Congreso del Estado
Congreso de SLP acortará duración de magistrados del STJSLP
La reforma aprobada reducirá la permanencia de 15 a 10 años sin posibilidad de ratificación del cargo
Por: Redacción
La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al artículo 90 en su párrafo décimo segundo, 97, y 98 en su párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, para establecer la duración máxima de quienes sean nombrados como Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia de San Luis Potosí (STJSLP), por lo que el tiempo máximo será de diez años, y se elimina la posibilidad de la ratificación, con lo que se dará la certeza que se requiere.
Edmundo Azael Torrescano Medina, diputado local y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, indicó que en el caso de los Consejeros de la Judicatura, durarán en su encargo 5 años sin posibilidad de reelección; y en el caso de los magistrados que están actualmente en funciones, “pueden hacer valer su derecho a reelegirse, porque la ley no es retroactiva en perjuicio, sólo en beneficio, y se trabajó un transitorio para quienes están en ese supuesto”.
El diputado explicó que con esto, se busca terminar con las impugnaciones presentadas por magistrados que no fueron ratificados, de manera que se establezca claramente la duración en su cargo y se imposibilite un periodo de reelección. “Han visto que nos han impugnado los magistrados por el tema de la reelección, que ahora inclusive los diputados tenemos que votar y le pegamos una justificación, la propuesta del diputado Juan Francisco Aguilar es que sean 10 años en el cargo para para magistrados sin posibilidad de reelección; los consejeros de la Judicatura por 5 años sin posibilidad de reelección y con esto se acabará con el ir y venir de las impugnaciones”.
La sesión de la misma comisión también aprobó la reforma al artículo 77 fracción III de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, para establecer que el secretario de los ayuntamientos con más de cien mil habitantes, deberá ser Licenciado o Licenciada en Derecho, abogado o abogada, debido a que las funciones del secretario tienen estrecha relación con el conocimiento jurídico, con lo que se pueden desarrollar mejor con dicha especialización; para los ayuntamientos con población menor a 100 mil habitantes, se solicita contar con título y cédula profesional de nivel licenciatura.
Ambos asuntos serán turnados al pleno para su votación.
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Congreso del Estado
Reforma electoral aprobada; proceso 2027 arranca en noviembre
García Castillo informó que el proceso electoral local arrancará en noviembre de 2026, una vez aprobada la reforma a la legislación electoral
Por: Redacción
El Congreso del Estado aprobó una reforma a la legislación electoral que fija el inicio del proceso local 2026-2027 para el mes de noviembre, informó el diputado José Roberto García Castillo, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo).
“Las reformas a la Ley Electoral ya quedaron aprobadas y quedaron establecidas las reglas del juego para el 2027“, afirmó García Castillo. Señaló que cualquier ciudadano que desee registrarse como candidato podrá hacerlo, “siempre que cumpla con los requisitos que establece la ley.”
El diputado indicó que la reforma otorga certeza tanto a los partidos políticos como a las autoridades electorales sobre los tiempos de organización del proceso.
La definición del calendario electoral coincide con los tiempos que algunos partidos ya manejan internamente. El PRI informó esta semana que definirá sus candidatos hasta noviembre, mismo mes en que arranca formalmente el proceso.
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Congreso del Estado
Congreso activa comisión especial para periodistas, pero admite vacíos en su arranque
La comisión presentó un plan de trabajo con foros y propuestas legislativas, aunque sus propias integrantes reconocieron no tener diagnóstico de violencia ni haber escuchado antes las demandas laborales del gremio
Por: Redacción
La LXIV Legislatura instaló la Comisión Especial de Atención a Periodistas con un plan de trabajo que prevé espacios de capacitación, foros de análisis y propuestas legislativas para fortalecer la protección al gremio periodístico.
La comisión quedó presidida por la diputada María Dolores Robles Chairez, con Sara Rocha Medina como secretaria y Marco Antonio Gama Basarte como vocal. Robles Chairez señaló que el objetivo es “generar espacios de diálogo entre el Congreso del Estado, el gremio periodístico, las instituciones públicas, la academia, los organismos especiales y la sociedad civil”. El plan contempla además reuniones de trabajo con la Fiscalía General del Estado, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y el Mecanismo de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Sin embargo, al ser cuestionada tras la sesión, Rocha Medina reconoció que la comisión arranca con vacíos importantes: no cuentan con un diagnóstico sobre la situación de violencia contra periodistas en el estado, y fue la primera vez que escuchó la demanda del gremio sobre derechos laborales. “Es la primera vez que lo escucho. Pero sin ningún problema, si presentan alguna iniciativa, le damos el trámite necesario”, afirmó.
La diputada precisó además que la comisión es de carácter temporal y no ha contemplado convertirse en permanente. “No se ha pensado nada, es la primera instalación”, indicó. En la sesión estuvieron presentes Verónica Onofre Serment, coordinadora de la Unidad Estatal para la Protección de Personas Defensoras, y Miguel Ángel Méndez Montes, subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría General de Gobierno.
Congreso del Estado
Proponen castigar con 8 años de prisión a quien genere pánico con disparos o explosivos en SLP
Las penas aumentarían si las víctimas son menores, mujeres, adultos mayores o personas con discapacidad
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer la seguridad de las personas en espacios públicos, ante armas de fuego, detonación de artefactos explosivos o utilizando sustancias químicas o inflamables, la diputada Dulcelina Sánchez de Lira presentó una iniciativa de reforma al artículo 169 del Código Penal del Estado, en el capítulo relacionado a la exposición al peligro.
Se indica que se comete el delito de exposición al peligro quien, sin causa justificada, coloque en situación de peligro, zozobra o de inseguridad a cualquier persona, disparando armas de fuego, detonando otros artefactos explosivos o utilizando sustancias químicas o inflamables, en enfrentamientos, riñas, peleas, asaltos, persecuciones indebidas, y todos aquellos eventos que produzcan el mismo resultado, en lugares públicos, de acceso público, de tránsito o donde concurra la gente, o bien, cuando se realice desde un lugar privado hacia aquellos. Independientemente de otros delitos que le resulten.
Se proponen sanciones de cuatro a ocho años de prisión y sanción pecuniaria de cuatrocientos a ochocientos días del valor de la unidad de medida y actualización.
Además, establece que las penas previstas se incrementen hasta en una mitad cuando el delito se cometa en contra de niñas, niños, adolescentes, mujeres por razones de género, adultos mayores o personas con discapacidad; se realice en las inmediaciones o el interior de centros educativos, de salud, de asistencia social, recintos oficiales o de espectáculos públicos, o que el sujeto activo sea o haya sido servidor público de alguna corporación policial, de seguridad privada o de las fuerzas armadas.
Las mismas penas se aplicarán a quien realice las conductas descritas utilizando armas réplica, de aire, de gas o de cualquier otra naturaleza que, por sus características exteriores, sean aptas para coaccionar o intimidar, simulando ser armas de fuego reales.
En su exposición de motivos, la legisladora señala que la delincuencia ha sofisticado sus métodos de coacción. La utilización de sustancias químicas, ácidas o altamente inflamables como herramientas de intimidación y agresión en entornos urbanos es una realidad que exige una respuesta legislativa contundente.
El marco jurídico vigente no contempla estas modalidades de puesta en peligro con la especificidad requerida, lo que obliga a los juzgadores a realizar la reclasificación del delito o, peor aún, en la liberación del imputado por atipicidad de la conducta, situación que se busca corregir con esta iniciativa.
La iniciativa se turnó a la Comisión Primera de Justicia para su análisis.
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