enero 8, 2026

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México

¿Cuáles son las NOM de salud que podrían desaparecer?

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El gobierno federal publicó la desaparición de normas para 35 enfermedades

Por Alex Valencia

El pasado 1 de junio se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Suplemento del Programa Nacional de Infraestructura de Calidad, en el cual se propone la desaparición de 35 Normas Oficiales Mexicanas (NOM) correspondientes al área de salud, lo cual generó reacciones críticas que señalan una grave afectación a este sector, críticas que el presidente Andrés Manuel López Obrador ha calificado como “un asunto de traficantes de influencias”. Entre las NOMs propuestas para desaparecer se encuentran las de fomento, protección y apoyo a la lactancia materna; para el tratamiento integral del sobrepeso y la obesidad; para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus; para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento; y control de la hipertensión arterial sistémica. También las normas para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del cólera; así como para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, vigilancia epidemiológica y promoción de la salud del cáncer de próstata y del cáncer cérvico uterino, y de mama entre otras.

La Secretaría de Economía es la responsable de operar el Catálogo Mexicano de Normas, que se dividen en tres: Norma Oficial Mexicana, Norma Mexicana y Norma de Referencia. Las NOM a su vez están definidas como: “regulaciones técnicas de carácter obligatorio. Regular los productos, procesos o servicios, cuando estos pueden constituir un riesgo para las personas, animales y vegetales, así como el medio ambiente en general, entre otros”.

El sitio web de la Secretaría de Economía, en su sección “Sabes cómo te benefician las Normas Oficiales Mexicanas” (sic), explica la importancia y beneficios de las Normas, entre los que destaca: “Las NOMs protegen de los principales riesgos identificados por el gobierno, lo que reduce el riesgo a la seguridad de las personas, su salud y fomentan el cuidado del medio ambiente.

Las NOM referentes a la salud están definidas, de acuerdo al sitio web de la Secretaría de Salud, como “regulaciones técnicas de observancia obligatoria expedidas por las dependencias competentes, que tienen como finalidad establecer las características que deben reunir los procesos o servicios cuando estos puedan constituir un riesgo para la seguridad de las personas

o dañar la salud humana; así como aquellas relativas a terminología y las que se refieran a su cumplimiento y aplicación.”

Es la misma página se puede leer a continuación que estas Normas deben ser revisadas y aprobadas por el Comité Consultivo Nacional de Normalización, Prevención y Control de Enfermedades (CCNNPCE), quienes deberán revisarlas y estudiarlas cada 5 años para decidir la cancelación, modificación o ratificación de las mismas, paso que omitió el Gobierno Federal antes de la publicación de la cancelación.

Las normas establecen una guía de procedimientos de atención tanto para instituciones públicas como privadas. Legisladores e investigadores han coincidido en señalar que estas NOM de salud no son obsoletas, sino que deben de actualizarse en razón de que abordan enfermedades que siguen afectando en nuestro país; sin embargo, el Subsecretario de salud, Hugo López-Gatell, expresó al día siguiente a la publicación que las Normas no son necesarias, ya que ” hay más de 35 mil enfermedades definidas. Añadió que en ningún lugar del mundo, incluido México, existe tal cantidad de NOM, y aseveró que la atención a las mismas está garantizada.

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México

Senado de Estados Unidos vota para restringir facultades militares de Donald Trump en Venezuela

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​La resolución aprobada en la cámara alta condiciona el despliegue de tropas terrestres a la autorización previa del Poder Legislativo; el presidente Trump aún tiene derecho de veto para estas resoluciones

Por Roberto Mendoza

El Senado de los Estados Unidos aprobó este jueves una resolución bipartidista de poderes de guerra para limitar la capacidad del presidente Donald Trump de ordenar futuras acciones militares en Venezuela sin el consentimiento del Congreso. La votación de 52 a favor y 47 en contra se produjo tras la incursión del 3 de enero en Caracas que concluyó con la captura de Nicolás Maduro y su traslado a una corte federal en Nueva York. El mecanismo legal S.J.Res.98 fue avanzado en Washington con el respaldo de la bancada demócrata y cinco senadores del Partido Republicano.

​La medida legislativa, impulsada por los senadores Tim Kaine y Rand Paul, prohíbe el uso de recursos federales para el despliegue de efectivos de combate o la administración directa de la infraestructura venezolana, a menos que exista una declaración de guerra formal. El documento técnico establece que, si bien la captura de Maduro se ejecutó bajo facultades de persecución criminal y narcoterrorismo, la permanencia de fuerzas armadas en el país sudamericano para tareas de gobernanza requiere supervisión parlamentaria obligatoria. Los senadores republicanos que apoyaron la moción argumentaron que la resolución busca prevenir el inicio de un conflicto bélico de larga duración sin una estrategia de retiro definida por el Departamento de Defensa.

​La Casa Blanca calificó el resultado de la votación como una interferencia inconstitucional en las atribuciones del comandante en jefe para garantizar la seguridad nacional y la estabilidad regional. En Caracas, la presidencia interina a cargo de Delcy Rodríguez inició los procedimientos para una transición administrativa, mientras el país permanece bajo decreto de luto nacional de siete días. El trámite legislativo se dirige ahora a la Cámara de Representantes para su debate final, ante la advertencia explícita del presidente Donald Trump sobre el ejercicio de su derecho al veto para invalidar cualquier freno administrativo a sus decisiones operativas en la región.

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México

Con la reforma electoral Morena dará un golpe de Estado: Rubén Moreira

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​La reforma contempla que habrá nuevas reglas para el proceso de 2027

​Por Roberto Mendoza

El coordinador de la bancada de Morena y presidente de la Junta de Coordinación Política, Ricardo Monreal, presentó la hoja de ruta para la reforma electoral que establece febrero de 2026 como la fecha de presentación de la iniciativa constitucional ante el Congreso de la Unión.

El documento técnico define que el proceso de redacción jurídica concluye en enero de 2026 y prevé la aprobación por mayoría calificada en ambas cámaras durante el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones, que termina en mayo de este año. Por su parte, el coordinador de los diputados del PRI, Rubén Moreira, emitió declaraciones sobre el alcance y los objetivos de esta propuesta en una entrevista exclusiva para La Orquesta.

La hoja de ruta contempla que el diseño de la iniciativa finalice en enero de 2026 para proceder con el debate parlamentario y la modificación de leyes secundarias, incluyendo la LGIPE y el COFIPE, entre los meses de marzo y abril. El esquema operativo proyecta el nombramiento de nuevos consejeros electorales

el 4 de abril de 2026 y la conformación de un nuevo órgano administrativo para junio del mismo año.

Los cambios normativos y reglamentarios resultantes se aplicarán al proceso electoral federal de 2027, cuyo inicio formal está programado para septiembre de 2026 bajo la nueva estructura institucional.

En su intervención, Rubén Moreira declaró que “Morena dará un golpe de Estado con esta ley” y afirmó que a la bancada mayoritaria “le estorban sus aliados el PT y el PVEM” en la configuración del nuevo sistema. La propuesta oficial justifica la medida como un mecanismo de austeridad para reducir el gasto del sistema electoral y centralizar las funciones de los organismos locales en un solo ente nacional. El cumplimiento de este calendario administrativo queda sujeto a la ratificación de la reforma por al menos 17 congresos estatales antes del inicio del próximo ciclo electoral.

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Este 9 de enero arranca el registro obligatorio de líneas celulares

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Toda línea que no esté registrada para el 29 de junio será suspendida

Por: Redacción

A partir de este viernes 9 de enero, entrará en vigor a nivel nacional el registro obligatorio de líneas de telefonía celular, bajo el cual, todos los usuarios estarán obligados a vincular su número con su identidad.

Esta medida fue aprobada el pasado 8 de diciembre por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) y, según se explicó, tiene el objetivo de reducir los delitos telefónicos al eliminar el anonimato de las líneas.

El registro abarca tanto a las líneas de prepago como de pospago, y se debe de hacer directamente con las compañías proveedoras del servicio telefónico, y aunque se puede realizar directamente en sucursal, la mayoría ya pusieron a disposición del usuario los canales para efectuarlo de manera remota.

Para realizar este registro, las personas físicas deberán presentar identificación oficial (credencial de elector o pasaporte) y Clave Única de Registro de Población (CURP)

; mientras que en el caso de las personas morales, también deberán presentar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

El plazo para el registro abarcará desde el 9 de enero hasta el 29 de junio, y en caso de no completarse dentro de ese lapso, la línea será suspendida, y únicamente se podrán realizar llamadas de emergencia.

La Comisión también explicó que, como parte de estos cambios, a partir del 9 de enero las personas tendrán que completar este registro en el mismo momento en que adquieran una línea, por lo que deberán presentar sus documentos para poder hacerse con el servicio.

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