diciembre 20, 2025

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Congreso del Estado

Congreso aprobó exhortos dirigidos a la UASLP y la SEGAM

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Legisladores buscan abordar los temas de cobro de cuotas y la declaratoria de emergencia climática en San Luis Potosí respectivamente

Por: Redacción

En Sesión Ordinaria, se aprobó el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado invita a las autoridades administrativas de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), a realizar un estudio socio económico entre su comunidad académica, con el propósito de poder exentar del pago de cuotas a los alumnos y alumnas con menores recursos económicos y en condición de vulnerabilidad, para contribuir a lograr la equidad educativa al facilitar el acceso a estudios de nivel superior a estudiantes en situación económica adversa.

En este Punto de Acuerdo se indicó que para las familias de estudiantes que cuentan con trabajo fijo podría no representar un problema el pago de las cuotas, sin embargo, las familias que comprenden los sectores vulnerables esa cuota podría representar un monto muy difícil de devengar.

Las cuotas de inscripción que maneja la UASLP para el ciclo escolar 2021-2022, oscilan entre los 5,395 pesos a 12,118 pesos para nuevo ingreso, de 5,395 pesos a 16,064 pesos para nuevo ingreso no incorporado; de 5,592 pesos a 9,087 pesos para reingreso; de 4,288 pesos a 11,075 pesos para reingreso de generaciones especiales; y de 2,632 pesos para servicio soci al.

También se aprobó por unanimidad, el Punto de Acuerdo que solicita al titular de la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental(SEGAM) que de inicio con las gestiones gubernamentales y acciones necesarias para emitir la Declaratoria de Emergencia Climática para el estado de San Luis Potosí, así mismo, proponga a la brevedad un Plan de Acción para combatir la Emergencia Climática en el estado al titular del Poder Ejecutivo.

En la Sesión Ordinaria se indicó que en el Informe de Riesgos Globales 2022 del Foro Económico Mundial dado a conocer en enero en Foro de Davos, señaló el “fracaso de la acción climática” como principal riesgo de impacto potencial más grave durante la próxima década, ante el cual, la ONU manifiesta su preocupación por el incumplimiento mundial de los acuerdos relacionados con la protección del medio ambiente.

El Monitor de la Sequía en México al 15 de mayo de 2022, publicado por la Comisión Nacional del Agua, establece para San Luis Potosí en la mayor parte del territorio anormalmente seco, pero también sequía moderada y sequía severa, aspecto que puede verse reflejado por la disminución del agua en ríos y cascadas en la huasteca.

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Congreso del Estado

Proponen modificar la Ley de Fomento a la Lectura en SLP

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La diputada Brisseire Sánchez dijo que la lectura va más allá de ser un proceso, sino un elemento importante para la sociedad en general

Por: Redacción

La diputada Brisseire Sánchez López presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para fomentar la promoción de material de lectura para pueblos y comunidades indígenas, así como para personas con discapacidad.

Trata de una actualización de conceptos dentro de la Ley, como es el de “discapacitados” por “personas con discapacidad”, así como “etnias” por “pueblos y comunidades indígenas” y “lenguas autóctonas” por “lenguas indígenas”, lo que ayudara para una mejor compresión y aplicación de la norma, además de fortalecer lo relativo al fomento a la lectura para pueblos y comunidades indígenas y personas con discapacidad.

En la exposición de motivos, la legisladora establece que “la lectura puede entenderse como un proceso en el que un individuo conoce cierta información mediante el lenguaje visual o escrito, enfrentándose a ciertas palabras, números o símbolos, que se traducen en información dentro de la mente, donde los decodifica y aprende”.

La lectura va más allá de ser un proceso, sino al contrario, es un elemento muy importante para la sociedad en general; ayudando a formar criterios, a fortalecer la identidad cultural, a promover compresión de las cosas, lidiar contra la desinformación, además de mejorar la educación y el desarrollo profesional de las personas, entre muchas otras más.

La diputada Sánchez López dijo que “la lectura resulta ser fundamental para desarrollar el pensamiento crítico y la creatividad de quienes la practican, ayudando a las personas a experimentar diversas perspectivas y mundos; ayudando a ampliar horizontes, creando empatía y estimulando la imaginación. Lo que, para un país como México, que es rico en diversidad cultural, el promover la lectura puede ser el camino hacia la inclusión social, siendo aplicativo de la misma manera para el estado potosino”.

El hábito de la lectura, se convierte en una herramienta funcional y necesaria, debiendo estar al alcance de todas las personas, sirviendo de puente para lograr una sociedad libre, consiste y capaz en los problemas que se enfrentan día a día. Por ello, el fomento a la lectura, y los elementos que ayudan a acceder a esta, deben estar al alcance para todas las personas, en especial para los grupos vulnerables o de atención prioritaria, encontrando dentro de estos, a niñas, niños y adolescentes, así como a personas con discapacidad y personas de pueblos y comunidades indígenas.

La propuesta de reforma establece que se deben crear textos en lenguas indígenas, y braille, para su promoción, fomento y distribución entre los pueblos y comunidades indígenas, y personas con discapacidad de la Entidad; fomentar y promover, en coordinación con la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, la creación literaria en lenguas indígenas del Estado, y buscar mecanismos de distribución para todas las zonas con población indígena de la Entidad.

La iniciativa se analiza en la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para la elaboración del dictamen correspondiente.

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Congreso del Estado

Congreso plantea tipificar ciber acoso sexual como delito

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Esta necesidad surge debido a que existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales

Por: Redacción

En la comisión Primera de Justicia del Congreso del Estado se analiza una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado con el objetivo de tipificar el ciberacoso sexual.

 

El ciberacoso sexual se define como el hostigamiento o acecho a una persona mediante el uso de tecnologías de la información, redes sociales, mensajería instantánea o cualquier medio digital, con conductas de connotación sexual no consentidas.

 

Estas conductas, que incluyen el envío de mensajes, proposiciones o comentarios sexuales explícitos no deseados, así como el acecho digital con fines lascivos, generan un daño psicológico profundo, vulneran la intimidad y la tranquilidad de las víctimas, y pueden escalar a formas de violencia aún más graves.

 

Si bien el ordenamiento ya tipifica delitos como el hostigamiento sexual y cuenta con una robusta figura contra la difusión ilícita de imágenes íntimas, existe un vacío legal evidente respecto al acoso sexual que ocurre íntegramente en entornos digitales, particularmente cuando no media una relación de subordinación previa y cuando la agresión no consiste en la difusión de contenido visual. Este vacío deja en estado de indefensión a las víctimas de estas prácticas.

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Congreso del Estado

Hasta dos años de cárcel a quien comenta el delito de acecho en SLP

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El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor o con discapacidad

Por: Redacción

A propuesta de la diputada Roxanna Hernández Ramírez, se aprobó el Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones del Código Penal del Estado, y de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, a fin de tipificar como delito el acecho.

 

En el Código Penal del Estado se indica que comete el delito de acecho quien, por cualquier medio, incluido el uso de tecnologías de la información y la comunicación, así como dispositivos electrónicos, de manera reiterada, vigile, siga, persiga, busque cercanía física, o establezca contacto o comunicación no deseada con una persona, causándole temor, intimidación, o angustia, o afectación a su libertad, seguridad, integridad, o a su vida cotidiana.

 

Este delito se sancionará con una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a quinientos días del valor de la unidad de medida y actualización, sin perjuicio de las sanciones correspondientes por otros delitos que resulten concurrentes.

 

El delito se perseguirá por querella, salvo cuando la víctima sea niña, niño o adolescente; persona adulta mayor; persona con discapacidad; mujer embarazada; persona perteneciente a un grupo vulnerable; exista relación de subordinación o dependencia; o el delito sea cometido por persona servidora pública, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

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