Congreso del Estado
Congreso de SLP aprobó por unanimidad la Ley Vicaria
Este tipo de agresiones son las ejercidas contra mujeres a través del daño a sus hijos e hijas
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó, por unanimidad, la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, para incorporar el concepto de violencia vicaria, como un tipo de violencia contra las mujeres, entendida como aquellas acciones ejercidas sobre las hijas e hijos de la mujer, con el objetivo de causarle daño, realizadas por una persona agresora que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, o se mantenga o hayan mantenido una relación de hecho, como la sustracción ilegal de los hijos e hijas del hogar de la madre, y cualquiera otra dirigida a dañar a la mujer a través del daño a sus hijos e hijas.
Gabriela Martínez Lárraga, diputada local e impulsora de dicha iniciativa, expuso que la violencia vicaria es una de las formas de violencia de género más “graves, crueles y despiadadas” que existen, y sólo recientemente comenzó a visibilizarse, “pues como casi todas las violencias que se ejercen contra las mujeres, la tolerancia social impide ponerles alto y permite su legitimación, causando en este caso daños irreparables e incluso la destrucción de las mujeres que la padecen”.
La violencia vicaria se ejerce a través de la manipulación de los hijos e hijas en contra de la madre, de la sustracción o secuestro de éstos, de atentados contra su integridad física con golpes, lesiones que pueden ser muy graves, tortura, abuso sexual, descuido, prostitución y en los casos más extremos con el asesinato de las hijas o hijos, que es la parte más visible de esta forma de violencia extrema que destruye a la mujer de manera permanente.
El dictamen reforma los artículos, 13 en su fracción VII, 46 en su fracción VII, y 52 en su fracción II el inciso b); y adiciona a los artículos, 3° la fracción III Bis, 4° la fracción XVI Bis, 11 el párrafo tercero, 13 la fracción VII, 46 la fracción VIII, 52 en su fracción II el inciso c) bis, y 59 el párrafo segundo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.
La reforma aprobada establece que el Poder Judicial del Estado tendrá entre sus obligaciones, capacitar sobre todos los tipos y modalidades de violencia con el objetivo de fortalecer la impartición de justicia con perspectiva de género, haciendo énfasis en la violencia vicaria por ser de reciente reconocimiento. En relación a los modelos de atención, brindados por el estado y municipios, se indica que en los casos de violencia vicaria, se deberá proporcionar atención y tratamiento psicológico especializados y gratuitos a las víctimas, que favorezcan la reunificación familiar entre las hijas e hijos con la madre con el objetivo de reparar el daño causado derivado de dicha modalidad de violencia.
Las víctimas recibirán el apoyo interinstitucional del Sistema DIF; la Secretaría General de Gobierno; el Instituto de las Mujeres, Centro de Justicia para Mujeres, y en su caso del Poder Judicial; con el objetivo de implementar un sistema de protección y acompañamiento integral para las mujeres y sus hijas e hijos; y apoyo para la reunificación familiar entre la madre y sus hijos e hijas que estén siendo víctimas de violencia vicaria; así como realizar las acciones tendentes a garantizar a las víctimas el derecho a la justicia.
La reforma indica que tratándose de resoluciones judiciales que involucren violencia vicaria es fundamental que el agresor reciba rehabilitación psicológica con perspectiva de género y de infancia.
Durante la presentación y aprobación del dictamen, estuvieron en el Pleno, mujeres víctimas de la violencia vicaria.
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Congreso del Estado
Se realiza en el Congreso el Parlamento Abierto para el Bienestar
Carlos Arreola recordó que estas propuestas surgen de la necesidad de sancionar a personas que normalizan la violencia contra los animales
Por: Redacción
Con el propósito de evaluar su vigencia, identificar áreas de mejora y fortalecer su capacidad para responder a los desafíos actuales en materia de bienestar animal, tenencia responsable, prevención del maltrato, protección animal y coordinación institucional, el Congreso del Estado, a través del Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa, llevó a cabo el Parlamento Abierto para el Bienestar, Protección y Cuidado Animal.
El diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, director del Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa recordó que estas propuestas surgen de la necesidad de sancionar a las personas que normalizan la violencia contra los animales y que, luego de diversas reformas a la legislación, son sujetos de protección y cuidado.
“Tenemos que empezar a discutir y hablar cuáles son los límites de las penas, cuáles son las modalidades, porque no es lo mismo que se cometa un accidente que resulte en la muerte de un animal, a que se haga con violencia, se grabe, se torture y se difunda en redes sociales, más si es un servidor público y hay que ver los límites y extremos del juez”.
Congreso del Estado
Se reitera el respeto a quienes ejercen el periodismo: Héctor Serrano
Señaló que finalmente será la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que determine si es constitucional o no la reforma
Por: Redacción
El diputado Héctor Serrano Cortés reiteró su respeto a la organización Artículo 19 y a quienes ejercen el periodismo con responsabilidad y profesionalismo, al reiterar su postura de un diálogo abierto en el marco de los foros que se llevarán a cabo en el mes de Septiembre sobre el uso indebido de la inteligencia artificial.
Señaló que finalmente será la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que determine si es constitucional o no la reforma que protege a los ciudadanos del uso indebido de esta tecnología, tras la inconformidad que de manera oficiosa, presentó en su momento la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
“Refrendo mi compromiso a todos los que hacen un trabajo periodístico con los cánones de trabajar con una lectura hacia los ciudadanos que corresponda a la verdad y la objetividad”, dijo.
Serrano Cortés añadió que “hoy lo importante es asumir una responsabilidad colectiva y quiero refrendar y transmitirle a Artículo 19, que estamos en las mejores condiciones para dialogar. Va a haber una serie de foros que se van a realizar, y considero que escucharemos las propuestas y las posiciones para acabar con flagelos que no pueden lastimar a la sociedad”.
Puntualizó que “hay un debate global en el tema de la inteligencia artificial, es algo que es hasta normal que esté sucediendo, por eso hay que esperar la resolución de la SCJN pero mientras tanto, hay una norma vigente, y tendrá que aplicarse evidentemente con las condiciones que tiene”.
Congreso del Estado
Aprueban reformas para prevenir y tratar con ciberbullying en SLP
El acoso escolar es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato en contra de alumnos: Dip. César Arturo Lara
Por: Redacción
A iniciativa del diputado César Arturo Lara Rocha, el pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado de San Luis Potosí, para definir el acoso escolar cibernético, como toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, para acosar, amenazar, avergonzar, intimidar, exponer, agredir, exhibir o criticar a uno o varios estudiantes con el objetivo de causarle daño psicológico o emocional, así como atentar contra su intimidad, privacidad y/o dignidad, independientemente de si ocurre dentro o fuera del entorno escolar.
Se indica en la exposición de motivos, que de acuerdo con la Secretaría de Educación Pública, el acoso escolar es el comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en las escuelas con el propósito de intimidar o controlar al alumno, mediante contacto físico o manipulación psicológica.
Ante el incremento del uso de herramientas tecnológicas, es que la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado de San Luis Potosí, en su formulación actual, requiere una actualización para contemplar de manera más precisa
la definición de acoso escolar cibernético que puede afectar a la comunidad educativa, a través de los contextos digitales y tecnológicos.La Ley de Prevención y Seguridad Escolar contará con una definición precisa de lo que entendemos por “Acoso Escolar Cibernético”, lo anterior, alineado a toda forma de acoso, amenaza, ofensa o intimidación, puede ocurrir tanto dentro como fuera del entorno escolar, por medio de cualquier miembro de la comunidad educativa; dicha claridad es importante para seguir enfrentando los desafíos de la era digital y proteger eficazmente a los estudiantes potosinos.
Es importante mencionar que este tipo de comportamientos pueden ocurrir una sola vez y alterar la convivencia escolar de los estudiantes, a las cuales se les denomina como conductas de riesgo, pueden ser los comportamientos desafiantes u hostiles que provocan la sana y pacifica organización de las actividades de convivencia individual y grupal de las y los alumnos.
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