junio 10, 2026

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Congreso del Estado

Congreso de SLP acortará duración de magistrados del STJSLP

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La reforma aprobada reducirá la permanencia de 15 a 10 años sin posibilidad de ratificación del cargo

Por: Redacción

La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al artículo 90 en su párrafo décimo segundo, 97, y 98 en su párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, para establecer la duración máxima de quienes sean nombrados como Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia de San Luis Potosí (STJSLP), por lo que el tiempo máximo será de diez años, y se elimina la posibilidad de la ratificación, con lo que se dará la certeza que se requiere.

Edmundo Azael Torrescano Medina, diputado local y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, indicó que en el caso de los Consejeros de la Judicatura, durarán en su encargo 5 años sin posibilidad de reelección; y en el caso de los magistrados que están actualmente en funciones, “pueden hacer valer su derecho a reelegirse, porque la ley no es retroactiva en perjuicio, sólo en beneficio, y se trabajó un transitorio para quienes están en ese supuesto”.

El diputado explicó que con esto, se busca terminar con las impugnaciones presentadas por magistrados que no fueron ratificados, de manera que se establezca claramente la duración en su cargo y se imposibilite un periodo de reelección. “Han visto que nos han impugnado los magistrados por el tema de la reelección, que ahora inclusive los diputados tenemos que votar y le pegamos una justificación, la propuesta del diputado Juan Francisco Aguilar es que sean 10 años en el cargo para para magistrados sin posibilidad de reelección; los consejeros de la Judicatura por 5 años sin posibilidad de reelección y con esto se acabará con el ir y venir de las impugnaciones”.

La sesión de la misma comisión también aprobó la reforma al artículo 77 fracción III de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, para establecer que el secretario de los ayuntamientos con más de cien mil habitantes, deberá ser Licenciado o Licenciada en Derecho, abogado o abogada, debido a que las funciones del secretario tienen estrecha relación con el conocimiento jurídico, con lo que se pueden desarrollar mejor con dicha especialización; para los ayuntamientos con población menor a 100 mil habitantes, se solicita contar con título y cédula profesional de nivel licenciatura.

Ambos asuntos serán turnados al pleno para su votación.

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Congreso del Estado

Se realiza en el Congreso el Parlamento Abierto para el Bienestar

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Carlos Arreola recordó que estas propuestas surgen de la necesidad de sancionar a personas que normalizan la violencia contra los animales

Por: Redacción

Con el propósito de evaluar su vigencia, identificar áreas de mejora y fortalecer su capacidad para responder a los desafíos actuales en materia de bienestar animal, tenencia responsable, prevención del maltrato, protección animal y coordinación institucional, el Congreso del Estado, a través del Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa, llevó a cabo el Parlamento Abierto para el Bienestar, Protección y Cuidado Animal.

El diputado Carlos Artemio Arreola Mallol, director del Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa recordó que estas propuestas surgen de la necesidad de sancionar a las personas que normalizan la violencia contra los animales y que, luego de diversas reformas a la legislación, son sujetos de protección y cuidado.

“Tenemos que empezar a discutir y hablar cuáles son los límites de las penas, cuáles son las modalidades, porque no es lo mismo que se cometa un accidente que resulte en la muerte de un animal, a que se haga con violencia, se grabe, se torture y se difunda en redes sociales, más si es un servidor público y hay que ver los límites y extremos del juez”.

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Congreso del Estado

Se reitera el respeto a quienes ejercen el periodismo: Héctor Serrano

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Señaló que finalmente será la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que determine si es constitucional o no la reforma

Por: Redacción

El diputado Héctor Serrano Cortés reiteró su respeto a la organización Artículo 19 y a quienes ejercen el periodismo con responsabilidad y profesionalismo, al reiterar su postura de un diálogo abierto en el marco de los foros que se llevarán a cabo en el mes de Septiembre sobre el uso indebido de la inteligencia artificial.

 

Señaló que finalmente será la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que determine si es constitucional o no la reforma que protege a los ciudadanos del uso indebido de esta tecnología, tras la inconformidad que de manera oficiosa, presentó en su momento la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

 

“Refrendo mi compromiso a todos los que hacen un trabajo periodístico con los cánones de trabajar con una lectura hacia los ciudadanos que corresponda a la verdad y la objetividad”, dijo.

 

Serrano Cortés añadió que “hoy lo importante es asumir una responsabilidad colectiva y quiero refrendar y transmitirle a Artículo 19, que estamos en las mejores condiciones para dialogar. Va a haber una serie de foros que se van a realizar, y considero que escucharemos las propuestas y las posiciones para acabar con flagelos que no pueden lastimar a la sociedad”.

 

Puntualizó que “hay un debate global en el tema de la inteligencia artificial, es algo que es hasta normal que esté sucediendo, por eso hay que esperar la resolución de la SCJN pero mientras tanto, hay una norma vigente, y tendrá que aplicarse evidentemente con las condiciones que tiene”.

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Congreso del Estado

Aprueban reformas para prevenir y tratar con ciberbullying en SLP

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El acoso escolar es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato en contra de alumnos: Dip. César Arturo Lara

Por: Redacción

A iniciativa del diputado César Arturo Lara Rocha, el pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado de San Luis Potosí, para definir el acoso escolar cibernético, como toda acción dolosa realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, para acosar, amenazar, avergonzar, intimidar, exponer, agredir, exhibir o criticar a uno o varios estudiantes con el objetivo de causarle daño psicológico o emocional, así como atentar contra su intimidad, privacidad y/o dignidad, independientemente de si ocurre dentro o fuera del entorno escolar.

Se indica en la exposición de motivos, que de acuerdo con la Secretaría de Educación Pública, el acoso escolar es el comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en las escuelas con el propósito de intimidar o controlar al alumno, mediante contacto físico o manipulación psicológica.

Ante el incremento del uso de herramientas tecnológicas, es que la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado de San Luis Potosí, en su formulación actual, requiere una actualización para contemplar de manera más precisa

la definición de acoso escolar cibernético que puede afectar a la comunidad educativa, a través de los contextos digitales y tecnológicos.

La Ley de Prevención y Seguridad Escolar contará con una definición precisa de lo que entendemos por “Acoso Escolar Cibernético”, lo anterior, alineado a toda forma de acoso, amenaza, ofensa o intimidación, puede ocurrir tanto dentro como fuera del entorno escolar, por medio de cualquier miembro de la comunidad educativa; dicha claridad es importante para seguir enfrentando los desafíos de la era digital y proteger eficazmente a los estudiantes potosinos.

Es importante mencionar que este tipo de comportamientos pueden ocurrir una sola vez y alterar la convivencia escolar de los estudiantes, a las cuales se les denomina como conductas de riesgo, pueden ser los comportamientos desafiantes u hostiles que provocan la sana y pacifica organización de las actividades de convivencia individual y grupal de las y los alumnos.

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