Congreso del Estado
Congreso aprobó exhortos dirigidos a la UASLP y la SEGAM
Legisladores buscan abordar los temas de cobro de cuotas y la declaratoria de emergencia climática en San Luis Potosí respectivamente
Por: Redacción
En Sesión Ordinaria, se aprobó el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado invita a las autoridades administrativas de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), a realizar un estudio socio económico entre su comunidad académica, con el propósito de poder exentar del pago de cuotas a los alumnos y alumnas con menores recursos económicos y en condición de vulnerabilidad, para contribuir a lograr la equidad educativa al facilitar el acceso a estudios de nivel superior a estudiantes en situación económica adversa.
En este Punto de Acuerdo se indicó que para las familias de estudiantes que cuentan con trabajo fijo podría no representar un problema el pago de las cuotas, sin embargo, las familias que comprenden los sectores vulnerables esa cuota podría representar un monto muy difícil de devengar.
Las cuotas de inscripción que maneja la UASLP para el ciclo escolar 2021-2022, oscilan entre los 5,395 pesos a 12,118 pesos para nuevo ingreso, de 5,395 pesos a 16,064 pesos para nuevo ingreso no incorporado; de 5,592 pesos a 9,087 pesos para reingreso; de 4,288 pesos a 11,075 pesos para reingreso de generaciones especiales; y de 2,632 pesos para servicio soci al.
También se aprobó por unanimidad, el Punto de Acuerdo que solicita al titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental(SEGAM) que de inicio con las gestiones gubernamentales y acciones necesarias para emitir la Declaratoria de Emergencia Climática para el estado de San Luis Potosí, así mismo, proponga a la brevedad un Plan de Acción para combatir la Emergencia Climática en el estado al titular del Poder Ejecutivo.
En la Sesión Ordinaria se indicó que en el Informe de Riesgos Globales 2022 del Foro Económico Mundial dado a conocer en enero en Foro de Davos, señaló el “fracaso de la acción climática” como principal riesgo de impacto potencial más grave durante la próxima década, ante el cual, la ONU manifiesta su preocupación por el incumplimiento mundial de los acuerdos relacionados con la protección del medio ambiente.
El Monitor de la Sequía en México al 15 de mayo de 2022, publicado por la Comisión Nacional del Agua, establece para San Luis Potosí en la mayor parte del territorio anormalmente seco, pero también sequía moderada y sequía severa, aspecto que puede verse reflejado por la disminución del agua en ríos y cascadas en la huasteca.
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Congreso del Estado
Buscan frenar consumo de especies en riesgo con nueva reforma en SLP
La iniciativa plantea vigilar origen, manejo y destino de animales para consumo
Por: Redacción
La diputada Gabriela Guadalupe Martínez Vázquez presentó una iniciativa para reformar la Ley de Protección a los Animales para el Estado con el propósito de fortalecer la trazabilidad, la calidad de los insumos, la prohibición de sustancias nocivas y la supervisión permanente de las unidades de producción, garantizando así la inocuidad alimentaria desde su origen.
La legisladora explicó que esta propuesta busca subsanar las deficiencias actuales mediante la incorporación de criterios técnicos, científicos y jurídicos, que permitan avanzar hacia un modelo regulatorio moderno, verificable y alineado con los compromisos constitucionales e internacionales del Estado mexicano.
Detalló que la iniciativa contempla la reforma de los artículos 48, 49, 50, 51, 52, 53 y 54 de la Ley de Protección a los Animales del Estado, en los cuales se establece que los animales destinados a la alimentación humana podrán ser de origen doméstico o silvestre, siempre que su aprovechamiento se realice de manera legal, sustentable y trazable, conforme a la legislación aplicable.
Asimismo, se propone la prohibición estricta del consumo humano de especies clasificadas en alguna categoría de riesgo conforme a las normas oficiales mexicanas y disposiciones ambientales vigentes. En el caso de especies silvestres, deberá acreditarse su procedencia lícita mediante los mecanismos de control y certificación correspondientes.
Martínez Vázquez señaló que, las personas físicas o morales dedicadas a la cría, reproducción, engorda, manejo o comercialización de animales destinados al consumo humano deberán cumplir con diversos requisitos, entre ellos: contar con permisos, licencias o registros vigentes; certificación en materia de sanidad e inocuidad animal; cumplimiento de disposiciones de bienestar animal; y sistemas de trazabilidad que permitan identificar el origen, manejo y destino de los animales.
Además, se establece que los animales destinados al consumo humano deberán ser manejados, transportados y sacrificados en condiciones que garanticen su salud, bienestar y trato digno, prohibiendo cualquier práctica que implique sufrimiento innecesario o dolor evitable.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Ecología y Medio Ambiente del Congreso del Estado para su análisis, discusión y dictamen correspondiente.
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Congreso del Estado
Delito de abandono se investigará de oficio cuando involucre a personas con discapacidad
La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia
Por: Redacción
Integrantes de la Comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal del Estado, para establecer que el delito de abandono sea investigado de oficio, cuando la víctima sea niña, niño, adolescente, persona adulta mayor o persona con discapacidad, informó la diputada María Leticia Vázquez Hernández.
La ley actual no incluye ni a los adolescentes ni a las personas con discapacidad, por lo que la modificación toma gran relevancia y así se planteará ante el Pleno, donde se someterá a votación, informó la presidenta de la Comisión legislativa, Leticia Vázquez. La iniciativa fue presentada por la diputada Jaquelinn Jáuregui Mendoza.
El objeto de esta iniciativa es establecer que el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar en su vertiente de abandono de persona se persiga de oficio en los casos mencionados, teniendo la obligación el Ministerio Público de actuar con debida diligencia para la protección de sus derechos.
Congreso del Estado
Congreso busca garantizar responsabilidad alimentaria del padre biológico
Propone eliminar cualquier ambigüedad para garantizar el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas y los niños y adolescentes
Por: Redacción
Con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica y garantizar plenamente el interés superior de la infancia, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al Código Familiar del Estado.
La propuesta plantea establecer de manera explícita que el padre biológico mantiene la obligación de proporcionar alimentos, incluso en los casos donde un menor haya sido reconocido legalmente por un tercero.
La legisladora señaló que, el derecho a recibir alimentos constituye un derecho humano fundamental consagrado en el artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual está estrechamente vinculado con el principio del interés superior de la niñez, reconocido también en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Niñas y los Niños.
Explicó que, si bien el Código Familiar del Estado establece la obligación de proporcionar alimentos derivada de la relación de filiación
, en la práctica judicial se han presentado casos en los que el padre biológico intenta evadir esta responsabilidad bajo el argumento de que el menor ha sido reconocido por otra persona, como la pareja de la madre.Ante esta situación, la diputada Hernández Ramírez consideró la importancia de realizar ajustes legales que eliminen cualquier ambigüedad y garanticen el cumplimiento de esta obligación en beneficio de las niñas, niños y adolescentes.
Además la iniciativa propone adicionar un tercer párrafo al artículo 145 así como crear el artículo 145 Bis y adicionar un tercer párrafo al artículo 164 Bis del Código Familiar del Estado de San Luis Potosí.
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