julio 24, 2026

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Estado

Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”

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La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro

Por: Redacción

El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.

El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.

Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:

Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.

 Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.

Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.

También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas

; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.

Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.

Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.

Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.

Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.

Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.

Estado

Adriana “N” es vinculada a proceso por caso de huachicol fiscal

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La empresaria, capturada en San Luis Potosí por su presunta participación en una red de huachicol fiscal, permanecerá en prisión preventiva mientras continúa el proceso judicial

Por: Redacción

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) realizó la detención de Adriana “N”, en San Luis Potosí, por su presunta vinculación con el caso de Ernesto “N” y el huachicol fiscal.

Fue detenida el pasado 17 de julio en la capital potosina durante un operativo federal. La Fiscalía General de la República (FGR) la identifica como accionista y representante legal de la empresa Logística Ferroviaria Fargo, S.A. de C.V., con operaciones en la Zona Industrial de San Luis Potosí, y la señala como presunta integrante de la estructura empresarial utilizada para importar combustibles de manera irregular.

De acuerdo con la investigación de la FGR, la organización habría importado combustibles declarando únicamente una parte del volumen real para evadir el pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y del Impuesto al Valor Agregado (IVA), mediante una red integrada por empresarios, agentes aduanales y representantes de diversas compañías.

La titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México negó conceder la suspensión solicitada por la defensa de Adriana “N”, al considerar que los delitos de delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos por los que es investigada ameritan prisión preventiva oficiosa, de acuerdo con la Ley de Amparo.

La jueza fijó para el próximo 28 de julio la audiencia en la que resolverá si concede o no la suspensión definitiva solicitada por la defensa. Paralelamente, un juez de control federal continúa la audiencia en la que determinará si vincula a proceso a Adriana “N”, Ernesto “N” y los demás imputados.

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Ciudad

Guardia Civil de Pozos se capacita por nuevas reformas al Código Penal

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Además de fortalecer las capacidades operativas, en la capacitación se proporcionaron herramientas para que policías orienten a la ciudadanía

Por: Redacción

Elementos de la Guardia Civil Municipal de Villa de Pozos participaron en una capacitación sobre las recientes reformas al Código Penal que permiten investigar de oficio este ilícito.

El director de la Guardia Civil Municipal, David Valdivia Carranza, informó que la capacitación fue impartida por personal de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) del Gobierno Federal, quienes acudieron a las instalaciones de la Comandancia Magueyes para brindar a las y los elementos los conocimientos necesarios sobre la aplicación de las modificaciones legales y los nuevos procedimientos de actuación.

Explicó que, como parte de la estrategia impulsada por la Federación, se instruyó a los elementos a recabar la mayor cantidad de información posible para fortalecer el trabajo de los grupos de inteligencia, con el propósito de evolucionar de un modelo reactivo a uno basado en inteligencia policial, mediante la generación y análisis de datos que permitan prevenir e investigar este tipo de delitos con mayor eficacia.

Además de fortalecer las capacidades operativas de la corporación, durante la capacitación se proporcionaron herramientas para que las y los policías orienten a la ciudadanía y al sector comercial sobre las nuevas disposiciones legales, las medidas de prevención y la forma adecuada de actuar en caso de ser víctimas de una extorsión; información que será incorporada a los operativos y acciones preventivas que desarrolla la Guardia Civil Municipal como parte de las actividades para fortalecer la seguridad en Villa de Pozos.

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Estado

Congreso de SLP aprueba reforma para prevenir la adicción digital en menores

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La modificación a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que las autoridades deberán implementar estrategias para proteger la salud mental infantil frente al uso excesivo de dispositivos electrónicos

Por: Redacción

El Congreso del Estado aprobó una reforma a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de San Luis Potosí para fortalecer la protección de la salud mental de menores de edad ante los efectos del uso excesivo de dispositivos digitales.

La iniciativa, presentada por el diputado César Arturo Lara Rocha, establece que las autoridades estatales y municipales deberán desarrollar estrategias de prevención, detección y atención de riesgos asociados al uso intensivo de la tecnología, entre ellos la adicción digital.

Entre las acciones contempladas se encuentran campañas de concientización dirigidas a madres, padres de familia, docentes y estudiantes

, así como la elaboración de protocolos que promuevan un uso equilibrado de las herramientas digitales.

En la exposición de motivos del dictamen se advierte que el uso de pantallas como herramienta para entretener o distraer a niñas y niños pequeños puede representar riesgos para su salud mental, por lo que la reforma busca incorporar este tema al marco de protección integral de los derechos de la infancia en la entidad.

Con la modificación, las autoridades educativas, de salud, seguridad pública y de protección de niñas, niños y adolescentes deberán implementar medidas orientadas a prevenir los efectos negativos derivados del uso excesivo de dispositivos digitales y promover hábitos tecnológicos saludables.

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