abril 20, 2026

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Estado

Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”

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La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro

Por: Redacción

El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.

El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.

Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:

Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.

 Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.

Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.

También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas

; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.

Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.

Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.

Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.

Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.

Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.

Estado

Gobierno estatal exhorta a conducir con responsabilidad

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Un incidente vial dejó una persona fallecida y daños materiales; autoridades reiteran el llamado a la prevención

Por: Redacción

Como parte de las acciones que impulsa el Gobernador Ricardo Gallardo Cardona para fortalecer la cultura de la prevención y la seguridad sin límites, los Centros Estatales de Cultura y Recreación Tangamanga informaron que la mañana del domingo 19 de abril se registró un incidente vial al exterior del Parque Tangamanga II, donde un vehículo impactó contra la reja perimetral y posteriormente contra un árbol al interior del recinto.

De manera inmediata, personal de Guardaparques brindó atención en el lugar y solicitó la intervención de la Guardia Civil Estatal, servicios de ambulancia y la Fiscalía General del Estado, quienes confirmaron el fallecimiento de una persona. Asimismo, se contó con el apoyo de corporaciones de seguridad de la capital, al tratarse de un hecho de tránsito ocurrido en la vía pública, reflejando el cambio que se vive y se siente en la respuesta oportuna de las autoridades.

Ante estos hechos, se hace un llamado a la ciudadanía a actuar con responsabilidad, priorizar la seguridad propia y la de los demás, y tomar decisiones conscientes al conducir. La prevención y el respeto a las normas viales son fundamentales para salvaguardar la integridad de todas y todos.

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Estado

Estado refuerza prevención y atención ante temporada de lluvias

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Solo Villa de Arista registra afectaciones tras tromba y granizada; autoridades mantienen monitoreo permanente

Por: Redacción

Como parte de las acciones que impulsa el Gobernador Ricardo Gallardo Cardona para fortalecer la prevención y atención oportuna ante fenómenos meteorológicos, la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) mantiene labores de monitoreo, vigilancia y coordinación sin límites con las Unidades Municipales en el Altiplano potosino, tras las lluvias registradas en las últimas horas.

De acuerdo con la dependencia, se presentaron lluvias ligeras e intermitentes en municipios como Real de Catorce, Cedral, Matehuala, Villa de Guadalupe, Vanegas, Charcas, Venado, Guadalcázar, Villa de la Paz y Ahualulco Moctezuma, mientras que en Villa de Arista se registró una tromba con granizada que provocó afectaciones en la comunidad de Derramaderos, donde el camino principal resultó dañado por la bajada de agua, siendo atendido de manera inmediata por autoridades municipales, reflejando el cambio que se vive y se siente en la capacidad de respuesta.

Asimismo, en el municipio de Moctezuma, en la comunidad de San José del Grito, se reportó acumulación de grava y arena sobre el camino hacia Ahualulco, por lo que ya se realizan trabajos para despejar la vialidad. La CEPC informó que se mantiene atenta ante la presencia del frente frío número 45, que podría generar tormentas eléctricas, granizadas, lluvias fuertes y tolvaneras en el Altiplano, con posible extensión a las zonas Centro y Media, garantizando atención inmediata en caso de cualquier contingencia.

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Congreso del Estado

Diputada plantea sancionar como abuso sexual el embarazo en menores de 14 años

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La ley aplicaría cuando una persona mayor de edad embarace a una menor de 14 años, con o sin consentimiento

Por: Redacción

La diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa para reformar la denominación del capítulo III, del Código Penal del Estado para denominarlo “Del Embarazo Infantil y el Estupro”, incorporando el delito de abuso sexual por embarazo infantil.

De esta manera, se establece que comete el delito de abuso sexual por embarazo infantil, quien siendo mayor de edad, provoque el embarazo de una persona menor de catorce años, independientemente de que medie o no consentimiento de la persona menor.

Se propone establecer que el delito se persiga de oficio en todos los casos y sea sancionado con una pena de ocho a quince años de prisión y sanción pecuniaria de quinientas a mil días del valor de la unidad de medida y actualización; perdida de la patria potestad, tutela o cualquier derecho de carácter familiar respecto del producto del embarazo, y la obligación de reparación integral del daño, que contemplará como mínimo: gastos médicos, psicológicos y de atención especializada para la menor, así como las que la autoridad determine.

Se busca además, que estas penas se incrementen en los casos en que la víctima se encuentre en situación de especial vulnerabilidad; cuando se utilicen datos personales sensibles, obtenidos o difundidos dolosamente, para facilitar la aproximación a la víctima; si es servidor público o familiar de la menor, y si el embarazo pone en riesgo la vida o la salud física o emocional de la menor.

En este caso, además de la pena señalada, se le destituirá del cargo y se le impondrá inhabilitación para ejercer cualquier empleo, cargo o comisión en el servicio público por un periodo igual al de la pena de prisión impuesta.

La legisladora indica en su exposición de motivos, que el abuso sexual infantil aumenta el riesgo de embarazos no deseados, ya que en informe de la Organización Mundial de la Salud publicado en 2021 estima que 120 millones de niñas menores de 20 años fueron víctimas de violencia sexual por parte de alguien que no era su pareja.

Este abuso está profundamente arraigado en la desigualdad de género; afecta a más niñas que niños, aunque muchos niños también se ven afectados. Las estimaciones sugieren que en 2020, al menos 1 de cada 8 niños del mundo había sufrido abuso sexual antes de cumplir los 18 años, y 1 de cada 20 niñas de entre 15 y 19 años había experimentado relaciones sexuales forzadas a lo largo de su vida.

El embarazo en niñas y adolescentes es un problema multifactorial, que agudiza la desigualdad y perpetúa la violencia que gran parte de ellas ya sufría. Además, se trata de un fenómeno que se extiende por todo el territorio nacional, no obstante, las niñas y adolescentes en situación de mayor pobreza y con bajo o nulo acceso a la educación, tienen un riesgo más elevado de enfrentar un embarazo temprano.

La iniciativa se turnó para su análisis a la Comisión Primera de Justicia.

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