julio 30, 2026

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Congreso del Estado

Comisiones aprueban punto de acuerdo para exhortar a los ayuntamientos al pago de pensiones a trabajadores

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Los casos más urgentes de atender son los 22 ayuntamientos que no destinan un presupuesto para el pago de pensiones: dip. Héctor Mauricio Ramírez Konishi

Por: Redacción

En reunión de la Comisión del Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado, se aprobó un Punto de Acuerdo para exhortar a los 58 Ayuntamientos de San Luis Potosí, para que a la brevedad implementen acciones administrativas que les permitan pagar o crear grupos cotizadores que conformen fondos de pensiones en favor de sus trabajadores y, conforme al marco normativo aplicable, reportar debidamente a la Dirección General de Pensiones.

El diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi, presidente de la Comisión, explicó que, el problema del pago de pensiones no es exclusivo del Gobierno del Estado, ya que existen actualmente 22 Ayuntamientos que no han estructurado un fondo de pensiones y los otros 36 ayuntamientos destinan del gasto corriente al pago de pensiones.

Señaló que, los casos más urgentes de atender son los 22 Ayuntamientos que no destinan un presupuesto para el pago de pensiones, con ello, están dejando a su base trabajadora en un estado de indefensión e incumpliendo lo dispuesto en la Ley de Pensiones del Estado.

“Estas condiciones han provocado innumerables casos de exfuncionarios que, se ven orillados a enfrentar el largo tormento de acudir a lostribunales para demandar un derecho por el que hoy ya no deberían de pelear”.

El diputado Héctor Mauricio Ramírez Konishi explicó que, en un principio el Punto de Acuerdo proponía exhortar a los 22 municipios que enfrentan el problema más grave en materia de pensiones para sus trabajadores; sin embargo, en el análisis que se realizó al interior de la Comisión del Trabajo, se acordó que en el Punto de Acuerdo se exhorte a los 58 Ayuntamientos para que implementen las acciones administrativas que les permitan pagar las pensiones a sus trabajadores.

Agregó que, este Punto de Acuerdo se va a acompañar con una propuesta que les hizo llegar el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), en donde ya se cuenta con un programa para que los municipios puedan incorporar a sus trabajadores para que reciban atención médica y ya viene integrado el tema de pensiones.

El dictamen del Punto de Acuerdo se enviará al Pleno del Congreso del Estado para su análisis y votación.

También lee: El pago de utilidades es ineludible para las empresas: dip. Mauricio Ramírez Konishi

Congreso del Estado

Aprueba Congreso reforma para garantizar sueldo a policías municipales

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Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar partidas para asegurar que elementos de seguridad perciban la remuneración

Por: Redacción

 

El Congreso del Estado aprobó una reforma constitucional y modificaciones a diversas leyes para gar antizar una remuneración mínima mensual neta de 14 mil pesos a las y los integrantes de las corporaciones de Seguridad Pública

de los 59 municipios de San Luis Potosí, con el propósito de fortalecer su dignidad laboral, profesionalización y desempeño.

Esta reforma establece un piso salari al de 14 mil pesos netos mensuales, monto que estará sujeto a la actualización anual conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Asimismo, se precisa que los municipios que actualmente otorguen remuneraciones superiores mantendrán sus propios tabuladores y disposiciones aplicables.

Con esta modificación, los ayuntamientos deberán contemplar en sus presupuestos de egresos las partidas necesarias para asegurar que todas y todos los elementos de seguridad pública municipal perciban, como mínimo, la remuneración establecida por la ley.

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Congreso del Estado

Congreso busca promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+

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Se busca que instituciones públicas y organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral de personas parte de la comunidad LGBTTTIQ+

Por: Redacción

La diputada Frinné Azuara Yarzábal, propuso una iniciativa para modificar diversas disposiciones de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas; de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable y la Competitividad y de la Ley Orgánica de la Administración Pública, con el objetivo de promover la inclusión laboral de personas LGBTTTIQ+.

 

La iniciativa se presentó en conjunto con los diputados Héctor Serrano, Cuauhtli Badillo y Marco Antonio Gama.

 

Con estas modificaciones, se busca que las instituciones públicas estatales y municipales, así como los organismos autónomos, promuevan la inclusión laboral con personas que se identifiquen como parte de la comunidad LGBTTTIQ+

; además de incentivar a que las empresas privadas con más de 20 trabajadores contraten laboralmente a personas que se identifiquen como parte de la comunidad.

 

En su exposición de motivos, la legisladora señala que la población LGBTTTIQ+ enfrenta barreras estructurales para acceder al empleo formal, especialmente en sectores públicos y privados que carecen de políticas de inclusión. Por ello esta iniciativa busca promover acciones afirmativas para fomentar la inclusión laboral estas personas, como medida de reparación histórica y garantía de igualdad sustantiva.

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Congreso del Estado

Iniciativa busca ampliar agravantes en casos de delito sexual

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Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas

Por: Redacción

Con el objetivo de ampliar agravantes en el delito de abuso sexual,  en los casos en que sea cometido por una persona que se aprovecha de su profesión, si se comete en parajes solitarios, a mujeres embarazadas o en periodo de puerperio, por razones de orientación sexual, identidad de género o expresión de género, la diputada  Sara Rocha Medina propuso reformar el artículo 178 del Código Penal del Estado.

 

La iniciativa propone también ampliar las consideraciones a cualquier acto sexual sin consentimiento, incluyendo tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales será considerado abuso sexual.

 

De esta manera, se busca establecer que se comete el delito de abuso sexual quien sin el cons entimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula, realice en el ámbito público o privado, cualquier acto de naturaleza sexual, la obligue a observarlo, o la haga ejecutarlo sobre sí, para un tercero o para el propio sujeto activo. También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a exhibir su cuerpo.

 

Se entiende por acto sexual los tocamientos, caricias, roces corporales, exhibiciones o representaciones sexuales explícitas. Para los efectos del presente artículo no se considera consentimiento cuando la voluntad de la persona haya sido anulada o viciada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza, autoridad o situación de vulnerabilidad. El consentimiento no podrá presumirse del silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima.

 

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