Estado
Diputado propone añadir al Código Penal del Estado “Delitos contra la Comunidad”
La iniciativa especifica las conductas que pondrían ser sancionadas en este rubro
Por: Redacción
El diputado Alejandro Leal Tovías presentó una iniciativa para adicionar al Título Décimo Cuarto el Capítulo V denominado “Delitos contra la Comunidad” con su artículo 293 QUÁTER y sus fracciones del I a X, del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, esto para aumentar al catálogo de tipos penales, diversas conductas que vulneran la seguridad de la comunidad, para sancionar y el tipo de pena a imponer, sin afectar los derechos fundamentales de los presuntos responsables.
El diputado señala en su exposición de motivos, que en los años recientes se ha dado, a nivel nacional un considerable crecimiento en la diversidad de conductas llevadas a cabo por la delincuencia organizada, incorporando figuras que obstaculizan o impiden el actuar de las corporaciones de seguridad, a través de la obtención de información privilegiada sobre la ubicación, actividades o rutas de los mismos, mediante la utilización de espías, que reportan y alertan sobre tal circunstancia, principalmente, por radio o telefonía celular, a fin de facilitar la ejecución de actividades criminales.
Es así que, la iniciativa propone que comete el delito de atentado contra la seguridad de la comunidad, quien, sin causa justificada, incurra en cualquiera de las siguientes conductas:
Utilice uno o más instrumentos en forma de abrojos, cuchillas, erizos, estrellas, púas o picos ponchallantas, fabricados de cualquier material que, dañe o impida el paso de vehículos particulares u oficiales. Cuando la conducta se cometa en contra de elementos de seguridad, de las fuerzas armadas o de sus equipos motores o muebles, se aumentará la penalidad dos terceras partes.
Además, cuando posea o porte, en el vehículo en el que se encuentre o se le relacione con éste, o en su domicilio uno o más aparatos o equipos de comunicación de cualquier tipo, que hubieren sido contratados con documentación falsa, o de terceros sin su conocimiento, o utilizados sin la autorización de éstos, o que por su origen a la autoridad le resulte imposible conocer la identidad real del usuario del aparato o equipo de comunicación.
Que tengan en su poder equipos o artefactos que permitan la intervención, escucha o transmisión de datos con respecto a canales de comunicación oficiales o de comunicaciones privadas; una o varias identificaciones alteradas o falsas, o tenga prendas de vestir, insignias, distintivos, equipos o condecoraciones correspondientes a instituciones policiales o militares de cualquier índole o que simulen la apariencia de los utilizados por éstas, sin estar facultado para ello.
También, que posea o porte, en su persona, o en el vehículo en que se encuentre o de cualquier manera se le relacione con éste, o en su domicilio, uno o varios escritos o mensajes producidos por cualquier medio que tengan relación con alguna pandilla o miembros de una pandilla de algún grupo o actividades delictivas ; o tenga uno o varios accesorios u objetos que se utilizan en los vehículos oficiales de instituciones policiales, de tránsito, militares de cualquier índole o utilice en aquéllos los colores, insignias, diseño o particularidades para asemejar la apariencia de los vehículos oficiales.
Que aceche, vigile o realice las funciones de obtener información o comunicar dicha información sobre la ubicación, acciones, actividades, movimientos, operativos o en general, las labores de los elementos de seguridad pública o de las fuerzas armadas, con la finalidad de obstaculizar o impedir su actuación; o bien, con la finalidad de facilitar o permitir la realización de algún delito por sí o por un tercero.
Que dañe, altere o impida el adecuado funcionamiento o monitoreo de cámaras de vigilancia en la vía pública o establecimientos con acceso al público, instaladas para ser utilizadas por las instituciones de seguridad pública.
Además, que fabrique, instale, comercialice o utilice sistemas de blindaje en todo tipo de vehículos automotores, sin la autorización correspondiente; u ordene las mismas, a empresas o personas físicas que no cuenten con la autorización correspondiente. Entendiendo para estos efectos por blindaje, cualquier material interpuesto de metal, cerámica, fibras, vidrio u otros elementos, utilizado para impedir la penetración por impactos balísticos, de cuando menos el calibre crítico establecido .38 super auto + p.
Indica que este delito se sancionará con una pena de siete a quince años de prisión y sanción pecuniaria de doscientas a cuatrocientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
Igual sanción se impondrá a todos los participantes, cuando dos o más personas incurren en uno o más de los supuestos descritos en este artículo, si no es posible determinar quién posea dichos objetos.
Las penas a las que se refiere el presente artículo se aumentarán hasta en una mitad, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad o a personas que no tienen capacidad para entender el hecho o no tienen capacidad para resistirlo; o cuando sean realizadas por servidores públicos que pertenezcan o hayan pertenecido a alguna Institución de Seguridad Pública o Privada, a las Fuerzas Armadas o de procuración de justicia.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia para su análisis.
Estado
Valladares se reúne con AMPI nacional
La reunión con la Presidenta Nacional Jenny Althair Rivas Padilla y el Presidente de AMPI San Luis Potosí Neil Castro sentó las bases para una nueva ley federal que regule la intermediación inmobiliaria en beneficio de los consumidores
Por: Redacción
El Diputado Federal Juan Carlos Valladares Eichelmann, integrante del Grupo Parlamentario del
Partido Verde Ecologista de México en la LXVI Legislatura, se reunió con Jenny Althair Rivas
Padilla, Presidenta Nacional de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI), y
con Neil Castro, Presidente del capítulo San Luis Potosí de la misma asociación, para avanzar en
la construcción de un marco normativo que proteja el patrimonio de las familias mexicanas en sus
operaciones inmobiliarias.
El eje central de la reunión fue el espíritu que anima todo el paquete legislativo: proteger al
comprador de vivienda a través de la regulación de quienes intermedian en sus operaciones. El
ciudadano es el punto de partida, no el sector. Cuando una familia destina años de ahorro a la
compra de una propiedad, tiene derecho a saber con certeza quién la asesora, qué compromisos
está firmando y cuánto va a pagar por ello.
“Comprar una casa no debe ser un riesgo. Debe ser una decisión segura para las
familias mexicanas. Partimos del ciudadano, no del sector.” — Dip. Juan Carlos
Valladares Eichelmann
El primer paso: identificar quién puede ejercer la intermediación
La primera iniciativa del paquete, ya presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados el 10 de abril de 2026, responde a una pregunta que hoy no tiene respuesta en el ordenamiento federal: ¿quién puede ejercer la intermediación inmobiliaria en México?
En su estado actual, cualquier persona puede anunciarse como agente inmobiliario sin acreditar conocimiento alguno, sin exhibir un número de registro y sin sujetarse a ningún código de ética. Esta falta de regulación genera una competencia desleal frente a los profesionales certificados y facilita prácticas fraudulentas que destruyen el ahorro de miles de familias.
La iniciativa propone la creación de un Registro Nacional de Profesionales Inmobiliarios, adscrito a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con requisitos mínimos de capacitación, certificación y ética profesional, y una plataforma digital pública que permita a cualquier ciudadano verificar en tiempo real si quien le ofrece un servicio inmobiliario está debidamente acreditado.
El segundo paso: regular cómo se ejerce y cómo se cobra
Durante la reunión de hoy se sentaron las bases para el segundo componente del paquete: la Ley Federal de Intermediación Inmobiliaria, una nueva ley autónoma que responde la pregunta que la primera iniciativa no toca: ¿cómo debe ejercerse esa intermediación?
Esta segunda iniciativa regula por primera vez en el plano federal el contrato de intermediación inmobiliaria —que hoy es un contrato atípico sin regulación específica—, establece la obligación de declarar por escrito y de forma previa la comisión del agente, define el momento en que esa comisión se devenga según el tipo de operación, y prohíbe expresamente prácticas como el cobro doble y el cobro anticipado sin que la operación se haya formalizado.
Lo que la ley no regula: la libertad del propietario intacta
El legislador fue enfático en un punto que genera dudas frecuentes: este paquete legislativo no restringe de ninguna forma el derecho de cualquier ciudadano a vender, comprar, arrendar o administrar directamente sus propios bienes inmuebles. Quien vende su casa, quien renta su departamento por su cuenta o quien pide ayuda a un familiar sin cobrar, queda completamente fuera del ámbito de aplicación de estas leyes.
Las obligaciones aplican exclusivamente a quien ejerce la intermediación inmobiliaria de forma profesional, habitual y remunerada en bienes ajenos. Se trata del mismo principio que aplica en otras actividades de alto impacto: quien administra su propio patrimonio es libre; quien cobra por administrar el patrimonio de otros debe hacerlo con estándares y responsabilidad.
La AMPI: aliada estratégica en la implementación
La Presidenta Nacional Jenny Althair Rivas Padilla y el Presidente Neil Castro manifestaron su respaldo al paquete legislativo y reconocieron que sus asociados activos cumplen ya con los requisitos contemplados en ambas iniciativas. La AMPI no es el objeto de regulación de estas leyes: es su principal aliada en la implementación.
La asociación está llamada a jugar un papel central como organismo acreditado para la certificación de agentes, como contraparte en convenios de capacitación con la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, y como voz técnica en la elaboración de los lineamientos de implementación. Ambas iniciativas reconocen expresamente el trabajo que la AMPI ha realizado durante años en la profesionalización del sector.
La aprobación de este paquete beneficia directamente al agente certificado: nivela el campo de juego frente a intermediarios informales, da certeza jurídica al profesional diligente y fortalece la confianza del consumidor en el sector inmobiliario en su conjunto.
“Un sector regulado no es un sector limitado. Es un sector en el que el comprador confía, el profesional honesto compite en igualdad de condiciones, y las familias pueden tomar la decisión más importante de su vida con información clara y protección real.” — Dip. Juan Carlos Valladares Eichelmann
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Estado fomenta la lectura en las 4 regiones
Más de 7 mil niñas y niños participan en actividades culturales durante la conmemoración del Día del Libro
Por: Redacción
Como parte del impulso del gobernador Ricardo Gallardo Cardona para acercar la cultura a todos los sectores, la Secretaría de Cultura (Secult) puso en marcha diversas actividades en las cuatro regiones, en el marco del Día Internacional del Libro y del Derecho de Autor.
El titular de la dependencia, Mario García Valdez, detalló que, durante esta jornada, museos y recintos culturales realizaron dinámicas especiales que incluyeron la entrega de libros y espacios de lectura para el público, logrando la participación de más de 7 mil niñas y niños
. Estas acciones fortalecen el acceso a la cultura escrita y promueven el hábito lector desde edades tempranas, con un impulso a la formación de nuevas generaciones.Además, como parte de las celebraciones por el Día de la Niñez, el programa continuará con actividades del programa “Lectura Sin Límites” durante los próximos días, en coordinación con Alas y Raíces y el Sistema Educativo Estatal Regular (SEER), llevando experiencias de lectura a distintos espacios educativos.
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Estado
San Luis suma primera medalla en olimpiada nacional 2026
Renata Esquivel Yépez obtiene plata en duatlón y coloca al Estado en el medallero nacional
Por: Redacción
San Luis Potosí logró su primera medalla en la Olimpiada Nacional CONADE 2026. La atleta Renata Esquivel Yépez destacó con una sobresaliente participación en duatlón, disciplina en la que conquistó la medalla de plata.
La competencia se desarrolló en Bahía de Banderas, Nayarit, donde la joven potosina enfrentó una exigente prueba que combina atletismo y ciclismo, registrando un tiempo de 00:17:18.8. El primer lugar fue para Sofía Ramos, de Jalisco
, mientras que el tercer sitio correspondió a Valeria Cañizales Vizcarra, de Campeche, en una jornada de alto nivel competitivo.Este resultado reconoce la disciplina y constancia de la deportista, al tiempo que posiciona a San Luis Potosí en el arranque de la justa nacional más importante para las y los jóvenes.
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