Congreso del Estado
Congreso de SLP acortará duración de magistrados del STJSLP
La reforma aprobada reducirá la permanencia de 15 a 10 años sin posibilidad de ratificación del cargo
Por: Redacción
La Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado de San Luis Potosí, aprobó la reforma al artículo 90 en su párrafo décimo segundo, 97, y 98 en su párrafo tercero de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, para establecer la duración máxima de quienes sean nombrados como Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia de San Luis Potosí (STJSLP), por lo que el tiempo máximo será de diez años, y se elimina la posibilidad de la ratificación, con lo que se dará la certeza que se requiere.
Edmundo Azael Torrescano Medina, diputado local y presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, indicó que en el caso de los Consejeros de la Judicatura, durarán en su encargo 5 años sin posibilidad de reelección; y en el caso de los magistrados que están actualmente en funciones, “pueden hacer valer su derecho a reelegirse, porque la ley no es retroactiva en perjuicio, sólo en beneficio, y se trabajó un transitorio para quienes están en ese supuesto”.
El diputado explicó que con esto, se busca terminar con las impugnaciones presentadas por magistrados que no fueron ratificados, de manera que se establezca claramente la duración en su cargo y se imposibilite un periodo de reelección. “Han visto que nos han impugnado los magistrados por el tema de la reelección, que ahora inclusive los diputados tenemos que votar y le pegamos una justificación, la propuesta del diputado Juan Francisco Aguilar es que sean 10 años en el cargo para para magistrados sin posibilidad de reelección; los consejeros de la Judicatura por 5 años sin posibilidad de reelección y con esto se acabará con el ir y venir de las impugnaciones”.
La sesión de la misma comisión también aprobó la reforma al artículo 77 fracción III de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, para establecer que el secretario de los ayuntamientos con más de cien mil habitantes, deberá ser Licenciado o Licenciada en Derecho, abogado o abogada, debido a que las funciones del secretario tienen estrecha relación con el conocimiento jurídico, con lo que se pueden desarrollar mejor con dicha especialización; para los ayuntamientos con población menor a 100 mil habitantes, se solicita contar con título y cédula profesional de nivel licenciatura.
Ambos asuntos serán turnados al pleno para su votación.
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Congreso del Estado
Congreso extiende seguridad social y psicológica en casos de muerte fetal o neonatal
Con este dictamen de ambas situaciones, que no estaban contempladas en la legislación se respalda a la paciente y la familia que lo requiera
Por: Redacción
Con el objetivo de adicionar las definiciones de muerte fetal y muerte neonatal, e incorporar la atribución en materia de atención psicológica y médica, la Comisión de Salud y Asistencia Social del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí.
La legisladora Frinné Azuara Yarzábal, presidenta de esta comisión legislativa, indicó que con este dictamen se ambas situaciones, que no estaban contempladas en nuestra legislación y se brinda un respaldo a la paciente y la familia que lo requiera.
“La iniciativa fue presentada por la diputada Sara Rocha Medina, y se visibiliza de lo que adolece nuestra Ley de Salud con respecto a los conceptos de muerte fetal, muerte neonatal y solicitar en caso de que lamentablemente exista el fallecimiento fetal o neonatal y que la familia requiera de una atención psicológica, de un respaldo de esta naturaleza pueda contarlos en esos momentos”.
Se establece el concepto de muerte fetal, entendido como “la muerte del producto de la concepción antes de la expulsión o su extracción completa del cuerpo de la madre”; y muerte neonatal como “la muerte de una o un recién nacido durante sus primeros veintiocho días de vida”.
Se indica que la Secretaría de Salud del Estado, tendrá entre sus facultades para estos casos, la provisión de atención médica y psicológica integral, oportuna y digna; y, se brindará acompañamiento mediante primeros auxilios psicológicos y contención emocional.
Congreso del Estado
Congreso propone aumentar sanciones para hospitales y funerarias que retengan cadáveres
Se busca que la pena establecida actualmente de tres meses a dos años de prisión, se incremente a dos años a seis años de prisión
Por: Redacción
La Comisión de Salud y Asistencia Social aprobó reformar el artículo 248 del Código Penal del Estado, para incrementar sanciones en el delito contra la fidelidad profesional, en los casos en que directivos de clínicas, sanatorios y hospitales públicos o privados, retardan o niegan, por cualquier motivo la entrega de un cadáver, al igual que a funerarias.
La legisladora Frinné Azuara Yarzábal, presidenta de esta comisión legislativa, indicó que en estos casos se busca que la pena establecida actualmente de tres meses a dos años de prisión, se incremente a dos años a seis años de prisión, para quienes cometan esta conducta.
“Es una modificación al Código Penal para endurecer las penas, las sanciones para incrementar las penas en años para quienes cometan el delito de retención de cadáveres ya sea en hospitales privados, funerarias, o la retención de personas en los hospitales privados de alguna persona que haya fallecido, ya existe este delito y lo que solicita es incrementar las penas”.
Se indica en la exposición de motivos, que el ejercicio de las profesiones relacionadas con la salud constituye una de las actividades de mayor relevancia social, ya que de ellas depende, en gran medida, la vida, la integridad física y el bienestar de las personas.
El dictamen se turnará al pleno para su votación.
Congreso del Estado
Diputado pide a municipios frenar carretas con burros para recolectar basura
Luis Felipe Castro advirtió que la práctica sigue en la capital, Soledad, Matehuala y Coxcatlán
Por: Redacción
Luis Felipe Castro Barrón, diputado y vicepresidente de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado, llamó a los 59 ayuntamientos de San Luis Potosí a cumplir con la prohibición de usar animales de carga, como burros y caballos, en la recolección de basura y residuos domésticos.
La prohibición forma parte de las reformas de 2025 a la Ley de Protección a los Animales del Estado, que considera esta práctica una forma de maltrato animal y establece multas de 3 a 120 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
El legislador señaló que, pese a la ley, el uso de animales de carga continúa en la zona metropolitana y en municipios del interior, donde se han documentado casos de sobreexplotación y maltrato que pueden causar la muerte de los animales.
“Estamos pidiendo a los ayuntamientos que ejecuten la ley de manera eficiente. Seguimos viendo en distintos lugares, no solamente en la zona metropolitana, sino al interior del estado, personas que siguen utilizando animales de carga para estos fines”, dijo.
Castro Barrón precisó que la práctica se ha identificado en Coxcatlán, en la Huasteca; Matehuala, en el Altiplano; la capital, y en particular en la comunidad de Peñasco, en Soledad de Graciano Sánchez.
Advirtió además que algunos recolectores depositan los residuos en tiraderos irregulares, donde las altas temperaturas y la falta de prevención pueden provocar incendios que afectan a vecinos de zonas cercanas.
Reconoció que algunos propietarios de carretas argumentan falta de recursos para sustituir a los animales por unidades motorizadas, y planteó que los ayuntamientos implementen programas de financiamiento para esa transición.
“Creo que lo que falta es voluntad de parte de los ayuntamientos, cultura de parte de los ciudadanos y que ayuden las distintas organizaciones en apoyo al cuidado de los animales”, afirmó.
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