Ciudad
Desechan concurso mercantil a Gabriel Salazar Soto
Tendrá que pagar directamente a sus defraudados
Por: Redacción
El juzgado de distrito del noveno circuito desechó de plano la solicitud de concurso mercantil que solicitó la empresa Cano Soto y Asociados, propiedad de Gabriel Salazar Soto, procedimiento con el que pretendía liquidar sus diversos compromisos financieros con proveedores, acreedores y asociados.
El pasado 16 de octubre se publicó electrónicamente en estrados de los procesos civiles y administrativos la resolución que dicta que de acuerdo a la Ley de Concursos Mercantiles, desde el 25 de septiembre se desechó la solicitud de la persona moral propiedad de Salazar y al no haber interpuesto ningún recurso procedente dentro de los términos legales, “se declara que dicho proveído ha causado estado, en consecuencia, toda vez que no existen diligencias pendientes, se ordena el archivo de este asunto como totalmente concluido” se lee en los estrados.
Tras destaparse una serie de acusaciones por fraude en contra de centenas de ahorradores e inversionistas de sus empresas, falta de pago a múltiples proveedores y se pusiera al descubierto una red de complicidades para obtener contratos millonarios entre las empresas de Gabriel Salazar Soto con la Secretaría de Salud en el Estado, el auto llamado “rey del emprendimiento” o “Mr.President” ha adoptado el papel de víctima y ha asegurado en diversas ocasiones y medios que sería a través de un “concurso mercantil” que se liquidarían sus bienes para pagar a sus carencias, no obstante esta opción ha sido desechada.
Con pleno conocimiento de que el recurso del concurso mercantil no es más una posible salida a los señalamientos de fraude y estafa comunitaria, y aún notificado desde el 16 de Octubre al respecto, el también auto nombrado “Millonario, influencer y filántropo” solicitó ayer al CEEPAC su inscripción para aspirar a una candidatura por la vía independiente.
Sin concurso mercantil en proceso, Gabriel Salazar Soto tendrá que enfrentar las millonarias acusaciones de fraude, los procesos ilegales que sostuvo con el gobierno del estado y liquidar sus múltiples deudas directamente al ser socio mayoritario de las empresas involucradas en los delitos.
Aquí la transcripción del expediente electrónico:
Expediente: 256/2020
Federal
Circuito:
Circuito 9 – SAN LUIS POTOSI
Organismo:
Juzgado de Distrito, Materia Mercantil Federal
Tipo: Procesos Civiles o Administrativos
Expediente: 256/2020
Actor: Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable
Fecha Acuerdo Fecha Publicación Acuerdo
15/10/2020 16/10/2020
En primer término, téngase a la secretaria adscrita a este juzgado de distrito validando la coincidencia de las últimas actuaciones que obran en el expediente físico y el electrónico y se le requiere para que valide las subsecuentes; lo anterior para los efectos legales consiguientes.
Por otro lado, visto el estado que guardan los autos, así como la certificación de cuenta, al no haberse interpuesto el recurso procedente dentro del término legal en contra del proveído de veinticinco de septiembre del año en curso que desechó la solicitud de concurso mercantil, con fundamento en los artículos 8 y 268 de la Ley de Concursos Mercantiles, en relación con el 1078, 1334 y 1335 del Código de Comercio, se declara que dicho proveído ha causado estado.
En consecuencia, toda vez que no existen diligencias pendientes de desahogo; se ordena el archivo de este asunto como asunto totalmente concluido.
Con fundamento en los artículos 3, fracción VII, 12, 14, 20 y 21, fracción b), del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de marzo de dos mil veinte; se determina que este expediente es destruible, una vez que transcurra el plazo de tres años, y atendiendo a las particularidades del presente asunto no reviste relevancia documental alguna.
Háganse las anotaciones correspondientes en la carátula del expediente y en el Libro de Gobierno número tres de Registro de Asuntos Civiles y Administrativos de este juzgado.
En diverso aspecto, vistos los escritos que suscriben …; atento a su contenido, no ha lugar a reconocerles el carácter de parte en el presente expediente, ni señalando autorizados y domicilio para oír y recibir notificaciones, dado que se desechó por auto de veinticinco de septiembre último.
Por lo anterior, de conformidad con los artículos 1054 del Código de Comercio y 1º del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, no resulta procedente expedirles las copias que solicitan y tenerles autorizando personas que las reciban.
Máxime que de su ocurso no se desprende que soliciten las copias para defenderse en diverso juicio.
Lo anterior, sin perjuicio de la solicitud que pudieren realizar conforme al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se establecen los lineamientos para regular el procedimiento administrativo interno de acceso a la información pública, así como el funcionamiento y atribuciones del Comité de Transparencia del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de junio de dos mil diecisiete.
Notifíquese por lista electrónica.
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Ciudad
Elementos de PC atienden parto en plena calle de la Progreso
Con la respuesta rápida de atención mamá y bebé están fuera de peligro
Por: Cristian Betancourt
La tarde de este jueves 27 de noviembre habitantes de la colonia Progreso vivieron una escena inesperada cuando una joven mujer inició con labores de parto en la vía pública, rápidamente Protección Civil Estatal y paramédicos voluntarios llegaron al lugar para brindarle atención a la mujer.
En cuestión de minutos lograron recibir al bebé ante la mirada de varias personas que se encontraban cerca del hecho.
Tras el parto la madre y el bebé fueron trasladados a un hospital para una revisión completa, por fortuna ambos se encuentran fuera de peligro.
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Ciudad
Concejales de Pozos se autorizan aguinaldazo: 200 mil a cada uno
Se autorizan aguinaldo de 45 días, bono de “día 7” y devolución del ISR; se repartirán 38 millones entre todos los empleados del municipio
Por: Ana G Silva y Jorge Saldaña
La Comisión de Hacienda del recién creado municipio de Villa de Pozos aprobó una adecuación presupuestal que permitirá entregar prestaciones de fin de año extraordinarias a todos los trabajadores municipales, incluidos los 12 concejales, quienes recibirán un paquete que supera los 200 mil pesos por persona.
De acuerdo a la minuta de la comisión que sesionó el martes pasado por la mañana en poder de este medio, los concejales se autorizaron:
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45 días de aguinaldo (cuando la ley marca un mínimo de 15).
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El pago del llamado “día 7”, que corresponde a los siete días adicionales de los siete meses con 31 días que no se cubren en las quincenas.
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La devolución total del ISR retenido en el aguinaldo, otorgado como prestación o bono.
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Compensaciones adicionales contempladas en el capítulo 1000 del presupuesto.
Sumando su salario mensual aproximado de 28 mil pesos, el aguinaldo ampliado (45 días), el pago del “día 7” y el retorno del ISR, el monto por concejal asciende a unos 200 mil pesos.
El documento incluye una instrucción explícita:
la Tesorería deberá retener el ISR al trabajador y, a la vez, otorgarlo como bono, mientras el municipio paga al SAT la misma cantidad. En la práctica, se trata de una devolución total del impuesto, una práctica poco común en administraciones municipales.
Las prestaciones aprobadas representan un total de 38 millones de pesos, casi el 8% del presupuesto anual de Villa de Pozos, que asciende a alrededor de 500 millones.
La Comisión de Hacienda pidió al tesorero municipal confirmar si existía suficiencia presupuestal para cubrir el gasto. El tesorero, José Luis González Acosta, respondió por escrito: “Sí se cuenta con suficiencia presupuestaria para atender las prestaciones de fin de año.”

El dictamen incluye aguinaldos, gratificaciones, compensaciones a personal por honorarios, pagos de “día 7” y la restitución del ISR para personal operativo, funcionarios y autoridades.
De aprobarse mañana en Cabildo, el paquete quedará formalmente autorizado y se ejercerá en diciembre.
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Ciudad
Refuerzan acciones preventivas para uso de pirotecnia en Pozos
A través del operativo cohetón 2025, Protección Civil realiza platicas en escuelas de la localidad para salvaguardar a la comunidad escolar
Por: Redacción
El Gobierno Municipal de Villa de Pozos, a través de la Dirección de Protección Civil, implementa el Operativo Cohetón 2025 con el lema “Enciende tu conciencia, apaga la pólvora”, mediante el cual se imparten pláticas preventivas en escue las.
El director de Protección Civil, Miguel Ángel Llanas Texón, destacó que el objetivo principal de este operativo es reducir accidentes relacionados con el uso de material pirotécnico durante la temporada decembrina, a fin de salvaguardar la integridad de las personas.
Con esto se busca que las y los estudiantes, así como la comunidad escolar comprendan los riesgos asociados al uso de pirotecnia y aprendan medidas de autocuidado.
Llanas Texón aseguró que estas acciones continuarán en diversas instituciones educativas del municipio, con el propósito de que el mensaje de prevención llegue a un mayor número de personas y se fortalezca la seguridad en Villa de Pozos.
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