Congreso del Estado
Congreso aprobó exhortos dirigidos a la UASLP y la SEGAM
Legisladores buscan abordar los temas de cobro de cuotas y la declaratoria de emergencia climática en San Luis Potosí respectivamente
Por: Redacción
En Sesión Ordinaria, se aprobó el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado invita a las autoridades administrativas de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), a realizar un estudio socio económico entre su comunidad académica, con el propósito de poder exentar del pago de cuotas a los alumnos y alumnas con menores recursos económicos y en condición de vulnerabilidad, para contribuir a lograr la equidad educativa al facilitar el acceso a estudios de nivel superior a estudiantes en situación económica adversa.
En este Punto de Acuerdo se indicó que para las familias de estudiantes que cuentan con trabajo fijo podría no representar un problema el pago de las cuotas, sin embargo, las familias que comprenden los sectores vulnerables esa cuota podría representar un monto muy difícil de devengar.
Las cuotas de inscripción que maneja la UASLP para el ciclo escolar 2021-2022, oscilan entre los 5,395 pesos a 12,118 pesos para nuevo ingreso, de 5,395 pesos a 16,064 pesos para nuevo ingreso no incorporado; de 5,592 pesos a 9,087 pesos para reingreso; de 4,288 pesos a 11,075 pesos para reingreso de generaciones especiales; y de 2,632 pesos para servicio soci al.
También se aprobó por unanimidad, el Punto de Acuerdo que solicita al titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental(SEGAM) que de inicio con las gestiones gubernamentales y acciones necesarias para emitir la Declaratoria de Emergencia Climática para el estado de San Luis Potosí, así mismo, proponga a la brevedad un Plan de Acción para combatir la Emergencia Climática en el estado al titular del Poder Ejecutivo.
En la Sesión Ordinaria se indicó que en el Informe de Riesgos Globales 2022 del Foro Económico Mundial dado a conocer en enero en Foro de Davos, señaló el “fracaso de la acción climática” como principal riesgo de impacto potencial más grave durante la próxima década, ante el cual, la ONU manifiesta su preocupación por el incumplimiento mundial de los acuerdos relacionados con la protección del medio ambiente.
El Monitor de la Sequía en México al 15 de mayo de 2022, publicado por la Comisión Nacional del Agua, establece para San Luis Potosí en la mayor parte del territorio anormalmente seco, pero también sequía moderada y sequía severa, aspecto que puede verse reflejado por la disminución del agua en ríos y cascadas en la huasteca.
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Congreso del Estado
Patrullas y elementos de seguridad pública contarán con cámaras de videovigilancia
La diputada Jacquelinn Jauregui indicó que esto proporcionará pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de las funciones policiales
Por: Redacción
A iniciativa de la diputada Jacquelinn Jauregui, el pleno del Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 154 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, para establecer que podrán instalar dispositivos de videograbación en los vehículos operativos de las corporaciones de seguridad pública y en los propios elementos de seguridad pública.
Esto, con el fin de dejar registro de la actividad desplegada en el ejercicio de sus funciones.
En el dictamen respectivo, se indica que la implementación de cámaras de videograbación en los vehículos operativos al servicio de corporaciones policiales se ha convertido en una herramienta clave para documentar su actuación y brindar certeza tanto a la ciudadanía como a los propios elementos de seguridad.
Precisa que el uso de videograbaciones ha demostrado ser un mecanismo eficaz para prevenir abusos, esclarecer hechos y fortalecer la confianza de la población en sus instituciones de seguridad. Además, de proporcionar pruebas objetivas en caso de denuncias o conflictos derivados de sus funciones.
Asimismo establece la diferencia entre los términos video vigilancia y videograbación; mientras la video vigilancia es una herramienta tecnológica que, a través de cámaras de video localizadas estratégicamente e interconectadas entre sí, permiten apoyar la operación y despliegue policial, la persecución y prevención de los delitos, la atención de emergencias o documentar faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública. La videograbación se refiere al proceso de capturar y almacenar imágenes en movimientos con o sin sonido, en un medio electrónico, cuya finalidad primordial es la de preservar y en su caso reproducir esas imágenes.
En ese sentido y con base en las anteriores definiciones es que esta Ley reforma el término videograbación, con el fin de que quien detecte la comisión de un delito por medio de sistemas de video vigilancia lo reporte inmediatamente a las autoridades competentes, debiendo resguardar la videograbación hasta por un año.
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Congreso del Estado
Las personas que integran en consejo ciudadano de la CEDH no podrán ser consideradas servidores públicos
Fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Por: Redacción
En sesión del Congreso del Estado fue aprobada la iniciativa que reforma la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en relación a la integración del Consejo Ciudadano de dicho organismo, a fin de establecer que las personas que integran dicho consejo serán regidas por el artículo 49 de la ley y no podrán ser considerados servidores públicos.
El dictamen, presentado por la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado, tiene como finalidad reafirmar el carácter ciudadano y honorífico del Consejo de dicho organismo, para dar certeza jurídica, evitar interpretaciones erróneas que burocraticen su naturaleza, y preservar su función como órgano de representación de la sociedad civil en la supervisión y definición de políticas públicas en materia de derechos humanos.
El texto vigente del artículo 39 de la Ley establece que el Consejo está compuesto por ciudadanas y ciudadanos, representando a la sociedad civil, y que tiene como funciones discutir, guiar, decidir y supervisar las políticas públicas en materia de derechos humanos. Sin embargo, no establece con claridad que sus integrantes no tienen la calidad de servidores públicos, lo cual ha dado lugar a interpretaciones ambiguas, que han afectado el normal funcionamiento del órgano.
Actualmente, se ha considerado como servidores públicos a los integrantes del consejo de la comisión de derechos humanos, lo que ha provocado confusión normativa. Por ello, se propuso adicionar al artículo 39 el siguiente enunciado: “…quienes no podrán ser considerados Servidores Públicos”.
Con esta modificación, se precisa de manera expresa la naturaleza ciudadana y honorífica del Consejo, evitando con ello cualquier interpretación errónea que tienda a burocratizar su labor y desnaturalizar su papel como representante auténtico de la sociedad civil.
Congreso del Estado
Congreso va con todo contra médicos fake y clínicas patito
Se sancionará con una pena de inhabilitación, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados
Por: Redacción
Con el fin de sancionar el ejercicio indebido de la profesión y ostentación de especialidades médicas no reconocidas, la reincidencia en faltas graves de atención así como la sustitución arbitraria de medicamentos prescritos, se analiza una iniciativa de reforma a diversos artículos del Código Penal del Estado.
La propuesta plantea que “este delito se sancionará con una pena de inhabilitación de un mes a dos años en el ejercicio de la profesión o privación en caso de reincidencia, además de las penas fijadas por los delitos que resulten consumados, según sean dolosos o culposos, bajo esta última forma de realización será perseguible por querella, y estarán obligados a la reparación de los daños por sus actos propios o de sus auxiliares, cuando éstos obren de acuerdo con las instrucciones de aquellos. Además de los gastos médicos y/o funerarios que en su caso resulten.
En el caso de que un médico se ost ente con una especialidad no validada l
egalmente o en caso de reincidencia por cualquiera de los supuestos anteriores, la punibilidad señalada en el artículo 246, se aumentara en una mitad….en estos casos se impondrá una pena de dos años a seis años de prisión y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización.
A los responsables, encargados o empleados de una botica o farmacia, que al surtir una receta sustituyan la medicina específicamente recetada, por otra que cause daño o sea evidentemente inapropiada al padecimiento para el que se prescribió, se les impondrá una pena de un mes a tres años de prisión, y sanción pecuniaria de sesenta a doscientos días del valor de la unidad de medida y actualización, además de la reparación del daño ocasionado.
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