agosto 24, 2026

Conecta con nosotros

Estado

Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”

Publicado hace

el

La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro

Por: Redacción

El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.

El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.

Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:

Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.

 Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.

Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.

También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas

; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.

Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.

Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.

Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.

Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.

Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.

La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.

Ciudad

Construcción de UBR en Villa de Pozos avanza al 80%

Publicado hace

el

El Gobierno Municipal, por medio del DIF Municipal, ofrecerá servicios de fisioterapia, hidroterapia, terapia ocupacional y del lenguaje

Por: Redacción

Con esfuerzo constante, el gobierno Municipal de Villa de Pozos mantiene los trabajos en la obra de la Unidad Básica de Rehabilitación (URB), el primer proyecto de su tipo en el municipio, el cual beneficiará a alrededor mil 500 habitantes al brindar atención integral para personas con discapacidad.

El director de Infraestructura y Fortalecimiento Municipal, Antonio Rodríguez Rangel, dio a conocer que la obra presenta un avance del 80 por ciento, con trabajos que abarcan la intervención de tres mil 700 metros cuadrados, en los que se establecerán espacios recreativos y de apoyo, así como departamentos para dar servicios especializados en psicología, terapia de lenguaje, hidroterapia, estimulación múltiple, enfermería y trabajo social.

Asimismo, indicó que en la obra también se contempla la construcción de un lienzo y caballerizas, las cuales estarían destinadas para brindar sesiones de equinoterapia, con el objetivo de aumentar las opciones de terapias de rehabilitación de las personas usuarias.

Finalmente, Rodríguez Rangel recordó que una vez concluido el proyecto, el Gobierno Municipal, por medio del DIF Municipal, ofrecerá servicios de fisioterapia, hidroterapia, terapia ocupacional y del lenguaje, los cuales estarán a cargo de personal capacitado y profesional en atención a personas con algún tipo de discapacidad.

Continuar leyendo

Destacadas

600 elementos de la GCE vigilarán el Atlético de San Luis vs Pachuca

Publicado hace

el

El operativo busca que los asistentes disfruten, permitiendo anticipar riesgos para que el espectáculo se desarrolle de manera segura

Por: Redacción

600 elementos de la Guardia Civil Estatal (GCE), seguridad privada, la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) y corporaciones municipales participarán este domingo 23 de agosto en el operativo Estadio Seguro, con motivo del encuentro entre Atlético de San Luis y Pachuca, programado a las 17:00 horas en el estadio Libertad Financiera.

Por instrucción del gobernador Ricardo Gallardo Cardona, el despliegue comenzará a las 13:00 horas, antes de la apertura de puertas, con vigilancia dentro y fuera del estadio, además de los accesos, zonas de concentración y principales vialidades de llegada y salida.

El operativo busca que los asistentes disfruten en orden y tranquilidad, permitiendo anticipar riesgos para que el espectáculo deportivo se desarrolle de manera segura, como parte del cambio que se vive.

El titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Jesús Juárez Hernández, pidió atender las indicaciones, utilizar los accesos establecidos, evitar el ingreso de objetos prohibidos y mantener una conducta responsable, ante la asistencia prevista de cerca de 12 mil personas.

Continuar leyendo

Congreso del Estado

Mujeres víctimas de violencia de género tendrán presunción de legítima defensa en SLP

Publicado hace

el

Existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas por el delito de homicidio o de lesiones en contra de su agresor

Por: Redacción

El Pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma a la fracción IV del artículo 28 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objeto de establecer la presunción de legítima defensa, cuando quien la ejerza sea una mujer, y al momento de desplegar la conducta, exista antecedente de ser víctima de violencia de género, o se encuentre en peligro inminente de ser víctima de violencia física, sexual, o feminicida.

 

Asimismo, cuando quien ejerza la legitima defensa sea una persona que actúa en auxilio de una mujer que en el acto sea víctima de violencia física, sexual, o feminicida con el objeto de repeler el acto violento en contra de la mujer; estableciéndose además que no se considerará exceso en la defensa, cuando la mujer sea víctima de violencia física, sexual o feminicida, o en el hecho haya estado en peligro de serlo.

 

Se establece que existen muchos antecedentes en los que las mujeres han sido procesadas penalmente por el delito de homicidio o de lesiones causadas en contra de su agresor, aún y cuando actuaron en defensa de su propia vida e integridad, esto debido a la falta de aplicación de la perspectiva de género en las actuaciones de las autoridades de procuración e impartición de justicia, lo que ha llevado a las mujeres a su revictimización y criminalización.

 

Con esta reforma, los jueces están obligados a considerar el historial de violencia que sufren las mujeres, así como su estado emocional, psicológico y mental en el momento de los hechos. Esto permite una comprensión más integral de las circunstancias que llevaron a las víctimas a actuar en defensa propia, evitando que se les penalice por homicidio o exceso en la legítima defensa sin tomar en cuenta su situación.

Continuar leyendo

Opinión

Pautas y Redes de México S.A. de C.V.
Av Cuauhtemoc 643 B
Col. Las Aguilas CP 78260
San Luis Potosí, S.L.P.
Teléfono 444 2440971

EL EQUIPO:

Director General
Jorge Francisco Saldaña Hernández

Director Administrativo
Luis Antonio Martínez Rivera

Directora Editorial
Ana G. Silva

Periodistas

Diseño
Karlo Sayd Sauceda Ahumada

Productor
Fermin Saldaña Ocampo

 

 

 

Copyright ©, La Orquesta de Comunicaciones S.A. de C.V. Todos los Derechos Reservados