Congreso del Estado
Congreso de SLP pedirá a la UASLP que autorice permisos de maternidad a estudiantes
La medida propuesta por el diputado Héctor Ramírez Konishi, será evitar la deserción escolar entre las y los universitarios
Por: Redacción
Héctor Mauricio Ramírez Konishi, diputado del Congreso del Estado de San Luis Potosí, impulsó un Punto de Acuerdo para exhortar a la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), para que realice las adecuaciones necesarias en su normativa interna a fin de autorizar licencias o permisos de maternidad, y en su caso de paternidad, para sus estudiantes, además de implementar espacios para garantizar el acceso a la lactancia.
El legislador comentó que el objetivo principal de dicha iniciativa será prevenir la deserción escolar y evitar que por circunstancias de maternidad o paternidad, los jóvenes abandonen sus estudios; por el contrario, a través de la Institución Universitaria se podría generar algún tipo de apoyo que les permita continuar y evitar la carrera trunca.
Ramírez Konishi expuso que desde el momento en que un menor de edad aparece en la escena de la esfera donde interviene el Estado a través de cualquiera de sus instituciones públicas, “el menor se vuelve la más alta prioridad y esto ha quedado claro a través d el principio de interés superior de la niñez, de rango constitucional, establecido que en toda situación donde se vean involucrados niños, niñas y adolescentes se traten de proteger y privilegiar sus derechos”, añadió.
El legislador precisó que este Punto de Acuerdo planteará que se generen los permisos o licencias necesarios para el embarazo, como la lactancia y las estancias infantiles, más allá de favorecer a las madres el derecho a la educación, son una forma de garantizar el derecho del menor de edad a gozar de tiempo de interacción con sus padres, a disfrutar su lactancia y a desarrollarse en un medio ambiente seguro mientras sus progenitores estudian.
El legislador Ramírez Konishi, explicó que “los tres aspectos que respetuosamente este Punto de Acuerdo busca promover para que sean implementados en el marco de su autonomía por la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, además una obligación de los entes públicos constituirán un parteaguas en la educación superior y enmarcan el centenario de la autonomía de nuestra máxima casa de estudios, pues la posicionarían a la vanguardia como la institución de educación superior pionera en el respeto a los derechos humanos y en acciones que garantizan el respeto al principio de rango constitucional del interés superior de la niñez”, finalizó. Por su parte, la iniciativa fue turnada a comisiones para su análisis.
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Congreso del Estado
Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley Electoral de SLP
Entre los cambios están que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos
Por: Redacción
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado aprobó una serie de reformas a la Constitución Política y a la Ley Electoral de San Luis Potosí con el objetivo de modernizar y hacer más eficientes los procesos electorales, además de fortalecer la participación política de las mujeres mediante reglas permanentes de paridad y alternancia de género.
Durante la Sesión Ordinaria, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Carlos Artemio Arreola Mallol, destacó que las modificaciones consolidan mecanismos jurídicos para garantizar una mayor igualdad en cargos de elección popular, especialmente en la gubernatura y las presidencias municipales.
El legislador señaló que las reformas buscan “blindar jurídica y constitucionalmente” la participación efectiva de las mujeres, incorporando criterios claros de alternancia de género para futuras elecciones.
Entre los cambios aprobados destaca que el proceso electoral iniciará el 15 de noviembre del año previo a la jornada electoral, además de nuevas disposiciones para agilizar procedimientos internos, fortalecer la fiscalización de recursos públicos y modernizar el sistema de quejas y denuncias.
También se estableció la obligación de realizar al menos dos debates entre candidaturas a la gubernatura durante el periodo de campañas, así como debates obligatorios para presidencias municipales en los cinco municipios con mayor lista nominal del estado.
En materia de paridad, la reforma constitucional establece que los partidos políticos deberán aplicar la alternancia de género en la postulación a la gubernatura estatal, tomando como referencia el género de la candidatura presentada en la elección inmediata anterior.
Sin embargo, tras las observaciones realizadas por el gobernador José Ricardo Gallardo Cardona, se determinó que para el proceso electoral de 2027 no existirá restricción de género en las candidaturas a la gubernatura, permitiendo a partidos y candidaturas independientes definir libremente sus postulaciones bajo el principio general de paridad.
La aplicación obligatoria de la alternancia de género comenzará a partir del proceso electoral 2032-2033, con reglas específicas para garantizar una implementación gradual y constitucionalmente sólida.
Las reformas también contemplan ajustes administrativos y financieros, incluyendo mayores obligaciones de transparencia en el uso de recursos públicos y nuevas reglas para las prerrogativas y sanciones de los partidos políticos.
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Congreso del Estado
Congreso aprueba reforma a la Ley para Igualdad entre Hombres y Mujeres
Se amplían las causas de discriminación introduciendo nuevas condiciones que generan esta práctica
Por: Redacción
Las y los diputados integrantes de la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres para el Estado de San Luis Potosí presentada por la diputada María Antonia Castro Castañeda, para ampliar las causas que generen discriminación.
El diputado Marco Antonio Gama Basarte, presidente de esta comisión legislativa dijo que el dictamen establece que la discriminación, es toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional, y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad sustantiva de oportunidades de las personas en las esferas política, económica, social, cultural, civil, educativa, institucional, laboral o en cualquier otra.
Asimismo, se propone, incluyendo a cualquier acción u omisión que, directa o indirectamente, provoque o perpetúe la brecha de género en cualquier ámbito, cuando la distinción, exclusión, restricción o preferencia en estos términos se base en uno o más de los siguientes motivos del origen étnico, nacional o regional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, la salud o jurídica, la religión y la apariencia y/o condición física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, la identidad de género, la orientación sexual, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, profesión o actividad laboral, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo análogo
.En la propuesta aprobada, se agrega el siguiente párrafo a esta segunda fracción: se entenderá también como discriminación la homofobia, misoginia, cualquier manifestación de xenofobia, segregación racial, antisemitismo, así como la discriminación racial y otras formas conexas de intolerancia.
Asimismo, establece que se considera discriminación por razón de sexo cualquier persona realizada por la autoridad o la persona servidora pública, que derive la presentación de un recurso tendiente a salvaguardar el derecho a una vida libre de discriminación por razón de sexo, así como cualquier conducta u omisión destinada a impedir el ámbito del debido proceso del recurso.
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Congreso del Estado
Proponen reforma para sancionar fraudes parentales
Son aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas
Por: Redacción
La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con el objetivo de incorporar un tipo penal específico que sancione la atribución indebida de la paternidad o las obligaciones de filiación a un tercero, cuando medie dolo, engaño o aprovechamiento indebido de las circunstancias.
Ello no sólo responde a una necesidad de justicia material, sino que se alinea con el principio de proporcionalidad, al equilibrar la protección de los derechos de la niñez con los derechos patrimoniales y personales de quienes resulten afectados por estas conductas, manifestó la diputada proponente.
Expuso la legisladora que la propuesta no pretende, en modo alguno, debilitar el principio del interés superior de la niñez
, sino fortalecerlo mediante la correcta identificación de los sujetos obligados, garantizando que las responsabilidades recaigan en quien verdaderamente corresponde conforme al vínculo biológico o jurídico.“Esta reforma se inscribe en una tendencia contemporánea del derecho comparado orientada a reconocer y sancionar las denominadas conductas de fraude o engaño parental, entendidas como aquellas que distorsionan deliberadamente la verdad biológica para generar consecuencias jurídicas indebidas”, señaló.
La legisladora Martínez Vázquez afirmó que “es necesario y jurídicamente impostergable dotar al ordenamiento penal de herramientas que permitan sancionar estas conductas, proteger el patrimonio de las personas afectadas y reforzar la certeza en las relaciones de filiación, contribuyendo así a un sistema jurídico más equitativo, coherente y garantista”.
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