mayo 12, 2026

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Congreso del Estado

Congreso de SLP aprobó por unanimidad la Ley Vicaria

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Este tipo de agresiones son las ejercidas contra mujeres a través del daño a sus hijos e hijas

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó, por unanimidad, la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, para incorporar el concepto de violencia vicaria, como un tipo de violencia contra las mujeres, entendida como aquellas acciones ejercidas sobre las hijas e hijos de la mujer, con el objetivo de causarle daño, realizadas por una persona agresora que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, o se mantenga o hayan mantenido una relación de hecho, como la sustracción ilegal de los hijos e hijas del hogar de la madre, y cualquiera otra dirigida a dañar a la mujer a través del daño a sus hijos e hijas.

Gabriela Martínez Lárraga, diputada local e impulsora de dicha iniciativa, expuso que la violencia vicaria es una de las formas de violencia de género más “graves, crueles y despiadadas” que existen, y sólo recientemente comenzó a visibilizarse, “pues como casi todas las violencias que se ejercen contra las mujeres, la tolerancia social impide ponerles alto y permite su legitimación, causando en este caso daños irreparables e incluso la destrucción de las mujeres que la padecen”.

La violencia vicaria se ejerce a través de la manipulación de los hijos e hijas en contra de la madre, de la sustracción o secuestro de éstos, de atentados contra su integridad física con golpes, lesiones que pueden ser muy graves, tortura, abuso sexual, descuido, prostitución y en los casos más extremos con el asesinato de las hijas o hijos, que es la parte más visible de esta forma de violencia extrema que destruye a la mujer de manera permanente.

El dictamen reforma los artículos, 13 en su fracción VII, 46 en su fracción VII, y 52 en su fracción II el inciso b); y adiciona a los artículos, 3° la fracción III Bis, 4° la fracción XVI Bis, 11 el párrafo tercero, 13 la fracción VII, 46 la fracción VIII, 52 en su fracción II el inciso c) bis, y 59 el párrafo segundo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

La reforma aprobada establece que el Poder Judicial del Estado tendrá entre sus obligaciones, capacitar sobre todos los tipos y modalidades de violencia con el objetivo de fortalecer la impartición de justicia con perspectiva de género, haciendo énfasis en la violencia vicaria por ser de reciente reconocimiento. En relación a los modelos de atención, brindados por el estado y municipios, se indica que en los casos de violencia vicaria, se deberá proporcionar atención y tratamiento psicológico especializados y gratuitos a las víctimas, que favorezcan la reunificación familiar entre las hijas e hijos con la madre con el objetivo de reparar el daño causado derivado de dicha modalidad de violencia.

Las víctimas recibirán el apoyo interinstitucional del Sistema DIF; la Secretaría General de Gobierno; el Instituto de las Mujeres, Centro de Justicia para Mujeres, y en su caso del Poder Judicial; con el objetivo de implementar un sistema de protección y acompañamiento integral para las mujeres y sus hijas e hijos; y apoyo para la reunificación familiar entre la madre y sus hijos e hijas que estén siendo víctimas de violencia vicaria; así como realizar las acciones tendentes a garantizar a las víctimas el derecho a la justicia.

La reforma indica que tratándose de resoluciones judiciales que involucren violencia vicaria es fundamental que el agresor reciba rehabilitación psicológica con perspectiva de género y de infancia.

Durante la presentación y aprobación del dictamen, estuvieron en el Pleno, mujeres víctimas de la violencia vicaria.

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Congreso del Estado

Congreso propone reforma para reparación de daño en delitos vs intimidad sexual

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Se establece una pena de 3 a 6 años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización

Por: Redacción

Con el fin de declarar la reparación integral en delitos contra la intimidad sexual, la  diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 187.

La legisladora explicó que actualmente el artículo 187 del Código Penal del Estado, tipifica la difusión ilícita de imágenes íntimas, para quien, transmita, publique, o difunda imágenes, sonidos o grabaciones de contenido sexual, que pueden o no contener texto, obtenidas con o sin el consentimiento de la víctima, sin autorización para su difusión.

Se establece una pena de tres a seis años de prisión y multa de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida de actualización. Con la iniciativa propuesta, se busca la reparación del daño, el cual comprenderá, además de lo previsto en las reglas generales, una indemnización compensatoria que tome en cuenta la persistencia del contenido en la red.

En su exposición de motivos, Sánchez de Lira menciona que esta iniciativa responde a la extensión del daño moral dentro de la esfera íntima de la víctima, reconociendo no solo su afectación en el ‘dolor emocional’, sino también el daño al proyecto de vida y la naturaleza técnica del delito.

 

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Congreso del Estado

Apreuba Congreso iniciativa de Gallardo para sustituir SEDUVOP por INREVIS

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De esta manera, se obliga a la SEDUVOP a transferir expedientes e información al INREVIS al avalarse una reforma técnica

 

Por: Redacción

La Comisión de Gobernación del Congreso del Estado aprobó por unanimidad la iniciativa enviada por el titular del Poder Ejecutivo Ricardo Gallardo Cardona, para sustituir a la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (SEDUVOP) por el Instituto de Regularización y Vivienda Social del Estado (INREVIS) como autoridad encargada de ejecutar el Decreto Legislativo No. 410 de 2005, para dar certeza jurídica a lotes de personas de escasos recursos en Matehuala.

 

De esta manera, se obliga a la SEDUVOP a transferir expedientes e información al INREVIS al avalarse una reforma técnica y de armonización normativa, que no modifica el contenido sustantivo del decreto original, pero corrige la autoridad competente para permitir la conclusión efectiva de los procesos y evitar vicios legales, informó el presidente de la Comisión, diputado Héctor Serrano Cortés.

 

Se mantienen intactos: la superficie, lotificación, registro y elementos técnicos del decreto original; se incorporan disposiciones para concluir trámites pendientes de regularización y escrituración; se atienden casos de sucesiones (beneficiarios fallecidos), transmisión de posesión y diversas situaciones no previstas.

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Congreso del Estado

Congreso busca autonomía financiera como derecho de mujeres víctimas de violencia

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El fortalecimiento de la autonomía económica también contribuye a reducir la reincidencia de la violencia

Por: Redacción

Con el objetivo de incorporar la autonomía financiera como derecho y como eje de acción programática, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira propuso una adición a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado.

La iniciativa propone establecer que las mujeres víctimas de violencia tendrán derecho a acceder a programas de capacitación, educación financiera y formación para el trabajo, así como a cursos, talleres y otras herramientas orientadas al desarrollo de la autonomía económica y financiera, que les permitan generar ingresos propios y fortalecer su independencia.

La legisladora indicó que esta propuesta responde a una re alidad concreta

, ya que no basta con proteger, es necesario generar condiciones para que las mujeres puedan reconstruir sus vidas con independencia y seguridad, por lo que este enfoque permite avanzar hacia una igualdad sustantiva y no solo formal.

El fortalecimiento de l a autonomía económica también contribuye a reducir la reincidencia de la violencia, ya que estudios recientes han señalado que las mujeres con ingresos propios tienen hasta un 50 por ciento menos de probabilidad de regresar con su agresor

, lo que revela la importancia de no limitar las acciones del Estado a medidas de protección, sino avanzar hacia estrategias de empoderamiento sostenido.

Agrega que experiencias nacionales e internacionales muestran que cuando las mujeres acceden a capacitación laboral y educación financiera, incrementan sus ingresos entre un 20 y un 30 por ciento en promedio. Además, tienen mayores probabilidades de iniciar pequeños negocios o incorporarse al mercado formal de trabajo. Esto no solo mejora su calidad de vida, también tiene efectos positivos en sus familias y comunidades.

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