mayo 18, 2026

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Congreso del Estado

Congreso de SLP aprobó por unanimidad la Ley Vicaria

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Este tipo de agresiones son las ejercidas contra mujeres a través del daño a sus hijos e hijas

Por: Redacción

El Congreso del Estado de San Luis Potosí aprobó, por unanimidad, la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, para incorporar el concepto de violencia vicaria, como un tipo de violencia contra las mujeres, entendida como aquellas acciones ejercidas sobre las hijas e hijos de la mujer, con el objetivo de causarle daño, realizadas por una persona agresora que tenga o haya tenido una relación de matrimonio, concubinato, o se mantenga o hayan mantenido una relación de hecho, como la sustracción ilegal de los hijos e hijas del hogar de la madre, y cualquiera otra dirigida a dañar a la mujer a través del daño a sus hijos e hijas.

Gabriela Martínez Lárraga, diputada local e impulsora de dicha iniciativa, expuso que la violencia vicaria es una de las formas de violencia de género más “graves, crueles y despiadadas” que existen, y sólo recientemente comenzó a visibilizarse, “pues como casi todas las violencias que se ejercen contra las mujeres, la tolerancia social impide ponerles alto y permite su legitimación, causando en este caso daños irreparables e incluso la destrucción de las mujeres que la padecen”.

La violencia vicaria se ejerce a través de la manipulación de los hijos e hijas en contra de la madre, de la sustracción o secuestro de éstos, de atentados contra su integridad física con golpes, lesiones que pueden ser muy graves, tortura, abuso sexual, descuido, prostitución y en los casos más extremos con el asesinato de las hijas o hijos, que es la parte más visible de esta forma de violencia extrema que destruye a la mujer de manera permanente.

El dictamen reforma los artículos, 13 en su fracción VII, 46 en su fracción VII, y 52 en su fracción II el inciso b); y adiciona a los artículos, 3° la fracción III Bis, 4° la fracción XVI Bis, 11 el párrafo tercero, 13 la fracción VII, 46 la fracción VIII, 52 en su fracción II el inciso c) bis, y 59 el párrafo segundo de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí.

La reforma aprobada establece que el Poder Judicial del Estado tendrá entre sus obligaciones, capacitar sobre todos los tipos y modalidades de violencia con el objetivo de fortalecer la impartición de justicia con perspectiva de género, haciendo énfasis en la violencia vicaria por ser de reciente reconocimiento. En relación a los modelos de atención, brindados por el estado y municipios, se indica que en los casos de violencia vicaria, se deberá proporcionar atención y tratamiento psicológico especializados y gratuitos a las víctimas, que favorezcan la reunificación familiar entre las hijas e hijos con la madre con el objetivo de reparar el daño causado derivado de dicha modalidad de violencia.

Las víctimas recibirán el apoyo interinstitucional del Sistema DIF; la Secretaría General de Gobierno; el Instituto de las Mujeres, Centro de Justicia para Mujeres, y en su caso del Poder Judicial; con el objetivo de implementar un sistema de protección y acompañamiento integral para las mujeres y sus hijas e hijos; y apoyo para la reunificación familiar entre la madre y sus hijos e hijas que estén siendo víctimas de violencia vicaria; así como realizar las acciones tendentes a garantizar a las víctimas el derecho a la justicia.

La reforma indica que tratándose de resoluciones judiciales que involucren violencia vicaria es fundamental que el agresor reciba rehabilitación psicológica con perspectiva de género y de infancia.

Durante la presentación y aprobación del dictamen, estuvieron en el Pleno, mujeres víctimas de la violencia vicaria.

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Congreso del Estado

Congreso se matendrá al pendiente de avances en auditorías de obra municipal

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Diputado Luis Fernando Gámez indica que es importante la verificación de obras para que se cumpla lo establecido en las licitaciones

Por: Redacción

La Comisión de Vigilancia de la Función de Fiscalización se mantendrá al pendiente de los avances en las auditorías de obra que realiza el Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE), como parte del proceso de revisión a las cuentas públicas 2025 a los municipios del estado, señaló el diputado Luis Fernando Gámez Macías, presidente de esta comisión legislativa.

Precisó que actualmente los auditores se encuentran en la etapa de despliegue en los diferentes municipios para la revisión de obras, por lo que se hace el llamado a que las y los presidentes municipales, brinden las facilidades para la revisión de este trabajo.

“Estamos en la etapa de despliegue de todos los auditores del estado de San Luis Potosí para revisar obra principalmente, lo que se está verificando es que las obras de los municipios cumplan las características de las licitaciones y las convocatorias y en ese sentido, lo que le hemos pedido a los alcaldes es que les permitan realizar su trabajo”.

Precisó que es importante la verificación de estas obras, ya que se trata de recursos que deben ser aplicados en atender las necesidades de la población, en cuanto a infraestructura pública.

“Las auditorías tienen un fin social dentro de la etapa de presupuesto, que inicia con la planeación, ejecución, distribución de los recursos, ejecución de auditoria y finalmente comprobar que esta obras llegaron a satisfacer las necesidades de los potosinos”, señaló el diputado Gámez Macías.

Puntualizó que, con ello, se da respuesta a algunas peticiones de los mismos habitantes en relación a la calidad y avance de las obras, “que los mismos ciudadanos reportan, sobre todo en el tema de agua y de drenaje, y estamos muy atentos a la revisión de este presupuesto y conforme se vayan dando los avances, estaremos informando”.

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Congreso del Estado

Congreso busca reforma a la Ley de Aguas del Estado

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Busca establecer parámetros que informen a la población sobre distribución de recursos hídricos

Por: Redacción

El diputado Luis Fernando Gámez Macías presentó una iniciativa para modificar el artícu lo 191 de la Ley de Aguas del Estado de San Luis Potosí

, con el objetivo de incorporar la realización de campañas de información que tengan como función, informar a la población la distribución transparente del agua como elementos del Plan Operativo Anual que deben elaborar los organismos operadores de agua.

El legislador señala que la ley en la materia resulta ineficiente para garantizar que el derecho humano al agua se materialice, al no establecer parámetros que informen la distribución del recurso entre la población.

Esto, debido a que las obligaciones de informar, se encuentran dirigidas principalmente a autoridades y se limitan a aspectos financieros y administrativos; sin embargo, no establece procedimientos de transparencia operativa accesible a la ciudadanía.

Señala que la problemática no radica únicamente en la disponibilidad del recurso hídrico, sino en la falta de mecanismos de información, lo cual genera un escenario de desinformación para la población, lo que dificulta situaciones como el acceso al agua al distribuirse

, esta condición impacta de manera desproporcionada a sectores vulnerables, particularmente en zonas con menor acceso histórico al servicio profundizando las brechas de desigualdad.

Por ello, con esta iniciativa se propone generar un impacto positivo, abonando al derecho humano al agua, mediante el establecimiento de criterios que permiten una distribución del recurso, así como el fortalecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas.

Entre los impactos positivos esperados se encuentra la reducción de desigualdades en el acceso al servicio, el fortalecimiento de la confianza en las instituciones y la mejora en la calidad de vida de la población.

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Congreso del Estado

GPPAN presentó iniciativa a la Ley Electoral

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La propuesta del diputado Rubén Guajardo se turnó a las comisiones correspondientes para su análisis

Por: Redacción

El Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado así como a la Ley Electoral del Estado, que fue turnada a las comisiones correspondientes para su análisis, informó el coordinador diputado Rubén Guajardo Barrera.

La propuesta establece que los aspirantes deberán presentar constancia relativa a los antecedentes penales expedida por la autoridad penitenciaria competente en la que se haga constar que no cuenta con sentencia condenatoria firme por la comisión de algún delito doloso, en términos de lo previsto por los incisos b) y c) de la fracción IV del artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal.

En caso de que se opte por un gobierno de coalición, ratificar por mayoría simple el programa y el convenio de dicho gobierno; en cualquier momento, optar por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en el Congreso del Estado.

El gobierno de coalición se regulará por el convenio y por el programa aplicable, que deberán ser aprobados por mayoría simple del Congreso. El convenio establecerá las causas de la disolución del gobierno de coalición.

Se realizará la primera verificación de lo relativo a la paridad de género vertical y horizontal, en las solicitudes de registro de la totalidad de fórmulas de diputaciones de mayoría relativa; en las del registro de la totalidad de planillas de mayoría relativa y listas de regidurías de representación proporcional; y en las solicitudes de registro de listas de diputaciones de representación proporcional que presenten los partidos políticos.

Asimismo, certificará la afiliación efectiva de cada una de las candidatas y los candidatos vigente al momento del registro de la candidatura.

El diputado Guajardo Barrera señaló que otra propuesta radica en que tratándose de candidaturas de personas integrantes de la comunidad de la diversidad sexual, con independencia del género al que se auto perciban, las mismas se computarán dentro del porcentaje reservado al género diverso y en ningún caso al porcentaje reservado para mujeres.

Así también, a efecto de garantizar la paridad horizontal, los partidos políticos deberán postular planillas encabezadas en un cincuenta por ciento por mujeres y el restante cincuenta por ciento por candidaturas de género diverso. En caso que del total de quienes encabezan las postulaciones, resulte un número impar, se deberá privilegiar al género femenino. El Consejo emitirá los lineamientos correspondientes para el establecimiento de las condiciones mínimas exigibles para el cumplimiento del principio de paridad.

Tratándose de candidaturas de personas integrantes de la comunidad de la diversidad sexual, con independencia del género al que se auto perciban, las mismas se computaran dentro del porcentaje reservado al género diverso y en ningún caso al porcentaje reservado para mujer.

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