Estado
Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”
La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro
Por: Redacción
El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.
El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.
Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.
Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.
Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.
También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas ; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.
Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.
Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.
Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.
Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.
Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.
Congreso del Estado
Aprueba Congreso excluyentes de responsabilidad en aborto
Las excluyentes se aplicarán cuando el embarazo sea resultado de violación, estupro, inseminación artificial indebida o implantación indebida
Por: Redacción
Para incorporar diversos excluyentes de responsabilidad penal del delito de aborto, se aprobó el Decreto de reforma al artículo 150 del Código Penal del Estado, durante la sesión ordinaria del Congreso del Estado realizada en el salón de Pleno “Ponciano Arriaga”.
Las excluyentes de responsabilidad, se aplicarán cuando sea resultado de una conducta culposa de la mujer o persona gestante; el embarazo sea resultado de un delito de violación, estupro, inseminación artificial indebida o implantación indebida de un óvulo fecundado, independientemente de que exista o no, denuncia o causa penal sobre dichos delitos previo al aborto.
Además, cuando se acredite por cualquier medio que una autoridad o institución pública de salud o su personal, haya negado previamente o prorrogado la interrupción del embarazo dentro del plazo de las doce semanas de embarazo, la mujer gestante se encuentre en una situación económica de pobreza extrema.
Y, cuando a juicio del médico o la médica que la asista, de no interrumpirse el embarazo, la mujer gestante, se encuentre en peligro de muerte o en riesgo de una afectación grave a su salud, y cuando a juicio de un médico o médica especialista exista razón suficiente para diagnosticar que el producto del embarazo presenta alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultado daños físicos o mentales al límite que puedan poner en riesgo la sobrevivencia del mismo, siempre que se tenga el consentimiento de la mujer gestante.
Se indica que en el caso de que la consecuencia de la comisión del delito de estupro es el embarazo, debe garantizarse a la víctima de ese delito, al igual que en el delito de violación, y la implantación de un óvulo fecundado sin el consentimiento expreso de la paciente, se debe garantizar su derecho a la salud (psicológica y física), a su libertad reproductiva, y a su derecho a decidir.
Estado
Ricardo Gallardo agradeció a sector notarial apoyo a familias potosinas
El Gobernador del Estado anunció que en 2026 se realizarán cerca de 25 mil trámites notariales gratuitos del programa Tu Casa Tu Apoyo en beneficio directo de familias vulnerables de las cuatro regiones
Por: Redacción
El Gobernador de San Luis Potosí Ricardo Gallardo Cardona, sostuvo un encuentro con el notariado potosino, en el que destacó el acompañamiento y apoyo de las y los notarios en el programa Tu Casa Tu Apoyo que el próximo año llegará 30 mil lotes para familias vulnerables de las cuatro regiones, además del programa de testamentos con precios reducidos que incluyó este año a las y los policías, bomberos y rescatistas de Cruz Roja.
Al reconocer el apoyo sin límites de las y los notarios potosinos el Mandatario Estatal anunció que tan solo el próximo año se realizarán cerca de 25 mil trámites de lotes gratuitos, gracias al compromiso y apertura del notariado, lo que permitirá cumplir la meta, además de avanzar en los procesos que los gobiernos de la herencia maldita dejaron rezagados.
En el marco de este encuentro el Gobernador Ricardo Gallardo entregó documentos y nombramientos pendientes de titularidad a José Manuel Fajardo Castañón y Ana Ordóñez, dando respuesta a solicitudes que el gremio tenía desde hace años y enfatizó que su Gobierno mantendrá un trato institucional, prudente y de puertas abiertas para consolidar un sistema notarial fortalecido, profesional y cercano a la ciudadanía.
Por su parte, el presidente del Colegio de Notarios, Juan Carlos Barrón Cerda, expresó su reconocimiento al Gobernador Gallardo por la disposición mostrada para resolver temas históricos del gremio, entre ellos la expedición de nombramientos y subrayó que el notariado potosino asumirá con responsabilidad el reto de apoyar en la escrituración gratuita del programa Tu Casa Tu Apoyo, además de que seguirá trabajando de la mano del Gobierno estatal a favor del desarrollo de San Luis Potosí.
También lee: Villa de Pozos tomara acciones estratégicas para promover el turismo
Estado
Congreso de SLP deberá designar al nuevo fiscal de delitos electorales a fin de año
La FGESLP confirmó que el actual fiscal electoral deberá dejar su cargo el 31 de diciembre para asumir como magistrado, dejando la decisión final en manos del Poder Legislativo
Por: Angel Bravo
La titular de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP), María Manuela García Cázares confirmó que el Congreso del Estado será el encargado de nombrar al nuevo titular de la Vicefiscalía de Delitos Electorales, ante la partida del actual fiscal especializado.
El actual fiscal electoral Luis Fernando Gómez, quien recientemente tomó protesta como magistrado, deberá dejar su función a más tardar el último día de este año, dado que asumirá su nuevo cargo el 1 de enero.
La autoridad estatal precisó que la designación es una atribución directa del Poder Legislativo, en el marco de la próxima reforma a la ley electoral.
“El Congreso del Estado tendrá que designar al fiscal especializado. Es una función, es una designación propia del Congreso,” se informó.
La confirmación se da en un momento en que el Gobierno Estatal ha hablado públicamente sobre posibles cambios en la ley electoral, lo que pondrá el foco en el proceso que deberá seguir el Congreso para nombrar al funcionario clave antes de que inicie el 2026.
También lee: Villa de Pozos tomara acciones estratégicas para promover el turismo
-
Destacadas2 años
Con 4 meses trabajando, jefa de control de abasto del IMSS se va de vacaciones a Jerusalén, echando mentiras
-
Ciudad3 años
¿Cuándo abrirá The Park en SLP y qué tiendas tendrá?
-
Ciudad4 años
Tornillo Vázquez, la joven estrella del rap potosino
-
Destacadas4 años
“SLP pasaría a semáforo rojo este viernes”: Andreu Comas
-
Ciudad3 años
Crudo, el club secreto oculto en el Centro Histórico de SLP
-
Estado2 años
A partir de enero de 2024 ya no se cobrarán estacionamientos de centros comerciales
-
#4 Tiempos3 años
La disputa por el triángulo dorado de SLP | Columna de Luis Moreno
-
Destacadas3 años
SLP podría volver en enero a clases online








