Estado
Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”
La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro
Por: Redacción
El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.
El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.
Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.
Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.
Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.
También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas ; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.
Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.
Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.
Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.
Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.
Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.
Estado
INE aprueba conteo rápido para la elección de gobernador en SLP en 2027
El organismo electoral integrará un comité de 11 especialistas para estimar tendencias de votación en 17 elecciones de gubernatura y la renovación de diputaciones federales
Por: Redacción
El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la realización de conteos rápidos para las elecciones de 2027, entre ellas la de la gubernatura de San Luis Potosí, con el objetivo de ofrecer estimaciones preliminares de los resultados durante la noche de la jornada electoral, prevista para el 6 de junio.
El Consejo General avaló la creación e integración del Comité Técnico Asesor de los Conteos Rápidos (COTECORA), conformado por 11 especialistas en estadística, matemáticas, diseño muestral e inferencia estadística, quienes definirán los criterios científicos, logísticos y operativos para realizar 18 ejercicios: uno para la elección de diputaciones federales y 17 para los comicios de gubernaturas.
Además de San Luis Potosí, los estados contemplados son Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Zacatecas.
La consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei Zavala, señaló que el conteo rápido busca brindar información oportuna y confiable a la ciudadanía, partidos políticos, medios de comunicación y autoridades electorales.
La funcionaria subrayó que las estimaciones se elaborarán mediante procedimientos técnicos y estadísticos, y aclaró que los conteos rápidos ofrecen tendencias preliminares, no resultados definitivos.
Revisarán el padrón electoral
Durante la misma sesión extraordinaria virtual, el Consejo General aprobó la integración del Comité Técnico de Evaluación del Padrón Electoral (COTEPE), que analizará la calidad, consistencia y confiabilidad del Padrón Electoral y las Listas Nominales que se utilizarán en el proceso electoral 2026-2027.
El comité estará integrado por cinco especialistas con experiencia en temas como mortalidad, migración, registros múltiples, homonimias, vigencia de credenciales para votar, seguridad informática y cartografía electoral.
El organismo prevé que el grupo se instale dentro de los próximos 15 días y que permanezca en funciones hasta la declaratoria de validez y definitividad de los instrumentos registrales.
Taddei sostuvo que someter el padrón y la lista nominal a una revisión especializada permite fortalecer la confianza en los instrumentos que respaldan el derecho al voto.
En la misma sesión, el INE también resolvió cinco asuntos de fiscalización en cumplimiento de sentencias de las salas Superior, Monterrey y Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Las resoluciones implicaron revisar procedimientos y documentación, así como imponer o modificar sanciones.
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Congreso del Estado
Proponen prohibir motos menores a 400 cc en vías rápidas de SLP
La diputada Dulcelina Sánchez de Lira planteó restringir su circulación en puentes urbanos y pasos a desnivel, además de reforzar los operativos viales
Por: Redacción
Las motocicletas con cilindrada menor a 400 centímetros cúbicos podrían tener restringido el acceso a vías rápidas, puentes urbanos y pasos a desnivel de la capital potosina, de aprobarse una propuesta presentada por la diputada Dulcelina Sánchez de Lira ante el Congreso del Estado.
La legisladora promovió un punto de acuerdo para exhortar al Ayuntamiento de San Luis Potosí a implementar medidas que limiten la circulación de estas unidades en vialidades de alta velocidad, con el argumento de prevenir accidentes y reducir los riesgos para los motociclistas.
La propuesta plantea que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana Municipal y la Dirección de Policía Vial realicen operativos permanentes de inspección en los accesos a estas vialidades para verificar el cumplimiento de las restricciones y aplicar las sanciones correspondientes.
Buscan reforzar vigilancia y señalización
El punto de acuerdo también contempla supervisar y sancionar conductas de riesgo previstas en el artículo 53 de la Ley de Tránsito del Estado, entre ellas circular entre carriles cuando el tránsito está en movimiento, realizar cortes de circulación, no utilizar el carril completo y transportar pasajeros en exceso.
Además, Sánchez de Lira propuso instalar y actualizar señalamientos en rampas e incorporaciones a vías rápidas y pasos a desnivel, con información sobre las restricciones de acceso y los límites de velocidad.
Otro de los planteamientos consiste en desarrollar campañas informativas para motociclistas y ciudadanía en general, a fin de difundir las disposiciones de tránsito y los riesgos de circular en vialidades de alta velocidad con unidades que, según la propuesta, no son aptas para esas condiciones.
La diputada sostuvo que la prevención de accidentes debe ser una prioridad y llamó a fortalecer la vigilancia municipal para mejorar la seguridad vial.
El punto de acuerdo fue turnado a la Comisión de Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, donde será analizado y dictaminado. Por ahora, se trata de una propuesta y no de una restricción vigente.
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Estado
San Luis Potosí conmemora 200 años de su primera Constitución estatal
Autoridades de los tres Poderes participaron en una sesión solemne para recordar la promulgación de la Constitución potosina de 1826
Por: Redacción
San Luis Potosí conmemoró el bicentenario de la promulgación de su primera Constitución estatal, aprobada en 1826, con una sesión solemne en la que autoridades destacaron la importancia de este documento en la construcción de las instituciones políticas y sociales de la entidad.
En representación del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, el secretario general de Gobierno, J. Guadalupe Torres Sánchez, acudió al acto, acompañado por el presidente de la Directiva del Congreso del Estado, Luis Fernando Gámez Macías, y la presidenta del Poder Judicial, Lourdes Anahí Zarazúa Martínez.
Durante la conmemoración, Torres Sánchez señaló que la Constitución de 1826 representó la voluntad de los potosinos de establecer sus propias instituciones, definir sus libertades y sentar las bases de su desarrollo político y social.
El funcionario también destacó que los principios de libertad, independencia y soberanía mantienen relevancia en la vida pública, y subrayó la importancia del diálogo y la colaboración entre los tres Poderes del Estado para fortalecer la vida democrática.
La conmemoración recordó los dos siglos transcurridos desde la promulgación de la primera Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, documento que marcó una etapa en la organización institucional de la entidad.
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