Ciudad
Desechan concurso mercantil a Gabriel Salazar Soto
Tendrá que pagar directamente a sus defraudados
Por: Redacción
El juzgado de distrito del noveno circuito desechó de plano la solicitud de concurso mercantil que solicitó la empresa Cano Soto y Asociados, propiedad de Gabriel Salazar Soto, procedimiento con el que pretendía liquidar sus diversos compromisos financieros con proveedores, acreedores y asociados.
El pasado 16 de octubre se publicó electrónicamente en estrados de los procesos civiles y administrativos la resolución que dicta que de acuerdo a la Ley de Concursos Mercantiles, desde el 25 de septiembre se desechó la solicitud de la persona moral propiedad de Salazar y al no haber interpuesto ningún recurso procedente dentro de los términos legales, “se declara que dicho proveído ha causado estado, en consecuencia, toda vez que no existen diligencias pendientes, se ordena el archivo de este asunto como totalmente concluido” se lee en los estrados.
Tras destaparse una serie de acusaciones por fraude en contra de centenas de ahorradores e inversionistas de sus empresas, falta de pago a múltiples proveedores y se pusiera al descubierto una red de complicidades para obtener contratos millonarios entre las empresas de Gabriel Salazar Soto con la Secretaría de Salud en el Estado, el auto llamado “rey del emprendimiento” o “Mr.President” ha adoptado el papel de víctima y ha asegurado en diversas ocasiones y medios que sería a través de un “concurso mercantil” que se liquidarían sus bienes para pagar a sus carencias, no obstante esta opción ha sido desechada.
Con pleno conocimiento de que el recurso del concurso mercantil no es más una posible salida a los señalamientos de fraude y estafa comunitaria, y aún notificado desde el 16 de Octubre al respecto, el también auto nombrado “Millonario, influencer y filántropo” solicitó ayer al CEEPAC su inscripción para aspirar a una candidatura por la vía independiente.
Sin concurso mercantil en proceso, Gabriel Salazar Soto tendrá que enfrentar las millonarias acusaciones de fraude, los procesos ilegales que sostuvo con el gobierno del estado y liquidar sus múltiples deudas directamente al ser socio mayoritario de las empresas involucradas en los delitos.
Aquí la transcripción del expediente electrónico:
Expediente: 256/2020
Federal
Circuito:
Circuito 9 – SAN LUIS POTOSI
Organismo:
Juzgado de Distrito, Materia Mercantil Federal
Tipo: Procesos Civiles o Administrativos
Expediente: 256/2020
Actor: Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable
Demandado: Cano Soto y Asociados, Sociedad Anónima de Capital Variable
Fecha Acuerdo Fecha Publicación Acuerdo
15/10/2020 16/10/2020
En primer término, téngase a la secretaria adscrita a este juzgado de distrito validando la coincidencia de las últimas actuaciones que obran en el expediente físico y el electrónico y se le requiere para que valide las subsecuentes; lo anterior para los efectos legales consiguientes.
Por otro lado, visto el estado que guardan los autos, así como la certificación de cuenta, al no haberse interpuesto el recurso procedente dentro del término legal en contra del proveído de veinticinco de septiembre del año en curso que desechó la solicitud de concurso mercantil, con fundamento en los artículos 8 y 268 de la Ley de Concursos Mercantiles, en relación con el 1078, 1334 y 1335 del Código de Comercio, se declara que dicho proveído ha causado estado.
En consecuencia, toda vez que no existen diligencias pendientes de desahogo; se ordena el archivo de este asunto como asunto totalmente concluido.
Con fundamento en los artículos 3, fracción VII, 12, 14, 20 y 21, fracción b), del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de valoración, depuración, destrucción, digitalización, transferencia y resguardo de los expedientes judiciales generados por los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinticinco de marzo de dos mil veinte; se determina que este expediente es destruible, una vez que transcurra el plazo de tres años, y atendiendo a las particularidades del presente asunto no reviste relevancia documental alguna.
Háganse las anotaciones correspondientes en la carátula del expediente y en el Libro de Gobierno número tres de Registro de Asuntos Civiles y Administrativos de este juzgado.
En diverso aspecto, vistos los escritos que suscriben …; atento a su contenido, no ha lugar a reconocerles el carácter de parte en el presente expediente, ni señalando autorizados y domicilio para oír y recibir notificaciones, dado que se desechó por auto de veinticinco de septiembre último.
Por lo anterior, de conformidad con los artículos 1054 del Código de Comercio y 1º del supletorio Código Federal de Procedimientos Civiles, no resulta procedente expedirles las copias que solicitan y tenerles autorizando personas que las reciban.
Máxime que de su ocurso no se desprende que soliciten las copias para defenderse en diverso juicio.
Lo anterior, sin perjuicio de la solicitud que pudieren realizar conforme al Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se establecen los lineamientos para regular el procedimiento administrativo interno de acceso a la información pública, así como el funcionamiento y atribuciones del Comité de Transparencia del propio Consejo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el treinta de junio de dos mil diecisiete.
Notifíquese por lista electrónica.
Lee también: Gabo Salazar quiere ser candidato independiente
Ayuntamiento de SLP
San Luis Capital recibe certificación internacional por altos estándares de confiabilidad
El Alcalde Enrique Galindo recibió la certificación, única en su tipo, diseñada para gobiernos municipales y avalada por 169 países miembros de ISO
Por: Redacción
El Alcalde Enrique Galindo Ceballos encabezó la ceremonia de entrega de la Certificación Internacional de Calidad ISO 18091:2019 a la Dirección General de Gestión Territorial y Catastro del Ayuntamiento de San Luis Potosí, reconocimiento otorgado por la Fundación Internacional para el Desarrollo de Gobiernos Confiables (FIDEGOC), representada por su secretario ejecutivo y creador de la norma, Carlos Humberto Gadsden Carrasco. Esta norma es única en su tipo a nivel mundial, diseñada para gobiernos municipales y avalada por los 169 países miembros de la ISO.
Durante su intervención, el Alcalde Enrique Galindo subrayó que su administración está comprometida con procesos eficientes, transparentes y confiables, como lo demuestran los esfuerzos en Mejora Regulatoria y el cumplimiento de estándares internacionales. Agradeció y reconoció a la titular de Catastro, Ángeles Rodríguez Aguirre, y a su equipo por este logro que fortalece la confianza ciudadana.
Por su parte, Gadsden Carrasco señaló que San Luis Potosí es uno de los 23 municipios del país que participaron, y ahora se posiciona como líder internacional por el compromiso integral con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, por lo que el reconocimiento que recibió es nivel bronce.
La obtención del Certificado de Calidad ISO 18091:2019 para el Ayuntamiento de San Luis Potosí se da tras culminar con éxito el proceso de auditoría y evaluación que reconoce la implementación de un Sistema Integral de Gestión de la Calidad confiable, orientado a la mejora continua. Este logro reafirma el compromiso municipal con ofrecer procesos y servicios eficientes que elevan la satisfacción ciudadana y fortalecen la Gobernanza Confiable.
También lee: Comisiones aprueban reforma electoral de paridad propuesta por el Ceepac
Ciudad
Comisiones aprueban reforma electoral de paridad propuesta por el Ceepac
Se adelanta al 15 de septiembre del año previo a la elección como fecha de inicio del proceso electoral
Por: Redacción
En una decisiva sesión de Comisiones Unidas, las y los diputados de la LXIV Legislatura aprobaron por mayoría el dictamen que declara procedente la iniciativa de reforma electoral presentada por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC). Dicho dictamen reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí y de la Ley Electoral del Estado.
El punto central de la iniciativa es la garantía del principio de paridad en la postulación de candidaturas al Gobierno del Estado y a las Presidencias Municipales. El dictamen subraya que esta modificación es necesaria, proporcional y adecuada para cumplir con el mandato de igualdad sustantiva, buscando corregir los rezagos históricos, particularmente en los cargos de mayor relevancia. La aprobación tiene el objetivo de robustecer la democracia local al dotarla de un sistema electoral con mejores herramientas, garantizando la igualdad entre mujeres y hombres con un enfoque de derechos humanos y una perspectiva de género.
En el eje de la organización electoral, la reforma introduce cambios sustanciales para optimizar los procesos y reducir costos. Uno de los ajustes clave es la fijación del 15 de noviembre del año previo a la elección como fecha de inicio del proceso electoral, lo que busca dar mayor tiempo para la preparación logística.
Adicionalmente, se establecen medidas para fortalecer la operatividad electoral. Esto incluye la garantía de remuneración para los integrantes de comisiones distritales y comités municipales, así como el establecimiento de un procedimiento sumario para la revocación de nombramientos, lo que agilizará la toma de decisiones internas. Finalmente, la reforma plantea la racionalización de costos y la eliminación de la entrega física de la Ley Electoral a presidentes de casilla, buscando evitar retrasos en la distribución de materiales y documentación electoral.
Con esta aprobación, las comisiones de Puntos Constitucionales y Régimen Interno y de Asuntos Electorales dan un paso significativo hacia un marco legal más equitativo y eficiente, que deberá pasar al Pleno del Congreso para su discusión y votación final.
También lee: El IMSS SLP dejó expirar millones de pesos en medicamentos
Ciudad
Interapas emite recomendaciones en caso de fugas domiciliarias
Cuando una fuga se origina en una toma domiciliaria, es necesario cancelar la conexión dañada y renovar la tubería
Por: Redacción
Cuadrillas de Interapas repararon una fuga de agua potable en la Primera Privada de Tamiahua en la colonia San Luis Rey, además de intervenir tres fugas más en tomas domiciliarias ubicadas en la calle David G. Berlanga del Barrio de Tequisquiapan y en la calle República de la colonia Himno Nacional 1ra Sección.
Cuando una fuga se origina en una toma domiciliaria, es necesario cancelar la conexión dañada y, en muchos casos, renovar la tubería para evitar futuros escapes de agua. Por ello, es indispensable que las y los usuarios realicen el trámite de cambio de tubería y reconexión en las oficinas del organismo, lo que permite contar con instalaciones seguras, prevenir conexiones irregulares y mantener un control adecuado sobre la red.
Interapas recuerda a los usuarios la importancia de reportar oportunamente cualquier fuga a través de las líneas FUGACERO 444 301 64 00, ACUATEL 444 123 64 00 o mediante las redes sociales oficiales del organismo.
-
Destacadas2 años
Con 4 meses trabajando, jefa de control de abasto del IMSS se va de vacaciones a Jerusalén, echando mentiras
-
Ciudad3 años
¿Cuándo abrirá The Park en SLP y qué tiendas tendrá?
-
Ciudad4 años
Tornillo Vázquez, la joven estrella del rap potosino
-
Destacadas4 años
“SLP pasaría a semáforo rojo este viernes”: Andreu Comas
-
Ciudad3 años
Crudo, el club secreto oculto en el Centro Histórico de SLP
-
Estado2 años
A partir de enero de 2024 ya no se cobrarán estacionamientos de centros comerciales
-
#4 Tiempos3 años
La disputa por el triángulo dorado de SLP | Columna de Luis Moreno
-
Destacadas3 años
SLP podría volver en enero a clases online








