septiembre 14, 2026

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Estado

Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”

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La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro

Por: Redacción

El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.

El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.

Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:

Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.

 Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.

Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.

También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas

; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.

Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.

Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.

Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.

Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.

Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.

Congreso del Estado

Familias de desaparecidos podrían acceder a herencias y seguros tras reducir plazo legal en SLP

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La Comisión Segunda de Justicia aprobó la reforma al Código Civil de SLP para desapariciones durante guerras, naufragios, inundaciones o siniestros similares se plantean dos años

Por: Redacción

La Comisión Segunda de Justicia del Congreso del Estado aprobó un dictamen para modificar el Código Civil de San Luis Potosí y reducir los plazos para que, en determinados casos, pueda declararse la presunción de muerte de una persona desaparecida, con el objetivo de que sus familiares puedan acceder a derechos patrimoniales y sociales.

La propuesta establece que, cuando una persona desaparezca durante una guerra, un naufragio, una inundación u otro siniestro similar, podrían transcurrir dos años desde la desaparición para solicitar la presunción de muerte, sin que sea necesario declarar previamente su ausencia.

El plazo sería considerablemente menor —seis meses— cuando la desaparición ocurra como consecuencia de un incendio, explosión, terremoto o catástrofe aérea o ferroviaria, siempre que exista una fundada presunción de que la persona se encontraba en el lugar del siniestro.

El mismo plazo de seis meses aplicaría, de aprobarse la reforma, cuando existan datos de prueba que permitan presumir que la desaparición fue consecuencia de un secuestro o desaparición forzada.

La iniciativa también plantea que la solicitud de presunción de muerte se publique hasta tres veces durante el procedimiento sin costo para los familiares, en un proceso que no deberá exceder de 30 días.

La diputada Gabriela López Torres, presidenta de la Comisión Segunda de Justicia, explicó que la reforma busca resolver las consecuencias civiles y familiares que enfrentan quienes tienen a un ser querido desaparecido, sin que esto implique suspender las labores de búsqueda.

“Estas instituciones del estado tienen obligación de buscar hasta el momento del encuentro a esta persona desaparecida; sin embargo, en materia civil y familiar, si necesitamos darle certeza a las personas”, señaló.

De aprobarse en el Pleno, la modificación permitiría a los familiares realizar trámites relacionados con herencias, seguros de vida, pensiones de sobrevivientes y administración de bienes, además de facilitar la disolución del vínculo matrimonial o de una unión de hecho.

La propuesta busca atender así una situación distinta a la investigación sobre el paradero de la persona: mientras las autoridades continuarían obligadas a realizar su búsqueda, sus familiares podrían contar con una vía jurídica para resolver asuntos patrimoniales y familiares derivados de una desaparición prolongada.

El dictamen fue aprobado en comisión y será turnado al Pleno del Congreso del Estado para su discusión y, en su caso, votación.

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Congreso del Estado

Congreso de SLP anuncia acciones legales por hechos violentos ocurridos en el recinto

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El Legislativo afirmó que hubo agresiones físicas y verbales contra diputados y Rita Ozalia Rodríguez

Por: Redacción 

El Congreso del Estado anunció que emprenderá acciones legales por los hechos ocurridos el pasado viernes dentro del recinto legislativo, donde, según acusó, se registraron agresiones físicas y verbales contra diputadas, diputados y la dirigente estatal de Morena, Rita Ozalia Rodríguez Velázquez.

A través de un posicionamiento firmado por las diputadas y diputados de la LXIV Legislatura, el Congreso señaló a Natalia Castil lo Vera y a sus acompañantes

como responsables de los actos que calificó como violentos, insultantes y contrarios a la civilidad.

De acuerdo con el comunicado, durante el incidente también se hicieron referencias a Gerardo Sánchez Zumaya, quien busca ser candidato a la gubernatura de San Luis Potosí, por lo que el Legislativo consideró que los hechos tuvieron un componente de carácter político-electoral.

El Congreso expresó además su solidaridad con Rita Ozalia Rodríguez Velázquez por lo ocurrido y sostuvo que el recinto legislativo debe ser un espacio donde prevalezcan la seguridad y el respeto.

Las y los legisladores advirtieron que la confrontación política no debe derivar en agresiones ni poner en riesgo la integridad de quienes acuden al Congreso, y señalaron que la libertad de expresión no debe utilizarse, según su postura, como justificación para conductas violentas.

Finalmente, informaron que el área correspondiente del Congreso iniciará las acciones legales que considere pertinentes para sancionar los hechos y evitar nuevos incidentes dentro del recinto.

El posicionamiento no detalla por ahora qué denuncias o procedimientos específicos serán presentados ni ante qué autoridad.

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Destacadas

Asesoría jurídica gratuita llega a los 59 municipios de San Luis Potosí

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El objetivo es acercar la orientación jurídica a comunidades que enfrentan dificultades para trasladarse

Por: Redacción

Las familias de los 59 municipios de San Luis Potosí pueden acceder a asesoría y orientación jurídica gratuita en asuntos civiles, familiares y penales a través del programa La Defensoría en tu Casa.

El esquema busca acercar los servicios de la Defensoría Pública del Estado a las cuatro regiones de la entidad, principalmente mediante su participación en Ferias de Servicios, donde abogados especializados atienden directamente a la población.

Durante una jornada realizada en Tierra Nueva, el titular de la Defensoría Pública del Estado, Edgar Valdez Zavala, señaló que el modelo permite que las personas conozcan sus derechos y reciban orientación legal sin tener que trasladarse hasta la capital u otros municipios para buscar atención.

La asesoría contempla materia civil, familiar y penal, por lo que puede servir como primer contacto para personas que requieren conocer las opciones legales disponibles ante algún conflicto o situación jurídica.

De acuerdo con la dependencia, el programa opera desde el inicio de la actual administración y busca ampliar el acceso a los servicios de defensa pública en comunidades de las distintas regiones del estado.

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