Congreso del Estado
Congreso de SLP aprobó por unanimidad la Ley Vicaria
Este tipo de agresiones son las ejercidas contra mujeres a través del daño a sus hijos e hijas
Por: Redacción
El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó, por unanimidad, la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, para incorporar el concepto de violencia vicaria, como un tipo de violencia contra las mujeres, entendida como aquellas acciones ejercidas sobre las hijas e hijos de la mujer, con el objetivo de causarle daño, realizadas por una persona agresora que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, o se mantenga o hayan mantenido una relación de hecho, como la sustracción ilegal de los hijos e hijas del hogar de la madre, y cualquiera otra dirigida a dañar a la mujer a través del daño a sus hijos e hijas.
Gabriela Martínez Lárraga, diputada local e impulsora de dicha iniciativa, expuso que la violencia vicaria es una de las formas de violencia de género más “graves, crueles y despiadadas” que existen, y sólo recientemente comenzó a visibilizarse, “pues como casi todas las violencias que se ejercen contra las mujeres, la tolerancia social impide ponerles alto y permite su legitimación, causando en este caso daños irreparables e incluso la destrucción de las mujeres que la padecen”.
La violencia vicaria se ejerce a través de la manipulación de los hijos e hijas en contra de la madre, de la sustracción o secuestro de éstos, de atentados contra su integridad física con golpes, lesiones que pueden ser muy graves, tortura, abuso sexual, descuido, prostitución y en los casos más extremos con el asesinato de las hijas o hijos, que es la parte más visible de esta forma de violencia extrema que destruye a la mujer de manera permanente.
El dictamen reforma los artículos, 13 en su fracción VII, 46 en su fracción VII, y 52 en su fracción II el inciso b); y adiciona a los artículos, 3° la fracción III Bis, 4° la fracción XVI Bis, 11 el párrafo tercero, 13 la fracción VII, 46 la fracción VIII, 52 en su fracción II el inciso c) bis, y 59 el párrafo segundo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.
La reforma aprobada establece que el Poder Judicial del Estado tendrá entre sus obligaciones, capacitar sobre todos los tipos y modalidades de violencia con el objetivo de fortalecer la impartición de justicia con perspectiva de género, haciendo énfasis en la violencia vicaria por ser de reciente reconocimiento. En relación a los modelos de atención, brindados por el estado y municipios, se indica que en los casos de violencia vicaria, se deberá proporcionar atención y tratamiento psicológico especializados y gratuitos a las víctimas, que favorezcan la reunificación familiar entre las hijas e hijos con la madre con el objetivo de reparar el daño causado derivado de dicha modalidad de violencia.
Las víctimas recibirán el apoyo interinstitucional del Sistema DIF; la Secretaría General de Gobierno; el Instituto de las Mujeres, Centro de Justicia para Mujeres, y en su caso del Poder Judicial; con el objetivo de implementar un sistema de protección y acompañamiento integral para las mujeres y sus hijas e hijos; y apoyo para la reunificación familiar entre la madre y sus hijos e hijas que estén siendo víctimas de violencia vicaria; así como realizar las acciones tendentes a garantizar a las víctimas el derecho a la justicia.
La reforma indica que tratándose de resoluciones judiciales que involucren violencia vicaria es fundamental que el agresor reciba rehabilitación psicológica con perspectiva de género y de infancia.
Durante la presentación y aprobación del dictamen, estuvieron en el Pleno, mujeres víctimas de la violencia vicaria.
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Congreso del Estado
Congreso busca precisar sanciones para violencia digital contra mujeres
Se clarifica la definición central de la violencia digital, se precisan las conductas rectoras como acoso, hostigamiento y amenazas
Por: Redacción
Con el objetivo de brindar mayor claridad en el apartado de violencia digital, la diputada Dolores Robles Chairez propuso una modificación a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.
La legisladora señaló que el objetivo es establecer en la legislación de manera estructurada este tipo de violencia, sirviendo como base para los programas de prevención, atención y erradicación a cargo de las autoridades ejecutivas estatales y municipales.
Explicó que en primer párrafo, se mantiene y clarifica la definición central de la violencia digital, se precisan las conductas rectoras como acoso, hostigamiento, amenazas, difusión o comercialización de contenido sexual sin consentimiento, entre otras; y, se establece el catálogo de derechos humanos tutelados que resultan vulnerados, tales como la integridad, dignidad, intimidad, libertad y la vida privada de las mujeres.
Se propone adicionar la definición de tecnologías de la información y comunicación, entendida como aquellos recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, administrar y compartir la información mediante diversos soportes tecnológicos.
Congreso del Estado
Serrano: ninguna presión mediática revertirá la Ley IA en el Congreso
El diputado Héctor Serrano advierte que ninguna presión mediática revertirá la Ley IA aprobada por mayoría en el Congreso de SLP, y confía en que la Suprema Corte le dará la razón como ocurrió hoy en el caso de Villa de Pozos
Por: Redacción
El diputado Héctor Serrano descartó que la Ley de Inteligencia Artificial —impulsada por él y aprobada por mayoría en el Congreso del Estado de San Luis Potosí— sea revertida por presión de medios de comunicación o de quejosos ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. “Lo que me parece que no es correcto es pensar que se revierta simple y llanamente una resolución que corresponde a todo un colegiado en el Congreso por una presión mediática. Eso no va a suceder”, advirtió.
Serrano respaldó su postura en la resolución que la Corte emitió este mismo día en el caso de Villa de Pozos, en el que declaró improcedente el recurso presentado por los quejosos. El legislador interpretó ese fallo como señal favorable para el litigio pendiente en torno a la Ley IA. “La corte se pronunció en el tema de pozos y nos dio la razón hoy”, sostuvo.
El diputado también salió al paso de cuestionamientos sobre sus credenciales periodísticas. Señaló que inició una maestría en periodismo político en la Escuela Carlos Septién García precisamente para acreditar su trayectoria en el sector, y rechazó que cualquier persona pueda “inventar una página para denostar y venderte al mejor postor” y llamarse periodista.
Sobre el fondo del debate por libertad de expresión, Serrano admitió que si la Corte identifica algún precepto de la ley que atente contra ese derecho, el Congreso lo regulará o modificará. Sin embargo, subrayó que esa decisión corresponde al tribunal, no a la presión externa. “La única forma de garantizar igualdad es a través de la legalidad y la legalidad se tiene que atender”, afirmó.
Al ser cuestionado sobre si aceptaría un debate con el alcalde Enrique Galindo Ceballos, quien ha posicionado el tema de libertad de expresión en su agenda, Serrano lo descartó.
“No lo quiero distraer de tanto trabajo que tiene, mejor que se ponga a barrer, a reparar baches. Que se dedique a sus funciones como presidente municipal”, respondió. Añadió que falta un año para la elección y que el alcalde “ya se mueve como paladín de la libertad de expresión”, lo que calificó de “absurdo”.
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Congreso del Estado
Proponen reforma en materia de voto a personas en prisión preventiva
Además, para garantizar la asistencia de las representaciones partidistas en sesiones del consejo general y sobre el término de registro de coaliciones: Dip. Dulcelina Sánchez de Lira
Por: Redacción
La diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa para modificar estipulaciones de los artículos, 21, 52, y 173 de la Ley Electoral del Estado de San Luis Potosí, en materia de voto de las personas en prisión preventiva, busca garantizar la asistencia de las representaciones partidistas a las sesiones del Consejo General y, para homologar el término del registro de coaliciones con la Ley General de Partidos Políticos.
Explica que esta iniciativa, propone atender los razonamientos dictados por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para que San Luis Potosí se sume a las entidades federativas que, en atención al principio de presunción de inocencia, garantizarían el derecho al voto de las personas en prisión preventiva sin sentencia firme.
Señaló que, de aprobarse la reforma con las propuestas antes señaladas, traería resultados favorables a nuestra entidad tales como una democracia más inclusiva, ya que el voto en prisión preventiva refuerza la representación política y el vínculo ciudadano, fortaleciendo así el Estado democrático.
Por otra parte, se propone una modificación al artículo 52 de la Ley Electoral del Estado, a fin de no vulnerar los derechos de los partidos políticos en la participación y conocimiento de los asuntos abordados por el órgano superior de dirección del organismo electoral; se sugiere una adecuación preponderando en todo momento una participación efectiva a través de las representaciones partidistas que para tal efecto nombran en su carácter de propietarias o suplentes.
Por último, y a fin de homologar los plazos considerados en la Ley Electoral local específicamente en el artículo 173 respecto del registro de coaliciones, que deberá realizarse 30 días antes del inicio del período de las precampañas de la elección de que se trate.
La iniciativa se turnó a las comisiones de Puntos Constitucionales y Régimen Interno y Asuntos Electorales para su análisis.
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