Estado
Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”
La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro
Por: Redacción
El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.
El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.
Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.
Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.
Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.
También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas ; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.
Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.
Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.
Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.
Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.
Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.
Estado
Congreso exhorta a los ayuntamientos reforzar supervisión de espectáculos
Diputada Dolores Robles insiste en evitar riesgos en eventos donde existe gran aforo de personas
Por: Redacción
La diputada María Dolores Robles Chairez propuso un Punto de Acuerdo para exhortar de manera respetuosa a los 59 Ayuntamientos del Estado para que, en el ámbito de sus competencias y autonomía, refuercen la vigilancia y supervisión sobre la realización de espectáculos públicos que aglomeren cantidades considerables de personas en sus respectivos territorios.
Entre las medidas, la legisladora propone establecer que no se emita ningún permiso de funcionamiento o autorización comercial para eventos masivos sin que se haya presentado y aprobado un Programa Interno de Protección Civil, que incluya el análisis de riesgos, plan de evacuación y señalética adecuada.
Agregó que las Unidades Municipales de Protección Civil deben verificar la correcta instalación de anclajes, barandales y la estabilidad del terreno, así como la disponibilidad de servicios de atención médica pre hospitalaria en el sitio del evento; y que se dé cumplimiento a la normatividad local en materia de protección civil en lo que compete a la capacidad de aforo, sancionando de inmediato con la clausura ante cualquier indicio de sobrecupo que exceda la capacidad segura del recinto.
Además, que se fomente la capacitación y certificación del personal operativo de las diversas Unidades Municipales de Protección Civil, garantizando que el personal encargado de la supervisión posea los conocimientos técnicos necesarios para identificar cualquier riesgo.
La diputada Robles Chairez recordó que recientemente se presentó un incidente en la comunidad de Atotonilco, perteneciente al municipio de Ciudad Fernández, San Luis Potosí, donde una sección de gradas colapsó durante la celebración de un jaripeo, resultando lesionadas las personas que se encontraban sobre esta estructura, por lo que se deben tomar acciones ante la futura celebración de ferias regionales, fiestas patronales y otros eventos que aglomeran población en las cuatro regiones del estado.
Añade que en materia legislativa, este Congreso del Estado, ha realizado reformas a la Ley del Sistema de Protección Civil del Estado de San Luis Potosí, siendo la más reciente la publicada el 11 de julio de 2025, la cual fue diseñada precisamente para cerrar las brechas que permitían la realización de eventos masivos sin la debida supervisión.
En el Artículo 15 se robustece la prevención, obligando a que cualquier establecimiento o instalación, ya sea fija o móvil, que reciba afluencia masiva de personas, cuente con un Programa Interno de Protección Civil, y también introdujo la obligatoriedad de exhibir en el exterior del recinto una leyenda visible que indique la capacidad máxima de aforo autorizada.
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Destacadas
Redmetro incorpora nueva Línea 5 Soledad
Conectará la capital con Soledad, el aeropuerto y puntos estratégicos, ofreciendo transporte gratuito, seguro y eficiente
Por: Redacción
El Gobierno del Estado de San Luis Potosí impulsa un sistema de movilidad moderno y accesible con la próxima incorporación de la Línea 5 Soledad de RedMetro, que fortalecerá la conectividad entre la capital y Soledad de Graciano Sánchez, beneficiando a miles de personas que diariamente se trasladan en la zona metropolitana.
La ruta partirá desde la zona de transferencia en la Alameda Juan Sarabia hasta Cándido Navarro, conectando directamente con el Aeropuerto Internacional de San Luis Potosí y facilitando el acceso a trabajadoras, trabajadores, visitantes y usuarios del transporte aéreo.
La Línea 5 contará con 24 paradas y una terminal distribuidas en puntos de alta afluencia, mejorando los tiempos de traslado y ofreciendo una alternativa de movilidad gratuita, segura y eficiente para las familias potosinas.
Con esta incorporación, RedMetro refuerza su modelo de transporte público incluyente y de alto impacto social, reafirmando el compromiso del Gobierno del Estado, encabezado por el gobernador Ricardo Gallardo Cardona, de avanzar hacia una movilidad que conecte mejor a San Luis Potosí.
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Estado
Ricardo Gallardo perfila Tangamanga Splash como ícono turístico
El gobernador adelantó que abrirá esta Semana Santa como uno de los nuevos grandes atractivos del Estado
Por: Redacción
El gobernador del Estado, Ricardo Gallardo Cardona, destacó que esta Semana Santa marcará un nuevo capítulo para el turismo y la recreación en San Luis Potosí, con la apertura del parque acuático “Tangamanga Splash”, un espacio pensado para que las y los potosinos, así como visitantes de otras entidades, tengan una nueva opción para divertirse y convivir en familia.
Subrayó que este proyecto representa un cambio profundo del tradicional Splash, que evolucionará para convertirse en uno de los parques acuáticos más importantes del país, consolidándose como un atractivo turístico de gran escala y fortaleciendo la oferta recreativa del estado durante temporadas clave como Semana Santa.
El mandatario estatal precisó que el “Tangamanga Splash” contará con 10 toboganes de última generación, áreas infantiles, albercas renovadas y amplias zonas de esparcimiento , distribuidas en una superficie de 12 hectáreas dentro del parque Tangamanga I, lo que permitirá ampliar las alternativas de entretenimiento seguro y accesible para todas las edades.
Finalmente, adelantó que el parque operará de manera gratuita durante sus primeros 15 días y posteriormente contará con una cuota mínima de recuperación, como parte de la visión del Gobierno del cambio de seguir impulsando espacios públicos incluyentes, accesibles y de calidad, que fortalezcan sin límites la convivencia social, el turismo y el bienestar de las familias potosinas.
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