnica de San Luis Potosí (UPSLP) recibirá a su nueva generación de estudiantes con actividades de integración y un encuentro con Terry Gutiérrez, exdirectiva de Tesla para México y Latinoamérica.
Como parte de la agenda de bienvenida, Gutiérrez visitará la institución para sostener un encuentro con autoridades universitarias y ofrecer una conferencia magistral dirigida a estudiantes de nuevo ingreso y sus familias.
La actividad busca que las y los jóvenes conozcan de primera mano experiencias relacionadas con innovación, movilidad, transformación digital y tecnología, así como las nuevas tendencias que están modificando los sectores productivos a nivel internacional.
La presencia de la exdirectiva de Tesla forma parte de las actividades con las que la UPSLP busca acercar a su comunidad estudiantil con referentes de la industria y ampliar su perspectiva sobre los retos y oportunidades del mercado laboral.
Actualmente, la universidad cuenta con una matrícula superior a 6 mil 500 estudiantes y desarrolla proyectos relacionados con inteligencia artificial, manufactura avanzada, simulación de negocios, mercadotecnia y desarrollo de videojuegos.
A este crecimiento se sumará la Torre de Innovación y Posgrados, anunciada por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, con la que se busca fortalecer las capacidades de la institución en materia de formación profesional, innovación y desarrollo tecnológico.
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Ayuntamiento de SLP
Capital apoyará proyecto federal del tren de pasajeros México–Querétaro–SLP
El municipio facilitaría los trámites y reduciría o exentaría cobros relacionados con los terrenos por donde pasaría la vía ferroviaria
Por: Redacción
El Gobierno de la Capital aprobó sumarse al proyecto federal del tren de pasajeros México–Querétaro–San Luis Potosí–Saltillo–Nuevo Laredo, que contempla un tramo de 66 kilómetros dentro del municipio de San Luis Potosí.
La Comisión de Hacienda del Cabildo avaló otorgar facilidades para los trámites relacionados con los terrenos que sean necesarios para el tendido de las vías ferroviarias.
Entre las medidas planteadas se encuentra exentar o reducir el costo de los trámites municipales relacionados con los predios que sean utilizados por el proyecto.
Antes de definir los trámites, las autoridades deberán identificar los terrenos que podrían resultar afectados y determinar si son municipales, estatales, ejidales o particulares.
De acuerdo con el planteamiento presentado al Cabildo, las indemnizaciones y trámites correspondientes correrán por cuenta del Gobierno Federal, mientras que el municipio participaría principalmente en lo relacionado con el cobro por traslado de dominio.
El proyecto contempla que el tren atraviese distintos municipios del estado, aunque el tramo más extenso se ubicaría en la Capital, donde también se proyecta construir la estación más grande de la ruta, según la información presentada ante el Cabildo.
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